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CASO Nº643: NARDI, JOSE OSVALDO
Está probado que el día 31 de marzo de 1976, en horas de la madrugada, José Osvaldo Nardi fue privado de su libertad,-junto con José Vicente Nardi, de su casa establecida en Av. España 1224, piso 3º, dto. "D", en la ciudad de Mendoza, por fuerzas del Ejército y de la Policía de esa provincia que actuaban bajo el comando operacional del Tercer Cuerpo de Ejército.
Ello es así en virtud de lo manifestado por José Osvaldo Nardi en autos mediante exhorto diplomático, avalando así sus dichos ante CONADEP, agregando que eran muchas las personas que los llevaron y que vestían uniformes del Ejército o de civil, en este caso identificándose como de la policía. Que fueron atados y vendados los ojos. Este extremo aparecerá también corroborado por los dichos, en CONADEP, de José Vicente Nardi y a que José Osvaldo Nardi fue mantenido clandestinamente en cautiverio, junto con su hijo, en la Seccional 25a. de la Policía de la ciudad de Mendoza y posteriormente trasladado a la Jefatura de dicha institución.
Esto es así de acuerdo a lo dicho por el damnificado en autos, de que primero se lo llevó a la Comisaría 25a., donde permaneció durante 24 horas para luego ser trasladado a la Jefatura, lugar en el que estuvo detenido hasta su liberación.
Esto es avalado por las expresiones de José Vicente Nardi, formulados en CONADEP y los de Nerio Neirotti, al prestar declaración indagatoria en el sumario Nº 37.894-B que por infracción a la ley 20.840 tramitara ante el Juzgado Federal de Mendoza, sobre que vio a los Nardi en el Departamento Central de Policía de Mendoza.
No está demostrado que durante su cautiverio fuera sometido a algún mecanismo de tortura.
Solamente sobre ello se tienen los dichos del damnificado.
José Osvaldo Nardi recuperó su libertad el 20 de abril de 1976, según el mismo lo segura.
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a José Osvaldo Nardi fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nº 146.
Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.
En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.
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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006