Causa nē 13/84

CASO Nē 605: LAZARTE, JUAN BAUTISTA


No está probado que Juan Bautista Lazarte fue privado de su libertad el 7 de abril de 1976 a las 13, de su domicilio ubicado en Pálpala, Provincia de Jujuy, por personal dependiente de las Fuerzas Armadas.

En efecto, si bien el nombrado declara dicha circunstancia ante la Honorable Legislatura de tal provincia -cuya copia obra agregada en el correspondiente legajo de CONADEP-, refiriendo que fue sacado de su casa por un grupo armado perteneciente a la Policía de la Provincia y trasladado al Penal de Villa Gorriti, donde permaneció seis meses, luego de los cuales fue conducido a la Unidad 9 de La Plata, desde donde recuperó su libertad en el mes de enero de 1977, habiendo sido objeto durante su cautiverio de diversas torturas y víctima de sustracciones; sus dichos no encuentran corroboración en ningún otro elemento de juicio toda vez que no fue visto en cautiverio por ninguno de los testigos que depusieron en la audiencia ni obran constancias de que se hubieran realizado gestiones en su favor con motivo de su presunta privación de la libertad. Finalmente se encuentran agregados el Decreto Nē 463 del Ministerio del Interior por el cual se lo arrestó a disposición del Poder Ejecutivo Nacional con fecha 17 de mayo de 1976, y el Decreto Nē 3338 de dicho organismo, dejando sin efecto su arresto el 21 de diciembre de 1976.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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