Causa nº 13/84

CASO Nº 580: CORDOBA, RAMON HERALDO


Está probado que el día 24 de marzo de 1976, en horas de la mañana, Ramón Heraldo Córdoba fue privado de su libertad en su domicilio de Bolivar 2769, Villa Constitución, Santa Fe, por fuerzas armadas conjuntas bajo el comando operacional del Segundo Cuerpo de Ejército.

Así se acredita con las manifestaciones del damnificado vertidas en CONADEP, quien además de indicar lo expresado anteriormente dice que a su casa llegaron varios hombres armados, pertenecientes al Ejército, Policía Provincial y civiles, que lo detuvieron y obligaron a ascender a un camión donde fue golpeado para luego ser trasladado a la cárcel de Encausados de Rosario donde permaneció alojado durante varios días para luego ser remitido a la cárcel de Coronda.

Esta situación aparece corroborada por los informes de la policía de Villa Constitución y de la Cárcel de Encausados de Rosario, donde se manifiesta que, efectivamente, Córdoba fue detenido por personal del Ejército el día 24 de marzo de 1976 y llevado a ese instituto de detención a disposición del Segundo Cuerpo de Ejército, así como que para el 9 de septiembre de 1976 pasó a la cárcel de Coronda.

También se encuentra avalado dicho extremo por la documentación acompañada al sumario por el Ministerio del Interior, de la cual surge que Córdoba fue detenido el 24 de marzo de 1976 y recién puesto a disposición del P.E.N., por Decreto 272, el 29 de abril de ese año, con el posterior traslado a la Cárcel de Coronda y la puesta en libertad, mediante decreto 951, el 6 de abril de 1977.

Surge sin ninguna duda, un período en el cual Córdoba permaneció detenido sin fundamentación legal alguna, es decir desde el 24 de marzo de 1976 al 29 de abril del mismo año.

No está probado en cambio que durante su cautiverio haya sido sometido a algún mecanismo de torturas.

En efecto, solamente se tienen los dichos de Córdoba al respecto, vertidos en CONADEP, sobre que fue golpeado en varias ocasiones durante la primera parte de su detención, de por sí insuficientes.

Ramón Heraldo Córdoba recuperó su libertad el 6 de abril de 1977.

Esto surge de los dichos del damnificado y la documentación acompañada por el Ministerio del Interior.

Por último, surge de autos, que hecho que damnificó a Ramón Heraldo Córdoba fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nº 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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