Situación de los pueblos indígenas.

A diez años de la sanción de la ley 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes (que recién fuera reglamentada en 1989) podemos decir que sus disposiciones se han con vertido en letra muerta dado que:

- El INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, órgano de aplicación de la ley) sólo ha tenido existencia nominal; se nombró solamente un director y un subdirector, sin la participación de representantes indígenas y no cuenta con presupuesto para llevar a cabo lo establecido por la Ley.

- La labor del Registro de Comunidades Indígenas (otorgar Personería Jurídica a las comunidades de los Pueblos Indígenas existentes en el territorio nacional) ha sido suspendida o ha quedado trunca sin llegar a prestar el servicio para el que fue creado.

- No se han llevado a cabo otras disposiciones sobre entrega de tierras, salud, educación, vivienda o jubilación.

- El Estado Nacional no ha comunicado a la OIT la ratificación por ley 24.071 del Convenio 169.

Detallamos algunos casos:

El Ministerio de Economía que tenía bajo su control la propiedad del Ingenio Las Palmas -Provincia del Chaco- dispuso en 1992 la enajenación de la misma, siendo que está habitada desde siempre por unas 350 familias tobas que tienen allí sus viviendas, sus tareas productivas y los restos de sus antepasados enterrados en el Ingenio (30.900 hectáreas). Los indígenas interpusieron recurso de amparo y otras gestiones para detener esta venta que les afecta, pero el Ministerio procedió a negociar con un dirigente indígena la aceptación de 2.300 hectáreas para lograr que se abandonara el reclamo. Ante el rechazo de esta "solución" las autoridades enviaron al dirigente indígena al exterior (Costa Rica).

Las comunidades indígenas del área del Teuco- Bermejito (Provincia del Chaco) plantearon el reclamo por la restitución de 150.000 hectáreas reconocidas por el Gobierno a los tobas en 1926. El caso fue tomado por el gobierno provincial con apoyo del gobierno nacional y se dispuso un fondo de U$S 100.000 para las gestiones de mensura y posterior entrega de las tierras. Los fondos fueron "extraviados" en el Banco Provincial, la mensura no se ha llevado a cabo y a cinco años de la reanudación del caso, todavía no hay nada resuelto.

No se ha cumplido con lo dispuesto por las leyes 24.242 y 24.334 acerca de la expropiación de tierras para las Comunidades Indígenas del Pueblo Kolla de San Andrés, Santa Cruz y Angosto de Parani (Orán, Salta); y Finca Santiago, (Iruya, Salta).

En la Provincia de Misiones se lleva a cabo una verdadera política de apartheid. Se agrede la ecología del hábitat de los Pueblos Indígenas mediante la tala indiscriminada de montes y la quema de árboles para hacer carbón.

Todo esto lleva a migraciones, al desarraigo y al etnocidio cultural de los Pueblos Indígenas.


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