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CASO Nē 489: LENNIE, MARIA CRISTINA
No está probado que el 18 de mayo de 1977, en horas de la tarde, María Cristina Lennie fue privada de su libertad en la intersección de la Av. Corrientes con la calle Agüero.
Tampoco está probado que a María Cristina Lennie se la mantuvo clandestinamente en cautiverio en la Escuela de Mecánica de la Armada.
Lo dicho por la testigo Silvia Labayrú de Lennie que al prestar declaración mediante exhorto diplomático afirmó haber visto su cadáver en el interior de ese instituto, en la habitación Nē 13, la que se destinaba a la tortura de los cautivos, es el único elemento probatorio que de ello se tiene, insuficiente, dada la carencia de otras probanzas que lo corroboren, como para dar por cierto tal extremo.
En consonancia con lo dicho, no está probado que María Cristina Lennie falleció en el interior de la Escuela de Mecánica de la Armada, mientras permanecía en cautiverio.
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Maria Cristina Lennie fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nē 146.
Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.
En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.
La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.
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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006