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DERECHOS


10sep02


Declaración de José Luis Quilo Ayuso, en calidad de perito, ante el Tribunal Tercero de Sentencia Penal.


[Cassette No. 1 Cara A]

Señor Usted ha sido propuesto como perito por parte del defensor del procesado Juan Guillermo Oliva Carrera, me escucha usted lo que le estoy diciendo en este momento porque me están informando en este momento que usted ha indicado que tiene un poco de problema de audición, me escucha perfectamente lo que yo le estoy diciendo.

QUILO AYUSO:
Relativamente señora presidenta señora presidenta disculpe pero la cústica parece que me afecta, no oigo muy bien.

PRESIDENTA:
Si la cústica le afecta usted me lo va a indicar en el momento que le esté causando demasiado problema para que así vamos a determinar con las partes la forma en la cual le podemos escuchar sin hacer uso de la cústica y en una forma más mediata a usted o más inmediata a usted. Como le he indicado usted fue propuesto como el defensor del procesado Juan Guillermo Oliva Carrera para declara como perito entonces párese pone su mano en esta forma. Pormete usted como testigo decir la verdad ante su conciencia y ante el pueblo de la República de Guatemala?

QUILO AYUSO:

PRESIDENTA:
Siéntese por favor, se les hace saber a ustedes que el Código Penal regula el falso testimonio como un delito cometido contra la administración de justicia y el art. 460 3er. Párrafo refieren que si el falso testimonio se da en un proceso penal, el responsable será sancionado con prisión de 6 meses a 3 años y multa de Q250 a Q5,000 comprende usted eso?

QUILO AYUSO:
Estoy enterado.

PRESIDENTA:
Su nombre y apellido completo cuál es?

QUILO AYUSO:
Sólo Quilo Ayuso.

PRESIDENTA:
Solo Quilo Ayuso es su nombre completo?

QUILO:
Ah perdón: José Luis Quilo Ayuso.

PRESIDENTA:
Su edad

QUILO:
Perdón

PRESIDENTA:
Edad

QUILO:
55 años

PRESIDENTA:
Estado Civil

QUILO:
Casado

PRESIDENTE:
Es usted guatemalteco

QUILO:
Si señora

PRESIDENTA:
Dónde nació?

QUILO:
Perdón

PRESIDENTA:
Dónde nació?

QUILO:
En México Distrito Federal

PRESIDENTA:
Dónde vive, donde reside?

QUILO:
Perdón

PRESIDENTA:
Dónde vive actualmente

QUILO:
Vivo en la 2ª. Calle 8-60 zona 17

PRESIDENTA:
Conoce usted a los procesados, a las personas que están siendo procesadas en este juicio.

QUILO:
Sí señora

PRESIDENTA:
Le une con ellos algún tipo de amistad, enemistad, parentesco, o cualquier otro tipo de relación.

QUILO:
Disculpe no le...

PRESIDENTA:
Le une con ellos algún tipo de relación?

QUILO:
No ninguna, pues con los acusados?

PRESIDENTA:

QUILO:
Bueno son conocidos compañeros de arma.

PRESIDENTA:
Y a la señora Helen Mack la conoce

QUILO:
No,

PRESIDENTA:
Con las demás partes no le une ningún tipo de relación?

QUILO:
No ninguna

PRESIDENTA:
Tiene usted algún tipo de interés para venir a declarar el día de hoy?

QUILO:
Perdón

PRESIDENTA:
Tiene usted algún tipo de interés para venir a declarar el día de hoy.

QUILO:
Solamente cumplir con mi deber para contribuir a la justicia en Guatemala.

PRESIDENTA:
Usted fue propuesto para venir a opinar en lo relativo a la estructura y planes militares del Ejército de Guatemala y consecuentemente sobre la estructura y funciones del Estado Mayor presidencial, escuchó?

QUILO:
Si señora

PRESIDENTA:
Bueno sobre eso refiérase, cuéntenos sobre lo que le dije, cuéntenos lo que usted sepa.

QUILO:
Sobre el primer tema que me dice de la estructura del Ejército?

PRESIDENTA:
Sí señor

QUILO:
Bueno el Ejército de Guatemala es una institución que se rige por la constitución de la República y su ley constitutiva y además reglamentos especiales para diferentes temas, su estructura general está compuesta por un alto mando, los integrantes son el presidente de la república en su calidad de comandante general del Ejército el Ministro de la Defensa y el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional a continuación hay comandos militares escuelas e institutos militares, servicios militares, comandos especiales y algunas otras dependencias seguramente auxiliares del MINDEF nacional como el servicio jurídico el depto. de finanzas, es a grandes rangos lo que podría ser la estructura del Ejército, la planificación en el Ejército está a cargo de Centro Técnico y Consultivo del Ejército que es un organismo técnico tal como lo dice nominación y en el cual lo conducen a través de un procedimiento científico metodológico el tipo de planificaciones para llevar a cabo las acciones de la defensa nacional. Bueno por de pronto eso es a grandes rasgos lo que yo podría explicar la estructura del Ejército.

PRESIDENTA:
sobre lo demás que le he indicado tiene algo más que indicar usted.

QUILO:
Perdón

PRESIDENTA:
Tiene algo más, porque aquí habla de la estructura y planes militares del Ejército de Guatemala sobre planes, tiene algo que decir?

QUILO:
Bueno voy a, como les había explicado la planificación en el Ejército es un proceso que nace a través de lo que nosotros llamamos una apreciación de la situación estamos viendo cuales son las posibles amenazas a la defensa nacional y entonces se conducen una serie de planes yo creo que básicamente existe una serie de planes generalmente planes de campaña que es el más alto nivel de planificación, el plan de campaña es un plan autorizado por el comandante general del Ejército y que se conduce a todo el nivel de comando de la República, es así como hemos, es decir el Estado Mayor no necesariamente cada año sino el momento en que existe algunas operaciones necesarias en particular emite un plan de operaciones y en este sentido se lleva a cabo operaciones por los comandos militares generalmente a cada plan se le da una denominación básicamente en el sentido general del esfuerzo que se va a conducir con ese planes específico así que bueno podría denominar planes como victoria 82 como firmeza 83 en fin no recuerdo exactamente cual fue los años pero en ellas se establecen cuales son los tipos de operaciones, se establecen los lineamientos que deben cumplir todos los comandos militares del Ejército de Guatemala.

PRESIDENTA:
Sobre las funciones del Estado Mayor Presidencial que nos podría decir?

QUILO:
A, muy bien, bueno el Estado Mayor presidencial es un estado mayor personal, los estados mayores personales se rigen por reglamentaciones especiales, el Estado Mayor Presidencial funge como una agregación si me permite el término agregación es dentro de la doctrina militar es considerada como un medio, los medios de control se llaman pero esta agregación consiste en entregar a otra unidad en este caso al señor presidente de la república un grupo de personal militar para su administración y para su conducción operacional, es decir que el EMP es presentado al señor presidente, se le entrega el personal militar y el dispone para su protección personal y de su familia, es decir que él es el encargado de conducirlo y de administrarlo, está compuesto por, bueno hay una jerarquía el jefe del Estado Mayor Presidencial, segundo jefe, tercer jefe y otras dependencias que están a nivel pues como la Guardia presidencial el departamento de seguridad el departamento administrativo, la guardia del palacio nacional.

PRESIDENTA:
Únicamente?

QUILO:
Pues si, por su puesto cada departamento tendrá sus que yo no las recuerdo exactamente pero tendrá sus negociados o divisiones específicas especialmente en cuestión de contabilidad y cosas.

PRESIDENTA:
Le otorgamos la palabra al abogado Gutiérrez para que proceda a interrogar a su perito, recordándoles entonces a las partes que tomen en cuenta la situación muy especial de él para hacer su interrogatorio.

GUTIÉRREZ:
Muchas gracias señora presidenta. Grl. QUILO: podría usted indicar al Tribunal cuál es su experiencia en el Ejército de Guatemala?

PRESIDENTA:
Sí mi experiencia como Oficial del Ejército, serví 31 años al Ejército de Guatemala, recorrí toda la jerarquía militar hasta el último grado militar a nivel de oficial subalterno comandé las unidades de acuerdo al escalón militar que me correspondía a nivel de oficial superior también fui miembro del Estado Mayor de la defensa Nacional también como oficial general fungí como viceministro de la defensa nacional subjefe del Estado Mayor de la defensa Nacional y como viceministro de la Defensa Nacional, terminando mi carrera militar como jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional.

GUTIÉRREZ:
Grl. en los planes de campaña al que usted hizo referencia se asignan misiones especiales a los diferentes comandos del Ejército?

QUILO:
Sí hay un área particular del plan en donde se le asigna a cada comando militar una misión con excepción de las por ejemplo al Estado Mayor Presidencial directamente no se le asigna misión por ser una unidad que depende operacionalmente del presidente de la República.

GUTIÉRREZ:
Se envían planes de campaña al Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
Sí se envían para conocimiento del Comandante General...

[Fin Cassette No. 1 Cara A]
[Inicio Cassette No. 1 Cara B]

Continuación de la declaración de JOSE LUIS QUILO AYUSO

GUTIÉRREZ:
En virtud de la agregación al que hizo referencia que un elemento pasaba a otro lugar los oficiales que estaban en el Estado Mayor presidencial continúan siendo parte del Ejército de Guatemala?

QUILO:
Sí son oficiales del Ejército de Guatemala, por su puesto, continúan de alta yo quiero insistir en el procedimiento de agregación es decir son oficiales del Ejército soldados del Ejército de Guatemala, van al Estado Mayor Presidencial, bajo el comando de Administración del presidente de la República.

GUTIÉRREZ:
En esa virtud los oficiales están asignados al Estado Mayor presidencial quedan bajo el mando directo del presidente de la República o del Ministro de la Defensa Nacional?

QUILO:
Del presidente de la República.

GUTIÉRREZ:
¿Cómo se designa a los miembros que pasan a integrar el EMP?

QUILO:
Cómo son seleccionados para llegar a.. Bueno por lo general los cargos más altos del estado Mayor Presidencial es un procedimiento de coordinación entre el Ministro de la defensa o el Presidente de la República o el presidente de la República sencillamente porque conoce a un oficial puede ordenar que lo pasen a su estado mayor también por razones del servicio podría ser recomendados por el Estado Mayor de la Defensa Nacional.

GUTIÉRREZ:
General, Cuáles son las funciones del Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
El Estado Mayor Presidencial cumple una función que es proteger la vida del presidente de la República y de su familia.

GUTIÉRREZ:
Conoce usted de la existencia del departamento de seguridad del Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
Sí, es una dependencia del EMP

GUTIÉRREZ:
Podría usted indicar cuál es la función del departamento de seguridad del Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
Sí, el departamento de seguridad del EMP es un elemento dentro del esquema de seguridad del EMP.

GUTIÉRREZ:
Podría usted explicarnos general en pocas palabras cómo se realiza la seguridad del señor presidente de la República?

QUILO:
Bueno me preocupa un poco esta pregunta en el sentido que es una información, delicada para la seguridad del Señor Presidente, pero si este Tribunal así lo dispone lo puedo contestar.

GUTIÉRREZ:
Si me permite se la reformulo.

PRESIDENTA:
Si, reformúlela.

GUTIÉRREZ:
Existe alguna documentación que determine cual es la forma en que debe realizarse la seguridad del señor presidente?

QUILO:
Exactamente si existe lo que se llama un procedimiento administrativo normal y a veces también se elabora un procedimiento operativo normal, aquí están indicadas las funciones desde el primer elemento hasta el último dentro del esquema de seguridad.

GUTIÉRREZ:
Qué otras personas además del presidente de la República gozan de este servicio de seguridad?

QUILO:
Bueno, el presidente de la república puede ordenar seguridad para familiares muy cercanos, sus padres sus hijos, lo que el disponga generalmente esto es dentro de un círculo cercano a su familia.

GUTIÉRREZ:
Dentro de su experiencia general, sabe usted si en el EMP se hace inteligencia?

QUILO:
No, el Estado Mayor Presidencial, la función de él es operaciones de seguridad o tal vez explicándolo un poco más claro son operaciones de protección las que realiza el Estado Mayor.

GUTIÉRREZ:
El EMP hace contrainteligencia?

QUILO:
Sí, la contrainteligencia por su puesto que sí, lo hace precisamente para evitar que algún, exista infiltración dentro del esquema de seguridad que pudiera poner en peligro la seguridad del presidente o de la familia.

GUTIÉRREZ:
Este tipo de contrainteligencia podríamos decir que es estratégica o política?

QUILO:
No son actividades de protección de dijéramos del grupo dentro del cual el presidente y su familia se va a mover, es decir evitar que alguien entre que escuda el positivo de seguridad que alguien pudiera ingresar a casa Presidencial por ejemplo sin ninguna autorización y poner en peligro la vida del presidente y su familia, esa es contrainteligencia evitar prácticamente que alguien se infiltre al esquema de seguridad.

GUTIÉRREZ:
Si el Estado Mayor Presidencial no realiza labores de inteligencia quién o cual es la entidad encargada de realizar labores de inteligencia para prevenir alguna situación de riesgo para el presidente de la República?

QUILO:
La protección del presidente de la República es una labor de carácter institucional cualquier dependencia del Estado estaría en el interés de desarrollar información o de insurtir procesar inteligencia relativa a una amenaza a la vida del Presidente de la República entonces prácticamente el EMP se convertiría en un usuario de la Inteligencia.

GUTIÉRREZ:
Un usuario de la inteligencia, podría usted por favor general al Tribunal en términos más claros que significa usuario de la Inteligencia?

QUILO:
La Inteligencia es un elemento ya procesado, ya casi dijéramos confirmado, el usuario es aquel que recibe esa inteligencia, quiero ser claro no información recibe la inteligencia para conducir las operaciones que sean pertinentes en este caso particular si hubiera alguna inteligencia generada como una amenaza a la vida del presidente de la República esta es transmitida al EMP, para que el EMP tome las medidas del caso a efecto de evitar un incidente en contra de la vida del Presidente o de su familia.

GUTIÉRREZ:
Dentro del Ejército que entidad realiza labores de inteligencia?

QUILO:
Dentro del Ejército desde el primer general hasta el último soldado realizan inteligencia.

GUTIÉRREZ:
Pero alguna oficina específica?

QUILO:
Bueno está al nivel del Ejército está en el Estado Mayor de la Defensa Nacional hay una dependencia del Estado Mayor que es la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional que es la que procesa la Inteligencia para el Ejército.

GUTIÉRREZ:
General se necesita alguna especialidad para hacer inteligencia?

QUILO:
No, no se necesita

GUTIÉRREZ:
Cualquier persona puede realizarlo?

QUILO:
Cualquier persona puede hacer inteligencia

GUTIÉRREZ:
Y analizar la inteligencia, las labores de inteligencia?

QUILO:
Bueno generar la inteligencia requiere otro tipo de recursos porque es un proceso de valuación de análisis hasta llegar a determinar el resultado final de Jefe que se llama inteligencia precisamente ese es el resultado de una serie de evaluaciones, análisis que se realizan.

GUTIÉRREZ:
General, tiene usted conocimiento de qué es inteligencia estratégica?

QUILO:
La inteligencia estratégica es aquella que se refiere a todo lo que se realiza dentro de un teatro de operaciones o al nivel de la República y que afecten, requerida para la contribución de los objetivos nacionales.

GUTIÉRREZ:
Qué podemos entender por inteligencia política?

QUILO:
Inteligencia política es todo el conocimiento que se pudiera tener sobre cuestiones políticas.

GUTIÉRREZ:
Para hacer inteligencia estratégica la puede hacer cualquier oficial del Ejército o se requieren cualidades especiales?

QUILO:
La inteligencia estratégica la conduce a nivel de un Estado Mayor General o sea, Estado Mayor de la Defensa Nacional, personal especializado ya con un grado de jerarquía más alto.

GUTIÉRREZ:
Podría usted definir ese grado de jerarquía al que hace referencia?

QUILO:
Inteligencia estratégica la generan normalmente en el Estado Mayor de la Defensa Nacional, dependiente Coroneles a General.

GUTIÉRREZ:
Un mayor estaría en capacidad de hacer inteligencia estratégica?

QUILO:
Podría tener habilidad para hacerla sin embargo es necesario por lo menos que el haya hecho su curso de Comando de Estado Mayor.

GUTIÉRREZ:
Y para hacer inteligencia política se requiere de alguna capacidad especial?

QUILO:
Mire como esa es una inteligencia que no realizamos los militares por razones realmente que no competen, esa la generan a un alto nivel de la nación por medio que yo realmente desconozco.

GUTIÉRREZ:
Tiene usted general, si en el Estado Mayor Presidencial se realizaban labores de inteligencia política?

QUILO:
Hasta donde yo tenga conocimiento no.

GUTIÉRREZ:
Tiene usted conocimiento si en el Estado Mayor Presidencial se realizaba inteligencia estratégica?

QUILO:
No.

GUTIÉRREZ:
En qué momento un oficial realiza estudios mayores de comandos especiales o algo similar o Estado Mayor por ejemplo?

MYNOR:
Objeción el testigo no fue citado para este propósito.

PRESIDENTA:
Al lugar a la objeción, al lugar

GUTIÉRREZ:
Mi pregunta es, en qué momento se recibe de capacitación para hacer análisis estratégico, cuál es el grado pues que se requiere?

QUILO:
De Teniente Coronel media vez haya cursado su curso de Comando de Estado Mayor.

GUTIÉRREZ:
General el Estado Mayor Presidencial participaba en alguna forma en la planificación o en la elaboración de los planes de campaña?

QUILO:
No.

GUTIÉRREZ:
El Estado Mayor realizaba alguna operación contrainsurgente?

ROBERTO:
Objeción señora presidente no dijo que Estado Mayor se está refiriendo.

PRESIDENTA:
No al lugar a la objeción plantee nuevamente la pregunta.

GUTIÉRREZ:
El Estado Mayor Presidencial realizaba operaciones contrainsurgentes?

QUILO:
No.

GUTIÉRREZ:
General, tiene usted conocimiento sobre la estructura del EMP?

QUILO:
Si, tengo conocimiento.

GUTIÉRREZ:
Podría usted indicarle al Tribunal

QUILO:
Perdón

GUTIÉRREZ:
Al Tribunal por favor cómo se integraba el EMP?

QUILO:
Bueno el estado Mayor estaba integrado por un jefe de EMP, tenía un subjefe del EMP, tenía un tercer jefe de EMP y abajo pues se habían las dependencias, guardia presidencial, el depto. administrativo, la Guardia del Palacio Nacional y el Depto. de Seguridad Presidencial, eso es como prácticamente estas cuatro dependencias que recuerdo yo digamos que están en una línea de coordinación horizontal, ahora bien en su funcionamiento el subjefe y el tercer jefe del EMP, básicamente trabajaban sobre lo que es el depto. administrativo y el cuerpo de ayudantes del EMP, podríamos poner cuerpo de ayudantes acá, solamente.

GUTIÉRREZ:
General dentro del Ejército qué se entiende por especialista?

QUILO:
Especialista es un elemento que ingresa al Ejército para servir a una función especializada como conductor, mecanógrafo, cocinero, enfermero bueno hay una serie de especialidades que tiene lo que se llama "El manual de especialidades militares".

GUTIÉRREZ:
General dentro de este marco de especialistas ellos de quién reciben órdenes?

QUILO:
Mire en la escala militar hay, cada quien tiene su jefe inmediato que es quien comunica las órdenes respectivas.

GUTIÉRREZ:
Puede en un caso ya concreto por ejemplo el Jefe del Estado Mayor Presidencial dar ordenes a un especialista?

QUILO:
Podría pasar por decirle a su secretario por ejemplo, mecanógrafo a él el Jefe le da directamente sus órdenes pero normalmente se sigue una cadena de mando.

GUTIÉRREZ:
General qué se entiende por rebajo?

QUILO:
Perdón

GUTIÉRREZ:
Rebajo

QUILO:
Rebajo es una situación de enfermedad y que es dictaminada por un médico o la enfermería del Comando o el Hospital Militar puede ordenar un rebajo y esto significa que el paciente queda bajo el control de la Unidad Médica que lo está recetando y después está rebajado o sea está no, no tiene que hacer actividades de servicio, es decir si tiene que estar en reposo tendrá que estar en reposo en fin lo que el médico dictamine.

GUTIÉRREZ:
Cuando usted habla de médico debemos entender que el rebajo sólo se ejecuta en un Hospital?

MYNOR:
Objeción sugestiva.

PRESIDENTA:
No al lugar a la objeción, formule la pregunta

GUTIÉRREZ:
El rebajo, solo se debe realizar en un hospital?

QUILO:
Bueno hay una situación que se llama de paciente ambulatorio que no va a cumplir las funciones de servicio pero está en su casa por ejemplo pero tiene que asistir a las citas que le ordena por ejemplo en el Hospital Militar es donde sucede esto generalmente después de una cirugía por ejemplo el paciente tiene puede ir a su casa y tiene que asistir a las citas hasta que el médico dictamine nuevamente que está disponible para el servicio.

GUTIÉRREZ:
Mientras una persona está en esa situación de rebajo general tiene que atender las órdenes emanadas del jefe de su unidad?

QUILO:
Mire, normalmente el Jefe el superior entiende que asumen la responsabilidad de la salud del paciente si él le da órdenes entonces normalmente paciente que es rebajado queda prácticamente fuera del ámbito de las tareas del servicio, está en esa situación si yo ordeno a un rebajado asumo las responsabilidades de su salud.

GUTIÉRREZ:
Solamente señora presidente, muchas gracias.

PRESIDENTA:
Se otorga la palabra al abogado Leche Hernández, Si tiene interrogatorio que dirigir.

LECHE:
Si señora presidenta muchas gracias. Grl. Quilo Ayuso:, buenos días, podría indicarnos usted cuál es el jefe del Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
Bueno el Jefe del Estado Mayor Presidencial, es el oficial superior que se encarga de coordinar el trabajo de la unidad o sea el trabajo del EMP para la protección del presiente de la República y su familia o sea coordinación de las operaciones de protección.

LECHE:
Y a través de qué personas hace el trabajo de coordinación de operación de dentro del Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
Disculpe no, no..

PRESIDENTA:
Repita la pregunta

LECHE:
Qué a través de qué elementos si usted quiere personales se hace el trabajo de coordinación del Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
Bueno el Jefe del Estado Mayor puede dar ordenes, el jefe del Estado Mayor Presidencial puede dar órdenes a las dependencias que yo mencionaba para la conducción de la seguridad del presidente, si es dentro de uno de los esquemas de los escalones de seguridad por ejemplo el subjefe o el tercer jefe lo hace con el personal del cuerpo de ayudantes y policías militares la guardia presidencial lo hace a través de su comandante y el depto. de seguridad presidencial también lo hacen a través de eso sin embargo yo quiero enfatizar en eso que ya existe un procedimiento es decir el jefe del Esta Mayor ordena el Señor Presidente va a ir a tal lugar ya hay un procedimiento operativo normal para que funcione todo el esquema de seguridad.

LECHE:
Dentro de las ordenes que imparte el jefe del Estado Mayor Presidencial podría en algún momento pasar sobre los jefes de unidad?

QUILO:
Todo depende en la premura en que se realicen las actividades pero normalmente las órdenes siguen la cadena de mando a quien corresponda y así hasta que lleguen hasta el último elemento que es normalmente quienes van a cumplir la función de protección.

LECHE:
Cambiando un poco de tema, qué criterios se utilizan para establecer qué oficiales pasan a formar parte del EMP?

PRESIDENTA:
Si, ya se refirió recordémonos las preguntas que ya se hicieron y también el perito ha expuesto para evitar preguntas repetitivas.

LECHE:
Gracias señora presidenta. Grl. Quilo Ayuso cuál es su concepto sobre el Grl. Edgar Augusto Godoy Gaitán?

MYNOR:
Objeción no fue citado para eso.

PRESIDENTA:
Al lugar a la objeción.

LECHE:
Que requisitos se llenaban para ser jefe del EMP?

QUILO:
Los requisitos que se requieren para ser comandante de una zona militar por ejemplo, por su puesto que aquí hay un elemento muy importante que es que normalmente influye la necesidad del presidente de la República de la gente que cree él que va a trabajar mejor, pero en realidad los requisitos son los de para ser comandante de una zona militar.

LECHE:
Que requisito debe llenarse para ser oficial o los oficiales que pasan al EMP?

QUILO:
Bueno en la guardia presidencial pues normalmente son oficiales que vienen de la línea a servir a una unidad militar, para ser ayudante pues pueda ser que se requieran algunos es decir un oficial normalmente de subteniente a capitán primero podría ser ayudante del EMP, los requisitos son haber, el grado especialmente y vamos a que el EMP también dijéramos requiere un tipo especial de condición dijera yo de características como de personalidad o a veces algún idioma si el presidente va a salir al extranjero sería conveniente llevaran un oficial que hable un idioma del lugar a donde va entonces esas son algunas características adicionales al grado en jerarquía que tiene el oficial para poder desempeñarse como ayudante del EMP.

LECHE:
Cuando usted se refería a la personalidad, qué personalidad debe tener el oficial que va a ocupar la Jefatura del EMP?

QUILO:
Bueno, normalmente el Ministro de la Defensa le va a recomendar al presidente el oficial con lo mejor que se pueda en récord profesional, características humanas capacidad profesional, liderazgo entendimiento es decir es una personalidad especial la que busca lo que mi experiencia me dice en mi vida militar siempre encontré que el presidente escogía lo que él quería.

LECHE:
Además del Jefe o sub Jefe del EMP quién dirige las actividades operativas del EMP?

QUILO:
Operaciones de seguridad, a quién las dirige, si es el (no audible), acata ordenes para una actividad (no audible) del EMP, está eminentemente encaminada a asegurar la vida del presidente y su familia entonces la (no audible) y la conducen los comandantes de los diferentes escalones de seguridad por ejemplo el sub jefe y el (no audible) del EMP es un escalón se turnan 24 horas cada día para cubrir esta operación y los demás elementos el comandante de (no audible) el jefe del depto. de seguridad presidencial conducen lo que corresponde en el esquema positivo para determinada operación.

[Fin Cassette No. 1 Cara B]
[Inicio Cassette No. 2 Cara A]

Continuación de la declaración de JOSE LUIS QUILO AYUSO

QUILO:
...lo que va a diferenciar, pero son operaciones de protección.

LECHE:
General Quilo, existe subordinación del Estado Mayor Presidencial respecto al Ministerio de la Defensa Nacional?

QUILO:
Disculpe no escuché bien la pregunta.

LECHE:
Se la vuelvo a formular, existe subordinación del Estado Mayor Presidencial respecto al Ministerio de la Defensa Nacional?

QUILO:
No, el Estado Mayor Presidencial depende directamente del Presidente de la República que es un superior al Ministro de la Defensa.

LECHE:
Cual es su criterio a cerca de la persona que ocupa el puesto de Jefe del Estado Mayor Presidencial, si debe tener un perfil altamente institucional o democrático.

QUILO:
Yo creo que el Jefe del Estado Mayor Presidencial debe tener primariamente el liderazgo necesario para poder conducir las operaciones de seguridad. Debe ser eficiente, debe tener la capacidad de crear los esquemas de la seguridad del Presidente y también es bueno que el sea una persona, porque tendrá que lidear con la familia del presidente, con la esposa del presidente, con los hijos, con los padres, etcétera, entonces debe ser un oficial con mucho sentido humano. En ese sentido pues aparte de su profesionalismo, y partamos de que lo principal que tiene que hacer es cuidar al presidente. Cualquier otra cualidad podría ser extra pero el esta en la base de proporcionar en los esquemas, en las ideas más eficientes para cuidar al presidente y su familia.

LECHE:
General Quilo, estuvo usted de alta en el año mil novecientos noventa (1990)?
QUILO:

Perdón.

LECHE:
Lo vuelvo a preguntar. Estuvo usted de alta en el año de 1990?

QUILO:
Sí, estuve de alta en el Ejército en 1990.

LECHE:
Conoció usted el plan de campaña para ese año.

QUILO:
Sí yo estuve de comandante en una zona militar y creo que es el plan de campaña no recuerdo ahorita cuál es el nombre del plan de campaña de 1990, pero como comandante de zona tendría que haber dado cumplimiento al plan de campaña.

LECHE:
Leyó usted el plan de campaña para 1990?

QUILO:
Para mil novecientos cuánto?

LECHE:
Noventa (90)

QUILO:
Si lo conozco.

LECHE:
Si en alguna oportunidad, en ese año si usted lo leyó

QUILO:
A por supuesto sí, porque yo tengo la obligación de ver el plan grande digamos para hacer mi plan particular, yo en mi comando militar creo que año 90 estaba yo en Verapaz, como comandante, tenia que haber leído el plan general, el plan de campaña y de esos lineamientos haber efectuado haber efectuado yo mi plan particular, o sea lo que yo iba a hacer dentro de mi jurisdicción militar.

LECHE:
Dentro de dicho plan se atribuía o se determinaba que el Estado Mayor Presidencial iba a dar tratamiento a los desplazados y refugiados?

QUILO:
Mire no recuerdo, pero como oficial de operaciones del ejército, varias oportunidades participe en la formulación de los planes de campaña, no se le daba misión al Estado Mayor Presidencial porque dependía de las instrucciones especiales del PRESIDENTE: de la república.

LECHE:
General Quilo, el Estado Mayor Presidencial en 1990 realizó asuntos relacionados con aspectos de orden militar?

QUILO:
Perdón me podría repetir la pregunta no la escuché bien.

PRESIDENTA:
Repítala

LECHE:
En el año de 1990 el Estado Mayor Presidencial realizó asuntos relacionados con aspectos de orden militar?

QUILO:
Aspectos de orden militar? No creo, no. No estaba contemplado en las operaciones de campaña, no estaba contemplado, estoy casi, estoy seguro que no, pero si es de cuestión de orden militar, pues cumplía funciones de entrenamiento militar de todo el personal.

LECHE:
Una última pregunta General, estaban obligados los subalternos a cumplir una orden ilegal de un superior?

QUILO:
Obligados no, no están.

LECHE:
Gracias General, no más preguntas señora presidenta.

PRESIDENTA:
Se otorga la palabra al abogado Castro.

CASTRO:
Muchas gracias, General, cuales son las funciones del Jefe del Departamento de Seguridad del Estado Mayor Presidencial?

QUILO:
La función de él es conducir las operaciones de protección del presidente de la república dentro del esquema general.

CASTRO:
Entiendo que es únicamente para cuidar la seguridad del presidente y su familia.

ROBERTO:
Objeción señora presidente, está argumentando y concluyendo sobre la respuesta del testigo o del perito.

PRESIDENTE:
A lugar a la objeción.

CASTRO:
El departamento de Seguridad del Estado Mayor Presidencial cuida al presidente y a su familia?

ROBERTO:
Objeción señora presidenta, es la respuesta que acaba de dar el perito en este momento

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción.

CASTRO:
La seguridad del presidente quién la cuida? Quién protege al presidente?

ROBERTO:
Objeción señora presidenta, ya el perito se pronunció quienes eran los que cuidaban al presidente.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción.

CASTRO:
En el Estado Mayor Presidencial existe un departamento para proteger la vida del presidente y su familia?

ROBERTO:
Objeción señora presidente, es la misma pregunta con otros términos, ya se pronunció el perito sobre la misma.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción.

CASTRO:
Cuales son las funciones del Estado Mayor Presidencial en cuanto a la seguridad del presidente?

ROBERTO:
Objeción señora presidente, el perito ya dijo cuales eran las funciones en cuanto a la seguridad del presidente.

PRESIDENTA:
A lugar a la misma.

CASTRO:
No voy a hacer más preguntas señora presidenta.

PRESIDENTA:
Se otorga la palabra al abogado de la querellante adhesiva.

ROBERTO:
Muchas gracias señora presidenta. Solo quisiera preguntar si no es el Ministerio Público quien actúa.

PRESIDENTA:
No abogado, el orden lo dispone esta presidencia.

ROBERTO:
Muchas gracias. Señor Quilo usted mencionó en su deposición que usted había participado en la creación de los planes de campaña, recuerda en cuales planes de campaña participó en la creación?

QUILO:
Firmeza 83, Avance 86, esto recuerdo.

ROBERTO:
Los planes de campaña cuando surgen hacia el Ejército, o sea hacia todos los comandos, obliga a todos los oficiales del ejército?

QUILO:
Sí en el plan de campaña, es una orden que el comandante en este caso el presidente de la república quiere que el ejército cumpla.

O sea el plan ordena que todos cumplan lo que hay allí.

ROBERTO:
Incluye eso al Estado Mayor Presidencial a los miembros oficiales del Estado Mayor Presidencial?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidente, ya el manifestó que no habían misiones en ningún plan de campaña para el Estado Mayor Presidencial.

PRESIDENTE:
No a lugar a la objeción.

QUILO:
No hay ordenes para el Estado Mayor Presidencial.

ROBERTO:
A los oficiales del ejército que integran el Estado Mayor Presidencial, están obligados a cumplir con los planes de campaña .

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, ya el perito contesto la respuesta al tribunal.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción

ROBERTO:
Usted es perito y fue alto funcionario militar del ejército nacional, todos los miembros del ejército están obligados a cumplir con la ley orgánica del ejército y con los reglamentos que los obligan?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, la pregunta es sugestiva.

PRESIDENTA:
No a lugar a la objeción.

QUILO:
Contesto.

PRESIDENTA:
Conteste

QUILO:
Estamos obligados a cumplir las ordenes

ROBERTO:
Dentro de su deposición se tocó el tema de los especialistas. De acuerdo a su experiencia y a su conocimiento los especialistas son militares o no.

QUILO:
Son militares.

ROBERTO:
En cuanto a la cadena de mando que usted mencionó, podría el Jefe del Estado Mayor Presidencial darle una orden a un especialista que esta dentro del cuerpo del Departamento de Seguridad Presidencial?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, ya se le hizo esa pregunta y el contesto que no exceptuando el caso de una secretaria.

PRESIDENTA:
No a lugar a la objeción, contéstela.

QUILO:
Es muy difícil que eso suceda.

ROBERTO:
Podría decirnos por qué.

QUILO:
Por razones de que los elementos que están dentro del dispositivo de seguridad, generalmente están muy lejos del área de presencia de uno de los jefes.

ROBERTO:
En el caso concreto dentro de la cadena demando y de la que usted hizo referencia estaba el General Godoy Gaitán como Jefe del Estado Mayor Presidencial, luego estaba el ahora Coronel Valencia Osorio y luego estaba oficial Oliva Carrera y abajo estaba el señor Beteta Alvarez, en el caso concreto del que estamos hablando. Las ordenes quien se las daba a Beteta Alvarez, de acuerdo a la cadena de mando explicada.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción a la pregunta señora presidenta. El abogado de la querellante adhesiva pretende confundir al perito, manifestando una cadena de mando que no es la que consta en los autos de esta audiencia. Ya se explicó que hay un jefe de estado mayor, un subjefe de estado mayor presidencial un tercer jefe de estado mayor presidencial y el su exposición salta al sub jefe y al tercer jefe para pasar al jefe y sub jefe del departamento de seguridad. Además esta llegando a casos concretos a mencionar nombres para los cuales el perito no ha sido convocado a esta audiencia.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción. Por razones también que el perito le esta preguntando de algo que le consta como un hecho propio y a eso no ha sido llamado el perito.

ROBERTO:
Cuando usted habló de contrainteligencia también dijo que no había inteligencia, quisiera que le explicara al tribunal por favor si no hay inteligencia, por qué se da la figura de la contrainteligencia.

QUILO:
Es cuestión semántica, porque el termino contrainteligencia lleva tal vez un sufijo el sufijo inteligencia es que es de esa manera, pero realmente la inteligencia es totalmente diferente a la contrainteligencia. La contrainteligencia se refiere a las medidas de protección que toma un comando para evitar que sus esquemas de seguridad y de operaciones puedan ser invadidos. Entonces por eso es que puede haber contrainteligencia es lógico que el Estado Mayor Presidencial este seguro de que la gente que trabaja para la protección del presidente y su familia sea personal muy bien dedicado y con un buenos antecedentes para ese trabajo.

ROBERTO:
Quisiera insistir señora presidenta porque no contestó la pregunta concreta que le hice.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, el abogado de la querellante adhesiva debe dirigir el interrogatorio no insistir en preguntas de respuestas que ya fueron dadas.

PRESIDENTE:
A lugar a la objeción. El perito contesto usted continúe dirigiendo su interrogatorio, si tiene algo que aclarar o quiere algo que se le aclare, usted continúe preguntando.

ROBERTO:
Usted habló también sobre la calidad de rebajo. Recuerda usted como perito en donde esta regulado legalmente esa calidad de rebajo y la explicación que usted le dio al tribunal con respecto a la salud del paciente?

QUILO:
Bueno, en los reglamentos del ejército no recuerdo exactamente en que reglamento, pero además existen procedimientos, precisamente el ejército trabaja mucho sobre procedimientos administrativos, se sabe que el oficial médico puede rebajar a un paciente o un soldado o cualquier elemento del ejército y ya sabemos nosotros cual es la forma de lidear con esta clase de gente. Entonces sí existe pues procedimientos administrativos para trabajar con los rebajados.

ROBERTO:
Recuerda usted porque tengo entendido que en el periodo en el que ocurrieron todos los hechos que se investigan, usted estaba de alta en el ejército. Recuerda cual es el trámite o cual es el procedimiento para poder dar de baja a un especialista.

QUILO:
Si, el comandante establece, hace un oficio dirigido al Estado Mayor de la Defensa Nacional con el parte respectivo de las razones por las cuales el considera que el es dado de bajo y ese procedimiento sufre en el Estado Mayor de la Defensa Nacional en la dirección de personal un procedimiento y es enviado al Ministerio de la Defensa para que sea publicado en la orden general.

ROBERTO:
Usted hablo de una frase agregación.

QUILO:
Si señor.

ROBERTO:
Y se refería a los medios de control y a la actividad operacional, agregación hace cuando alguien se agrega que deje de ser miembro del ejército nacional?

QUILO:
No, no, no continua siendo miembro del ejército.

ROBERTO:
Está obligado entonces a cumplir con las leyes militares?

QUILO:
Por supuesto que sí.

ROBERTO:
Usted también utilizo una palabra que quisiera que la explicara al tribunal "usuarios de la inteligencia" a qué se refiere eso?

QUILO:
Usuarios de la inteligencia es todo aquel que utiliza la inteligencia. No se como le podría explicar pero, la inteligencia puede llegar a un comando para que conduzca las operaciones necesarias para esta situación, entonces el usuario de la inteligencia es aquel que recibe un producto, un paquete llamado inteligencia que puede ser para un determinado asunto y el dispone del criterio del comandante cómo la va a utilizar.

ROBERTO:
Usted cuando perteneció al comando mayor del ejército o a la plana mayor siendo vice ministro tuvo Estado Mayor Personal.

QUILO:
No.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta.

PRESIDENTA:
No a lugar a la objeción, ya contesto.

ROBERTO:
Recuerda usted porque está en calidad de perito, cómo se estructuró el Estado Mayor Personal del Ministro de la Defensa Nacional?

QUILO:
No, el fue, fue cuestión muy particular de él.

ROBERTO:
Si todos los militares están obligados a cumplir con las leyes militares y se rigen por los principios de obediencia ¿cuándo el ejército emite un reglamento o una orden general, todos los miembros del ejército están obligados a cumplirla?

QUILO:
Sí, yo ya contesté esta pregunta, están obligados porque la ley lo establece por supuesto que si yo no la cumplo soy sujeto de una sanción.

ROBERTO:
Finalmente señor perito dentro de la estructura del Estado Mayor Presidencial el 2º. Y 3º. Jefe están obligados a cumplir ordenes del 1º. Jefe?

QUILO:
Por supuesto que sí.

ROBERTO:
Si el Jefe del Estado Mayor Presidencial le da una orden al Jefe del Departamento de Seguridad Presidencial está obligado a cumplirla?

QUILO:
Está obligado a cumplirla, si no la cumple asume la responsabilidad.

ROBERTO:
Qué tipo de responsabilidad.

QUILO:
Una sanción disciplinaria podría ser.

ROBERTO:
Muchas gracias señor Quilo.

PRESIDENTA:
La palabra al representante del Ministerio Público.

MYNOR:
Gracias señora presidente, yo aclaro que la primera parte que no son cuestiones técnicas las formulará el Fiscal quien actualmente habla y la segunda parte que son cuestiones técnicas serán a cargo del experto. Señor perito yo...

PRESIDENTA:
Se aclara o me lo está consultando.

MYNOR:
Le estoy pidiendo la autorización señora presidenta.

PRESIDENTA:
Usted va a formular una serie de preguntas.

MYNOR:
En aspectos que se refieren al perito que no son técnicos.

PRESIDENTA:
Usted me indicará entonces.

MYNOR:
Gracias señora presidenta.

Señor perito yo quisiera que hiciéramos una distinción entre lo que a usted le consta y lo que usted imagina. En septiembre de 1990 dónde estaba.?

QUILO:
Septiembre de 1990. Zona militar de Cobán.

MYNOR:
Le consta a usted qué pasaba en el Estado Mayor Presidencial?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción a la pregunta, se está refiriendo como que el señor General estuviera como un testigo y no como un perito.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción.

MYNOR:
La estructura que usted habló, le consta si esa estructura funcionaba en septiembre de 1990 en el Estado Mayor Presidencial?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción a la pregunta señora presidenta, la pregunta es ambigua dice la estructura que usted habló y el hablo de varias estructura señora presidenta.

PRESIDENTA:
No a lugar a la objeción, como perito, lo que usted sabe de la materia ¿puede referirse a ese aspecto?

QUILO:
Sí claro, basado en mi experiencia militar la estructura era en esa forma.

MYNOR:
En su experiencia militar, pero usted también dijo que no había subordinación entre el ejército y el estado mayor presidencial.

QUILO:
No se si me puedo acercar, se me distorsiona mucho la voz, ¿me podría acercar o?

PRESIDENTA:
Puede acercarse, ponga su silla un poco más cercana al fiscal y tome el micrófono para contestar. Auxílielo el oficial.

Señor fiscal por lo que yo he podido observar como que si usted aleja un poco el micrófono y sube un poco el tono de su voz, de repente la persona tiene menos dificultad para escucharlo.

MYNOR:
Si no hay subordinación entre el Estado Mayor Presidencial y el Ejército ¿cómo le puede constar a usted lo que estaba pasando en Estado Mayor Presidencial en esa época?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, volvemos al mismo punto. El señor General está propuesto como perito y le están preguntando cual si fuese un testigo.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción-

MYNOR:
Estuvo usted presente en el Estado Mayor Presidencial en septiembre de 1990?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presiente, es la misma razón él es perito no testigo.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción.

MYNOR:
La información que como perito esta dando usted es, porque le consta personalmente o porque lo ha leído en algún lado.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción a la pregunta señora presidenta, además de que la pregunta que está formulando el distinguido abogado, no es una pregunta, sino que son conclusiones que el esta emitiendo está haciendo dudar la honorabilidad del perito además el perito ya declaró con forme a la capacidad y experiencia que decía.

PRESIDENTA:
No a lugar a la objeción, es diferente la pregunta.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Señora presidenta con todo respeto quisiera que la presidencia me razonara el por qué a la objeción para mi derecho de poder reponer o no, muchas gracias.

PRESIDENTA:
Si, en relación a la pregunta que está haciendo, es diferente cuando le habla que sí le consta cada uno de los hechos a cuanto el fiscal en este momento le esta haciendo la pregunta en otra forma, en una dirección diferente y en ese sentido le quisiera pedir al perito, formule la pregunta que hizo última.

MYNOR:
Usted habló de una estructura en el Estado Mayor Presidencial, la pregunta es si usted estaba en otro departamento, ¿le consta que esa era la estructura que funcionaba?

PRESIDENTA:
No, no era así la pregunta que hizo, usted hizo la pregunta indicándole de que, si eso que él indicó le consta porque trabajó allí o porque no trabajó, en ese sentido lo sentí yo comprendí yo como Presidente que usted hizo la pregunta. Entonces eso si es factible que lo responda el perito, cómo es que le consta, cómo es que pudo obtener ese conocimiento sobre el cual él se ha referido.

Por eso fue la objeción abogado

QUILO:
Mire yo tengo en mi experiencia militar haber pasado por el Estado Mayor Presidencial, entonces conozco algo de la estructura, en segundo lugar el Ejército no es una casa cerrada donde no nos miremos los vecinos, estamos siempre, conocemos mucho de lo que pueda haber en otra unidad. El hecho de que yo este de alta en Petén no quiere decir que no conozca como es los polígonos de tiro en Jutiapa o las aulas del Instituto Adolfo V. Hall es cuestión de la experiencia militar lo que lo hace a uno conocer al respecto.

MYNOR:
En qué época fue de septiembre de 1990 al Estado Mayor Presidencial

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, esta pidiendo preguntas como si fuese un testigo.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción.

Yo quisiera aclarar que son hechos que parten del experto, yo necesito aclarar los puntos que el esta diciendo, para saber si son ciertos o no, o son especulaciones las que él viene a hacer.

PRESIDENTA:
Siéntese abogado, respecto de este interrogatorio y para evitar más objeciones y evitar que se siga haciendo de la misma forma el interrogatorio únicamente recordémonos que el perito está acá para aclarar hechos y actos que pueden llegar a su conocimiento y de cómo ese conocimiento él lo pudo haber obtenido, son experiencias propias de el como perito, respecto de esos hechos. Entonces hay hechos que posiblemente no le consten y él ya lo aclaró.

MYNOR:
De acuerdo señora presidenta, él ha dicho que no sabía cómo estaba integrado el Estado Mayor del Ministro de la Defensa, siendo él vice ministro, ¿cómo sabía como estaba integrado el Estado Mayor Presidencial? Yo necesito que me aclare como es que una cosa sí sabe y otra no.

PRESIDENTA:
Esa pregunta sí la puede contestar.

QUILO:
La pregunta fue cómo estaba integrado el Estado Mayor del Ministro de la Defensa, Estado Mayor Personal de él, yo no era miembro del Estado Mayor Personal del Ministro, yo era un funcionario nombrado por el presidente de la república a un Ministerio, entonces mi función no era ver como el señor ministro en el caso particular de mi tiempo el General García Samayoa nombró a su estado mayor.

MYNOR:
Y sí era entonces su función ver como estaba el Estado Mayor Presidencial en ese tiempo?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidente, está contradiciendo ya al perito.

PRESIDENTE:
Sí, esa es una contradicción, dirija su interrogatorio en forma positiva y directa abogado.

MYNOR:
Usted habla que sabía como el Estado Mayor Presidencial, porque habían comunicación, se conocían y todo eso, estaba en una militar lejos, pero siendo vice ministro no sabía como estaba el Estado Mayor Presidencial del Ministro. La pregunta es ¿por qué razón no lo sabía?

QUILO:
Yo sabía como esta integrado, cómo lo integró, lo que entendí de la pregunta es cómo fue que el señor Ministro García Samayoa estructuró su estado mayor o porque él nombro a Juan o a Pedro para su....

[Fin Cassette No. 2 Cara A]
[Inicio Cassette No. 2 Cara B]

Continuación de la declaración de JOSE LUIS QUILO AYUSO

MYNOR:
Señor usted habló de planes de campaña, habló de Firmeza 83, habló de otros planes, la pregunta es ¿en dónde están esos planes físicamente actualmente?

QUILO:
Lo ignoro.

MYNOR:
Qué institución fue la que los hizo?

QUILO:
Perdón.

MYNOR:
Cuál fue la institución que hizo esos planes?

QUILO:
Los planes los hace el Estado Mayor de la Defensa Nacional.

MYNOR:
Quién es el responsable de esos planes?

QUILO:
El Estado Mayor de la Defensa Nacional

MYNOR:
Dónde debieran estar esos planes actualmente?

QUILO:
Si a mi me dijeran que los fuera a buscar, los iría a buscar al Estado Mayor de la Defensa Nacional.

MYNOR:
Usted habló de un perfil para nombrar al Jefe del Estado Mayor Presidencial, mi pregunta es ¿usted lo nombró?

QUILO:
No.

MYNOR:
Le consta a usted si ese fue el perfil que se tomó en cuenta para nombrarlo.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, la misma razón, él ya dijo que él no lo nombro, entonces no podía tener el esos perfiles.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción

ABOGADO DE ACUSADOS:
Señora presidenta, quizás le puede ayudar esto al colega abogado. El testigo es el que le consta por presencia....

PRESIDENTA:
Abogado, las observaciones las voy a hacer yo, si no vamos a perder el orden del desarrollo de la audiencia, por favor le pido que tome asiento y las observaciones, yo creo que el profesional aquí es tan profesional, como profesionales somos todos los que estamos acá y solo le pido que se ubique dentro de la diligencia que estamos para evitar ese tipo de situaciones que se están dando, es un peritaje, el está hablando sobre hechos que pueden ser de su conocimiento por el grado que él tiene dentro del ejército, por lo tanto ubiquemos en el cuestionamiento en lo que el se refirió al inicio para dirigir el interrogatorio.

MYNOR:
De acuerdo señora presidenta. Usted habló del termino especialistas y hablo de varias cosas de la estructura del Estado Mayor Presidencial , la pregunta es ¿si en el Estado Mayor Presidencial había imprenta?

QUILO:
Había qué?

MYNOR:
Imprenta?

QUILO:
Influencia?

MYNOR:
Imprenta

PRESIDENTA:
Imprenta.

QUILO:
A que yo sepa no.

MYNOR:
Señor testigo usted habló ampliamente del Estado Mayor Presidencial, cómo se controlaba el uso de los vehículos en el Estado Mayor Presidencial?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, dijo, usted señor testigo y él no es testigo.

MYNOR:
Un lapsus. Señor perito, señor perito cómo se controlaba el uso de los vehículos en el Estado Mayor Presidencial.

QUILO:
Eso esta bajo el control del Jefe de Servicio del Estado Mayor Presidencial.

MYNOR:
Usted como experto dónde considera que debiera estar ese control actualmente.

QUILO:
En el mismo lugar

MYNOR:
Señor testigo, señor perito perdón, usted habló de ordenes generales, qué son ordenes generales del ejército?

QUILO:
Las ordenes generales es un documento en el cual se llevan a cabo todos los movimientos de personal para que queden legalmente establecidos.

MYNOR:
Usted sabe dónde se guardan esas ordenes generales señor perito.

QUILO:
Perdón.

MYNOR:
Que si sabe usted dónde se guardan esas ordenes generales, las que corresponden a septiembre de 1990.

QUILO:
En el Ministerio de la Defensa.

MYNOR:
Usted habló sobre los rebajos y otros temas, yo quisiera que me explicara si la contrainteligencia debiera investigar a una persona que se ausenta de sus labores.

QUILO:
A una persona, a un elemento del comando que se ausenta de sus labores, se utilizan procedimientos de personal, inclusive después de tres días de estar fuera de sus labores se emite un parte al Estado Mayor de la Defensa Nacional para que se le tome como abandono de empleo.

MYNOR:
Y cuando está rebajado?

QUILO:
Rebajado? El rebajado está bajo control de la unidad médica que lo rebajo.

MYNOR:
Señor perito, donde están las reglas legales que establecen el funcionamiento del departamento de Seguridad Presidencial?

QUILO:
El departamento de seguridad presidencial es un elemento, un departamento del Estado Mayor Presidencial y existe un procedimiento operativo y administrativo normal, para eso, podría ser que estuviera allí establecido.

MYNOR:
Cuando usted dice podría ser, podría ser que no también?

QUILO:
Sí, lo que pasa es que el Estado Mayor Presidencial sí está legalmente establecido en la Ley Constitutiva del Ejército como un Estado Mayor Personal.

MYNOR:
Señor perito, uno de los sindicados dijo que el organigrama o la estructura del Estado Mayor Presidencial era flexible, usted como perito considera que un organigrama del Estado Mayor Presidencial puede ser flexible.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidente, está poniendo en entre dicho una declaración para establecer lo que al respecto pueda decir el perito.

PRESIDENTE:
No a lugar a la objeción, es simplemente un criterio propio de un perito.

QUILO:
Bien, disculpe me podría repetir la pregunta.

MYNOR:
Si, la pregunta es que uno de los sindicados dijo que el organigrama o estructura del Estado Mayor Presidencial era flexible, la pregunta es si usted como perito considera que puede ser flexible la estructura de un Estado Mayor Presidencial.

QUILO:
No, yo creo que el organigrama, o sea la organización se establece y salvo cambios necesarios para la eficiente desarrollo de las operaciones se cambia, pero en materia militar el termino flexibilidad es importante.

MYNOR:
Señor perito, como a usted lo citaron para dar opiniones, se podría utilizar la estructura del Estado Mayor Presidencial para cometer un acto ilegal.

QUILO:
No....

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción a la pregunta señora presidente, el perito como bien dice el articulante de la pregunta fue para emitir su opinión sobre temas específicos que fue propuesto no para los hechos...

PRESIDENTA:
La pregunta es impertinente.

MYNOR:
Es posible dentro del contexto de la forma como funcionaba una estructura del Estado Mayor Presidencial que se cometieran violaciones a la ley?

QUILO:
Ordenada o institucionalizada no.

MYNOR:
Señor perito se cometieron crímenes políticos en Guatemala, en el tiempo que usted estuvo como miembro del Ejército.

MYNOR:
En la época que usted estuvo se como miembro del ejército se cometió algún crimen político?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, si vemos los periódicos veremos cuánto crimen se ha cometido, el debería ser concreto en su pregunta.

ABOGADO DE ACUSADOS:
Además la objeción formulada por la defensa del General Godoy Gaitan es que el perito no fue propuesto para determinar si habían crímenes políticos o no sino que fue propuesto para que hablara sobre la estructura y planes del ejército en ese año.

PRESIDENTA:
Es una pregunta que si puede ser contestada.

QUILO:
Perdón señora juez, no le escuché.

PRESIDENTA:
Según su leal y saber entender dice el señor Fiscal del Ministerio Público si durante usted estuvo se cometieron crímenes políticos?

QUILO:
Mire no puedo opinar al respecto, porque no se cual puede considerarse crimen político.

MYNOR:
Usted podría como perito decirme quienes eran considerados enemigos del ejército en la época en que usted estuvo como miembro del ejército.

QUILO:
Quienes eran considerados enemigos?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta la pregunta es muy general

PRESIDENTA:
Sí, es una pregunta genérica, pero que puede ser contestada por el perito.

Escuchó bien señor?

QUILO:
Sí, la pregunta sí. Bueno no habían enemigos del ejército, habían enemigos del Estado, y el ejército es un elemento del Estado, así que yo creo que en ese sentido así es, y si hubieran enemigos del Estado no se, yo no puedo contestarlo.

MYNOR:
Quienes eran los enemigos del Estado, señor perito?

QUILO:
Bueno había, usted sabe que en esa época habían personas guatemaltecas alzadas en armas en contra de las leyes de la república, tal vez si se lo dijera en otras palabras más sencillas la guerrilla, eran oponentes del Estado porque se oponían al Estado para llegar al poder por la vía de las armas, entonces ese era un enemigo del Estado.

MYNOR:
Y los simpatizantes de la guerrilla qué condición tenían.

QUILO:
Si me lo pregunta desde el punto de vista militar yo creo que mejor explicado que en nuestros planes de campaña no esta, el objetivo principal de nosotros era proteger a la población civil ,y , el segundo era rescatar a aquellos que estuvieran comprometidos con los grupos alzados en armas.

MYNOR:
Y estos que había que rescatar estaban incluidos los desplazados.?

QUILO:
Los desplazados no estaban en poder de nosotros, ellos se habían ido por decirle a México, o en las montañas cautivos por los elementos alzados.

MYNOR:
Era misión de ustedes rescatar a estos desplazados?

QUILO:
Rescatarlos, por supuesto que sí, estaba ordenado en los planes, pero el rescate significaba recibirlos, protegerlos, habían muchos sistemas para que ellos encontraran realmente el apoyo del Estado cuando ellos habían sido cautivos en las montañas.

MYNOR:
Este aspecto era ignorado por alguna parte del ejército o el ejército funcionaba como una unidad?

QUILO:
De 1986 en adelante los planes de campaña reducen su política de tratamiento de desplazados y refugiados porque era una actividad que el presidente de la república había asignado a otras dependencias de gobierno como la Comisión Especial de Atención a Refugiados, como la Comisión Multisectorial, inclusive algunas organizaciones como la Iglesia Católica o el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados, actuaban en el control y manejo de desplazados, el Ejército ya no tenía ninguna función en ese sentido.

MYNOR:
Señora presidenta con su permiso quisiera en los aspectos técnicos darle la oportunidad al consultor si usted me lo permite, para que él haga las preguntas concretas .

PRESIDENTA:
Puede hacerlo.

Siempre dirigido por usted abogado.

RODOLFO:
Señor General, usted dijo que el Estado Mayor Presidencial es un usuario de la inteligencia, que recibe la inteligencia procesada y confirmada para cumplir su misión quien le da esa inteligencia, quien le remite esa inteligencia?

QUILO:
Si son diferentes agencias, llega la policía nacional, el ejército, aduanas, migración, ministerio de gobernación, todas las agencias, inclusive el mismo presidente de la república recibe información de gente que.....

RODOLFO:
Todos ellos le envían esa información al Estado Mayor Presidencial?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción le esta concluyendo señora presidenta.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción

RODOLFO:
El Estado Mayor Presidencial, de quién recibe la inteligencia elaborada por qué es usuario?

QUILO:
De las agencias que ya le mencioné.

RODOLFO:
Recibe también la inteligencia elaborada de la D2 del Estado Mayor de la Defensa Nacional?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, ya contestó de donde se recibe la inteligencia procesada.

PRESIDENTA:
No a lugar a la objeción, es una pregunta directa.

QUILO:
Si, la recibe por el conducto del Ministerio de la Defensa

RODOLFO:
Usted dijo que una respuesta que la inteligencia puede hacerlo cualquier oficial del grado de general hasta abajo, pregunto también lo realizan los oficiales de la G1, G3, G4?

QUILO:
Sí, la realizan, por supuesto hay inteligencia técnica que se llama, si queremos saber algo sobre la fortaleza de un camión para fusil, pues los oficiales de la G4 harán una inteligencia técnica.

RODOLFO:
Los oficiales de la G2 también hacen inteligencia?

QUILO:
Por supuesto que sí.

RODOLFO:
Cuando se habló de los especialistas., usted dijo que el superior que le da una orden a un especialista rebajado, asume la responsabilidad, pregunto, ¿se puede dar una orden compatible con sus tareas a alguien que este rebajado, pero que no esta impedido de realizar sus tareas?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, el señor perito dijo responsable de su salud.

PRESIDENTA:
No a lugar a la objeción, es una pregunta directa.-

QUILO:
Normalmente eso no sucede porque si el especialista está rebajado, el superior no lo utiliza, sencillamente es un hombre menos, es una baja en su personal.

RODOLFO:
Usted dijo que no existe subordinación entre el Estado Mayor Presidencial y el Estado Mayor de la Defensa Nacional, usted fue vice ministro de la Defensa Nacional...

ABOGADO DE ACUSADOS:
Ya contesto, objeción señora presidenta.

PRESIDENTA:
Es un preámbulo a la pregunta

RODOLFO:
Usted como vice ministro de la defensa nacional en 1992 atendió un reconocimiento judicial en su despacho, en presencia de una juez de primera instancia, pregunto ¿cómo vice ministro de la defensa nacional en esas circunstancias, usted representaba al ejército de Guatemala?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción a la pregunta señora presidente, el señor perito consultor técnico, esta por virtud de la ley únicamente facultado para erigir preguntas con relación a los hechos por los cuales ha venido a declarar el perito, no viene el perito en calidad de testigo para que le pregunten hechos de alguna actitud que el haya tenido en el pasado por razón de su cargo.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción

RODOLFO:
El problema fue que en esa....

PRESIDENTA:
Prosiga haciendo su cuestionamiento.

RODOLFO:
Podría, cuando habló usted de los especialistas y habló de la cadena de mando pregunto ¿cuál es la cadena de mando de un especialista del departamento de seguridad presidencial?

QUILO:
Bueno, ellos tienen un generalmente, están organizados en grupos. Tienen un jefe de grupo, están organizados dentro del esquema del departamento, hay un jefe de servicio, entonces allí va la cadena, hasta que llega al presidente de la república.

RODOLFO:
La cadena de mando va por su, con el oficial su jefe directo, luego al jefe del departamento, y luego al jefe del estado mayor presidencial, es así?

QUILO:
Va del especialista a jefe de grupo, jefe de servicio, sub jefe, jefe, departamento y jefe del estado mayor presidencial.

RODOLFO:
Gracias.

Usted que ha sido vice ministro de acuerdo a su criterio, puede negar información requerida por un juez?

QUILO:
De acuerdo a la ley sí.

RODOLFO:
Cuál ley?

QUILO:
Está el Código Penal artículo 366, el 422 sobre la relación de secretos, el 477 del Código Procesal Penal, hay un artículo de la Constitución también.

Hay un artículo de la Constitución de la República, ahorita no lo encuentro, pero los señores abogados tal vez podrían...

RODOLFO:
Ya, el artículo 30 de la Constitución se refiere al secreto....

PRESIDENTA:
Dejémos que el perito conteste, y si no lo sabe, no lo sabe, continúe con el interrogatorio.

RODOLFO:
Ya.

El conocimiento de los nombres de 6 oficiales y un especialista de una dependencia en un año anterior, es un secreto militar?

QUILO:
Lo que pasa es que si se hace dentro del esquema de obtener información para el orden de batalla.

RODOLFO:
General, qué es el orden de batalla?

QUILO:
Es la información que se tiene del personal que hay en una unidad, sobre sus características, etcétera, etcétera, entonces en ese caso yo recuerdo que las preguntas en esa ocasión eran muy orientadas a obtener información táctica.

RODOLFO:
El orden de batalla en la orientación táctica, se refiere al dispositivo, oposición y fuerza. Con conocer los nombres completos de 6 oficiales y un especialista se puede determinar el orden de batalla de ejército de Guatemala?

QUILO:
Completo no, pero en este caso si he revelado información de operaciones militares, en el esquema de operación que se esta conduciendo en ese momento.

RODOLFO:
El Estado Mayor Presidencial conducía operaciones militares

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción a la pregunta, señora presiente, ya el señor perito fue interrogado sobre ese extremo y manifestó que no conducía operaciones militares.

PRESIDENTA:
A lugar al objeción.

RODOLFO:
Quién en el ejército tiene la autoridad para otorgar la clasificación de secreto militar a un dato o información solicitada?

QUILO:
Esa información es la que aparece en documentos militares secretos de operaciones, donde se establecen las nominas de la gente que esta al mando de determinadas unidades.

RODOLFO:
No me ha contestado la pregunta, por favor, quién es el que otorga la clasificación de secreto a un documento?

QUILO:
El comandante.

RODOLFO:
Comandante puede ser, comandante de sección, de compañía, de batallón, del ejército, a qué comandante se refiere?

QUILO:
A nivel de zona militar

RODOLFO:
Entregar una información a un juez sobre el nombre de algunos oficiales y especialistas es traición a la patria?

QUILO:
Violación del secreto y incurrir en violación al artículo de la Constitución de la República.

RODOLFO:
El nombre de todos los oficiales de Guatemala es secreto?

QUILO:
No.

RODOLFO:
El nombre de los oficiales que están acá, es secreto.

QUILO:
No.

RODOLFO:
Podría usted, si le pide la autoridad oficial dar el nombre completo de estos oficiales?

QUILO:
Bueno, ahora ya no los recuerdo, pero en este caso me desligo de la responsabilidad penal.

RODOLFO:
Usted, como vice ministro de la defensa nacional estaba autorizado para dar información a las autoridades competentes, a un juez por ejemplo, sobre el Ministerio de Defensa y sobre el Estado Mayor Presidencial?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, son hechos a los que se está refiriendo.

PRESIDENTA:
Sí, a lugar a la objeción. Voy a repetir el punto sobre el cual el perito vino hoy a declarar, dice, quien deberá opinar en lo relativo a la estructura y planes militares del ejército de Guatemala y consecuentemente sobre la estructura y funciones del Estado Mayor Presidencial, para eso fue propuesto, sobre eso declaró y sobre eso pregúntesele. No como si fuese testigo.

RODOLFO:
Usted declaró que cuando fue comandante de una zona militar recibió un plan de campaña y luego realizó el suyo correspondiente a su unidad, para cumplir su misión, es esta la metodología que se aplica en todo el ejército.

QUILO:
Sí, al nivel de comando sí, y cuando recibe un plan de campaña entonces es el comandante de la zona militar quien arregla su plan particular, un plan de operaciones.

RODOLFO:
Su plan de operaciones se basaba en el plan de operaciones recibidos de la superioridad?

ABOGADO DE ACUSADOS:
Objeción señora presidenta, se está refiriendo nuevamente a hechos. Le pregunta si él realizó operaciones con forme a ese plan.

PRESIDENTA:
A lugar a la objeción.

Voy a recordar lo siguiente, el testigo cuando viene acá habla de hechos de conocimiento propio, o de hechos que adquiere su conocimiento a través de otras personas, ése es el testigo. Aquí no estamos con un testigo, el perito declara sobre hechos derivados de la experiencia o conocimiento adquirido a través de sus estudios, ya, entonces aclarado eso dirijamos el cuestionamiento y la forma y sobre los hechos que el perito fue propuesto. Para evitar objeciones y que este interrogatorio se prolongue en una forma innecesaria.

RODOLFO:
Al recibir los planes de campaña del estado mayor presidencial que tiene en la guardia presidencial un núcleo de

.....(FALLA DE GRABACIÓN)

importantes sigue la misma metodología de

......(FALLA DE GRABACIÓN)

QUILO:

................................................(FALLA DE GRABACIÓN)

No está involucrada en el plan de campaña, entonces ellos tienen trabajo muy específico, su responsabilidad es proteger al presidente y a su familia y no tiene nada que ver con el plan de campaña.

[Fin Cassette No. 2 Cara B]
[Inicio Cassette No. 3 Cara A]

Continuación de la declaración de JOSE LUIS QUILO AYUSO

...En esta comandante de lucha contrainsurgente, si el comandante general lo decide él es responsable de lo que decida sobre el personal que tiene bajo su mando.

RODOLFO:
Bueno es todo señora presidenta Gracias.

PRESIDENTA:
En este momento, primero le vamos a decir al señor perito que ha concluido su interrogatorio usted ya puede retirarse si usted desea puede quedarse en la sala de debates, de lo contrario puede alejarse de ella, en este momento le van a entregar su documento de identificación, y vamos a decretar un receso de 15 minutos, son las 11:10 y regresamos alas 11:25. Señorita secretaria.


Declaración de José Luis Quilo Ayuso emitida ante el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, Guatemala, 10sep02. Ver también Acta Debate ante el Tribunal Tercero de Sentencia Penal en el caso Myrna Mack.

Nota documental: El presente documento es una transcripción de lo declarado ante el Tribunal Tercero de Sentencia Penal. Hemos mantenido la literalidad de la misma sin proceder a su corrección ortográfica y de estilo, para así ceñirnos al documento original proporcionado al Equipo Nizkor.

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