Causa nº 13/84

CASO Nº 350: PONCE, GILBERTO RENGEL


Está probado que Gilberto Rengel Ponce fue privado de su libertad el 7 de diciembre de 1978, en la Estación Ciudadela del Ferrocarril General Sarmiento, Provincia de Buenos Aires, por un grupo armado que dependía operacionalmente del Ejército Argentino.

Al respecto, debe considerarse el indicio que se desprende de las declaraciones de la víctima ante la Comisión Nacional de Desaparición de Personas, donde relató que el día mencionado, en circunstancias en que se hallaba parado en la estación Ciudadela, fue atacado por dos sujetos a los cuales luego conoció como el "Turco Julián" y "Paco", acompañados por un grupo de alrededor de diez hombres que lo introdujeron en un automóvil.

Estas declaraciones se hallan corroboradas por los elementos de prueba colectados que demuestran que a la víctima se la mantuvo clandestinamente en cautiverio en un centro de detención conocido como "El Olimpo", que operaba bajo el comando del Ejército Argentino.

En este sentido, a los dichos extrajudiciales de la víctima deben agregarse los de Juan Guillen, quien manifestó en la Audiencia que compartió su cautiverio con Ponce en el mencionado centro de detención, por la misma época en que aquél fuera privado de su libertad.

La detallada descripción del lugar de cautiverio, así como también la de los captores y demás detenidos de "El Olimpo", que coincide con la de otros testigos que depusieron en la Audiencia, refuerzan la credibilidad de tales manifestaciones extrajudiciales.

No está probado sin embargo, que en ocasión de su cautiverio fuera sometido a algún mecanismo de tortura.

En efecto, los dichos de la víctima en este sentido ante la Comisión Nacional de Desaparición de Personas, no se encuentran corroborados por elemento de prueba alguno.

Gilberto Rengel Ponce recuperó su libertad el día 21 de diciembre de 1978.

Los dichos de la víctima al respecto se compadecen con el cuadro probatorio en general.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Gilberto Rengel Ponce fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Nº 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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