El 11 de septiembre en La Moneda
LO IRREPRESENTABLE
Reflexiones sobre la Tortura

Once años después que los sobrevivientes de La Moneda fueron trasladados a la Isla Dawson, la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1984, aprobó y promulgó la Convención contra la Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes, incorporándola en la jurisdicción internacional como una categoría más de los crímenes contra la humanidad.

Desde la madrugada de ese día 11 de septiembre de 1973, la tortura se enseñoreó a lo largo y a lo ancho de todo Chile. Desde las primeras horas de la mañana la Armada de Chile, en Valparaíso, San Antonio, Talcahuano, Punta Arenas y otros lugares de la costa, donde sus bases navales estaban apostadas, habían detenido en sus hogares a cientos de personas que tenían previamente identificadas, para trasladarlas a cuarteles de detención , incluso islas y barcos, como el Lebu, el Maipo e incluso el Buque Escuela La Esmeralda, para interrogarlas y torturarlas.

Horas después la tortura se desplegó rápida y desmedidamente sobre las personas que fueron detenidas trasladadas al Regimiento Tacna o a la Sexta Comisaría, lugar desde donde su destino se torna incierto, pero que mas tarde al encontrar sus cuerpos, se comprobó que antes de asesinarlos habían sido sometidos a impensables formas de tortura. Como nos es imposible siquiera imaginar la magnitud de los tormentos que ellos sufrieron es en relación a lo que vivieron y experimentaron los sobrevivientes de La Moneda donde reflexionaremos y profundizaremos sobre los significados y consecuencias de este flagelo humano.

Con fecha 26 de noviembre de 1988 el gobierno militar de Chile publicó en el Diario Oficial los Decretos 808 y 809 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulgaron como leyes de la República la "Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o penas crueles inhumanos o degradantes", aprobada por la ONU el 10 de diciembre de 1984, y la "Convención Interamericana para Prevenir y sancionar la tortura aprobada por la OEA el 9 de diciembre de 1985 respectivamente.

En ambas Convenciones se define lo que se entiende por tortura en los siguientes términos: "Se entenderá por el término tortura todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a una persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se consideran torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencias únicamente de sanciones legítimas o que sean inherentes o incidentales a éstas".

Interesante es señalar que en la definición de la Organización de Estados Americanos se agrega lo siguiente: "Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica", concepto que tiene una aplicación más vasta y que alcanza a los familiares de las víctimas así como a los sectores más conscientes del país.

Estas Convenciones vinculantes, es decir que obligan a los Estados partes a respetarlas y cumplirlas, nos proporcionan un soporte teórico conceptual que nos permite fundamentar en forma objetiva los significados histórico sociales, las consecuencias y, más específicamente, analizar la etiología "el origen" de este crimen.

De acuerdo a las vivencias y trastornos que sufrieron los sobrevivientes de La Moneda podemos afirmar que la tortura debe separarse nítidamente de cualquier otro tipo de violencia interhumana individual, familiar, social o cultural, las cuales, por brutales o perversas que ellas sean, no entran en la categoría de los llamados "Crímenes Contra la Humanidad". En estos la situación de desigualdad humana es absoluta, la víctima se encuentra por entero en manos de sus victimarios, quienes tienen todo el poder y la impunidad para disponer de su vida o de su muerte. La violencia proviene de un solo bando y en estas condiciones la persona pierde su don más preciado, cual es la libertad. El trauma humano y el significado que tiene la tortura en la vida interior de las personas tiene una connotación única e imborrable en su existencia. Las palabras escritas por Sergio Bitar en la introducción de su libro "Isla 10", ejemplifican esta verdad: "...meses y tal vez años después no había logrado integrar en mi mente el significado de lo que acababa de suceder".

Al tratar por años las consecuencias de esta violencia, avanzamos la hipótesis que ella es la mayor y la más perversa de las agresiones humanas. La violencia que viene desde el poder, tiene su lógica, de ningún modo, ella es desesperada, no tiene la aflicción, ni el descontrol de la desesperanza, que se produce en la rebelión de los más desposeídos; muy por el contrario, aquí la razón estudia y planifica, la agresión. Por lo tanto, si bien hay muchas situaciones violentas interhumanas, nos permitimos plantear que la violencia que utilizó desde el primer día la dictadura fue "el más de la violencia", la cúspide de ella, pues la produjo un sistema: las Fuerzas Armadas que emplearon todo el poder para gestar y aplicar la agresión.

Recurramos una vez más, al método empleado en este trabajo y recordemos qué dijo el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación sobre la tortura : "El propósito principal de la tortura era la de obtener información de parte de la víctima, sea que se aplicara para doblegar su resistencia, o para asegurarse de la veracidad de lo que ya había declarado. Un segundo propósito era el de quebrar su resistencia o su entereza física o moral, así como atemorizar directamente a otros que presenciaban u oían las torturas e intimidar a terceras personas que eventualmente supieran de ellas.

Los malos tratos, incluyendo los golpes, vejámenes, insultos, condiciones degradantes de reclusión, permanencia por largo tiempo con la vista vendada y alimentación mala e insuficiente, complementaban la tortura en la consecución de los mismo propósitos. Estos malos tratos, cabe calificarlos, cuando no directamente de torturas, de otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, los que están prohibidos de forma igualmente categórica por las normas internacionales de derechos humanos.

En no pocos casos, los malos tratos o la tortura se practicaron no con un propósito de interrogación determinado, sino como una expresión de la crueldad o de las bajas pasiones de un agente de guardia. A veces también se aplicó directamente como modo de dar muerte a un detenido" (1).

Pero a pesar de haber constatado la magnitud de la tortura e incluso descrito en forma detallada los métodos usados "aplicados como rutina a prácticamente todos los prisioneros detenidos en los recintos secretos", en el Decreto Supremo Nº 355, que creó la Comisión, en el Artículo 9 señala: "Que para satisfacer sus objetivos la tarea de esas personas ha de cumplirse en un lapso relativamente breve, lo que exige limitarla, a los casos de desaparición de personas detenidas, ejecuciones, torturas con resultado de muerte, cometidos por agentes del Estado o personal al servicio de esto, secuestros y atentados contra la vida de las personas por particulares bajo pretextos políticos de manera de proporcionar al país, sobre los hechos que más gravemente han afectado la convivencia nacional". De manera que los que sobrevivieron a este crimen fueron marginados, ignorados e incluso olvidados.

El Informe de la Comisión se realizó y se entregó cuando la dictadura había "teóricamente terminado". De lo que él dice se pueden inferir innumerables conclusiones, una de ellas, es que el Informe corrobora que la tortura se inició el mismo día 11 de septiembre y que con el correr de los años, día a día se fue perfeccionando para cumplir sus objetivos, lo que ya se observa con las torturas a que fueron sometidos los sobrevivientes de la isla Dawson, las que se intensificaron y especializaron con el correr de los días para alcanzar el máximo cuando ellos fueron trasladados a la Academia de Guerra Aérea, al Hospital Militar, a los Regimientos Tacna y Buin o al Cajón del Maipo en Las Melosas a cargo de Carabineros, donde ya existían centros y personal especializado en interrogatorios y tortura.

Frente a esta realidad, frente a la magnitud de personas torturadas durante los 17 años de dictadura, el Gobierno del presidente Aylwin decidió que era imposible ni siquiera considerarla, estudiarla, citar a los miles de sobrevivientes, señalar a los responsables porque eso habría significado, tal vez, entrar en el drama humano de la muerte inminente, la destrucción interior para seguir viviendo. Sería haber penetrado en las profundidades de las heridas abiertas por la dictadura en las personas y en toda la historia social del país.

Pero, a pesar de marginarla, silenciarla, para reconocer sólo a los que murieron a consecuencias de ella, la tortura y los que sobrevivieron a ella, vuelven cada día, re-aparecen, testimonian y estarán presentes siempre en la historiografía humana de Chile.

VEAMOS POR QUE

La tortura fue desde un inicio un acto humano integral, no sólo porque tuvo intención, fue racional, fue elegida, sino también porque -a diferencia de la tortura histórica, que era aplicada como instrumento de confesión o de castigo, ligado a la justiciase transformó en un arma del poder usada para someter mediante el terror, no sólo a las personas sino a la sociedad toda. Más aún, desde esos días ella se tecnificó y se profesionalizó. Se elaboraron técnicas especiales para interrogatorio y tortura, tal como lo habían aprendido en la Escuela de las Américas de Estados Unidos los militares chilenos. Desde entonces en el país se aprendió y se enseñó a torturar.

La tortura es un crimen y quien dice crimen, dice dos cosas, ¿quién fue la víctima y quién el victimario? Detrás de cada uno de estos dos personajes se encuentra todo un engranaje que constituye una totalidad, un sistema en continuo desarrollo que se intensificó o se especializó, según las necesidades de la dictadura que la utilizó y según la respuesta que la sociedad y los opositores tuvieron a ella. Su estructura no se limitó de ningún modo a la díada humana: Torturado - Torturador, que constituyó sólo el eslabón final de este sistema.

Para fundamentar lo anteriormente dicho intentaremos hacer un análisis dialéctico estructural de cada una de las premisas que conforman el enunciado de la Convención que define la tortura, relacionándolas con lo acontecido, especialmente, a los sobrevivientes de La Moneda, para desde allí, referirnos a la magnitud que este crimen alcanzó durante los 17 años de dictadura militar.

En la definición de tortura se encuentran todas las etapas de un acto médico. La primera frase de este concepto dice así "se entenderá por torturas todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona". ¿Qué quiere decir esto? Que, sin duda, la tortura es un acto humano, puesto que tiene intención, es decir, es un acto racional en el cual hay una opción. Kant dice "Los individuos razonan y actúan y su unidad como persona consiste precisamente en darle un curso intencional a sus actos" . Así fue con las personas que fueron trasladadas a la Escuela Militar y con los que sobrevivieron, pues desde el mismo instante en que fueron detenidos se cometieron con ellos actos humanos integrales, no sólo porque tenían intención, porque eran racionales, porque fueron elegidos para despojarlos, desde un inicio, de la esencia misma que los constituía como personas. Querían intencionalmente destruir la representación cognitiva que cada uno tenía de sí mismo.

La definición enuncia luego, con el fin de provocar: "dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales", es decir, síntomas. Estos términos cubren en la nosología médica prácticamente todas sus especialidades y ellos van desde lo orgánico puro hasta las más altas funciones mentales del hombre. Sin embargo, no podemos considerar que los síntomas o síndromes provocados por los dolores o sufrimientos a que fueron sometidos, sean una anormalidad, ni menos una enfermedad, en este caso, lo que es anormal y patológico es precisamente el acto de tortura y no los síntomas que ella provoca.

A mayor abundamiento, tal vez, sería anormal o al menos extraño, que un individuo que ha vivido este acontecimiento no sufra algún trastorno o alteración. Los síntomas o síndromes que los torturados presentaban, no difieren en su expresión fenomenológica con los habitualmente descritos en los Manuales de Psiquiatría, lo importante en ellos es encontrar él o los mecanismos psicopatológicos alterados, en la interioridad de estas personas, por esta agresión única e incomparable con cualquier otra forma de las acciones exteriores, mal llamadas estrés.

Los mecanismos o ejes desestabilizadores que provocan sintomatología se sustentan en los antecedentes históricos, genéticos, biográficos y en los rasgos previos de personalidad que cada persona tiene y se desarrollan de acuerdo a los núcleos principalmente afectados, por la experiencia vivida, de modo que la sintomatología que produce la tortura es variada y múltiple, diferente y única, en su intensidad y configuración, como diferentes y únicas son las personas. Existen síntomas y signos que son más predominantes y frecuentes, pero no existe un síndrome de tortura propiamente tal.

Por lo tanto, concluimos que en estos casos no podemos desde los síntomas o síndromes diagnosticar tortura, en este proceso la historia de los síntomas y signos, las expresiones de la mítica enfermedad no constituyen, de ningún modo, la base del diagnóstico. En este proceso los conceptos de salud y enfermedad, deben trasladarse al afuera, a la exterioridad y en este caso particular, al poder, a la dictadura, a la sociedad que vive bajo terrorismo de Estado y muy especialmente, a los responsables. El diagnóstico debe conducirnos obligatoriamente a buscar sus orígenes. Su presencia será la etiología de este trauma humano, lo único que nos dará el diagnóstico específico.

En los primeros momentos los sobrevivientes de La Moneda presentaron síntomas de angustia, algunos describieron palpitaciones o taquicardia, sensación de ahogo, temblor, sudoración, deseos de vomitar, inquietud psicomotora. Miedo a la muerte, náuseas o malestar abdominal. Frecuentes fueron los fenómenos de despersonalización, el sentir que no eran ellos los que estaban viviendo esta increíble realidad. Algunos estaban perplejos y desorientados y otros presentaban fenómenos de desrealización, lo que vivían no era verídico, parecía una pesadilla, algo que no podía ser creíble ni siquiera imaginable. Presentaban trastornos de la percepción e incluso del lenguaje, no lograban expresar lo que estaban viviendo, por momentos el silencio y el mutismo predominaban.

Ya en la Escuela Militar vivieron la agresión, la amenaza, el desprecio y más tarde, durante el traslado a la isla Dawson irrumpe la tortura psicológica de la incertidumbre "La historia de las fantasías y el fantasma encuentra en las vivencias desencadenadas por esta situación extrema, límite, su más notable ilustración" (2). La vida, la libertad de escoger el seguir viviendo ya no estaba en sus manos, el destino más posible era la muerte. Así se los hicieron sentir durante el traslado y durante los meses de detención.

Las técnicas de tortura psicológica se acentuaron en el lugar de reclusión: la incomunicación, la interrupción del sueño, la tortura de otros, el registro constante de la violencia, la destrucción, la soledad. A ella, se agregaron las maniobras de deprivación sensorial: la oscuridad, los ruidos estruendosos o repetitivos, la privación de alimentos, la alteración o inhibición de las necesidades fisiológicas. No bastó. Había que agregar diversas formas de tortura física: el plantón, los trabajos forzados, aparecieron entonces.

Desde ese momento, se acentuaron o aparecieron trastornos psicosomáticos, dolores musculares, enflaquecimiento marcado, colón irritable, cefaleas. Lentamente, en algunos se acentuaron los síntomas angustiosos y depresivos, los cuales asociados a lo anterior provocó gastritis severas, incluso ruptura de úlcera, como en el caso del doctor Jirón. La suma de todo esto y mucho más, llevó a la muerte provocada por ellos, del Ministro del Interior de Salvador Allende, José Tohá.

La definición de tortura sigue así "...con el fin de obtener de ella, o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que haya cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación". Evidentemente los objetivos que buscaron los torturadores y los aparatos de tortura chilenos fueron múltiples. Todos respondieron a las necesidades del régimen, como lo veremos más adelante. En el caso, de los sobrevivientes de La Moneda, el objetivo primordial fue, por un lado, castigar y sobretodo "denigrar al enemigo derrotado" . A través de estas acciones creían aumentar su propia autoestima, era necesario sentirse vencedores, superiores, invencibles, querían además, y lo intentaron hasta el último momento, hacerlos confesar delitos, nunca cometidos, robos que no existieron, y por supuesto, hacerlos declarar que Allende era una persona pervertida, alcohólica, sin ética, ni principios. No obtuvieron nada y el castigo se acentuó hasta el extremo. A través de la tortura a que ellos fueron sometidos, se intentó coaccionar a sus esposas e hijos. Todos fueron discriminados, aislados, señalados como culpables e incluso algunas de sus esposas fueron detenidas.

Por último, la Convención señala "...cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona, en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia".

En la parte B "Conceptos", del Tomo I del Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, en lo referente ala "responsabilidad moral del Estado" dice: "La Comisión ha entendido esta referencia como la responsabilidad que, de acuerdo al recto criterio, se puede estimar, le cabe al Estado por actos de sus agentes (o de personas al servicio de éstos) ejecutados en cumplimiento de políticas o de directivas de órganos del Estado; o por actos ejecutados sin que medien políticas o directivas específicas, si el agente del Estado contó con la ratificación expresa o tácita de órganos del Estado, o con la protección o inacción de éstos tendientes a que la conducta quedara impune".

De modo que, de acuerdo al último enunciado de la Convención y a los conceptos entregados por la Comisión de Verdad y Reconciliación, nos encontramos con la etiología, etapa principal de un acto médico, es decir, cual es la causa del daño, cual es el agente patógeno. Este enunciado nos permite hacer el diagnóstico definitivo. Se trata de trastornos provocados sobre el hombre por otro hombre.

El responsable de la tortura se encuentra a varios niveles: el que ideó las técnicas, él que ordenó a quién y cómo aplicarlas, el que creó el sistema o aparato de torturas; el que habilitó lugares públicos o secretos; el que expropió casas para utilizarlas en este crimen. El que compró instrumentos, maderas, para los colgamientos, aparatos eléctricos, tinas de baños, el que construyó las piezas para la incomunicación y el aislamiento.

El responsable por tanto, es aquel que programa, que oculta, que niega; aquél que detiene, secuestra o asesina. Cava fosas, viola, traslada torturados o cuerpos y hace desaparecer. Cientos de personas en Chile cumplieron estos roles, sin embargo, la figura del perpetrador permanece en lo desconocido y no existe a causa de la impunidad o de la marginación de este crimen por la Comisión de Verdad y Reconciliación.

Al analizar la evolución conductual que tuvieron todos los funcionarios que actuaron en las diversas etapas que vivieron los sobrevivientes de La Moneda: detención, traslado, reclusión, nuevo traslado, centro de detención en cuarteles militares, expulsión de país, se aprecia un ascenso progresivo en su nivel de crueldad, en la frialdad del trato, en el desprecio, en la despersonalización del que identificaban como enemigo.

Los comportamientos iniciales pueden deberse tal vez, a la formación que un militar debe tener frente a su prisionero. Frente a un enemigo. Están formados así. Están vestidos para demostrar autoridad, poder. En el caso de los sobrevivientes de La Moneda estaban vestidos para matar. Sus gestos, sus movimientos, sus órdenes, fueron marciales, las palabras severas, cortantes, sus armas eran de muerte. A ellos se agregó la preparación previa hecha por los medios de comunicación de la derecha, a través de todo un montaje de guerra psicológica. Los prisioneros eran los marxistas, los comunistas, los que llevaban al país al caos, por eso, posiblemente, los más ideologizados fueron más duros y en ocasiones brutales. Pero en el curso de los días, eso no bastó. Había que aumentar el odio. Mientras se encontraban detenidos en la Isla Dawson se dio a conocer el llamado Plan Zeta. El fue el instrumento que aumentó todos los sentimientos negativos que se tenían hacia los partidarios de Salvador Allende. Había que detenerlos, torturarlos, eliminarlos, pues eran ellos, los que querían matar, los que habían elaborado listas de personas a ejecutar, eran los sobrevivientes los posibles asesinos, el símbolo de la destrucción y el mal.

Con el transcurrir del tiempo miles de chilenos estuvieron frente, en las manos de su torturador, muchos pudieron ver sus rostros y recuerdan nítidamente su figura. De este modo, el recuerdo del responsable se constituye en una imagen y un comportamiento latente de por vida" (3).

No se puede mirar este proceso desde uno solo de sus lados: las víctimas, sino principalmente desde los responsables, como ya lo advertimos. El vínculo humano creado entre aprehensores y aprehendidos, entre presos políticos y guardianes, en la Escuela Militar, luego en la isla Dawson y mas tarde, en los lugares de traslados se fue endureciendo y agravando definitivamente.

El camino de la transformación de una persona a responsable de los crímenes o torturador se inició, posiblemente en Chile, antes del golpe de estado, en los designios y ámbitos de la guerra fría, como lo veremos en el último capítulo de este libro "Páginas en Blanco". Fue un largo camino de adoctrinamiento, de transformación, de conciencias y conductas, para despertar en lo más profundo de los pensamientos, de las ideas y especialmente, de los sentimientos, el odio y más aún, el miedo. Contamos ahora con los Manuales utilizados en las Escuelas de las Américas para enseñar a interrogar y torturar y como veremos en el capítulo de "Actores y Autores", gran parte de los nombrados fueron formados allí.

El estado chileno tampoco cumplió con el Artículo 10 de la Convención contra la Tortura, el cual dice: "...Se incoará un procedimiento penal contra el supuesto culpable o los culpables de conformidad con la legislación nacional. El supuesto culpable o culpables serán sometidos a procedimientos penales, disciplinarios u otros procedimientos adecuados".

De tal modo, los responsables quedaron impunes y los principios generales dictados en 1996, por el jurista Louis Joignet en su "Informe Final Revisado acerca de la cuestión de la impunidad de los autores de violaciones de derechos humanos", cuales son : el derecho a saber; el derecho inalienable a la verdad, el deber de recordar; el derecho de las víctimas a saber y, garantía para hacer efectivo el derecho a saber; el derecho a la Justicia y el derecho obtener Reparación" han sido hasta ahora absolutamente ignorados por el Estado chileno, que tampoco ha reflexionado en profundidad el concepto de impunidad que él entrega. "La inexistencia de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y en el caso de ser reconocidos culpable condenas a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a las víctimas".

Pero, además de omitir a los responsables, los sobrevivientes de las torturas, que fueron miles, quedaron al margen de todo conocimiento oficial, hubo una doble negación, que perdura hasta la actualidad, a pesar que en el Artículo 14 de la Convención contra la Tortura se señala que "el Estado velará por que su legislación garantice a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible".

Hace más de un año, el Relator Especial de las Naciones Unidas para la Reparación, entregó su Informe Final. En el punto II, titulado "Ámbito de la obligación", el Relator enumera en el ítem b que "los estados deben investigar las violaciones y, donde es apropiado, proceder contra la persona que cometió la violación, de acuerdo con la ley interna e internacional. En el punto c señala que "el estado debe proporcionar a las víctimas un acceso igual y efectivo a la justicia" y por último en el punto d, "el estado debe proporcionar o facilitar reparaciones a víctimas".

En el ítem III sobre "Violaciones de derechos humanos internacionales y de la ley humanitaria que constituyen delitos bajo la ley internacional" se destacan entre otros "el deber de procesar personas presuntas de cometer esas violaciones, para castigar autores que se han declarado culpables por esa violaciones y para cooperar y asistir a los estados y apoyar organismos judiciales internacionales en la investigación y la denuncia de esas violaciones".

En el punto VI "Tratamiento a las Víctimas" se deberá "garantizar la seguridad y la intimidad de las víctimas tal como el de sus familias... y que el estado debe evitar un nuevo traumatismo en el curso de procedimientos legales y administrativos, diseñado para proporcionar justicia y reparación".

Al reflexionar sobre las directrices dadas por los relatores especiales sobre la impunidad y la reparación, indudablemente debemos concluir, que el estado chileno, no ha cumplido o sólo lo ha hecho parcialmente con los principios y enunciados de Naciones Unidas y teniendo en cuenta el Informe de la Mesa de Diálogo, podemos afirmar, además, que no se ha evitado un nuevo traumatismo sino que por el contrario, la herida se ha hecho más profunda.

Estas prácticas, especialmente, las del período de transición han contaminado a la sociedad por la negación, el ocultamiento, la marginación de las víctimas; la trastocación del lenguaje; la ambigüedad de los mensajes; la perversión de los significados para llegar en estos días a los estigmas de la crueldad. ¿Debemos olvidar y mirar sólo hacia el futuro?


Notas:

1. Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Pág. 478. II Tomo.

2. Artículo de Claude Barrois "Action du traumatisme, traumatismo en action, action sur le traumatisme". pp. 239 ss.

3. "Persona, Estado y Poder". Ob.Cit. pp. 205


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 11sep03
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