¿ Terrorismo o Rebelión ?

APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
EN CONFLICTOS INTERNACIONALES

Como lo hemos establecido, la historia de la humanidad ha sido afectada por el desarrollo de conflictos de diversa índole. Las guerras han dejado millones de víctimas de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra. Estos crímenes, por lo general, han sido favorecidos con el manto de la impunidad, casi siempre asegurada por la victoria militar de una de las partes o por pactos entre los Estados confrontados, afirmando que son los costos naturales e inevitables de la guerra.

Cuando hay victorias militares, los crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos por los vencedores no se mencionan en la historia oficial, pero éstos sí se abrogan el derecho de someter al vencido y a sus pueblos. En el pasado, en ocasiones, el pueblo de los vencidos era sometido a la esclavitud.

Sin embargo, es importante destacar el avance logrado después de la segunda guerra mundial, en el sentido de que se avanza en la definición de las conductas que constituyen crímenes de guerra y de lesa humanidad y sobre la responsabilidad individual y estatal en los mismos.

El Estatuto de Nuremberg determinó los delitos por los que serían juzgados los miembros de los ejércitos vencidos:

1. Crímenes contra la paz: es decir, actuaciones que llevaran a la planificación o ejecución de violaciones de tratados internacionales o comisión de actos de agresión injustificada contra naciones.

2. Crímenes contra la humanidad: planificación, ejecución o participación en exterminios y genocidios.

3. Crímenes de guerra: violaciones de las leyes y convenios internacionales sobre la guerra.

4. Conspiración: actuación con otros o asociación con ellos para cometer cualquiera de los crímenes señalados en los cargos anteriores".

Estas definiciones constituyeron un paso obligado e importante en el proceso de normativización de las aspiraciones de las víctimas, de sus organizaciones, de los demócratas, de los humanistas y los pueblos para que estos crímenes no quedarán en la impunidad.

En todo caso, hay que decir que muchas de las prácticas realizadas por los victimarios en contra de los pueblos no quedaron allí estipuladas.

EL TRIBUNAL DE NUREMBERG O "LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LOS VENCEDORES"

¿Cuál fue la cantidad de víctimas de la segunda guerra mundial? Para responder a esta pregunta se presenta a continuación la estadística sobre este conflicto bélico, tomando en cuenta las cifras de muertos, heridos, presos o desaparecidos en su condición de combatientes o de población civil.

Países Total Muertos Heridos Prisioneros
Aliados
China 3.211.419 1.319.958 1.761.335 130.126
EE.UU. 1.076.245 405.399 670.846
Francia 741.568 201.568 400.000 140.000
G. Bretaña 772.462 357.116 369.267 46.079
URSS 20.127.000 6.115.000 14.012.000
Otros 2.802.000 400.000 2.400.000 2.000
Potencias del Eje
Alemania 11.800.000 3.250.000 7.250.000 1.300.000
Italia 505.228 135.723 225.000 144.505
Japón 2.025.000 1.800.000 140.000 85.000
Otros 1.340.000 884.000 26.000 430.000
TOTAL 44.400.922 14.868.764 27.254.448 2.277.710
Tomado de internet, página del Tribunal de Nuremberg, segunda guerra mundial

Después del triunfo de los aliados y sobre la base de la rendición incondicional del ejército alemán y japonés, es convocado por los vencedores el Tribunal de Nuremberg para juzgarlos. En el decreto de convocatoria se establecen los delitos, se determinan las penas y sitios de reclusión, la forma de integración del Tribunal y el procedimiento para el juzgamiento de quienes comparecerán ante esta corte marcial.

Los cargos imputados por los fiscales fueron los ya mencionados: Crímenes contra la paz, contra la humanidad, de guerra y conspiración.

El acuerdo para la realización del Tribunal fue aprobado el 8 de agosto de 1945 por 26 Estados que participaron en la confrontación militar. El Tribunal se instaló oficialmente el 18 de octubre de 1945 en Berlín por parte del juez ruso Nikitchentko, y se traslada por efectos logísticos a Nuremberg, donde continua su trabajo desde el 24 de noviembre de 1945 hasta el 1 de octubre de 1946. Al final, se presenta la sentencia contra quienes fueron capturados y convocados ajuicio. Fue presidido por 4 jueces y fiscales de Estados Unidos, Inglaterra, Francia y la URSS. En el fallo hay absoluciones, condenas a varios años de prisión, prisión perpetua para algunos y pena de muerte para otros.

Acusados

Los acusados fueron seleccionados entre los ochocientos altos jefes detenidos en los últimos días de la guerra. Al final, la lista quedó reducida a 24 nombres, aunque el tribunal sólo abrió la causa contra 22, porque la acusación contra el magnate de la industria pesada Gustav Krupp se sobreseyó por su avanzada edad y mala salud y porque Robert Ley, responsable de los campos de trabajo, consiguió suicidarse, ahorcándose con una sábana antes de que se abriera el proceso. Ante el tribunal se presentó todavía uno menos, ya que Martín Borman sería juzgado en rebeldía porque aún no se había confirmado su muerte en la batalla de Berlín (el total de acusados presentes en Nuremberg fue de 21 personas).

El juicio de Nuremberg fue concebido para que se transformara en una norma de conducta para la humanidad y así poder impedir futuras tragedias. El proceso, las actas de acusación y las sentencias de Nuremberg formaban parte de la doctrina que había quedado plasmada en la Carta de las Naciones Unidas.

Sentencia

Se dictó sentencia el 1 de octubre de 1946, los jueces hallaron a 19 de los 22 acusados culpables de alguno de los cargos que se les imputaban. Hess, Raeder y Funk fueron condenados a cadena perpetua; Speer y Schirach fueron condenados a veinte años; Neurath a quince años; Doenitz a diez años. Condenados a morir en la horca: Goering, Ribbentrop, Keitel, Kaltenbrunner, Rosenberg, Frank, Frick, Streicher, Seyss-Inquart, Sauckel, Jodl, Bormann (fue condenado en ausencia puesto que se hallaba prófugo). En lo que respecta a los acusados, Schacht, Fritzsche y Von Papen fueron absueltos.

No hubo acuerdo pleno entre los jueces a la hora de fijar sentencia. El juez ruso desintió en dos cuestiones: no aceptó las tres absoluciones y exigió, sin conseguirlo, que fueran condenados globalmente como organizaciones criminales tanto los gobiernos del III Reich, como los Estados Mayores de sus Fuerzas Armadas.

Concluido el juicio, las autoridades norteamericanas juzgarían a 199 personas más, acusadas de actividades criminales durante la guerra, entre 1945 y 1949 en el Tribunal de Nuremberg. De ellos, 38 fueron absueltos, 36 condenados a muerte (de los cuales 18 fueron ejecutados), 23 a cadena perpetua y 102 a condenas menores. De hecho, ninguno de los que quedaron con vida y de otros juzgados por los norteamericanos, cumplieron más de siete años de prisión.

Además, se crearon los Tribunales alemanes de desnazificación en la zona de ocupación norteamericana, en los que se definieron cuatro categorías de nazis: delincuentes principales, delincuentes, delincuentes menores y seguidores. Por ellos pasó un importantísimo número de personas que habían tenido algún tipo de responsabilidad civil en instituciones del III Reich.

Ejecución

Las ejecuciones de los condenados fueron consumadas por el sargento primero John C. Wood, de San Antonio, Texas, un verdugo profesional que hasta entonces había ejecutado a 299 personas. Hermann Goering escapó de las manos del verdugo porque se suicidó horas antes en su celda ingiriendo una cápsula de cianuro. Nunca se llegó a saber cómo llegó el veneno a manos de Goering, que le sirvió para salvar el orgullo del hombre censurado con mayor dureza por el Tribunal, que le tachó de "líder de una guerra de agresión y creador del programa de persecución contra los judíos. Su culpabilidad es única en su enormidad".

"El 16 de octubre de 1946, a la una y once minutos de la madrugada, Ribbentrop subía las escaleras del patíbulo, instalado en el gimnasio de la prisión, para ser ahorcado. Le seguirían en un corto intervalo, Keitel, Kaltenbrunner, Rosenberg, Frank, Frick y Streicher, quien gritó ¡Heil Hitler!, mientras el verdugo rodeaba su cuello con la soga de horca. Los demás, Jodl, Sauckel y Seyss-Inquart, subieron al patíbulo con serenidad. Borman, juzgado en ausencia, no pudo ser ejecutado. Más tarde se confirmó su muerte durante los últimos días de Berlín. Para evitar cualquier tipo de manifestación en memoria de los líderes nazis ejecutados, sus cuerpos fueron incinerados en el único horno crematorio que existía en Dachau, cerca de Munich, y sus cenizas fueron esparcidas en el cercano río Isar" (Tomado de internet, página segunda guerra mundial).

La defensa en el proceso planteó en esencia la ilegitimidad del mismo, argumentando que no se podía juzgar en este Tribunal a personas sino a Estados y que la ley no se podía aplicar retroactivamente. Además, plantearon el principio militar de la obediencia debida y la existencia de leyes racistas desde 1938, es decir, desde antes de iniciarse la guerra, y que en consecuencia, se actuaba dentro del marco legal establecido por el Estado alemán. Ninguna de estas argumentaciones fue aceptada por el Tribunal.

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU)

Al terminar la segunda guerra mundial, Europa quedó prácticamente en la ruina, destruida, las familias desintegradas. El panorama era desalentador y el futuro totalmente incierto. Esta situación explica en parte el surgimiento de las Naciones Unidas y los considerandos plasmados en su Carta:

"Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas, resueltos:

A preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, que dos veces durante nuestra vida ha infringido a la Humanidad sufrimientos indecibles.

A reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional.

A promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de libertad, y con tales finalidades a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos.

A unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, a asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción de métodos, que no se usará la fuerza armada sino en servicio del interés común.

A emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos, hemos decidido aunar nuestros esfuerzos para realizar estos designios.

Por lo tanto, nuestros respectivos gobiernos, por medio de representantes reunidos en la ciudad de San Francisco, que han exhibido sus plenos poderes, encontrados en buena y debida forma, han convenido en la presente Carta de las Naciones Unidas, y por este acto establecen una organización internacional que se denominará las Naciones Unidas".

En medio de la confrontación ideológica entre el sistema capitalista y el socialista, representados esencialmente por los Estados Unidos y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, respectivamente, lo que se conoció como el sistema bipolar y los miembros de la Alianza que lucharon contra el fascismo, se ponen de acuerdo en 1945 para crear dicha organización. Empezó a regir en el mismo año, luego de la ratificación de los Estados miembros. La siguiente es su estructura básica:

Asamblea General

Constituida por la totalidad de los delegados de los Estados miembros, que en la actualidad son aproximadamente 190 y que en teoría constituye la mayor instancia representativa de los Estados en el mundo. Sin embargo, las decisiones de la Asamblea están sujetas al derecho al veto de los cinco Estados Permanentes del Consejo de Seguridad. Los principios fundamentales de dicha organización son los siguientes:

1. Igualdad soberana de todos los miembros. Sin embargo, el derecho al veto de los cinco miembros permanentes del consejo de seguridad desvirtúa este principio.

2. Buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraídas de acuerdo con la Carta.

3. Obligación de solucionar pacíficamente los conflictos internacionales, de forma que se garanticen tanto la paz y la seguridad internacionales, como la justicia. Se trata de una verdadera obligación de los Estados de someter los conflictos internacionales a los métodos pacíficos y acudir a los Tribunales de Administración de Justicia aprobados por las naciones civilizadas.

4. Prohibición del uso o amenaza de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualesquiera otra forma incompatible con los propósitos de las naciones unidas.

5. Obligación de apoyo a la organización en las acciones que ejerza de acuerdo con la Carta.

6. Extensión de las obligaciones a los no miembros en lo relativo al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.

7. No intervención de la organización en los asuntos que son de jurisdicción interna de los Estados".

Consejo de Seguridad

Está establecido de acuerdo con el artículo 23 por 15 miembros, de los cuales 5 son permanentes: Estados Unidos, la URSS (hoy Federación Rusa), República de China, Francia y el Reino Unido de la Gran Bretaña. Los otros 10 son elegidos para períodos de 2 años, según el siguiente reparto geográfico: 5 países de la región afroasiática (tres de África y dos de Asia), 2 de Latinoamérica, 2 de Europa occidental y 1 de Europa del este. Colombia fue elegida como miembro del consejo en la ultima elección por América latina y ejerce el cargo desde enero del año 2001. Las siguientes son las funciones y poderes de este organismo:

• Mantenimiento de la paz y seguridad internacionales.

• Desarme. El Consejo de Seguridad, con ayuda del comité de Estado Mayor, elabora los planes que serán sometidos a los miembros de las Naciones Unidas para reglamentar los armamentos.

• Arreglo pacífico de controversias.

• Acción en casos de amenazas a la paz, quebrantamiento de la paz o actos de agresión. Si bien el Consejo de Seguridad tiene el monopolio de las relaciones internacionales, conforme al artículo 51, los miembros pueden recurrir a la fuerza en el caso de agresión armada, en virtud del derecho de legítima defensa individual o colectiva, con carácter provisional hasta que el Consejo de Seguridad tome las medidas adecuadas para restablecer la paz.

• Admisión de nuevos miembros.

• Elección de secretario general. Postula los nombres de las personas que pueden ser elegidas por la Asamblea General.

• Administración fiduciaria sobre zonas estratégicas.

• Informe a la Asamblea General.

• El Consejo de Seguridad y la Corte Internacional de Justicia. Los jueces de la Corte son elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, mediante votación independiente.

• Votación. Es necesario que todos los miembros voten. En cuestiones de procedimiento se requieren 9 votos favorables, cualesquiera que sean los miembros del consejo que los hayan emitido. En los asuntos que no son de procedimiento se requiere que todos los miembros permanentes voten a favor, por lo que cada uno de ellos tiene el derecho de veto sobre las decisiones del consejo.

Durante la existencia de la URSS se desarrolla la confrontación ideológica y política entre el este y el oeste (capitalismo versus socialismo).Se afirma que al interior del Consejo de Seguridad se mantenía una correlación de fuerzas en términos de equilibrio y por esta razón fundamental no se volvieron a desarrollar guerras entre Estados o de carácter internacional, al menos de grandes dimensiones; los conflictos se trasladaron al ámbito interno de los países sin que el organismo haya tenido una intervención decidida en la guerra o simplemente se afirma que cumplía con sus fines y propósitos.

Durante este tiempo los Estados acudían a la Corte Internacional de Justicia para solucionar los conflictos o se sometían a tribunales de arbitramento y, en general, acataban sus fallos. Estados Unidos, luego del triunfo del Frente Sandinista de Liberación Nacional, colocó minas en los puertos marítimos nicaragüenses y financió paramilitares o mercenarios, situación que provocó una demanda ante el Tribunal Internacional de La Haya, el cual condenó a Estados Unidos por esos actos de terrorismo internacional; fallo indemnizatorio que, sin embargo, jamás tuvo cumplimiento.

¿En qué queda entonces la igualdad soberana de los Estados como principio aprobado por la ONU y el criterio del Consejo de Seguridad sobre el arreglo pacífico de las controversias?

Después de 57 años de funcionamiento y luego de la caída de lo que se conocía como el "mundo socialista", se puede afirmar que en 1990 dicho organismo cambió radicalmente. De ser un organismo que contribuía moderadamente a la preservación de la paz en el mundo, se convirtió en un organismo al servicio de los intereses de los Estados Unidos y sus aliados.

Se conoce históricamente que Irak fue apoyado y fortalecido militarmente por las grandes potencias militares del mundo en su guerra contra Irán, en la cual se utilizaron gases asfixiantes, armas bacteriológicas, etc. Luego de esta guerra, Irak declara que Kuwait le pertenecía porque en el pasado este territorio le había sido desmembrado por Inglaterra para constituir un nuevo Estado colonizado por ésta, debido a su importancia económica basada en la existencia de grandes reservas de petróleo. Irak domina militarmente y toma posesión de este territorio declarando que todo le pertenecía. Ante esta situación el Consejo de Seguridad, presionado por los voceros de los Estados Unidos e Inglaterra, declara la guerra a Irak y le ordena la devolución del territorio de Kuwait en un término perentorio de días. Se procede entonces a conformar por Estados Unidos una nueva Alianza para confrontar militarmente a Irak por no someterse a sus dictámenes. Bajo los auspicios de Estados Unidos se organizó la operación 'Tormenta del Desierto", la cual fue dirigida por el general Colín Powell; durante 42 días las potencias aliadas bombardearon todo su territorio realizando por lo menos 2000 ataques, en los cuales soltaron 88 mil toneladas de bombas.

Primero, destruyeron los aviones, las comunicaciones, las bases antiaéreas, en general, la infraestructura del país, incluidos los hospitales, residencias multifamiliares, puentes, fábricas, carreteras, plantas de purificación de agua.

El 22 de febrero de 1991, Estados Unidos lanzó la guerra terrestre que duró 100 horas, iniciando su travesía por el sur, dejando un rastro de muerte y destrucción a su paso. El 26 de febrero atacaron las fuerzas militares iraquíes que se retiraban de Kuwait hacia Basora; los aviones bombardearon los dos extremos de la carretera y ésta se convirtió en un gran cementerio de tanques, camiones y combatientes que no podían responder militarmente por cuanto sus armas eran ineficaces ante la superioridad del adversario. Estos ataques continuaron luego del alto al fuego acordado y el 2 de marzo la División 24 de la Infantería de Macizada mató a miles de soldados iraquíes que se retiraban; entre ellos iban unos 350 prisioneros desarmados. Al frente de esta operación militar estaba el General Barry McCaffrey, quien posteriormente fue nombrado zar antidroga por el presidente Bill Clinton, y el general Collin Poweil fue nombrado Secretario de Estado por el presidente de los Estados Unidos, George Walker Bush.

Estado Unidos dice que murieron 13 mil iraquíes en la guerra, pero varios estudios llevados a cabo después de la guerra demuestran que murieron unos 200 mil entre combatientes y civiles.

El periódico Sunday Herald de Escocia divulgó un documento de la CÍA, que detalla el plan de destruir sistemáticamente el sistema de agua potable bombardeando presas, plantas de purificación de agua y plantas de aguas negras. Antes de la guerra, el 96% de los iraquíes recibía agua potable; tres años después, sólo la recibía el 45%. En la actualidad 8 de cada 10 enfermedades se debe al agua contaminada, así que Estados Unidos lleva diez años librando una guerra biológica contra el pueblo iraquí. Se sabe que se dispararon más de 500 toneladas de proyectiles de uranio agotado (radiactivo) contra las fuerzas iraquíes, el cual forma una niebla fina que contamina los pulmones, la comida y el agua; los médicos informan que la tasa de cáncer de Irak es cuatro veces mayor ahora que en 1991 y ha matado a miles de personas cerca de la zona de guerra, especialmente niños que nacieron después de la guerra.

En 1997, la ONU informó que más de 1,2 millones de iraquíes habían muerto desde la guerra debido a la escasez de medicinas, entre ellos 750 mil niños menores de 5 años. En 1999, la UNICEF informó que la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años se duplicó a partir de las sanciones impuestas a Irak. Más de un cuarto de los niños nacidos desde la guerra no pesan lo suficiente. Denis Halliday, funcionario de la ONU que dirigió el programa de "petróleo por comida" en Irak, abandonó su puesto y acusó a Estados Unidos y aliados de llevar a cabo un "genocidio contra el pueblo Iraquí".

Después de conocer estos resultados parciales de la guerra del Golfo hay que preguntarse por el papel que tiene la Organización de Naciones Unidas hoy en el mundo. ¿Para qué sirven las denuncias hechas ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, si éstos no se transforman en la base para el juzgamiento de los Estados que han participado en los crímenes contra esos pueblos?

Si bien, la ONU está llamada a cumplir un papel protagonice en la promoción y defensa de los derecho humanos en el mundo y en el respeto de la soberanía y autodeterminación de los pueblos, lo cierto es que desde ese organismo no se han impulsado acciones concretas y eficaces para asegurar esos fines, y a cambio, es evidente su responsabilidad por acción y por omisión al respaldar e impulsar políticas contrarias a los objetivos que le dieron origen.

EL TRIBUNAL PENAL AD HOC PARA RUANDA Y LA EX YUGOSLAVIA
O "LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD"

Caso Ruanda
Mediante la resolución 955 de 1994 el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas creó el Tribunal ad hoc para Ruanda con la finalidad de investigar, juzgar y condenar a las personas que cometieron crímenes de lesa humanidad, genocidio y delitos contra los Convemos de Ginebra y el Protocolo II adicional a los mismos, delitos cometidos en el período del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1994 y relacionados con un conflicto de carácter interno. Se estableció que los delitos harán parte de un ataque considerable y sistemático contra cualquier población civil realizados por motivos nacionales, políticos, étnicos, raciales, o religiosos. Dicho Tribunal tiene su sede en Arusha, Tanzania, y no puede examinar más de seis acusaciones al año, por carecer de presupuesto.

En 1994 se produjo un genocidio de los pueblos hutus contra tutsis. Fueron ejecutados extrajudicialmente cerca de 800 mil tutsis. La preparación de este genocidio fue previamente conocida por los gobiernos de Francia, Bélgica y por organismos como la ONU; sin embargo, nadie hizo nada para evitarlo a pesar de tener todos los elementos técnicos y facilidades para hacerlo.

Por este genocidio de carácter étnico y racial existen aproximadamente 40 mil detenidos, que esperan ser juzgados por el Tribunal, el cual ha proferido ya algunos fallos donde se han condenado a varios responsables de estos crímenes. El nombramiento de los magistrados y fiscales es realizado por el Consejo de Seguridad.

Caso ex Yugoslavia
El Tribunal Penal ad hoc para ex Yugoslavia fue creado mediante resolución 808 del 22 de febrero de 1993, del Consejo de Seguridad, para juzgar personas presuntamente responsables de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas en dicho territorio de la ex Yugoslavia después de 1991, fundamentado para ello en hechos constitutivos de genocidio por motivos étnicos y religiosos que incluían actos de ejecuciones sumarias y arbitrarias, violaciones,
desaparición forzada de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, detenciones arbitrarias, violación sistemática, embarazos y prostitución forzada de miles de mujeres, utilizadas como medio de depuración étnica y de terror.

Dentro de este Tribunal se han juzgado a varios de los responsables de estos crímenes, y actualmente se encuentra detenido y procesado Eslobodan Milosevic, ex presidente de Yugoslavia quien ha asumido una actitud de ruptura al desconocer a dicho Tribunal.

El mencionado Tribunal condenó a 45 años de prisión al general serbio Radislav Krstic, por su responsabilidad en los sangrientos sucesos de Srebrenica, en los cuales fueron eliminadas cerca de 10 mil personas entre mujeres, niños y ancianos, muchos de los cuales fueron deportados.

Aspectos positivos de estos tribunales
1. Efectivamente se investiga, juzga y condena a responsables de crímenes de lesa humanidad y de guerra evitando en esta forma una práctica reiterada por los Estados de dejar en la impunidad estos crímenes en las jurisdicciones nacionales.

2. Se establece y rescata la noción de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos por el Estado y determina el carácter de imprescriptibilidad de estos delitos.

3. Establece y ratifica la noción de retroactividad para el juzgamiento de las personas que han cometido estos crímenes, tanto autores materiales e intelectuales, introduciendo elementos importantes para determinar el grado de responsabilidad: "será individualmente responsable de un crimen quien lo ejecute, pero también quien lo haya planeado instigado u ordenado, y también el superior que sabía o tenía razones para saber, y no adoptó las medidas necesarias para evitarlo o para castigar a los autores". De esta forma se termina con la práctica sustentada y que sirve de fundamento a la impunidad en la estructura militar, según la cual sólo el superior responde en aplicación del principio de la obediencia debida.

4. Se reconoce en estos Tribunales una forma de administración de justicia de carácter universal, que desarrolla en algo el principio de la corresponsabilidad universal, para que los crímenes de lesa humanidad y de guerra sean investigados juzgados y sancionados en cualquier país del mundo.

Aspectos Negativos
1. Las cinco grandes potencias que tienen derecho al veto fueron convocadas por los miembros del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, las cuales actuaron supeditadas a sus intereses económicos políticos, culturales y militares. Por esta razón se afirma que las convocatorias de los tribunales, su integración y formas de funcionamiento no obedecen a un real criterio de lucha contra la impunidad ni a la correcta administración de justicia que rescate el principio de la autonomía e independencia del poder judicial.

2. La infraestructura, es decir, el presupuesto de funcionamiento, es aportado por los Estados más poderosos y desarrollados en el mundo y en consecuencia no existe una real participación de los Estados atrasados, dependientes o colonizados, ni mucho menos de los vencidos que les permitan realmente discutir y participar en la toma de decisiones al interior de las alianzas militares o del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

3. La participación de las víctimas, de las organizaciones victimizadas y de la humanidad se ha negado. La participación se limita a rendir testimonios, aportar documentos, etc. En general, las pruebas sobre la responsabilidad de los criminales se hacen a través del fiscal nombrado para estos efectos, pero no existe la posibilidad real de participar en igualdad de condiciones a las demás partes en el proceso y hacer realidad los derechos que históricamente se han reconocido a las víctimas y a los pueblos: el derecho a conocer la verdad histórica, a que se administre justicia y a la reparación integral.

No existe realmente autonomía e independencia de los investigadores y administradores de justicia, en la medida en que éstos están subordinados a los intereses de quienes crearon los tribunales, los delitos, las penas y procedimientos; los nombran para ejercer los cargos y les pagan. En el mismo sentido se debe afirmar que el derecho a la defensa en este tipo de procesos se encuentra en condiciones de inferioridad frente al fiscal ya los jueces.

4. Los crímenes cometidos por los vencedores o por los miembros permanentes y con derecho a veto en el consejo de seguridad, así sean más graves que los de los vencidos, nunca serán investigados, juzgados y condenados; ejemplo de ello son los cometidos contra el pueblo vietnamita o africano por los colonialistas europeos o norteamericanos.

EL TRATADO INTERAMERICANO DE ASISTENCIA RECIPROCA (TIAR)

Luego de culminada la segunda guerra mundial, los Estados Unidos, como gran potencia militar en el mundo, se dio a la tarea de organizar bloques militares en las zonas en donde ellos consideraban estaban sus intereses estratégicos, para evitar la penetración o expansión del sistema socialista. Así, idearon el TIAR, para aplicarlo en América latina con el fin de imponer toda su política económica, cultural y militar.

El TIAR ha sido utilizado para limitar la soberanía y autodeterminación de los Estados latinoamericanos. Los Estados Unidos han intervenido de diversas maneras en los destinos de los países latinoamericanos ahogando los anhelos de democracia, independencia y autodeterminación de los pueblos. Asimismo, dicho país ha recurrido a invasiones militares directas, a golpes de Estado, al impulso de escuadrones de la muerte, a guerras sucias, a actos de terrorismo internacional, al apoyo de dictaduras criminales, al entrenamiento de cuerpos militares funcionales a sus intereses y formados en la Doctrina de Seguridad Nacional, al sojuzgamiento económico, entre otras estrategias, para imponer su dominio en esta parte del mundo. Cuando algún Estado miembro diferente de los Estados Unidos ha solicitado la aplicación del TIAR, ha sido negada o aplicada en contra por parte de los Estados Unidos. Un caso significativo lo constituye la guerra de las Islas Malvinas, ubicadas en el sur del continente latinoamericano, transformada en una colonia de Inglaterra. Argentina reclamó estas islas y las ocupó militarmente y pidió aplicación del TIAR ante eventuales ataques de la potencia europea. Estados Unidos se pronunció abiertamente a favor de Inglaterra, quien de esa manera ganó finalmente la guerra. Es cierto que la dictadura argentina del momento pretendió fortalecerse despertando ánimos nacionalistas al ocupar Las Malvinas; sin embargo, también es cierto que el TIAR en teoría era la unión de los americanos contra el espíritu invasor de los europeos. Quizá la actitud favorable de Estados Unidos hacia Inglaterra (su aliada en la OTAN) se hubiera explicado si su política internacional hubiera sido de rechazo frente a las dictaduras militares en el continente y si estuviera libre de culpa en su establecimiento y desarrollo.

¿Para qué sirve el considerando planteado en el TIAR, cuando dice "que la obligación de mutua ayuda y de común defensa de las repúblicas americanas se halla esencialmente ligada a sus ideales democráticos y a su voluntad de permanente cooperación para realizar los principios y propósitos de una política de paz. Que la comunidad regional americana afirma como verdad manifiesta que la organización jurídica es una condición necesaria para la seguridad y la paz y que la paz se funda en la justicia y en el orden moral y, por tanto, en el reconocimiento y la protección internacionales de los derechos y libertades de la persona, en el bienestar indispensable de los pueblos y en la efectividad de la democracia, para la realización internacional de la justicia y de la seguridad"?

EL PLAN COLOMBIA O PLAN DE GUERRA DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA COLOMBIA Y LA REGIÓN

"Yo creo que vale la pena meternos en concreto al problema de la guerra; no podemos seguir desgastándonos en el DIH, en derechos humanos; no podemos seguir desgastándonos en el Plan Colombia, sino decirle a los colombianos, a las organizaciones sociales, ¿cuál es el efecto y la causa principal de la guerra? La tierra, las minas, el recurso petrolero, la biodiversidad, el agua (que en Bogotá vale el litro $3.200 en un restaurante, por un litro de gasolina que vale $500 pesos. Más barato tomar gasolina que tomar agua). O sea, cómo socializamos esta parte a las organizaciones de base. Esto significa un punto de unidad de todos nosotros, indígenas, negros, campesinos, organizaciones no gubernamentales, los defensores de derechos humanos, etc." (1)

La simplicidad con que se presenta el tema de la represión al narcotráfico ha contribuido a una ingerencia creciente del gobierno de los Estados Unidos en los asuntos internos de Colombia. El presidente Andrés Pastrana, antes que rendir cuentas de su gestión a su pueblo, lo hace sumiso ante el poder imperial.

El problema del narcotráfico ha sido considerado como una amenaza a la seguridad de los Estados Unidos, como otrora lo fueran los países comunistas. Colombia, dentro de los nuevos escenarios de la geopolítica, es una prioridad para la primera potencia del mundo.

En el discurso que el ex presidente Bill Clinton pronunció el 2 de mayo de 2000 en Washington ante el Consejo de las Américas, recordó que los traficantes colombianos amenazan directamente la seguridad de su país, ya que el 90% de la cocaína y las 2/3 partes de la heroína que se consume en EE.UU. provendría de Colombia, agregando que 52 mil ciudadanos allí mueren anualmente producto de las drogas, muchos más que los que murieron en las guerras de Vietnam y Corea, estimando los costos de los perjuicios ocasionados por su tráfico y consumo en 110 mil millones de dólares por año.

En el mismo discurso, Clinton recuerda que hubo 35 mil personas asesinadas en Colombia en el año 99, y que en el mismo año se expidieron 900 pasaportes diarios para personas que huyeron del país. Afirma que el narcotráfico sirve para financiar tanto las guerrillas de izquierda como los paramilitares de derecha e insiste en la necesidad de que el Congreso de su país dé vía libre a la aprobación del Plan Colombia, en el que la contribución de su gobierno es de 1.600 millones de dólares para dos años.

Lo que no reconoce Clinton es que la "represión contra el narcotráfico" que está planteando en el Plan Colombia, no lo es para enfrentar las mafias ni los paramilitares, que en la costa norte del país controlan los grandes laboratorios de producción de cocaína y heroína, así como los puertos de embarque hacia Estados Unidos y hacia Europa, sino para apoyar los batallones antinarcóticos del Ejército que, junto con la Policía, se enfrentarán a los campesinos que, sin otra alternativa, cultivan la hoja de coca en el sur del país. Allí la presencia de la guerrilla de las FARC suple la ausencia del Estado, lo cual muestra claramente que el interés es escalar el conflicto armado para intentar debilitar al movimiento insurgente.

El escalamiento de la guerra en Colombia sólo puede aumentar el número de exiliados, de desplazados internos y las consustanciales violaciones de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, y afecta aún más a los campesinos, que son el 30% de la población colombiana, es decir, cerca de 13 millones de personas, con niveles de pobreza del 80% y un rezago en el nivel de vida de 30 años frente a las actuales condiciones urbanas.

En declaraciones a la prensa colombiana, luego del debate en el Congreso de los Estados Unidos del 15 de febrero de 2000, el vicepresidente de la Occidental Petroleum Company, Eawrence Meriage, señaló que los intereses de Estados Unidos en Colombia son vitales y estratégicos; por tanto, defendiendo el Plan Colombia, sostuvo "que Estados Unidos debe proporcionar el garrote".

Para darle contenido a su afirmación, recordó en su intervención ante una subcomisión de la Cámara que Colombia es la quinta economía más grande en América latina y el quinto socio comercial de EE.UU. en la región; que en 1998 el intercambio comercial ascendió a 11 mil millones de dólares y que EE.UU. es el proveedor número uno de Colombia exportando en el año 98 casi 5 mil millones de dólares, lo que convierte a Colombia en el mercado número 26 de Estados Unidos en el mundo. Recordó igualmente que Colombia es el proveedor Nº 8 de crudo hacía EE.UU. con más de 330 mil barriles diarios, de 820 mil que se producen, y que son enviados por barco a las refinerías de Texas y Luisiana, y que el petróleo colombiano es de importancia vital y estratégica para EEUU porque reduce la dependencia de importaciones de crudo del medio oriente, con un potencial muy alto para incrementar la producción, ya que áreas muy grandes del país no han sido exploradas.

Concluye el señor Meriage que pese al conflicto, es muy atractiva la inversión en Colombia, y que la ubicación geoestratégica del país con costas sobre dos océanos y en el centro del continente, con sólo dos horas de avión entre Miami y Cartagena, hace imperativo tomar en cuenta que en su patio trasero se desarrolla una crisis humanitaria de proporciones dramáticas, que sólo en el tema del desplazamiento es mucho más grave que la de Bosnia, Kosovo y Timor Oriental; pero paradójicamente, en lugar de alentar el proceso de paz, llama a apoyar al gobierno de Pastrana para derrotar las "fuerzas narcoguerrilleras". (2)

El Plan Colombia es un proyecto de guerra que plantea una solución armada a un conflicto social, económico y político, el cual fue impuesto por el gobierno de Estados Unidos, "cuyos objetivos fundamentales son: la guerra antidrogas, el estrechamiento de los lazos militares y la estabilidad de una región de países con gobiernos elegidos, capitalistas y abiertos a la económica mundial".

Utiliza como pretexto el narcotráfico, pero su intención real, como ha quedado ya plasmada y reconocida por varios de los altos funcionarios de Estados Unidos, es la eliminación de la base social y el exterminio de las organizaciones insurgentes, la apropiación de los recursos renovables y no renovables de la región y el control hemisférico sobre los países del área andina, y en especial del Amazonas como reserva estratégica para la supervivencia de la humanidad.

Cláusulas de condicionalidad

El Congreso de los Estados Unidos al aprobar el Plan Colombia determinó someter al país a condiciones de vasallaje e invasión generalizada si las autoridades del país no cumplen sus condiciones o si subjetivamente ellos consideran que sus fuerzas armadas pueden ser considerados como objetivos militares y para tal fin aprobaron:

1. Que el presidente de Estados Unidos ha sido autorizado para ordenar el desembarco en Colombia, si lo cree necesario, de un número ilimitado de tropas.

2. Que las restricciones fijadas por Estados Unidos a las unidades militares que violen derechos humanos podrán obviarse, si el Pentágono lo considera necesario.

3. Que Estados Unidos le concedió a Colombia un plazo de 5 años para "solucionar" el problema de la producción de droga. No se sabe qué castigo está reservado si llegamos al 2005 sin conseguir tal meta.

"Nuestro gobierno que tan jubiloso se muestra por la aprobación del Plan Colombia-EE.UU., ¿está de acuerdo con este borrador de invasión? ¿Acaso ha protestado por el hecho de que nos ofrezcan ayuda en la misma canasta que se nos amenaza con una intervención militar unilateral? ¿Cómo piensan explicarnos que la mano que nos dará las armas podría organizar un aterrador desembarco en nuestro país?"

"De seguro que cualquier nación de la tierra sometida a esta amenaza gritaría su indignación. Nosotros no. Aquí se festeja el Plan Colombia-EE.UU. con la dicha de corderillos tontos que reciben al lobo".

Plan Militar

Lo que se conoce como ayuda militar, fue aprobado por parte del congreso de los Estados Unidos mediante una suma aproximada de 1.022 millones de dólares, asignados en los siguientes rubros:

1. La ayuda militar para los batallones antinarcóticos, especialmente el denominado "empuje al sur de Colombia", es el más importante y voluminoso de los proyectos, con un valor de 574,5 millones de dólares debido a que, según la Casa Blanca, "la más grande expansión en el mundo del cultivo de droga está ocurriendo en el sur de Colombia dominado por la insurgencia". Incluye adquisición de helicópteros Black Hawk y Huey, entrenamiento de oficiales, pilotos, mecánicos, comunicaciones, inteligencia, etc., dentro de las partidas se encuentran 55 millones confidenciales, 184 millones en programas del Pentágono para entrenamiento a batallones, 30 millones para la adquisición de un avión espía, 60 millones para adquirir y mantener 30 helicópteros Huey II, 60 millones para reparar y mantener 15 helicópteros UH IN Huey, 25 millones para asistencia a civiles desplazados que el gobierno estadounidense calcula en unos 10 mil debido al esperado recrudecimiento de la violencia en el sur de Colombia.

2. Asistencia para la Policía Nacional: dos helicópteros Black Hawk (26 millones), 12 helicópteros Huey II (20 millones) y para la compra de avionetas de fumigación, 20 millones.

3. Interdicción más agresiva en Colombia: dinero para el sistema de aeronaves con radares P-3 pertenecientes a la aduana de Estados Unidos operará desde sus bases alternas en Ecuador y Aruba; también incluye recursos para programas colombianos de interdicción aérea.

4. Desarrollo alternativo por 81 millones adicionales a los recursos para los desplazados por empuje en el sur de Colombia.

5. Derechos humanos y administración de justicia y Estado de derecho, por 122 millones, más 29 millones destinados a la creación de unidades de derechos humanos de la Fiscalía y la Policía, y 25 millones para una unidad especial de lavado de activos.

El anterior plan a su vez es presentado por el gobierno de Andrés Pastrana Arango, con un contenido social ante los gobiernos europeos y logrando conseguir algunos recursos para el mismo; sin embargo, éstos condicionan su ayuda para que se implementen proyectos productivos que realmente beneficien a los cultivadores de la hoja de coca y para la solución negociada al conflicto armado.

El movimiento popular en Colombia está de acuerdo con un plan de paz que esté encaminado a la solución del conflicto social y armado, que se pacte en los diferentes escenarios de diálogo y negociación con el movimiento guerrillero y en donde participe y pueda tener decisión el movimiento social, es decir, no se cree en planes realizados a espaldas del pueblo colombiano o en secreto, pactado o impuesto al gobierno colombiano por el gobierno de Estados Unidos.

En el Plan Colombia se prevé la presencia de hasta una máximo de 800 miembros del Ejército norteamericano, compuesto por 500 militares y 300 civiles, que son ex militares pertenecientes a grupos que trabajan para los servicios secretos de dicho país y que en la práctica se transforman en lo que se conoce como mercenarios. Por disposiciones internas, los militares no pueden estar más de 6 meses fuera de Estados Unidos, pero no se dice nada respecto de los civiles, lo que significa que ellos pueden estar en forma permanente en Colombia, quienes son remunerados en dólares. El trabajo que tienen consiste en planificar, dirigir, entrenar, armar los batallones antinarcóticos, controlar los radares, manejar los aviones espías, los satélites y en general dirigen los diferentes "operativos de erradicación de los cultivos ilícitos".

La Constitución Nacional de 1991 estableció que para el simple tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional se requiere autorización del Senado y concepto favorable del Consejo de Estado, en los siguientes apartes de los artículos:

"Artículo 173. Son atribuciones del Senado:
... 4. Permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la república."

"Artículo 237. Son atribuciones del Consejo de Estado:
1. Actuar como cuerpo supremo consultivo del gobierno en asuntos de administración, debiendo ser necesariamente oído en todos aquellos casos que la constitución y las leyes determinen. En los casos de tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, de estación o tránsito de buques o aeronaves extranjeras de guerra, en aguas o en territorio o en espacio aéreo de la nación, el gobierno debe oír previamente al Consejo de Estado".

En la teoría del derecho constitucional, el haberse expedido esta Constitución implica que todas las leyes anteriores que sean contrarias a esta norma superior quedan derogadas automáticamente. Al consultar estas entidades sobre dichas autorizaciones se respondió afirmando que ellos no conocen peticiones al respecto ni se han expedido autorizaciones para el tránsito de tropas extranjeras.

En otro derecho de petición dirigido al Ministerio de Defensa y de Relaciones Exteriores se confirma que los militares extranjeros se encuentran en el país en virtud del TIAR, documento que se aporta como anexo en el presente trabajo.

¿Cómo explicar que no opere la Constitución Nacional en este caso o que el TIAR esté por encima de la misma?

¿Quién controla el ingreso y salida de los militares y civiles norteamericanos, lo mismo que sus labores en Colombia?

¿Qué calidad tienen estas personas que realizan labores dentro del contexto del conflicto interno? Si participan en operativos militares, ¿qué condición tienen o adquieren? Si estos militares norteamericanos cometen crímenes de lesa humanidad o de guerra, ¿quién responde por ellos y en dónde se les juzga?


Notas:

1. Entrevista con Armando Valbuena, de la Organización Nacional Indígena de Colombia.

2. Discurso del 15 de febrero, Lawrence P. Meriage, Vicepresidente Servicios Ejecutivos y Asuntos Públicos de la Occidental Oil and Gas Corporation, ante el Subcomité de la Cámara de Reformas Gubernamentales sobre Justicia Criminal, Política Antinarcóticos y Recursos Humanos, Audiencia sobre el Plan Colombia.


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 02dic02
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