Causa nº 13/84

CASO Nº 30: SALOMONE DE GUEVARA, NILDA SUSANA


Está probado que Nilda Susana Salomone de Guevara fue privada de su libertad en el mes de noviembre de 1976 en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por un grupo que dependía operacionalmente del Ejército Argentino.

Ello así, de conformidad con los dichos de su madre, Nicolasa Zárate de Salomone, quien en la Audiencia declaró que a mediados de noviembre de 1976, en ocasión de ir al domicilio de su hija a llevar a su nena, se enteró por una vecina que había entrado un grupo de militares y se la habían llevado.

Declaró asimismo que días después su marido recibió comunicación de su hija, quien se encontraba alojada en la Brigada de Investigaciones de La Plata, adonde fue a verla.

Ello se halla corroborado con los elementos de juicio que acreditan que la víctima fue mantenida en cautiverio en la Brigada de Investigaciones de La Plata, perteneciente a la policía de la Provincia de Buenos Aires.

Además, durante su detención se hicieron gestiones ante autoridades en procura de la averiguación de su paradero y de su libertad.

En efecto, manifestó Zarate de Salomone que al enterarse de la desaparición de su hija volvió a Córdoba, donde residía, y realizó averiguaciones en el Tercer Cuerpo de Ejército donde no obtuvo ninguna respuesta. Escribió además varias cartas al Ministerio del Interior que no fueron contestadas.

A Nilda Susana Salomone de Guevara se la mantuvo ilegalmente en cautiverio en la Brigada de Investigaciones de La Plata, perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, y que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército.

En efecto, su madre declaró que, tras una comunicación telefónica, concurrió a la Brigada de Investigaciones de La Plata, donde se encontró con su hija. A partir de allí tuvieron contacto continuo por carta y, en el mes de abril de 1977, la fue a visitar.

Además, fue vista en dicho lugar por familiares de los demás detenidos, por Adelina Moncalvillo, María Inés Arbio, María Grubert y Antonia Lugarda Cifre de Idiart.

Por su parte, el ex Capellán de la Policía Christian von Wernich declaró que Nilda Susana Salomone de Guevara se hallaba detenida en dicha unidad policial.

No está probado que Nilda Susana Salomone de Guevara recuperó su libertad.

Según los dichos de su madre, se le había concedido una opción para salir del país. A partir de entonces no volvió a ser vista, ni se tuvieron más noticias de ella.

En cuanto al conocimiento que pudieron haber tenido donde no obtuvo ninguna respuesta. Escribió además varias cartas al Ministerio del Interior que no fueron contestadas.

A Nilda Susana Salomone de Guevara se la mantuvo ilegalmente en cautiverio en la Brigada de Investigaciones de La Plata, perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, y que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército.

En efecto, su madre declaró que, tras una comunicación telefónica, concurrió a la Brigada de Investigaciones de La Plata, donde se encontró con su hija. A partir de allí tuvieron contacto continuo por carta y, en el mes de abril de 1977, la fue a visitar.

Además, fue vista en dicho lugar por familiares de los demás detenidos, por Adelina Moncalvillo, María Inés Arbio, María Grubert y Antonia Lugarda Cifre de Idiart.

Por su parte, el ex Capellán de la Policía Christian von Wernich declaró que Nilda Susana Salomone de Guevara se hallaba detenida en dicha unidad policial.

No está probado que Nilda Susana Salomone de Guevara recuperó su libertad.

Según los dichos de su madre, se le había concedido una opción para salir del país. A partir de entonces no volvió a ser vista, ni se tuvieron más noticias de ella.

En cuanto al conocimiento que pudieron haber tenido los Brigadieres Generales Omar Rubens Graffigna y Basilio Arturo Lami Dozo, el Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri y el Almirante Jorge Isaac Anaya acerca de la privación de la libertad de que fuera víctima Nilda Susana Salomone de Guevara y sobre cuya base debían haber formulado la pertinente denuncia, conviene hacer una distinción.

En cuanto a los Comandantes de la Fuerza Aérea Argentina y la Armada Argentina, mal puede adjudicárseles conocimiento de estos hechos si se tiene presente que se trató de un procedimiento ajeno a ellos. Respecto del Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo de su comandancia del arma con posterioridad a la detención, que permitan acreditar con fehacencia tal extremo.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Nilda Susana Salomone de Guevara fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho n°146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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