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CASO Nē 244: GUTIERREZ RUIZ, Héctor José
Está probado que el ex Diputado Héctor José Gutiérrez Ruiz fue privado de su libertad el día 18 de mayo de 1976 de su domicilio ubicado en la calle Posadas 1011, Capital Federal, por personal armado que dependía del Ejército Argentino.
Ello resulta del testimonio brindado en la audiencia por su esposa, la señora Matilde Rodríguez de Gutiérrez Ruiz, quien refiere que en la fecha indicada irrumpió en su domicilio un grupo armado, que se identificó como perteneciente a la Policía Federal y luego de revisar sus efectos pesonales se llevaron a su esposo, atado y encapuchado.
Miguel Angel Ferreyra al deponer tanto en la audiencia como a fs.55 del expediente nē293 citado en los tres casos anterioes, refiere que para esa época se desempeñaba como encargado del edificio donde habitaba la víctima, corroborando los dichos de la señora de Gutiérrez Ruiz.
También está probado que Héctor José Gutiérrez Ruiz fue muerto por personal dependiente del Ejército el 21 de mayo de 1976.
Al respecto cabe remitirse a las constancias del expediente nē 293, y a los fundamentos vertidos en el caso 241
En cambio no está probado que en ocasión de su secuestro le fueran sustraídos efectos personales de su domicilio.
En tal sentido los dichos de su esposa no son avalados por ningún otro elemento de juicio.
Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Héctor José Gutiérrez fueron desarrollados de acuerdo con el proceder descripto en la cuestión de hecho nē 146.
Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.
En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.
La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.
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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006