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24ene23


Junqueras solicita su absolución al Supremo y la extinción de la responsabilidad penal por el 'procés'


El ex vicepresidente de la Generalitat de Cataluña, Oriol Junqueras, ha solicitado al Tribunal Supremo la revisión de la sentencia del procés en la que fue condenado a 13 años de prisión y los mismos de inhabilitación por los delitos de sedición y malversación, pidiendo su absolución de todos los delitos y la extinción de responsabilidad penal absoluta.

La defensa del político de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), ejercida por Andreu Van den Eynde, ha presentado el escrito después de la reforma del Código Penal impulsado por su propio partido y por el PSOE. En éste, aseveran que en dicha reforma «el delito de sedición ha desaparecido sin ningún sustituto en el Código Penal y, por lo tanto, es evidente que no puede comportar responsabilidad penal de ningún tipo».

Los políticos republicanos que también fueron condenados en la misma sentencia, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa también han presentado escritos de revisión de sentencia a través de sus abogados Olga Arderiu y Mariano Bergés.

En sus escritos, los equipos legales defienden, como sostuvieron durante el juicio ante la Sala Segunda, que la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017 no puede comportar ningún delito ya que la ilegalidad de los referéndums «fue despenalizada en 2005» y que se trató de un ejercicio democrático en el que no pudo haber ni sedición ni desórdenes públicos ni ninguna actuación sobre el patrimonio público que implique una transgresión de las normas penales. Así defienden que las actuaciones de los políticos no pueden encajar ni en el nuevo delito de desórdenes públicos que sustituye a la sedición en la reforma del Código Penal ni tampoco consideran que se les deba mantener la malversación en ninguno de los tipos -con lucro personal o sin lucro personal- que ahora existen en la norma tras la reforma.

«Es la voluntad del legislador»

Para las defensas, según han informado fuentes de ERC, «no hay duda de que esta es la voluntad del legislador con la redacción del nuevo Código Penal ya que en la propia exposición de motivos de esta se asegura que la reforma tiene por objetivo la homologación de la legislación penal a los estándares europeos».

Los republicanos inciden en que es el mismo legislador quien emplaza a atender «las pautas de actuación de los organismos internacionales» en lo que se refiere al «respeto a los derechos fundamentales como un límite de actuación de los poderes públicos». Los abogados se refieren a que en ningún momento durante el juicio se planteó ni debatió la existencia de los desórdenes públicos, por lo que invocan el principio acusatorio.

En cualquier caso, apuntan, los políticos de ERC no cometieron disturbios ni sus acciones pueden encajar en la forma en que este delito está ahora en el Código Penal, «que incorpora necesariamente una actuación grupal orientada a atentar contra el orden público con violencia o intimidación contra las personas», afirman.

[Fuente: El Independiente, Madrid, 24ene23]

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