Causa nº 13/84

CASO Nº 582:GRAF, IRINEO TEOFILO


Está probado que el día 4 de mayo de 1976, Irineo Teófilo Graf fue privado de su libertad en su domicilio de Jujuy 847, Villa Constitución, Provincia de Santa Fe por personal que dependía del Ejército Argentino.

En efecto, las declaraciones de Graf, vertidas ante CONADEP se encuentran corroboradas en el informe remitido por el Instituto de Detención de Rosario, Unidad 3, Santa Fe, al indicar que aquél ingresó en la cárcel a disposición del Comando del Segundo Cuerpo de Ejército, en la fecha mencionada.

A esto debe agregarse lo que surge de la documentación remitida por el Ministerio del Interior, haciendo saber que Graf efectivamente fue alojado por orden del Ejército en esa Unidad Penitenciaria, en esa fecha y puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, por decreto 984 del 21 de junio de 1976, para posteriormente ser trasladado a la Cárcel de Coronda, recuperando la libertad de acuerdo a decreto 1590, el 1 de junio de 1977.

A la luz de todo esto resulta evidente que Graf permaneció detenido sin causa legal alguna, en la cárcel de Rosario, que dependía operacionalmente del Ejército Argentino, desde el 4 de mayo de 1976, hasta el 21 de junio del mismo año en que fue puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional.

Ello surge de lo narrado anteriormente.

Mineo Teófilo Graf recuperó su libertad el 1 de junio de 1977. Ello en virtud del informe remitido por el Ministerio del Interior y los dichos de la víctima.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Irineo Teófilo Graf fué desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nº 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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