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CASO Nē 579: CHAVEZ, ROLANDO OMAR
Está probado que el día 24 de marzo de 1976, Rolando Omar Chávez fue privado de su libertad en su domicilio de la calle Guiraldes 2655, Villa Constitución, Santa Fe, por personas armadas dependientes del del Ejército Argentino.
Ello es así en virtud de la prueba informativa producida en autos en la cual la Policía de Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe informó que Chávez fue detenido por la Policía Militar el 24 de marzo de 1976, a la hora 7 y 20 entregado en la Comisaría de esa ciudad, para posteriormente, en horas de la tarde ser retirado por el Mayor N. Rom del Segundo Cuerpo de Ejército.
A esto hay que agregar lo que surge de la documentación arrimada por el Ministerio del Interior, según la cual efectivamente Chávez fue detenido en la fecha indicada y alojado en la Unidad 3 del Servicio Penitenciario Provincial, para luego, por decreto del 29 de abril de 1976, bajo el Nē 272, ser puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y el 30 del mismo mes y año alojado en la Unidad Carcelaria Nē 1 de Coronda. Posteriormente, por decreto 951, el 6 de abril de 1977, fue liberado.
De lo antes, indicado se desprende que Rolando Omar Chávez fue mantenido clandestinamente en cautiverio en una Unidad del Servicio Penitenciario de la Pcia. de Santa Fe, que dependía operacionalmente del Ejército Argentino desde el 24 de marzo de 1976 al 29 de abril del mismo año.
En cambio no quedó acreditado que durante su cautiverio fuera sometido a algún mecanismo de tortura. Al respecto las probanzas colectadas resultan insuficientes.
Está probado que Rolando Omar Chávez fue liberado el 6 de abril de 1977, ello surge de lo narrado anteriormente.
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Rolando Omar Chávez fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Nē 146.
Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.
En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.
La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.
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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006