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CASO Nē 295: CHAVARINO CORTES, GUSTAVO ADOLFO
Se cuenta en autos con el expediente nē 33.969 del registro del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción nē 6, Secretaría nē 118, caratulado "CHAVARINO, Antonio interpone recurso de hábeas corpus en favor de CHAVARINO, Gustavo Adolfo", donde el presentante expone que su hijo fue privado de su libertad el día 18 de noviembre de 1977 por fuerzas policiales de la Comisaría 40a. de Capital Federal en las inmediaciones de Lacarra y Avda. Directorio a las 19. Solicitados los informes pertinentes sobre el paradero del causante a la Policía Federal, Ministerio del Interior y Comando en Jefe del Ejército, éstos fueron producidos con resultado negativo, por lo que el Juez interviniente rechazó el recurso, mandando extraer testimonios para investigar la posible privación ilegal de la libertad.
Dichas actuaciones resultaron radicadas ante el Juzgado de Instrucción nē 13, Secretaría nē 140, bajo el nē 13.658, pero de ellas no surgen elementos que permitan avanzar sobre la investigación del hecho en cuestión.
Asimismo, no se ha aportado en autos otro elemento que posibilite dar crédito a la versión del padre del supuesto damnificado, por lo que el escaso cuadro probatorio reunido no alcanza para tener por probado los hechos que se imputan.
Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.
En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.
La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.
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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006