Causa nē 13/84

CASO Nē 241: WHITELAW, William


Está probado que William Whitelaw fue privado de su libertad el día 13 de mayo de 1976, en su domicilio ubicado en la calle Matorras 310, de la Capital Federal, por un grupo de personas armadas que dependían del Ejército Argentino.

La prueba al respecto se halla colectada en el expediente Nē 293 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nē 1, Secretaría Nē 2, caratulado "Gutiérrez Ruiz, Héctor; Michelini, Zelmar; Barredo de Schroeder, Rosario del Cármen; Whitelaw, William s/homicidio", instruída con motivo del hallazgo en la intersección de las avenidas Dellepiano y Perito Moreno, de un automóvil robado, en cuyo interior se encontraban los cadáveres de las cuatro personas antes mencionadas. Posteriormente se pudo comprobar que los decesos se habían producido por heridas de bala en la cabeza.

A fs. 220 depone testificalmente el doctor Juan Pablo María Schroeder Otero, quien refiere que en la fecha y lugar indicados en el primer párrafo, un grupo armado secuestró a su hija política Rosario del Carmen Barredo de Schroeder -caso 242- junto a su compañero William Whitelaw y sus tres pequeños hijos, enterándose luego que la pareja había aparecido muerta, junto a otras dos personas, en el interior de un automóvil.

A fs. 75 declara Ricardo Zanetti, vecino de la referida pareja, que presenció el hecho. Afirma que el grupo fuertemente armado se identificó como perteneciente a la Policía Federal, mediante la exhibición de una credencial de color azul de dicha repartición.

En similares términos declaran Delia Nilia Guaita de Rodríguez y Eduardo Domingo Rodríguez -fs. 81 y 82 respectivamente-, también vecinos de las víctimas, quienes refieren que el grupo agresor les manifestó pertenecer a la policía y que se llevaban a la pareja por ser extremistas.

En sus declaraciones testimoniales Norberto José Damelio -fs. 202 y Beatriz Magdalena Colombo -fs. 202 vta.- resultan contestes en afirmar que el día del hecho notaron la presencia en las inmediaciones de ese domicilio, de varias personas armadas.

Lo expuesto, unido al resto de la prueba colectada en los referidos autos, permite asegurar, atento las características con que se desarrollaron los hechos investigados, que ellos fueron ejecutados por personal dependiente del Ejército Argentino.

Así surge de la prueba acumulada en el expediente ya citado del Juzgado Federal Nē 1 y de los dichos en la audiencia de Margarita Michelini, hija de una de las cuatro víctimas del hecho, de los que se desprende su cautiverio en el centro denominado "Automotores Orletti", en donde se encontraban en igual situación otros ciudadanos uruguayos, y en la íntima conexión entre las actividades que allí existían, con el hecho en tratamiento.

Probado como quedó que William Whitelaw fue privado de su libertad por integrantes de la fuerza mencionada, cabe concluir que su muerte fue producida por personal de dicha arma, hecho que aconteció el 21 de mayo de 1976.

En el expediente ya citado, obran a fs. 3/6 informes periciales y a fs. 120/151 las correspondientes autopsias, de las que surge que todos los decesos se produjeron por heridas en cráneo y cerebro, habiéndose producido los disparos de atrás hacia adelante y a corta distancia. Además todos los cadáveres presentaban otras lesiones reveladoras de castigos corporales anteriores a los decesos, de lo que debe concluirse que los autores del hecho se prevalecieron del estado de total indefensión de las víctimas y sin correr riesgo alguno.

Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a William Whitelaw fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nē 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

Prohibida su reprodución o copia en otros sitios web sin autorización previa y fehaciente del Equipo Nizkor.

© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


Índice de Casos

Índice de la sentencia


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 30sep06