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Retrospectiva y Reflexión. Número Especial
Informe de Derechos Humanos. 1990-2000
Autores:
- José Araya Cornejo
- Víctor Espinoza Cuevas
- Paola Loi Nateri
- Katrina Marie Natale
- María Luisa Ortiz Rojas
- Myriam Reyes García
- Juan Carlos Vega Briones
Colaboradores:
- Carlos Sánchez Soto
- Samuel Alarcón Velásquez
- Luis Castro Rebolledo
- Maritsa Jara Ramos
- Viviana Uribe Tamblay
- Federico Aguirre Madrid
- Juanita Méndez Barra
Programa de Investigación
Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo - CODEPURetrospectiva y Reflexión es una serie de publicaciones que contiene distintas experiencias de trabajo realizadas por CODEPU
Directora Responsable: María Luisa Ortiz Rojas
Esta Serie es Financiada por la Comisión de Comunidades Europeas y Médico Internacional e.V. Alemania
ISBN: 956-7599-05-X
ISBN: 956-7599-51-3
Registro: 120.928Autorizada su reproducción total o parcial citando la fuente.
Santiago, Chile, mayo de 2001Edición de Texto: María Rosa Verdejo Rodríguez
Diseño y Producción: DUO Diseño y Comunicación
Impresión: LOM Ediciones
Contenidos
Presentación
1. LAS HERENCIAS DE LA DICTADURA
Introducción
1. Proceso de Verdad y Justicia.
1.1 Iniciativas del primer gobierno democrático Patricio Aylwin Azócar (1990-1994)1.2 Iniciativas del segundo gobierno democrático: Eduardo Frei Ruiz-Tagle (1994-2000)
- Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación
- Características y Objetivos de la Comisión.
- Informe: Contenido y Estructura
- Logros y limitaciones de la Comisión
- Propuestas de Reparación y Recomendaciones de la Comisión
- Reacciones frente a la presentación del Informe de la Comisión
- Ley de Reparación: Una recomendación de la Comisión
- Propuestas surgidas a raíz del Informe de la Comisión.
- Proyecto de Anulación de la Ley de Amnistía presentada por los Senadores socialistas.
- Ley Aylwin: Un intento de Punto Final
1.3 Principales conflictos durante el período de la Transición (1990-2000).
- Cárcel de Punta Peuco.
- Proyecto Frei.
- Proyecto Figueroa-Otero
1.4 Actuación de los Tribunales en el período.
- Durante el gobierno de Patricio Aylwin Azócar
- Ejercicio de Enlace
- El Boinazo
- Acusación Constitucional contra Ministros de la Corte
- Durante el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle.
- d. Caso Stange
- e. Caso Letelier
- f. Caso Carmelo Soria
- g. Acusación constitucional contra Augusto Pinochet: Deja el Ejército y asume como Senador Vitalicio
- h. Acusación constitucional contra Pinochet.
- i. Detención de Pinochet en Londres.
- j. Regreso y proceso de Pinochet en Chile
- k. Mesa de Diálogo
2. Situación de los presos políticos de la dictadura militar.
- Factores que han favorecido un cambio en la jurisprudencia
- Aproximaciones a nueva jurisprudencia
- Procesados y Condenados por violaciones a los derechos humanos
- En el ámbito jurídico.
- En el ámbito social
- Descripción de algunos casos
- Tareas pendientes
II. LOS DERECHOS HUMANOS Y LA TRANSICIÓN
1. Situación de los Derechos Humanos: 1990 - 2000.
1.1 La Tortura durante la Transición en Chile.
Antecedentes preliminares
- Agentes que practican la Tortura en Chile
- Antecedentes Legislativos y Praxis.
- Normativa heredada del régimen militar.
- Leyes Cumplido.
- Ley de Derechos del Detenido
- Avances y Desafíos para la erradicación de la Tortura en Chile.
- Descripción de un caso
1.2 Situación Carcelaria.
- Presos en Condiciones Especiales.
- Presos políticos post 11 de marzo de 1990
- Población penal con diagnóstico de VIH-Sida positivo
- Presos enajenados mentales.
- Normativa y su aplicación.
- Rehabilitación social.
- Irregularidades en las normas del debido proceso
- Tortura y Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes.
- Causas y Manifestaciones de la Violencia Intracarcelaria
- Descripción de algunos Casos.
- Propuestas.
1.3 Presos Políticos durante la transición.
- Observaciones
- Justicia Militar: intervención de Tribunales Militares en el procesamiento y condena.
- Leyes especiales de Seguridad del Estado, Control de Armas y Antiterrorista
- Tres casos de Mujeres Prisioneras Políticas
- Casos de Cadena Perpetua
1.4 Derecho a la Vida
- Organismos de Seguridad
- Propuestas para normar el accionar de los Organismos de Seguridad
- Relato de algunos casos
1.5 Servicio Militar Obligatorio (SMO)
- Recuento histórico.
- Argumentos y Contraargumentos
- Debate Nacional
- Propuestas CODEPU
- Propuesta para un nuevo modelo, elaborado por el Ministerio de Defensa, a partir del Foro Nacional
- Análisis Comparativo.
- Conclusiones
- Descripción de un caso.
1.6 Libertad de expresión y derecho a la información
Introducción
- Iniciativas Legislativas
- Relator sobre Libertad de Expresión.
- Periodistas Procesados (1990-2000)
- Casos Presentados en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
1.7 Pueblos Originarios
Introducción
- Primer Gobierno de la Concertación: 1990-1994.
- La nueva Ley Indígena
- Corporación Nacional de Desarrollo Indígena - CONADI.
- Otros avances
- Derechos y conflictos
- Segundo Gobierno de la Concertación: 1994-2000.
- Antecedentes del Conflicto Indígena en Chile
- En Chile Neoliberal
- Derechos de los Pueblo: acuerdos y desacuerdos
- La nueva población indígena.
- La sociedad nacional y los indígenas
- Situaciones de conflictos en distintas regiones del país
1.8 Discriminación
- La situación de las mujeres
- La situación de los niños y niñas.
- Situación de los jóvenes y su estigma social
- Situación de la Migración
- Aspectos legales .
- Principales demandas y desafíos
- Discriminación a las Minorías Sexuales.
- En el trabajo
- En la escuela
- En los medios de comunicación de masas.
- En las Fuerzas Armadas
- En las instituciones policiales..
- Acciones para superar la discriminación.
2. Otras situaciones relevantes de Derechos Humanos en el período
- Presos Políticos chilenos en América Latina.
- Presos políticos chilenos en Perú condenados por "Traición a la Patria"
- Chilenos presos en Brasil.
- Minas Terrestres Antipersonal
III. CHILE Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
Tabla 1: Naciones Unidas: Tratados Internacionales vigentes en Chile
Tabla 2: Naciones Unidas: Tratados Internacionales suscritos no vigentes en Chile
Tabla 3: Organización de los Estados Americanos: Tratados Regionales vigentes en Chile.
Tabla 4: Organización Internacional del Trabajo: Tratados Internacionales en materia de Derecho Laboral vigentes en Chile.
Tabla 5: Organización Internacional del Trabajo: Tratados Internacionales no vigentes en Chile
Tabla 6: Artículos de Instrumentos Internacionales correspondientes a Materia de derechos Económicos, Sociales y Culturales y su vigencia en Chile.IV. EL ESTADO CHILENO ANTE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES.
1. Recomendaciones internacionales sobre derechos humanos al Estado chileno 1990-2000.
1.1 Naciones Unidas.1.2 Organización de Estados Americanos
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (30/03/99)
- Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (20/08/99)
- Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer (09/07/99)
- Comité contra la Tortura (26/07/95)
2. Síntesis de casos presentados por CODEPU ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
- Informe Nº 34/96
- Informe Nº 25/98
- Informe Nº 133/99
- Informe Nº 137/99
- Informe Nº 11/96
ANEXOS
- Primer Análisis del Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo sobre el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación - 27 de marzo de 1991.
- Declaración Pública de CODEPU sobre ejercicios militares y propuestas de derechos humanos. 17 de junio de 1993.
- Declaración Pública de CODEPU sobre Ley Aylwin - 2 de septiembre de 1993.
- Declaración Pública de CODEPU sobre discriminación a personas con VIH-Sida 11 de mayo de 1994.
- No a la Impunidad según la Doctrina de los Derechos Humanos, CODEPU -julio de 1995.
- Declaración Pública de CODEPU, CINTRAS, FASIC, SERPAJ sobre proyectos leyes de derechos humanos -1 de diciembre de 1995.
- Declaración de Santiago de Chile. Suscrita por los participantes en el Seminario Internacional sobre Impunidad y sus efectos en los procesos democráticos -15 de diciembre de 1996.
- Posición del Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo -CODEPU ante la acusación constitucional presentada por los parlamentarios de la Concertación en contra de cuatro Ministros de la Corte Suprema -27 de septiembre de 1996.
- Campaña del Cincuentenario de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Coordinadora de Instituciones de Derechos Humanos para el 50º Aniversario -diciembre de 1997.
- Declaración del Foro de Derechos Humanos de la Cumbre de los Pueblos de América -abril de 1998.
- Declaración Final de la Cumbre de los Pueblos de América -18 de abril de 1998.
- Carta Abierta al Presidente de la República.
- Declaración Pública de CODEPU sobre detención de Pinochet en Londres -19 de octubre de 1998.
- Declaración Pública de CODEPU sobre Mesa de Diálogo -10 de agosto de 1999.
- Declaración Pública de CODEPU sobre desafuero de Pinochet -8 de agosto del 2000.
- Declaración Pública de CODEPU sobre procesamiento a Pinochet -1 de diciembre del 2000.
Presentación
El presente Informe demuestra cómo la Democracia de Transición, durante el período 1990-2000, no ha conseguido garantizar y respetar los derechos fundamentales. La permanencia de situaciones institucionales y poderes fácticos antidemocráticos y la ausencia de voluntad política impiden la plena vigencia y realización de los derechos humanos.
En efecto, en Chile, por mandato constitucional, los derechos humanos se consideran como límites a la soberanía del Estado. El artículo 5, inciso 1 de la Constitución indica que "el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana". Por su parte, la Reforma Constitucional de 1989, en el mismo Artículo, agregó el inciso 2 que señala "es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes". En función de esta norma, cada órgano del Estado debe respetar y promover los derechos humanos para ampliar su vigencia real.
Asimismo, el artículo 19 de la Constitución contiene los derechos y libertades fundamentales que se protegen en diversos instrumentos internacionales. El texto constitucional reconoce y asegura a todas las personas:
- el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica de la persona;
- la prohibición de la aplicación de todo apremio ilegítimo;
- la igualdad ante la ley;
- la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos;
- el derecho a la defensa jurídica, a ser juzgado por el tribunal señalado por la ley y establecido con anterioridad por ésta;
- el derecho a las garantías de un racional y justo procedimiento, a no ser castigado con otra pena que la señalada por una ley promulgada con anterioridad a la perpetración del delito, salvo que la nueva ley favorezca al afectado;
- el derecho al respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y su familia;
- la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada;
- la libertad de conciencia;
- el derecho a la libertad personal y a la seguridad individual;
- la libertad de opinión y la de informar sin censura previa;
- el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas;
- a presentar peticiones a la autoridad;
- a asociarse sin permiso previo; y,
- al pluralismo político
En el país impera un Estado de Derecho que superó la política sistemática de violaciones a los derechos humanos instaurada por la dictadura militar. Sin embargo, contrariando el mandato constitucional, no existe el pleno ejercicio del derecho a la igualdad ante la ley, especialmente en los casos de exigencia de justicia ante las violaciones de derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar; tampoco en el caso de presos políticos afectados normalmente por extensos procesos y drásticas condenas, dictadas por tribunales militares. En mucho menor grado, y con otras características, persisten violaciones de los derechos a la vida, a la integridad física y psíquica de las personas. Por otra parte, las limitaciones a libertades fundamentales como la libertad de expresión y de conciencia; la frecuente violencia con que actúa la policía ante las manifestaciones públicas; el desinterés por la política que manifiestan los jóvenes y la caída de los índices de sindicalización. Todo ello da cuenta de las deficiencias de nuestro sistema democrático y la real vigencia de los derechos humanos.
En el ámbito de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), el mismo Artículo 19 de la Constitución consagra:
- el derecho a la protección de la salud, a vivir en un medio ambiente libre de contaminación; a la educación, a la libertad de enseñanza;
- la libertad de trabajo; la admisión a todas las funciones y empleos públicos;
- el derecho a la seguridad social; el derecho a sindicarse;
- la igual repartición de los tributos; el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, respetando las normas legales que la regulen.
- el derecho a la no discriminación arbitraria del Estado y sus organismos en materia económica;
- la libertad de adquirir el dominio;
- el derecho de propiedad;
- el derecho de autor sobre las creaciones intelectuales y artísticas; y,
- el derecho la propiedad industrial.
Los gobiernos democráticos de la Concertación han incorporado al sistema de libre mercado impuesto por la dictadura, la estrategia de crecimiento con equidad que favorece los equilibrios macroeconómicos, e instala algunos programas sociales para reducir la pobreza, mejorar la salud y la educación. Pero, las condiciones en que se está desarrollando el modelo económico hacen que la noción de libre mercado sea el eje de las políticas sociales, negando la solidaridad y la validez de los derechos humanos en el desarrollo económico.
Por ello, sólo una minoría de la población goza de los beneficios del modelo, mientras que la mayoría vive excluida de una buena educación, salud, vivienda, trabajo y seguridad social. La concentración de la riqueza en un grupo reducido, el creciente aumento de la brecha de desigualdades en los últimos años, la persistencia de importantes sectores de la población en condiciones de pobreza, y la inexistencia de un marco legal adecuado, no permiten el cumplimiento de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Medioambientales.
La discriminación por razones de sexo, clase, etnia, edad, discapacidad persisten en nuestro país. La creación de organismos públicos especializados como la Comisión Nacional de Pueblos Indígenas, el Servicio Nacional de la Mujer y el Instituto Nacional de la Juventud, han tenido limitado impacto porque su acción queda detenida, tanto por las trabas burocráticas como por los límites que impone el modelo económico, cuyos fines se resisten a los principios y valores de una cultura de los derechos humanos. A la fecha, en Chile, no existen mecanismos de protección efectivos en materia de discriminación de los derechos de los niños, mujeres, indígenas, tercera edad, discapacitados, personas que viven con el VIH-Sida, homosexuales, entre otros.
El gobierno no ha elaborado los Informes necesarios que el Estado de Chile debe presentar en cumplimiento a los diversos instrumentos internacionales de derechos humanos que ha ratificado. El Informe de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales debería realizarse, a lo menos, cada cinco años; asimismo, el Informe sobre la Convención de los Derechos de la Infancia. Una serie de Convenios de la OIT permanecen sin ratificación; la legislación laboral chilena está lejos de las orientaciones internacionales en la materia.
Estos hechos nos mueven a afirmar que en lo nacional el panorama de los DESC está desprotegido, debido a que el Estado no se hace responsable de la vigencia, así como tampoco de su resguardo. Ello aún se agrava más cuando el Estatuto de Derechos Humanos contenido en el Art. 19 de la Constitución, es limitado por el mecanismo de protección de estos derechos indicado en el Art. 20, porque el recurso de protección respecto a estos derechos sólo los protege en forma parcial e indirecta al garantizar derechos subjetivos individuales y no derechos sociales propiamente tal (por ejemplo, en el sistema nacional este recurso protege la libertad para elegir el sistema de salud y no el derecho a la salud). (1)
En este contexto la elaboración de este Informe aborda 10 años, los inmediatamente posteriores al término de la dictadura: 1990-2000. Algunas de la situaciones que describimos en él, a la fecha de la edición Final de este documento, en los primeros meses del año 2001, han variado positivamente; así, por ejemplo, fue abolida la Pena de Muerte, el Tratado para la Eliminación de Minas Antipersonal fue ratificado por el Senado de la República; fue Finalmente promulgada la ley de prensa que posibilita el desarrollo de mayor libertad de expresión en el país. Sin embargo, como se verá, aún persisten muchas situaciones que, dolorosamente, constituyen un atentado a la dignidad de las personas, las comunidades y grupos que habitan este territorio.
Este Informe constituye un esfuerzo multidisciplinario de largo aliento para la institución. En él sistematizamos nuestra propia experiencia de trabajo cotidiano como organismo de derechos humanos, experiencia que surge de la atención a la demanda de quienes afectados por la violación a sus derechos concurren a CODEPU. Se elabora además, consultando documentos oficiales, informes internacionales, prensa e información de otras ONG, personas y agrupaciones con las que realizamos un trabajo en conjunto. Estamos conscientes que quizás no es un Informe completo y probablemente quedan muchos aspectos que evaluar en relación a la situación de derechos humanos en Chile, durante los 10 años posteriores a la dictadura. Sin embargo, esperamos que constituya un aporte para quienes, desde Chile y desde otras partes del mundo se interesan por conocer, observar y estudiar los diferentes aspectos de esta realidad.
Como la difusión, la promoción y la vigilancia de los derechos humanos es una tarea que nos corresponde a todos, damos a conocer un aspecto de la historia del país, normalmente omitida por el discurso oficial. Bajo la aparente normalidad de la vida ciudadana se oculta una historia de violencia institucional, que CODEPU conoce a propósito de las permanentes denuncias que recibe. Esta historia la compartimos para así aportar a un Chile más justo.
Víctor Espinoza Cuevas
Secretario EjecutivoMaría Luisa Ortiz Rojas
Encargada Programa de InvestigaciónSantiago, junio del 2001
Nota: 1. Al regir en Chile exclusivamente el Pacto Internacional de los DESC de Naciones Unidas que no contiene un régimen de supervisión que haga imperativa su vigencia dentro de los Estados signatarios, ampara la situación de desprotección de estos derechos. Por eso se le ha propuesto al Estado chileno que en lo internacional, se suscriba el Protocolo adicional al Pacto de San José (Protocolo de San Salvador), y en lo nacional, se establezca una regulación sustancial de los DESC, haciendo aplicable a su respecto el recurso de protección.