Causa nº 13/84

CASO Nº620: LEVENSTEIN de GAGNAJ, Lisa


Está probado que Lisa Levenstein de Gagnaj fué privada de su libertad en horas de la madrugada del día 20 de octubre de 1977 en su domicilio sito en la calle Salguero 814 de esta Capital, por personas que dependían operacionalmente del Ejército Argentino.

Así se desprende de los dichos de la propia damnificada quien depone testimonialmente a fs.8 y 63 de la causa nro.22.760, caratulada "Gagnaj, León, s/privación ilegítima de la libertad" originada en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción nro.26 y que corren agregados a estas actuaciones. Relata que en horas de la madrugada del día 20 de octubre de 1977, se presentaron en su domicilio varias personas armadas y vestidas de civil, quienes luego de penetrar y revisar su vivienda le manifestaron interés por su hijo León Gagnaj (ver caso nro.622), llevándosela privada de su libertad por el término de cinco días. Estos dichos son ampliados a fs.63 agregando que en esa oportunidad también sufrió igual destino su esposo Salomón (ver caso 621).

A Lisa Levenstein de Gagnaj se la mantuvo en cautiverio en el centro clandestino de detención denominado "El Atlético" perteneciente a la Policía Federal que actuaba bajo el Comando Operacional del Primer Cuerpo de Ejército.

Así surge de la detallada descripción del lugar de encierro que la damnificada efectuó a fs.63 de las actuaciones mencionadas, corroborados por los de su esposo, quien relata que luego de introducirlo en ese sitio se le asignó la sigla identificatoria "X 15" y el número de los "grillos", los "boxes" en que fueron arrojados ambos, etc.

Por otra parte, ha de tenerse en cuenta la fundamentación del caso nro.622 de su hijo León Gagnaj que complementa a la presente y que permite concluir afirmativamente esta cuestión.

No ha podido acreditarse, en cambio, que en ocasión de su cautiverio haya sido sometida a algún mecanismo de tortura. Ningún elemento de prueba ha sido recogido al respecto.

Lisa Levenstein de Gagnaj recuperó su libertad ocho días después.

Ello surge de sus propios dichos, que han de ser tenidos por verosímiles.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Lisa Gajnaj de Levenstein fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nº 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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