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25jun13
La Justicia europea da la razón a Google, que no tiene por qué borrar contenidos
El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE cree que Google está sujeta a la legislación de la UE sobre privacidad pero no está obligado a borrar la información sensible de su índice de búsqueda. De esta forma, da la razón al buscador en un caso que enfrenta a España, y en concreto a la Agencia de Protección de Datos, con el gigante informático estadounidense sobre el 'derecho al olvido' en Internet.
Niilo Jääskinen, abogado general del Tribunal Europeo de Justicia, afirma que las empresas que operan en la UE deben cumplir con la legislación de protección de datos de cada país, pero que no se puede obligar a eliminar contenidos producidos por otros.
Jääskinen recuerda que Google, en su actividad de búsqueda de información y puesta a disposición de los internautas de la misma, "trata" datos personales, pero afirma que "no se puede considerar al proveedor de servicios 'responsable del tratamiento' de tales datos personales [...] siempre que el proveedor del servicio no indexe o archive datos personales en contra de las instrucciones o las peticiones del editor de la página web".
El abogado sugiere en sus conclusiones que "los derechos de cancelación y bloqueo de datos [recogidos en la directiva correspondiente, la 95/46/CE] no confieren al interesado el derecho a dirigirse a un proveedor de servicios de motor de búsqueda para impedir que se indexe información que le afecta personalmente, publicada legalmente en páginas web de terceros, invocando su deseo de que los usuarios de Internet no conozcan tal información si considera que le es perjudicial o desea que se condene al olvido".
El dictamen preliminar no tiene carácter vinculante, aunque los jueces suelen seguir estas recomendaciones en el 80% de los casos. La sentencia final se publicará dentro de unos meses.
Google celebra la opinión
Fuentes de Google España celebraron la publicación de la opinión del abogado, y resaltaron que da la razón a la compañía en tanto que la actividad que sealiza como buscador es de mera indexación, no de 'apropiación' de los datos.
Según la compañía, habrá que esperar a la resolución del TJUE, que se espera para después del verano o finales de este año. Asimismo, detaca que esta visión podría ser una buena fuente de inspiración para la futura directiva de protección de datos, sobre la que aún se discute.
En un breve comunicado, la compañía afirma que "es una buena opinión para la libre expresión". "Estamos contentos de ver que apoya nuestra visión de que la exigencia de los motores de búsqueda para suprimir 'información legítima y legal' equivaldría a censura", concluye.
Origen de las cuestiones
El litigio se remonta al año 2010, cuando la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) exigió a Google que eliminase en los resultados de sus búsquedas los vínculos al anuncio publicado en el diario La Vanguardia de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social, recuerda Europa Press.
La AEPD actuó a petición del ciudadano mencionado en ese anuncio, que alegaba que el embargo al que se vio sometido en su día está totalmente solucionado y resuelto desde hace años y carece de relevancia en la actualidad, por lo que no quería que apareciera cuando se buscara su nombre en Google.
No obstante, la Agencia de Protección de Datos denegó la petición del ciudadano de que se borrara el anuncio original en el periódico, al considerar que la publicación de los datos en cuestión tenía justificación legal y su fin era dar la máxima publicidad a las subastas para conseguir la mayor concurrencia de licitadores.
Google ha recurrido la decisión, y otros casos similares (más de 180), ante la Audiencia Nacional, y alega que corresponde a la fuente original de la información corregirla si es incorrecta y que obligarle a suprimirla del resultado de sus búsquedas constituye un atentando contra la libertad de expresión.
Las cuestiones de la Audiencia
La Audiencia Nacional planteó al Tribunal de Justicia una serie de preguntas para resolver el caso (PDF), cuyas primeras respuestas se conocerán este martes.
En particular, el tribunal español preguntaba si el afectado tiene 'derecho al olvido', es decir a dirigirse a buscadores para impedir la indexación de la información referida a su persona publicada en páginas web de terceros, amparándose en su voluntad de que no sea conocida por los internautas cuando considere que puede perjudicarle o desea que sea olvidada, aunque se trate de una información publicada lícitamente por terceros.
La Audiencia Nacional deseaba saber además si es posible aplicar la directiva de la UE sobre protección de datos para tutelar el derecho a la protección de los datos de un nacional español y que tiene su residencia en España, frente a la empresa Google, que tiene su domicilio fuera de la UE, en Estados Unidos.
[Fuente: Por P. Romero, El Mundo, Madrid, 25jun13]
Privacy and counterintelligence
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