|
CASO Nº 49: CADÁVER N.N. MASCULINO (Fátima Nº 22)
Está probado que el cadáver de una persona del sexo masculino, junto con otros 29, fue hallado el día 20 de agosto de 1976, en un paraje denominado "Fátima", cercano a la localidad de Pilar, Provincia de Buenos Aires, atado de manos, vendados los ojos, con una herida de bala producida por un arma de fuego calibre 9mm,, con orificio de entrada en el temporal izquierdo y de salida en el temporal derecho, con plano de incidencia recto, horizontal, trayectoria recta, horizontal, perpendicular.
Ello surge del acta testimoniada a fs. 25/27, certificado de defunción obrante a fs. 176, en el cual consta que vestía camiseta blanca, chomba colorada, pullover azul, vaquero azul, calzoncillo azul, medias coloradas, botas de gamuza, y de la peritación de fs. 171/174, que lo describe como una persona de cabellos negros largos, ojos castaños, nariz recta» talla 1,76m., entre 25 y 27 años de edad, y que concluye además que el disparo fue efectuado a menos de un metro de distancia, ocasionando el deceso junto con la posterior explosión, y que no se evidencian vestigios de defensa o resistencia por parte de la víctima.
También esta probado que la muerte de la víctima fue el resultado del accionar de un grupo de más de tres personas integrado por personal de las fuerzas armadas o de seguridad, dependiente del Primer Cuerpo de Ejército y que actuó sin correr riesgo alguno frente a la total indefensión de aquélla.
Parta tal conclusión ha de remitirse a los fundamentos ya vertidos en el caso Nº 42 de Inés Nocetti.
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a N.N. Masculino fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión nº 146.
Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.
En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.
La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.
Prohibida su reprodución o copia en otros sitios web sin autorización previa y fehaciente del Equipo Nizkor.
© Equipo Nizkor, septiembre de 2006