Crimen de agresión
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10dic13

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Estado de ratificación e implementación de las Enmiendas de Kampala sobre el Crimen de Agresión


Actualización Núm. 10
(información al 10 de diciembre de 2013) |1|

I. Ratificación

A. Ratificaciones registradas con el depositario del Estatuto de Roma (12 Estados Parte)

1. El 8 de mayo de 2012, Liechtenstein ratificó, como primer país en hacerlo, las enmiendas sobre el crimen de agresión junto con las enmiendas al artículo 8 (crímenes de guerra) adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la CPI de 2010, celebrada en Kampala, Uganda. Las enmiendas entrarán en vigor para Liechtenstein el 8 de mayo de 2013, mientras que la competencia de la Corte sobre el crimen de agresión sólo puede ser activada hasta 2017. Para esta activación, al menos 30 Estados Partes deberán ratificar las enmiendas tan pronto como sea posible, idealmente antes de finales de 2015, y la Asamblea de los Estados Partes deberá tomar la decisión de activar la competencia en 2017.

2. Desde entonces, los siguientes Estados parte del Estatuto de Roma han ratificado ambas enmiendas de Kampala: Samoa (25 de septiembre de 2012), Trinidad y Tobago (13 de Noviembre de 2012), Luxemburgo (15 de enero de 2013), Estonia (27 de marzo de 2013), Alemania (3 de junio de 2013), Botswana (4 de junio de 2013), Chipre (25 de septiembre de 2013), Eslovenia (25 de septiembre de 2013), Andorra (26 de septiembre de 2013), Uruguay (26 de septiembre de 2013) y Bélgica (26 de noviembre de 2013). Luxemburgo y Eslovenia son los primeros países en haber ratificado e implementado a nivel nacional da definición de Kampala. Estonia y Alemania ya tenían leyes existentes que se traslapan con dicha definición.

B. Avances concretos

3. De acuerdo a la información disponible, funcionarios de Gobiernos o parlamentarios en al menos los siguientes Estados partes se encuentran actualmente trabajando activamente sobre la ratificación de las enmiendas sobre el crimen de agresión: Argentina, Australia, Austria, Bolivia, Brasil, Burundi, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, República Dominicana, Ecuador, Eslovaquia, España, Finlandia, Georgia, Grecia, Islandia, Italia, Lesoto, Madagascar, Malta, Nueva Zelanda, los Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Rumania, Senegal y Suiza. Mientras que en Ghana, Guatemala, Irlanda, Japón, Letonia, Macedonia (ARYM), y Venezuela el proceso está en las etapas iniciales.

4. El 22 de abril de 2012, la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados de Chile aprobó el proyecto de ley presentado por el Presidente Sebastián Piñera relativo a la ratificación de las dos enmiendas de Kampala. En este contexto, todavía es necesario un

informe complementario de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia antes de la aprobación en plenario y consideración por el Senado.

5. En noviembre de 2012, el Gobierno de los Países Bajos presentó al Parlamento el proyecto de ley sobre las enmiendas de Kampala.

6. El 6 de junio de 2013, el gobierno de Suiza lanzó la consulta pública sobre las enmiendas, que es el primer paso en el proceso nacional de ratificación que podría llevarse a término a principios del 2015.

7. El 26 de julio de 2013, la Comisión de Relaciones Internacionales y Comerció de Costa Rica votó a favor del proyecto de ley 18514 de ratificación de las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma que había sido sometido a su consideración el 30 de junio de 2012. El proyecto requiere aún aprobación en la plenaria de la Asamblea.

8. El 13 de agosto de 2012, el Gobierno de Paraguay remitió a consideración de la Cámara de Diputados la ratificación de las Enmiendas de Kampala.

C. Compromisos de ratificación |2|

9. En el noveno y décimo período de sesiones de la Asamblea de Estados Partes (AEP; diciembre de 2010 y 2011), los siguientes Estados Parte hicieron compromisos concretos relativos a la ratificación de las enmiendas sobre el crimen de agresión: Austria, Argentina, Bolivia, Perú, Sudáfrica, España y Suiza. A su vez, los siguientes países hicieron referencias positivas a las enmiendas: Brasil, Burkina Faso, Canadá, Croacia, República Democrática del Congo, Dinamarca, Fiji, Finlandia, Ghana, Hungría, Japón, Jordania, Kenia, Lesoto, México, Nigeria, Noruega, Polonia, República de Corea, Senegal, Serbia, Eslovaquia, España y el Reino Unido.

10. El 17 de noviembre de 2011, el Parlamento Europeo, a través de la Resolución 2011/2109(INI), celebró la adopción de las Enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma, incluyendo las relativas al crimen de agresión, y llamó a los todos Estados miembros de la Unión Europea a ratificarlas e incorporarlas en su legislación nacional.

11. El 16 de febrero de 2012, en la Mesa Redonda de Sensibilización del Pacífico sobre la CPI en Sídney, participantes gubernamentales de Australia, Islas Cook, Islas Marshall, Palau, Papúa Nueva Guinea, Samoa, Tonga, Tuvalu y Nueva Zelandia acordaron que era deseable que todos los países insulares del Pacífico se hicieran Estados Partes del Estatuto de Roma e hicieron un llamamiento a la región a considerar la posibilidad de adherirse al Estatuto enmendado en 2010 (es decir, incluyendo las enmiendas sobre crímenes de guerra y el crimen de agresión).

12. El 18 de abril de 2012, el Parlamento Europeo aprobó la resolución 2012/0126, que reconoce la competencia de la CPI sobre los cuatro crímenes centrales. La resolución acoge con beneplácito la adopción de las enmiendas relacionadas con el crimen de agresión y ciertos crímenes de guerra en Kampala. También, hace un llamamiento a todos los Estados miembros a ratificar estas importantes enmiendas con prontitud e implementarlas en sus sistemas penales nacionales. En este contexto, pide al Consejo y la Comisión que utilicen su autoridad internacional en aras de asegurar y fortalecer la universalidad del Estatuto de Roma para conseguir una definición de acto de agresión en violación del derecho internacional aceptada internacionalmente.

13. El 11 de junio de 2012, los Ministros de Relaciones Exteriores de la Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR): Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay, Venezuela - exhortaron a todos los Estados Parte a ratificar las enmiendas aprobadas en Kampala.

14. En el contexto de la Reunión de Alto Nivel sobre el Estado de Derecho de la Asamblea General de 24 de septiembre de 2012, los siguientes países hicieron promesas relativas a la ratificación de las enmiendas sobre el crimen de agresión: Alemania (implementación), Argentina (lo más pronto posible), Austria (en 2013), Bulgaria (a finales de 2014), Costa Rica (a finales de 2014), Georgia (en 2013), Suiza (lo más pronto posible), Países Bajos (lo más pronto posible).

15. En un evento paralelo a la Reunión de Alto Nivel sobre el Estado de Derecho titulado "Impidiendo el uso ilegal de fuerza a través de la rendición judicial de cuentas", organizado por Liechtenstein el 24 de septiembre de 2012 en Nueva York, el Ministro de Justicia de Sudáfrica, Jeffrey Thamsanqa Radebe, anunció que Sudáfrica ratificará las Enmiendas de Kampala antes de 2017.

16. Durante el Debate Abierto de la 11a sesión de la Asamblea de Estados Parte de la CPI, en la Haya el 14 de noviembre de 2012, el Presidente de Senegal, Macky Sally, anunció que su país ratificará las enmiendas de Kampala prontamente. Además de Senegal, los siguientes Estados parte expresaron compromisos concretos para ratificar las enmiendas sobre el crimen de agresión: Austria, Chile, Croacia, Ecuador, España, Finlandia, Panamá, Perú, Rumania y Suiza. Otros Estados parte se realizaron declaraciones positivas sobre las Enmiendas de Kampala sobre el crimen de agresión, tales como Bolivia, Costa Rica, Ghana, Guatemala, Japón, Jordania, y Sierra Leona.

17. Durante la 7§ sesión de la Asamblea Consultiva de Parlamentarios por la CPI y el Estado de Derecho, organizado por la Acción Mundial de Parlamentarios (PGA, Parliamentarians for Global Action) y acogida por la Cámara de Diputados y el Senado de Italia, en Roma el 10 y 11 de diciembre de 2012, 200 parlamentarios de 50 país de todas las regiones del mundo adoptaron el Plan de Acción de Roma a través del cual se comprometieron a lograr 30 ratificaciones antes del 2016. El Plan de Acción también llama a los parlamentarios, "a someter, individual o colectivamente, a la consideración del Comité del Premio Nobel de la Paz los resultados de la Conferencia de Revisión de Kampala y de las personas que han luchado sin descanso para proscribir el uso ilegal de la fuerza entre las naciones."

18. El 17 de enero de 2013, el Parlamento Europeo adoptó la Resolución 2012/2850(RSP) sobre el Acuerdo de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea-Irak, que entre otros, llama a los miembros de la Unión Europa y a Irak a ratificar las enmiendas al Estatuto de Roma sobre el crimen de agresión.

19. Los siguientes estados han aceptado la recomendación de ratificar las enmiendas sobre el crimen de agresión en el contexto del Examen Periódico Universal en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU: Ecuador (mayo 2012), Burkina Faso (Abril 2013), y Montenegro (Abril 2013).

20. El 5 de junio 2013, a partir de la moción del Dr Kennedy Graham MP, miembro de PGA y del Consejo de Asesor del Instituto Global para la Prevención de Agresión, el parlamento de Nueva Zelanda adoptó unánimente la moción de llamara al gobierno a ratificar las Enmiendas de Kampala para convertirse en "uno de los 30 primeros países necesarios para implementar las enmiendas antes del 2017".

21. El 20 de octubre de 2013, el Parlamento Latinoamericano aprobó la resolución AO/2013/07, la que reconoce la competencia de la CPI sobre los cuatro crímenes principales y alienta a los Estados miembros a iniciar y/o dar seguimiento al proceso de ratificación e implementación de las enmiendas de Kampala. A su vez, hace un llamado a todos los miembros a presentar un informe sobre la implementación del Estatuto de Roma y de las obligaciones de cooperación con la Corte Penal Internacional, como también sobre la ratificación de las dos enmiendas de Kampala.

22. En la duodécima sesión de la Asamblea de Estados Partes (AEP) en La Haya el 20 y 21 de noviembre de 2013, Croacia anunció que depositaría su instrumento de ratificación antes del final de 2013. Los siguientes Estados Partes manifestaron su compromiso concreto para ratificar las enmiendas sobre el crimen de agresión: República Checa y Eslovaquia. Otros Estados Partes hicieron referencias positivas a las enmiendas de Kampala sobre el crimen de agresión, incluyendo Alemania, Botswana, Brasil, Chipre, Eslovenia, Guatemala, Luxemburgo, República Democrática del Congo y Samoa.

II. Implementación Nacional

A. Legislación interna Adoptada

23. El 27 de febrero de 2012, Luxemburgo aprobó una revisión a su Código Penal y al Código Procesal Penal que incorpora la definición del crimen de agresión adoptada en Kampala.

24. El 14 de mayo de 2012, entró en vigor el Código Penal revisado de Eslovenia. Su artículo 103 incorpora la definición del crimen de agresión adoptada en Kampala.

25. En octubre de 2011, Croacia adoptó el nuevo Código Penal que contiene la definición del crimen de agresión adoptada en Kampala en su artículo 89. El Código Penal entrará en vigor el 1 de enero de 2013.

26. El 1 de enero de 2014, las enmiendas al Código Penal de la República Checa que reflejan las enmiendas de Kampala entrarán en vigor.

B. Avances Concretos

27. En Ecuador, Perú y en Venezuela, se están considerando a nivel parlamentario proyectos de ley de Código Penal que contienen la definición del crimen de agresión adoptada en Kampala.

28. En junio de 2012, en Nueva Zelandia, el integrante del Parlamento Kennedy Graham (miembro de PGA), presentó un proyecto de ley para incorporar la definición del crimen de agresión adoptada en Kampala en el derecho interno y para introducir un mecanismo que asegure la legalidad del uso de la fuerza por los líderes de Nueva Zelandia.

29. El 6 de junio de 2013, la Cámara de Diputados de la República Dominicana aprobó el texto del nuevo código penal, que contiene la definición de Kampala del crimen de agresión. El Código Penal está ahora bajo consideración del Senado.

C. Compromisos de implementación nacional

30. Se espera que ciertos Estados Parte que están preparando la ratificación también adopten legislación para implementar la definición de Kampala en la legislación nacional, incluyendo Bélgica, Botsuana, Estonia, Grecia, Guatemala, Madagascar, los Países Bajos, Trinidad y Tobago y Uruguay. En algunos países, la legislación de implementación se espera que sea considerada después de la ratificación, por ejemplo, en Alemania, Argentina, Austria, Liechtenstein, Suiza y Uruguay.

A. Legislación Nacional pre-existente sobre la criminalización de la agresión

31. Además, varios Estados Parte y algunos Estados no Parte, ya tienen disposiciones nacionales que criminalizan la agresión antes de la Conferencia de Revisión que puede superponerse con la definición del crimen de agresión adoptada en Kampala. Entre estos se encuentran: Alemania, Armenia, Azerbaiyán, Bangladesh, Belarús, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Cuba, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Georgia, Hungría, Kazajstán, Kosovo, Letonia, Macedonia (ARYM), Moldavia, Mongolia, Montenegro, Paraguay, Polonia, República Checa, Rusia, Serbia, Tayikistán, Timor Leste, Ucrania, Uzbekistán y Vietnam.

[Fuente: Permanent Mission of the Principality of Liechtenstein to the United Nations - NY, Parliamentarians for Global Action, Global Institute for the Prevention of Aggression, 10dic13]


Notas:

1. Información recopilada del cuestionario distribuido por la Misión de Liechtenstein, de consultas con funcionarios del Gobierno y de la movilización de los miembros y el seguimiento por parte del personal de Acción Mundial de Parlamentarios-Parliamentarians for Global Action (PGA); información adicional provista por la Coalición de ONGs por la Corte Penal Internacional (CICC). Para preguntas, adiciones o correcciones por sírvase contactar a joern.eiermann@nyc.llv.li. La última versión del presente Informe de Avances, así como el Manual de Ratificación e Implementación de Kampala están disponibles para consulta y descarga en www.crimeofaggression.info [Volver]

2. Compromisos anteriores de los Estados que ya han ratificado no se enumeran en esta sección. [Volver]


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