Causa nē 13/84

CASO Nē 546: SATANOWSKY, MARIO


Está probado que el Doctor Mario Satanowsky fue privado de su libertad por efectivos del Ejército Argentino el día 14 de septiembre de 1978 en su estudio, sito en Lavalle 1290 de esta Capital.

Tal circunstancia se halla acreditada por los dichos de Juan Claudio Chavanne y Sara Duggan, en el sentido de que el día mencionado, en ocasión de hallarse en el estudio del Doctor Satanowsky, se presentó en el lugar un grupo de hombres armados que se los llevaron detenidos.

Por otra parte, está detención tuvo lugar sin sujeción a formalidad legal alguna, tal como se ha dejado contancia en el caso Nē78.

Al Doctor Mario Satanowsky se lo mantuvo ilegalmente detenido en la Cárcel de Encausados de Campo de Mayo, que dependía del Primer Cuerpo de Ejército.

En la causa Nē 40.528 antes mencionada, se encuentran agregadas actuaciones labradas en dicha prisión militar que intentaron justificar la privación de libertad mediante la apariencia de un proceso militar.

A partir de fs.309 obra la prevención irregular instruida por el Coronel Roberto Roualdes en el Comando del Primer Cuerpo de Ejército, iniciada el 13 de septiembre de 1978, donde se agregaron declaraciones por escrito prestadas por Satanovsky a fs.376 (7 de octubre de 1978).

A ello deben agregarse los dichos de Juan Claudio Chavanne, en el sentido de que compartió su cautiverio con él, en el mencionado lugar.

Está probado además, que el Doctor Mario Satanowsky recuperó su libertad en el mes de diciembre de 1978.

En efecto, a fs.1000, las mencionadas actuaciones irregulares formadas para remedar una prevención regular y dar visos de legalidad a la privación de la libertad, fueron elevadas por el Coronel Roualdes al Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nē2, a cargo del Doctor Rafael Sarmiento (14 de diciembre de 1978), y el Doctor Satanowsky ya no se encontraba entre los detenidos, en dicha prisión.

Por otra parte, tampoco existen constancias de que haya sido puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional como el resto de los allí detenidos.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Mario Satanowsky fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Nē 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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