Causa nē 13/84

CASO Nē 497: MANGONE, JOSE HECTOR


Está probado que el día 30 de julio de 1977, en horas de la tarde, Héctor José Mangone fue privado de su libertad, junto con su esposa, desde su domicilio de la calle Atacama 973, Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires, por civiles armados, y conducidos a la ESMA.

En este caso, las situaciones a analizar son iguales a las tratadas en el caso Nē 209, correspondiente a Maria José Rapela de Mangone, esposa del damnificado, ello por haber sido los dos privados de su libertad al mismo tiempo desde su casa, con todos los consiguientes pasos posteriores detallados en el resto de las cuestiones analizadas allí. Para evitar repeticiones el Tribunal se remite a lo allí indicado.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Héctor José Mangone fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Nē 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 30sep06