EQUIPO NIZKOR
Informe SERPAJ

DERECHOS


INFORME
CARCEL Y NIÑOS
a cargo de
SERVICIO PAZ Y JUSTICIA
Y
HOGARES DON BOSCO
OBRA SALESIANA




RELEVAMIENTO DE DATOS
INSTITUTOS-CARCELES DE NIÑOS, NIÑAS Y JOVENES-:
Capital Federal: SAN MARTIN, ROCA, PUJOL, CAMET
Pcia de Buenos Aires: CENTRO DE ESTUDIO Y DERIVACION

Presentación:

El presente informe se enmarca en un proyecto de trabajo que participa de dos áreas temáticas:
Cárcel y Niños
El objetivo central del mismo es
La defensa de los derechos humanos de la infancia y juventud abandonada en instituciones de encierro. Trabajamos por la ERRADICACION definitiva de las cárceles de y para niños.

Para el logro de este objetivo realizamos un trabajo articulado que combina la experiencia del Servicio Paz y Justicia en Defensa de los Derechos Humanos con el trabajo "de calle" que realiza Hogares Don Bosco en contacto permanente con las personas en crecimiento habitualmente detenidas.

Para la obtención de un diagnóstico acabado nos hemos propuesto el ingreso a los centros de detención de niños y adolescentes.
Como el ingreso a las cárceles(1) está vedado a las ongs. en Capital Federal ambas organizaciones efectuamos la propuesta de ingreso sorpresivo a las mismas a la diputada María E. Nadeo (Presidenta de la Comisión de políticas de Infancia de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires) quien aceptó sin dudar en razón de estar abocada a la erradicación del paradigma del "niño como objeto de derechos" traducido en el denominado régimen del "Patronato de Menores".

Este es el primer informe elaborado con las observaciones del Equipo Buenos de Serpaj y Hogares Don Bosco. Consta de un cuerpo de conclusiones y recomendaciones junto a un anexo descriptivo pormenorizado del relato de las visitas efectuadas.

Carlos Morena            Ana Chavez




CONLUSIONES:

A- DIAGNOSTICO DE LA SITUACION:

I- CARACTERIZACION DE LOS "INSTITUTOS" CARCELES DE NIÑOS NIÑAS Y JOVENES

I-a-La Población de éstos institutos fue seleccionada de sectores marginados del sistema economico-social.

La población de los denominados "institutos de menores" proviene de los sectores de la población de más bajos recursos, asentados en barrios y villas marginadas, no escolarizados, de familias sin trabajos, migrantes del interior y ahora se agregan de países limítrofes y en su gran mayoría se trata de varones.

I-b-Los Institutos constituyen cárceles para niños, niñas y jóvenes.

Son verdaderas Cárceles por sus características y estructura:

a) El encierro permanente tanto para personas en crecimiento consideradas víctimas como para aquellas consideradas autoras de un delito.
b) La existencia de muros y rejas.
c) Un sistema de seguridad independiente y prácticamente autónomo de la Dirección de los "Institutos". Sin intercomunicación con el equipo dedicado al tratamiento (psicólogos/as, asistentes sociales...)
d) La existencia de celdas de castigo -Centro de Derivación de la provincia de Buenos Aires- (Sectores para buen comportamiento y sectores para mal comportamiento).
e) Las restricciones en la comunicación con el exterior y desde el exterior.
f) Régimen disciplinario con incorporación de malos tratos y castigos corporales.
g) Las visitas de los familiares no son fluidas y el régimen de otorgamiento de las mismas es restringido.

I-c-No son centros de Derivación rápida sino que poseen una población cautiva que reingresa permanentemente y transita por el sistema.

En la fijación de sus objetivos todos los institutos visitados asumen un discurso institucional por el que se definen como "Centros de Admisión, Clasificación y Derivación". Los directivos entrevistados admiten que los chicos no podrían pasar mas de 20 días en este tipo de "institutos" sin embargo pasan allí "encerrados-as para ser derivados" meses y años.

El tratamiento que se proporciona en estos Institutos concuerda con la definición del objetivo institucional (centros de derivación) y desconoce la realidad (encierro carcelario permanente).

Durante esta etapa en la que se "Dispone tutelarmente" -por tiempo indeterminado - de la persona en crecimiento; ésta es alejada de su núcleo familiar, privada de su intimidad no tiene derecho a la correspondencia y si accede a ésta no es privada sino revisada por la dirección. Está sometida a la perdida del derecho a la recreación porque los institutos no tienen ni los medios ni el espacio para proveer este tipo de actividad.

El paso del tiempo sin ocupación se convierte en una de las principales agravantes por la corta edad y la etapa de crecimiento que transitan.

Se culpabiliza a la familia y por ende no existen tratamientos adecuados para recuperar al niño en la familia y para respetar el derecho a crecer en la familia de origen con independencia de la condición socio-económica de ésta.

La estructura edilicia en todos los casos es inadecuada y obsoleta, carece de la agilidad que debería tener un centro de derivación. Sobre una estructura inadecuada se han montado estructuras carcelarias de características celulares con un elevadísimo hacinamiento.

I-d- Se profundiza la relación de dominación en la dupla adulto-niño acentuada por la carga de la "institución de encierro".

Las relaciones entre los niños y el personal están marcadas por la adjudicación de superioridad a los adultos e inferioridad a los niños, basadas en el miedo y dominación que se ejerce esencialmente a través del sistema de seguridad que utiliza "vigiladores".

La selección del personal es inadecuada para las necesidades de las personas en crecimiento, llevan años -en muchos casos más de una década- trabajando en instituciones de encierro, sin capacitación y actualización acorde a los cambios y sin capacidad para la contención debido a la reproducción patológica del encierro en el trabajo cotidiano -vigilador/a-.

I-e- Se suprimen en los tratamientos aspectos esenciales como la sexualidad en el niño y en el adolescente

Existe una negación en el tratamiento institucional para el abordaje de la sexualidad en el niño y el adolescente.

En su caso se admiten la existencia de conflictos derivados de este aspecto de la personalidad, pero el personal directivo y el comportamiento institucional lo atribuyen a "seudo-patologías" de las personas en crecimiento antes de admitir que es producto del "encierro homosexual institucional". Esta negación-omisión conlleva a respuestas inapropiadas como el agravamiento en las condiciones de encierro (incorporación de mayor cantidad de rejas y vigiladores) para evitar lo inevitable -cualquier tipo de contacto físico entre los chicos-.

I-f- Existe una marcada incapacidad para el tratamiento de las adicciones.

No existe un tratamiento adecuado a las adicciones que por lo general se reduce a la contención del denominado "síndrome de abstinencia".

La política estatal incluye en el tratamiento solo las "comunidades terapéuticas" cuyo objetivo es la atención de la persona "drogadependiente", sin embargo la mayoría de estos chicos y chicas están en niveles inferiores a la drogadepenencia que requieren otro tipo de tratamiento preferentemente ambulatorio y con capacidad de "contención".

A su vez existe un prejuicio conceptual que impide una reacción acorde a las necesidades del chico en el personal encargado de elaborar los estudios y peritajes y en el órgano juzgador mismo por el que se concibe la "adicción" o cualquier conflicto de relacionamiento social como una "patología" desconociendo el fenómeno cultural del consumo de algunos estupefacientes en los grupos etáreos.

A su vez en los mismos institutos no existe la capacidad para tender separadamente y con recursos apropiados a la persona adicta y a la persona drogadependiente.

I-g- Falta una atención médica adecuada a las prevenciones.

Como estos centros están previstos para solo derivar, carecen de una estructura sanitaria adecuada a la permanencia de la población lo que conlleva que deban solicitar los servicios de salud con carácter de urgente fuera de las mismas cárceles (institutos).

El personal es insuficiente para la población que albergan.

No existe una atención adecuada -análisis periódicos y atención e la sexualidad en niños y adolescentes- para evitar la convivencia con el HIV y dar oportunidad a la detección temprana.

I-h-La profundización y extensión de tratamiento psiquiátrico como método de control y aseguramiento del encarcelamiento sin resistencia.

Llama poderosamente la atención la cantidad de personas en tratamiento psiquiátrico en comparación con esa misma persona fuera del Instituto, lo que nos lleva a concluir que las condiciones de encierro y encarcelamiento producen alteraciones psíquicas como la depresión y conductas acordes a la lógica y sana resistencia al encierro (denominada brote psicótico) para atender este conflicto se los-as medica con el objetivo de lograr el orden y estabilidad interna.

A su vez en muchos de los casos ni siquiera es personal con formación psiquiátrica el que aconseja y determina el suministro de esta medicación.

II-CARACTERIZACION DE LA ACTIVIDAD DEL PODER DE POLICIA

II-a: Aplicación de la violencia para resolver cuestiones sociales. Formación inadecuada de la autoridad de prevención.

La autoridad de aplicación del Régimen Penal de Menores y de las Leyes de aplicación del Patronato de la Infancia es la Fuerza Armada Policial, formada para enfrentar -sin resolver- hipótesis de conflictos armado con la participación de adultos donde se presume la utilización de la violencia física. Este perfil es absolutamente inadecuado para el tratamiento y contención de la niñez y juventud en riesgo y conlleva de modo inevitable la violencia del personal policial aplicada a niños y jóvenes mediante golpes, malos tratos y aplicación torturas físicas y psíquicas -amenaza sistemática de encierro-.

Conforme el último estudio publicado por la Dirección de Política Criminal durante el año 1996 en un 75% NO hubo armas en delitos con o contra niños y adolescentes con el agregado de que aproximadamente "uno de cada diez casos atendidos por jueces de menores de la Ciudad de Buenos Aires, está vinculado a la comisión de un delito por parte de un niño"(2) por lo que no existe fundada razón estatal para la utilización de la violencia en niños y jóvenes.

II-b-La población objeto de la institucionalización es seleccionada de la población expulsada del sistema socioeconómico.

Existe una doble selectividad en la población victimizada en cárceles de niños: a)la primera es de orden estructural y se compadece con la clientela del sistema penal (en Capital Federal los Juzgados de Menores son juzgados penales que aplican indistintamente la ley de amparo o el regimen penal de menores -en la actualidad existe una tendencia a derivar la situaciones de abandono a la justicia civil-.), en Capital Federal la niñez y juventud a victimizar es seleccionada de los principales centros de concentración del tránsito de trenes: Plaza Constitución, plaza Once y Estación Retiro b) la segunda selectividad opera sobre la base del "ánimo" y decisión personal del policía interviniente que puede actuar con múltiples móviles personales, la población "abandonada" y en "riesgo" es ampliamente superior a la capacidad de institucionalización por tal razón la justificación que invoca el personal policial para la detención (abandono o riesgo) no es más que un excusa para detener a quienes les resultan -personalmente- peligroso y perseguible.

II-c: El personal policial efectúa una selección especial basada generalmente en los criterios elaborados en la contienda cotidiana del ejecutor del control social y el controlado.

Los procedimientos policiales son en su mayoría ilegales porque la razón que los motiva es escogida una vez efectuada la detención, la legislación aplicable a niños es sumamente arbitraria y por lo tanto le permite a la autoridad preventora "escoger" con posterioridad a la detención la causal de la misma: aplicación de protección de persona, abandono, riesgo, resistencia a la autoridad...

II-d:El control social específico sobre las personas en crecimiento se efectúa sobre la base de generación de hipótesis de conflicto que asocian la delincuencia al abandono.

La Agencia policial crea hipótesis de conflicto para autohabilitarse en el ejercicio de la fuerza represiva con menores, reitera como móvil de la detención la existencia de "violadores de niños", la legislación actual les permite intervenir con el "menor víctima" que termina institucionalizado cuando el personal policial no localiza un adulto que se haga responsable del niño. En la mayoría de estos casos al presunto violador nunca lo detienen ni hay prueba pericial ni indiciaria que de cuenta del hecho denunciado por el personal policial, a su vez la práctica judicial reafirma esta arbitrariedad porque no requiere la prueba al personal policial validando la detención "ab initio". A esta hipótesis se suma la elaboración conceptual causal del Poder Ejecutivo Nacional - Consejo Nacional del Menor y la Familia- que atribuye el conflicto del niño de y en la calle a la existencia de "mafias" asociando a éstas a las familias pauperizadas con el "mote" de explotadoras de niños. El móvil del Poder Ejecutivo es sumamente claro, pretende ocultar la profunda crisis económico-social a la que se está sometiendo a numerosas familias de Capital Federal y Provincia de Buenos Aires que no poseen las mínimas condiciones para la supervivencia. Paralelamente existen organizaciones delictivas de adultos que utilizan niños y jóvenes pero éstas no son desmanteladas por el personal policial, sino que por el contrario son los "menores" los únicos detenidos.

II-e:La detención se agrava porque se produce en espacios físicos inadecuados proclives a inducir situaciones violentas (Comisaría). Y deviene arbitraria porque no se proveen las medidas adecuadas para localizar a un miembro de la Familia.

Los niños y jóvenes son detenidos en Comisarías resultando doblemente peligroso en la Provincia de Buenos Aires por el tiempo que pueden permanecer en ella encerrados junto a la población adulta.

Esta detención se prolonga por la resistencia del Poder de Policía a movilizar recursos para localizar a los familiares de los detenidos.

Como respuesta a la presión de las organizaciones no gubernamentales que actúan en defensa de los niños algunas dependencias policiales emprolijan los procedimientos desistiendo de la aplicación de torturas y malos tratos sustituyéndolos por una persecución sistemática sin que medie la comisión de ilícito alguno para cumplimentar con las órdenes de los superiores de "limpiar" estos centros neurálgicos de los chicos en la calle con el objetivo del chico abandone la jurisdicción.

III- CARACTERIZACION DE LA ACTIVIDAD DEL PODER JUDICIAL

III-a-Primacía del derecho interno frente al Derecho Internacional. Desjerarquización del Derecho Constitucional.

A pesar de la Incorporación de los Pactos y Tratados internacionales de Derechos Humanos en la Constitución Nacional (1994) ello en nada refleja una modificación en la práctica tribunalicia que persiste en aplicar el Derecho Interno aunque este en franca contradicción con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (en especial la Convención de los Derechos del Niño).

La mayoría de los miembros del Poder Judicial han sido educados en el "paradigma decimonónico del niño como objeto" y desconocen los desafíos y cambios que propone el paradigma del "niño como sujeto de derecho" o el iushumanismo.

III-b- Delegación de la función judicial en el personal dependiente del poder Ejectivo (autoridad policial y autoridad administrativa-penitenciaria).

Por práctica los jueces delegan su función en el personal policial y actúan en consecuencia sin rever la legalidad o ilegalidad del procedimiento que culminó con la detención del niño o joven.

A su vez la ley del patronato condiciona a los jueces porque los convierte en los "responsables" de la persona en crecimiento judicializada. Frente a esta responsabilidad los jueces reaccionan con medidas que reaseguran su propia función antes que la integridad de los niños. Delegan la "seguridad" del niño abandonado o con dificultades de contención familiar y social en el Consejo Nacional del Menor y la Familia que tiene a su cargo los institutos de encierro (cárceles) donde la autoridad judicial deriva a estos niños.

Pocos jueces de menores han asumido la realidad(3) permitiendo a los adolescentes mantener su libertad luego de la detención y de la comprobación de que no existe -en el momento - la posibilidad de ubicar al padre o la madre.

Algunos de ellos en Capital Federal han aceptado como programa alternativo la asistencia del niño a los Hogares(4) no gubernamentales que contienen a la persona en crecimiento durante el día trabajando sobre la necesidad de elaborar un pacto con el niño respetando su libertad.

III-c- Ausencia de defensa pública independiente de la tutela.

Se suma a estas vejaciones la prácticamente ausencia total en el sistema judicial de menores de la defensa pública que tutele las garantías para niños y adolescentes.

La Ciudad de Buenos Aires cuenta con 7 (siete) Juzgados de Menores, 7 (siete) Fiscalías y 1 (una) defensoría que debe actuar ante los Juzgados y la Cámara. 3 (tres) Tribunales orales de Menores, 3 (tres) Fiscalías de Menores, 1 (una) Defensoría de Menores y 4 (cuatro) Asesorías de Menores.

En Provincia de Bueno Aires la situación es mas grave no sólo porque se profundiza la desproporción sino porque la defensa de los niños y jóvenes está subsumida en las defensorías de pobres e incapaces.

Recientemente se ha creado en la Ciudad de Buenos Aires un sistema de defensoría que no alcanza a cubrir la demanda. Funcionan de hecho solamente dos de ellas, en horas inadecuadas y solo en días hábiles. Siendo que la mayor cantidad de violaciones -del mismo Estado - hacia el niño y el joven se producen durante la noche y especialmente los fines de semana cuando el Poder Judicial delega su función en la Policía.

III-d- La utilización arbitraria y sistemática de la privación de la libertad de niños/niñas y jóvenes.

La aplicación de la restricción de la libertad es la primera medida adoptada por los jueces penales de menores, mediante la invocación de la vetusta ley del patronato y el régimen penal de menores se penaliza y condena al joven y al niño anticipadamente (ver en anexo el análisis de la legislación).

Un niño -supuestamente- abandonado culmina en un instituto de encierro aunque no haya cometido delito alguno, el poder judicial y la misma autoridad policial de aplicación restringen la búsqueda de un adulto que se pueda hacer responsable del niño a los lazos familiares más próximos -madre padre - lo que favorece la privación lisa y llana del derecho a la familia.

La "Disposición tutelar" que acompaña el proceso judicial del menor víctima (causa asistencial) y del menor conflictuado por la ley (causa penal) en los hechos priva de la patria potestad a las familias carenciadas y/o con conflictos de contención, las que se ven impedidas de apelar las medidas judiciales por desconocimiento del sistema.

El Juez interviene la vida del niño por tiempo indeterminado -es facultativo hasta la mayoría de edad civil: 21 años - sin contención socieconómica y con tratamiento de los conflictos sociales (niñez en riesgo) como "patologías individuales".

Ante la ausencia de programas adecuados a la problemática de los niños en riesgo del Consejo Nacional del Menor y la Familia la ausencia de creatividad de los Jueces y su propia práctica decimonónica los lleva a institucionalizar sistemáticamente.

En el último año se ha producido un sensible cambio en la justicia penal de menores que trata de evitar la institucionalización por abandono pero se les ha dado intervención a los jueces civiles que no estaban capacitados ni experimentados en estas causa trasladándose la institucionalización desde la Justicia penal de menores a la Justicia Civil mediante la aplicación de una medida procesal inidónea "la protección de persona".

III-e- El desconocimiento y/o conocimiento fragmentado de la situación del niño/a/joven, de su cultura, sus núcleos de interés contribuye a la toma de decisiones arbitrarias que no contemplan el interés del niño.

El contacto y conocimiento directo de la persona en crecimiento con el juez que atiende su causa (asistencial y/o penal) existe solo en el momento de la detención y luego durante la institucionalización solo se da en caso de conflicto y no como parte del obligado acompañamiento que debería efectuar. A su vez el juez adopta sus decisiones sobre informes (socioambientales) inadecuados e incompletos que captan solo una parte de la realidad del niño-a Jóven, a su vez están confeccionados sobre la base de una entrevista efectuada en las oficinas de los auxiliares y no en el ámbito del niño.

La situación del chico en el juzgado está expresada únicamente por los informes que por lo general no tienen presentes los elaborados con anterioridad con motivo de las reiteradas detenciones que se producen en una población que pasa a ser cautiva y sostén del sistema.

Sobre estas endebles y fragmentadas bases los jueces toman decisiones sobre la vida del niño-a Joven que condicionan el ejercicio de sus derechos, su libertad, su vida.

A esto debe sumarse que durante las entrevistas a los institutos los profesionales encargados de elaborar los informes manifestaron que habitualmente poseen disidencias con los jueces que no aceptan el dictamen de los profesionales que aconsejan regímenes abiertos, persistiendo en la privación de la libertad y el despojo de los lazos familiares.

Los psicólogos médicos trabajadores sociales (auxiliares de la justicia) encargados de la elaboración de los informes responden mas a formas estereotipadas, en muchos casos por acumulación de trabajo, por falta de capacitación adecuada y actualizada. Y la ausencia de incorporación de las nuevas disciplinas que abordan o contemplan el fenómeno de la niñez/juventud en riesgo.

A lo expuesto se suma la ausencia de recursos materiales y humanos que no guardan una adecuada proporcionalidad con el crecimiento vegetativo de la población.

B- RECOMENDACIONES:

Establecidas de modo genérico para la totalidad de "Institutos" visitados (categorizados por el sistema como CENTROS DE DERIVACION) y conforme la actividad que se espera de cada uno de los Poderes del Estado involucrados.

Objetivos centrales a plantear a los tres poderes del Estado:

Erradicación de este tipo de patología institucional: Cárceles para niños y jóvenes, producto de la consideración del niño como un "objeto peligroso encerrable" en cárceles para niños.

Cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño para que la privación de la libertad sea la última y no la primera respuesta estatal.

Adecuación de la legislación interna a la legislación internacional mediante la derogación del régimen del Patronato de Menores -ley Nacional 10.903 y sus concordantes provinciales.

A-Solicitar al Poder Ejecutivo de la ciudad y al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires que dispongan de modo urgente fondos para:

*El establecimiento de Centros de estudio y Derivación sin NINGUNA característica carcelaria y en el que el niño/joven permanezca el tiempo absolutamente indispensable.
*Defensorias públicas que tutelen los derechos de los niños.
*Centros de atención nocturna para los niños sin hogar
Otorgamiento de becas a Ongs. de probada experiencia en el trabajo con niños para que liberen espacios destinados a las urgencias judiciales (tránsito).
* La implementación de programas que tiendan a la recuperación del derecho a la familia de los niños en riesgo.
*El recambio del personal que trabaja en los institutos de encierro debido a que la presión del ejercicio del control social puede producir cambios en la personalidad -por el acostumbramiento a la violación- difíciles de erradicar.
*Conforme este antecedente debería efectuarse un estudio psicosocial del personal afectado a estas instituciones para lograr su reinserción en trabajos en los que no ejecuten decisiones que privan de sus derechos a las personas (victimización institucional).

B-Requerir del Poder Legislativo la derogación de la ley 10.903 y su sustitución por normas acordes a la Convención de los Derechos del Niño. Junto a un plan de erradicación del paradigma del niño "objeto de derechos" que contemple un programa de recuperación de derechos acorde a los conflictos socio-economicos de la niñez abandonada, evitando dar una respuesta de naturaleza penal a un problema de exclusiva índole social.

Requerir del Poder Judicial:

Que los jueces de menores que atienden causas penales y asistenciales y los jueces civiles que detienen/derivan niños/niñas y adolescentes a instituciones de encierro apliquen las normas internacionales especialmente la Convención de los derechos del niño EVITANDO la detención y privación de la libertad.

Recordando que conforme las pautas humanitarias mínimas:

*Resulta inaplicable la privación de la libertad a los niños en estado de abandono ("menor víctima").

*Respecto de los niños conflictuados por la ley penal ("con causa") deben observarse las restricciones en materia de privación de la libertad y en su caso debe aplicarse cuando esta sea inevitable.

Recomendaciones específicas:

Niños, Niñas y Jóvenes judicializados por causas asistenciales.

Sustitución de los actuales Institutos por Centros de diagnóstico y evaluación. Con un tiempo límite de permanencia que en ningún caso podrá exceder de 20 días. Las características del mismo no podrán compadecerse con los Institutos de régimen cerrado. En aquellos casos donde la permanencia corre riesgo no podrá utilizarse bajo ningún pretexto las rejas como método. Los profesionales deberán estar capacitados para utilizar métodos alternativos para la contención.

Las técnicas de evaluación deberán dejar de lado los métodos actuales que establecen pre-conceptos y pre-juicios mediante la identificación y reconocimiento de las categorías denominadas en la jerga técnica: como "patologías".

A su vez y en atención al interés del niño deberá extenderse el concepto de familia a los familiares y a aquellas personas que posean con el niño un vínculo afectivo que permita recuperar, reiniciar, iniciar, contener las relaciones socio-afectivas.

Tratamiento:

Este debe estar dirigido al niño y su familia (en sentido amplio).

Debe ser acompañado en su ámbito: la calle, el barrio...

Deberá contemplarse la diagramación y aprobación por el Ministerio de Educación de Módulos de enseñanza primaria y secundaria con capacidad laboral, compatibles con la impartida en las instituciones educativas. De modo tal que puedan ser cursados y aprobados con independencia de los métodos institucionalizados.

Reingresante: el reingresante no podrá ser considerado reincidente sino que su reingreso deberá interpelar el tratamiento para buscar el más adecuado a la personalidad.

Visita al Instituto : SAN MARTIN

Composición de la comisión: Diputada Nadeo junto a un asesor
Un miembro del Serpaj
Dos miembros de Hogares Don Bosco-

Fecha: 16/6/98 -Hora:12,20

I-Población:

I-a-Número total actual:70 personas en crecimiento entre 11 y 16/7 años de sexo masculino..

I-b-Edad promedio:: 11 a 16/17 años.

I-c-Distribución y clasificación de la "población": Tres secciones clasificadas por edades.

II-Causa del ingreso:

"Todos son derivados por causas penales", "si el ingreso se produce por otra razón se pide derivación inmediata", "los amparos y vagancias pasan a los juzgados civiles".

"En la actualidad los ingresos por estas razones pasan al sistema de hogares por el departamento de becas del Consejo"

"En el Instituto no hay sordomudos".

III-Dependencia Jerárquica: Consejo Nacional del Menor y la Familia

IV- Número de empleados: 100 personas distribuidas, entre: 2 psiquiatras, 5 asistentes sociales, 4 psicólogos, 3 odontólogos, 1 médico pediatra, 1 ecónoma,

Personal administrativo de limpieza, cocina.

V-Tipo de Institución: denominación estatal: "de seguridad para varones"

VI- Seguridad:Cada sección esta vigilada y controlada por personal de sexo masculino, rotativo que conforman un equipo de seis personas :Jefe de Seguridad, Jefe de Turno y 4 vigiladores (el primero es permanente). El psicólogo denomina al personal de seguridad "orientadores", encargados de la seguridad y disciplina" y aclara que "los chicos están las "24 hs. vigilados".

VII- Régimen disciplinario: Poseen un código disciplinario que se estaría reformulando en este tiempo, conforme el relato del psicólogo, el chico firmaría -a modo de compromiso- las reglas del código donde constan las "cosas que no puede hacer como romper, lastimar y las indicaciones que tiene que acatar como el respetar". En caso de desobediencia, la sanción es privarlo de mirar TV, no concurrir a la sala de recreación.

En caso de presentarse algún conflicto el vigilador debe separarlo y conducirlo a la "guardia" "dándosele participación a los técnicos".

En estos casos al chico se le hace un "parte de conducta " y se le agrega al legajo; "la sumatoria de partes influye en la salida que se hace mas lenta".

VIII- Castigos físicos: "están prohibidos, existe un control interno, si es denunciado y comprobado se inicia un proceso penal en su contra." "Los chicos pueden denunciar y se investiga".

IX- Personal encargado de la seguridad: depende del Consejo, desempeñan el rol de guardianes ("encargados") y están la mayor parte del tiempo con los niños.

Reciben del mismo Consejo una capacitación de -seis meses, el Jefe de Psicología (interlocutor por el Instituto) niega que sea personal de seguridad.

En cuanto al régimen escalafonario, es similar al del Servicio Penitenciario.

El salario es extremadamente magro, de alrededor de 450 pesos por tal razón trabajan como personal de seguridad en otras instituciones carcelarias

X- Motines:De acuerdo al relato del Jefe de Psicología habría habido uno en la semana en el que habría resultado herido uno de los encargados (lo calificó de "intento de degüello").

XI- Tipo de Servicio otorgado al Régimen de Patronato:"tránsito rápido, ubicación de la familia, diagnóstico".

XI-a Al ingreso: elaboran un informe (obviamente individual) que es elevado al Juzgado en el término de 24hs, en el ingreso lo entrevista personal del servicio médico, un asistente social y el psicólogo o psiquiatra.

XI-b Mensualmente elaboran informes que incluyen las áreas de psicología, servicio social, seguridad y conducta.

El estudio suministrado al Juzgado: abarca el nivel educativo, un informe psicológico social, con sugerencias relativas a "como tratar el caso para evitar la repetición del cuadro" (sic).

XII-Servicio médico: el interlocutor explica que la medicación psiquiátrica es anticompulsiva y agrega que se suministra solo la necesaria.

XIII- Tipo de servicio otorgado a los niños:

XIII-a Escuela: de régimen especial, con maestros de nivel ("cíclica"), con una evaluación (como se puede) para determinar el ciclo y/o grado. Los maestros dependen del Consejo Nacional del Menor y la Familia.

XIII-b- Actividades recreativas: a cargo de profesores de educación física y recreólogos realizan: gimnasia, voleboy, futbol, en verano utilizan una pileta, pesas, lucha, metegol.

XIII- c Relato del quehacer diario:<

"7,15hs. Se levantan
8,00hs. Desayuno
8hs. A 12hs. Actividades escolares.
12hs.: almuerzo
Durante la tarde realizan "actividades": 12,30hs.: actividad deportiva.
16,15hs. Talleres
17hs. Merienda
Deportes y curaciones en el caso de ser necesario".

XIV- Condiciones edilicias: no funcionan todos los grifos de agua caliente, la construcción es aceptable, la distribución del espacio y la ornamentación es inadecuada para los niños y adolescentes, el salón de ingreso es sumamente grande. Extremadamente frío al igual que las habitaciones destinadas a cada nivel.

El ambiente más cálido por la ornamentación y por la calefacción es la sala de las-os docentes y el pasillo que da a las aulas.

XV- Relato:

Llegamos a las 12,20hs. junto al padre de un niño que habría sido detenido y conducido al Instituto según nos informó el padre se trataba de un sordomudo, el padre de este niño pasó antes que nosotros.

Nos hicieron esperar unos minutos, luego nos solicitaron los documentos (los que retuvieron) y con posterioridad nos hicieron aguardar alrededor de 20 minutos en una sala donde estaba trabajando personal administrativo -no mas de cuatro personas-..

La persona que nos atendió dijo ser el Jefe de psicología y que actuaba en representación del Director. Este llamó aparte a la diputada Nadeo y le explicó que no podía dejarnos pasar sin el consentimiento del Consejo Nacional del Menor y la Familia.

Mientras se establecía una comunicación con dicha entidad para cumplir con el recaudo mencionado nos hizo pasar al despacho -en apariencias perteneciente al Director- donde en una entrevista respondió a las preguntas que se le formularon, los datos obtenidos son los que se encuentran consignados en el apartado precedente.

La charla se extendió por alrededor de 40 minutos (desde 13hs. Hasta las 13,40hs)

Visitamos en su compañía la sala de asistencia medica, donde había tres niños, sin ropas adecuadas al intenso frío (ej. sin medias). Pasamos a la salita de auxilio sanitario y allí pudimos observar que en el armario destinado a medicamentos había una serie de cajas con la inscripción "Cedax" y la imagen de un perro.

En el lugar nuestro interlocutor procedió a preguntar al personal (tres personas de sexo femenino) cuantos niños medicados había, respondiendo que había sólo 12 chicos medicados (8 psiquiatricamente).

Tomo una ficha médica de ingreso (al azar) y de la misma surgió el ingreso de un niño por "vagancia".

Ingresamos a la cocina acompañados por un encargado del sector, pasando por una sala donde estaba trabajando una mujer que nos fue presentada como "la nutricionista"; a su lado había unos pantalones apilados (no muchos), nos acercamos a la cocina y allí pudimos ver y ser informados que ese día les habían dado de comer bombas de papas con filet de merluza.

En la cocina había alrededor de seis (6) personas terminando de almorzar.

Continuamos por las secciones de los niños divididas en tres conforme las edades. Todos estaban mirando televisión.

En la sala de los niños de mediana edad, los encontramos a todos formados en dos filas con sus manos cruzadas por atrás (conforme la costumbre carcelaria).

Tres de éstos niños los vimos luego en la sala de recreación con el maestro de música y con la maestra que nos enseñó los trabajos que realizaban los chicos con los escasos materiales con los que cuentan.

XVI- Consideraciones extraídas del cotejo de la información suministrada por el interlocutor y la observación efectuada:

Por el aspecto exterior de los niños: sin ropa interior abrigada y sin ropa exterior en condiciones, sin calzado adecuado puede colegirse que el Instituto no provee de ropa a los chicos.

Por los comentarios del personal docente -más permeables a la realidad que el psicólogo - pudo determinarse que no poseen las condiciones mínimas para trabajar en los talleres plásticos, la docente que amablemente nos atendió comentó que no tenían ni siquiera papel ni plasticola.

Por la ficha (especie de historia clínica) escogida al azar en la enfermería y por el comentario de la persona que ingresó al Instituto al mismo tiempo que nosotros (padre de un chico sordomudo) es fácilmente comprobable que ingresan niños por su condición de abandonados o en su caso porque no han logrado ubicar a los padres aunque en realidad no medie abandono.

Si bien el Instituto es de "rápida derivación" en realidad parece funcionar con una población que fluctúa en el número pero no en la identidad y condición social (cautiva) pasando a convertirse en un instituto con población permanente -por ej. uno de los niños de la sección de los mas pequeños tenía 9 ingresos-.

El instituto es de estructura carcelaria, el personal es de seguridad no son orientadores sino vigiladores.

La respuesta dada a la pregunta de la diputada en relación a los castigos físicos puede ser muy certera representativa de la realidad "si es denunciado y comprobado se incia un proceso", en una institución de estructura carcelaria la denuncia no es común por el temor a la represalia; la prueba requerida desde el discurso se hace casi "improbable" por ende la oportunidad de denunciar es en apariencias bastante remota.

XVII-Consideraciones extraídas del cotejo de la información (suministrada en el exterior por niños y adolescentes) con la obtenida de la observación y entrevista:

Conforme las denuncias que hemos recibido como entidades no gubernamentales los niños sufren en la actualidad (al menos) dos tipos de castigos que fueron totalmente negados por nuestro interlocutor: los castigos físicos (golpes y la obligación de efectuar ejercicios físicos diseñados para adultos militares como las flexiones) y los castigos psicológicos como las penitencias (mirar contra la pared). Ambos son administrados por el personal de seguridad.

El cuidado que realiza el personal de seguridad no se compadece con las necesidades de los niños sino más bien con las necesidades de la institución carcelaria, en lugar de orientarlos como bien lo expresó el anfitrión los "vigilan permanentemente". Existen denuncias por las que puede presumirse que se administra medicación innecesaria con la intención de producir un efecto sedante mas o menos permanente. Si bien podemos afirmar que nuestro interlocutor no fue veraz en sus dichos -conforme el cotejo efectuado con las denuncias recibidas- podemos afirmar que aún en el marco de esta dudosa información es alto el porcentaje de chicos medicados psiquiatricamente, sobre todo tomando en cuenta que en la sala de asistencia médica no había internados.

XVIII- Conclusiones :

Conclusiones:

El Instituto no es tal, la denominación que le corresponde por sus características interiores y exteriores es la de cárcel de niños y adolescentes.

El Instituto tiene por objeto su propia supervivencia:

*No es de tránsito rápido y derivación, sino que posee -de hecho- una población cautiva que proviene de la infancia y juventud abandonada y en la calle.

*El personal no está capacitado para ejercer el acompañamiento de niños, a simple vista pudo observarse que son verdaderos "guardias", el nombre institucional "vigilador" da una acabada muestra del contenido de la función.

*El instituto se retroalimenta e invierte sobre la base de la "seguridad" más del 50% del personal es "vigilador".

*El ingreso de los niños se produce como sanción de la condición social ninguno de los que estaban allí pertenecían -por su aspecto- a una clase social con ingresos medios sino mas bien de NBI (necesidades básicas insatisfechas).

*Esta afirmación cobra doble crédito si tenemos en cuenta que el primer registro compulsado en la enfermería registraba un ingreso por vagancia.

*El personal recibe una inadecuada formación, en solo seis meses no puede adquirirse los conocimientos adecuados a la problemática de la niñez conflictuada por la ley y/o sociedad.

*El personal que trabaja con situaciones humanamente riesgosas como la infancia abandonada no puede permanecer por tiempo indeterminado en el mismo trabajo. Una de las empleadas llevaba allí más de 20 años.

I- Intituto: ROCA de Admisión y Derivación y Regimen cerrado

"Recepción, Clasificación y Derivación" .

Recepción: a cargo del Subdirector (recientemente asumido).
Fecha: 1/7/98
Hora de llegada: 12,15hs.

II-Población: 135 chicos , uno de ellos con un régimen especial de permiso de salida de lunes a viernes para que consiga trabajo y los fines de semana regresa al Roca.

III- Clasificación de la población: la separación se produce en el período de admisión, según nuestro interlocutor "traen sus propias historias de afuera"

IV-Edad promedio: entre 15 y 18 anos, el 50% de ellos es padre de un niño/a.

V-Causas del ingreso:

*conflicto con la ley penal, especialmente robo.
*Con un régimen especial con el sistema Integrado Metropolitano por el que tienen ingreso 20 jóvenes de la Provincia de Buenos Aires.
*"Si tienen causas pesadas (con mayor monto de la pena) se los deriva a otros institutos." (Belgrano o Agote).

VI-Causa de la permanencia:

Causas de la permanencia: "el olvido de los funcionarios judiciales de la provincia de Buenos Aires.

VII-Reingresantes : 50% - el interlocutor especifico que "antes habia un 80% de fugas".

VIII-Personal: 8 psicólogos/as , 5 asistentes sociales, 5 maestros/as, una regente, 3 capacitadores para actividades plásticas (1 de licencia), 1 psiquiatra, 3 medico , un odontólogo. Los piscólogos y asistentes sociales contratados no perciben sus salarios regularmente y padecen una incertidumbre laboral porque su trabajo depende de la reanudación de sus contratos.

IX-Personal de Seguridad: las guardias son de 12hs. Y descansan 36hs. Hay 20 personas por guardias. Las 24hs. Del día.

La estructura jerárquica de la seguridad comprende un Jefe de Servicio y un Jefe de Guardia.Un inspector que recorre los pabellones para ver si hay "novedades".

El personal gana alrededor de 500 pesos mensuales y depende del Servicio Penitenciario Federal. Sin formación específica para la atención de jóvenes. Solo reciben un pequeño curso de seis meses que les otorga el Consejo. Las mayoría de ellos trabaja rotando en el sistema de seguridad de institutos y poseen mas de 10 años en ese trabajo.

X-Servicio prestado al Juzgado y al régimen de "amparo":

efectúan un informe que remiten al Juzgado utilizando "técnicas proyectivas", entrevistas con el chico y la familia, solo van a la casa (informe socioambiental) cuando es muy importante. El informe consta de una recomendación para el traslado del chico a una "comunidad terapéutica", o a un "regimen cerrado - Intitutos Agote ó Belgrano-", "regimen abierto" (pequeños hogares) ó el programa del Consejo del Menor y la Familia sobre "libertad asistida".

La decisión es del Juez que entiende en la causa con el que suele haber -según la información suministrada por el equipo de profesionales- discrepancias ideológicas por la preferencia judicial del encierro.

XI-Servicio prestado a los chicos:

Escolaridad, no hay ocupación física del tiempo ("libre") a excepción del juego de pelota en el patio de cemento al que dan todos los pabellones. El patio que linda con la cocina es abierto el jefe de seguridad explico que no es utilizado para la recreación porque no posee muros altos que impidan que la población escape.

XII-Servicio Médico:

Tres médicos forman parte del equipo -durante la entrevista solo vemos un enfermero- , se lleva una ficha de cada chico, se les controla el peso y la talla. Expresa que si se medica psiquiatricamente se informa al Juzgado. Los chicos enfermos son trasladados al Hospital Velez Sarfield.

En el momento de la visita había dos chicos con "anocontranatura"

XIII-Relato de la Visita:

Cuando llegamos había una mamá (del interno Guillermo Guillota) en la puerta que quería hablar con el Director porque su hijo había sido recientemente ingresado y se quejaba de malos tratos y de las condiciones higiénicas del pabellón 2 ( pestilente olor a pis) y del estado de su hijo según su testimonio el chico padecía una lesión en su pierna y no había sido tratado por el personal médico, agregaba a las quejas la comida como escasa y mala.

Ingresamos al Pabellón 4 por el patio a un pasillo ancho que comunicaba de frente con la capilla enrejada. Por la puerta a la izquierda pudimos ingresar a las celdas, son amplias totalmente de cemento, con cuatro camas cuchetas de cemento, con mesa y bancos de cemento, colchones finos, muy pocas frazadas. Y sin la menor calefacción. El ambiente es sumamente húmedo. No hay iluminación propia e independiente para los chicos sino que es común y utilizable exclusivamente por los guardias.

Conforme el relato del interlocutor existe una estabilidad "ideológica" en Capital Federal -a diferencia de Provincia de Buenos Aires-, que le permite al chico saber como es el sistema y manejarse dentro de él. Esta estabilidad el Subdirector se la adjudica a la Política del Consejo Nacional del Menor y la Familia y la remonta al año 1989.

Pudimos ingresar al espacio en el que comían y miraban televisión, luego de que los guardias de seguridad accedieran (al comienzo se manifestaron muy reacios a nuestro ingreso y el Subdirector preguntó directamente al jefe de seguridad si nos permitía el ingreso). La especie de comedor al que se ingresa atravesando una reja (del tamaño de una puerta) es amplia con estructura de cemento y un televisor color encendido. Todos los chicos (alrededor de 20) estaban contra la pared y con sus manos por la espalda. Ingresando a la izquierda en una especie de pileta estaban los restos del almuerzo, no había cubiertos.

Los chicos manifestaron (como pudieron) que la comida es mala y que reciben golpes de los guardias. Uno de ellos tenía entre sus manos una cruz realizada en hilo de plástico en dos colores nos expresó que esa manualidad la había realizado estando encerrado.

Con posterioridad visitamos los gabinetes (cuatro) un par de ellos poseen 2 espejos con rejas por fueras .

La cocina es relativamente pequeña, equipada con dos cocinas y un horno según informa una de las cocineras el menú se repiten cada 3 semanas. En la misma había seis personas -1 ecónoma y 5 cocineras -.

El concesionario es "Alimentación Patagones" del que depende el personal de cocina que se queja del pago salarial en cuotas y de trabajar "en negro". El concesionario trae las mercaderías cada 8 días y los alimentos que deben ser consumidos con rapidez los traen día por medio.

La cocina da al único espacio verde con paredones relativamente bajos (3mts.) Que no es utilizado por los chicos sino por el personal del Instituto. El subdirector informa que se trata de un régimen cerrado y que los chicos no pueden estar allí porque se escaparían.

Subimos por las escaleras que se encuentran atravesando el hall de ingreso atravesamos las 3 aulas pequeñas (con capacidad para alrededor de 10 Chicos) y nos encontramos con el personal técnico (Psicólogos/as y asistentes sociales) reunido, se presentaron las Jefas de Psicología y Servicio Social (ambas pertenecen al sistema desde aproximadamente la década de los 80 trabajando en otros institutos)

Manifestaron que efectúan un informe de cada chico sin realizar En cuanto a los chicos manifestaron que la mayoría (90%) posee episodios con algún tipo de droga, sin que necesariamente esta sea la causa del ingreso. Agregan que desde la Justicia (Jueces) tratan la drogadicción como una patología y no como un componente cultural en el que el consumo es casi "obligatorio" en el grupo de pares de los chicos. La queja por el tratamiento inadecuado la transfieren también a las denominadas "comunidades terapéuticas" que trabajan una "toxicomanía" antes que "escuchar al sujeto" sin alcanzar a "entender la transgresión".

Agregaron que la mayoría de los chicos no terminaron la escuela primaria. Sobre la población ingresante agregan que en los últimos tiempos ingresan también "nuevos pobres" ex-clase media trabajadora.

Se manifiestan comprensivos de los chicos y críticos de las omisiones estatales para contener la familia una vez que el chico está fuera del instituto.

Marcan puntualmente la ausencia de Institutos para derivar a " una franja" considerada "intermedia" chicos que no requieren necesariamente un régimen absolutamente cerrado.

En relación a los conflictos (violencia ó agresividad hacia los chicos) con el personal de seguridad, admiten que existen pero que no hay mecanismos institucionales que les permitan contenerlos.

En cuanto a los mecanismos de contención interno, expresaron que solo poseen las reuniones del Equipo técnico de la que no participan los empleados de seguridad.

Respecto de la Justicia de la Provincia de Buenos Aires agregaron que "los jueces se olvidan de los jóvenes y por eso permanecen mucho tiempo en el Instituto carcelario", el más antiguo (un año de permanencia) en el insitituto proviene de provincia .

El personal solicitó expresamente -finalizada la entrevista- que se le comunique a la Diputada Nadeo que poseen conflictos laborales con sus contratos los que deben ser reanudados y con el pago de los salarios.

En la sala principal nos reunimos con el Director quien se manifestó como un "docente" mas que como un director de una cárcel de niños. Cargó sus críticas contra las instituciones educativas como uno de los factores de expulsión de los chicos.

A la pregunta puntual de la Diputada Nadeo sobre el régimen estrictamente carcelario respondió con la necesidad del encierro permanente para evitar "agresiones entre los chicos" "problemas con la sexualidad" porque "traen problemas desde fuera", agregando que el código carcelario lo aprenden afuera.

Negó la existencia de denuncias por malos tratos.

XIV- Conclusiones:

Solo a simple vista puede inferirse que es el personal de seguridad el que definió que pabellones mirábamos /visitábamos y que pabellones no mirábamos ni visitábamos. El Subdirector se allanó a las opiniones-decisiones del personal y si no hubiera sido por la insistencia de los visitantes no hubiéramos visto a los chicos.

Los gabinetes espejados pueden en realidad ser visores externos que permiten escudriñar al chico en su intimidad durante la entrevista. En su caso, si solo son espejos son igualmente peligrosos para la integridad física de los chicos.

El estudio para la derivación posee una lógica inadecuada para la realidad en la que debe operar La mayoría de los chicos permanecen en el instituto por lo tanto resulta tan importante el estudio inicial como el posterior, llama poderosamente la atención -mas allá del escaso personal- que la regla sea la no elaboración de informes socioambientales. Si bien es cierto que no existe contención desde "el afuera" "el después del instituto", la ausencia de informes y/o acompañamiento de los profesionales a las familias contribuye a esa ausencia de contención. A su vez existe es notable la claridad en el diagnóstico y la persistencia -a pesar de él- en la misma respuesta: saben que no funciona la contención afuera e insisten en no efectuar informes socioambientales y/o acompañamiento de la familia.

La última apreciación no soslaya la ausencia de recursos que de hecho es un obstáculo mas que insalvable para ejercer un adecuado acompañamiento de la población encarcelada a la que se pretende "reinsertar".

Centro de Atención de Menores en tránsito CAMET:

Está ubicado en el palacio de Tribunales donde se trasladan a los chicos mientras realizan los trámites judiciales. Es de reciente creación , consta de tres celdas comunes similares a las de los institutos carcelarios para adultos y tres celdas individuales donde se ubican a los chicos que ingresan a Tribunales con causas penales que revisten gravedad por el monto de la pena.

Tres policías están destinados permanentemente para la atención del centro y permanecen en el mismo los adultos que cuidan y/o trasladan a los chicos hasta los Tribunales.

En el mismo espacio de superficie rectangular se encuentra ubicado el servicio psicológico dependiente del Consejo nacional del Menor y la Familia, al mismo se accede luego de transitar por el pasillo donde se observan las celdas.

Los chicos permanecen largas horas hasta que son atendidos por los respectivos juzgados sin realizar ninguna actividad acorde a su edad. Obvio es decir que permanecen privados de su libertad, provocando en numerosas circunstancias el síndrome del "encierro", según el relato del mismo personal policial.

El personal policial que atiende a los niños y adultos lo hace conservando las mismas conductas que las que despliega en ocasión de su actividad como policía de represión en las respectivas jurisdicciones (comisarías).

Este personal no recibe ninguna formación que los capacite para el trato como niños judicializados en tránsito.

Visita al Instituto "PIZARRO"

Horario de llegada: 12,30hs.

Recepción a cargo de: la Dirección del Instituto

Nombre del "Instituto": Instituto Pizarro

Clasificación: Admisión, Derivación de niñas y jóvenes entre 12-21 años

Población: Niñas Víctimas.

20 chicas edades entre 12-21 años. Suelen llegar hasta 30 niñas.

Una de ellas hace 5 meses que está. Sin escolaridad, con una situación que se agrava por la permanencia en el Instituto que no está preparado para brindar el servicio educativo (derivación rápida). Con adicciones.

Reingresantes:

Existe el reingreso sistémico que se opera generalmente por trimestre ó semestre.

Entrevista previa:

Relato:

Llegamos y fuimos recibidos en la Dirección con amabilidad y consideración por nuestro interés. Se nos explicó el tipo de trabajo que realizan y el circuito de institucionalización a través de la intervención judicial. Al respecto manifestaron que las mayores dificultades para el trabajo conjunto con el Poder Judicial las tienen con la Justicia Civil, en virtud de que en muchas ocasiones el instituto aconseja el NO Encierro y los Tribunales insisten en la adopción de esta medida de seguridad. A esta opción nuestros interlocutores sumaron el concepto judicial restrictivo de la familia (Debido a que requieren madre o padre) que impide a las niñas recuperar su libertad y un entorno familiar afectivo.

En cuanto a la causal de ingreso, si bien se trata de personas jóvenes no conflictuadas por la ley penal la mayoría de los ingresos se producen por acción de la policía.

Sobre el sistema de seguridad utilizado (encierro) y sus consecuencias manifestaron que al momento de efectuar la visita había 10 de las niñas con medicación psiquiátrica, administrada a raíz del advenimiento de los denominados "brotes psicóticos" que se producen luego de la depresión que les ocasiona a las adolescentes la privación de su libertad.

Con suma claridad explicaron que a la condición de abandonadas se les suma la de encerradas sumándoles una lesión psíquica que culmina con el mencionado brote y la medicación precitada.

Personal 3 psicólogas/os; 1 psiquiatra; 2 asistentes sociales; 1 médica clínica; taller de manualidades, cerámica, pintura, taller literario

La mayoría de las personas poseen una edad y permanencia institucional considerable para el trato con niñas, a ello se suma la ausencia de formación específica para el abordaje del trabajo.

Esta ausencia de formación específica está sumamente contenida por un trato directo y afectivo con las niñas que en mucho suple las omisiones y violaciones estatales infringidas por el encierro.

Personal en la cocina:

La elaboración de la comida y la compra de los insumos esta concedida a empresas particulares. La Dirección del Instituto y las docentes manifiestan la necesidad de recuperar la cocina como "terapia" para las niñas que poseen demasiado tiempo ocioso que se convierte en la tortura previa al brote psicótico producido por el encierro.

Seguridad:

El Instituto posee un vigilante en la entrada y el sistema es de régimen cerrado. Conforme el relato de nuestros anfitriones y las mínimas razones de humanidad no posee sentido el encierro en personas que están en esa institución porque no poseen otro lugar donde ir y/o donde derivarlas (causas asistenciales).

Descripción de los dormitorios:

Tamaño: son sumamente amplios sin condiciones para el resguardo de la intimidad de las niñas. Tratándose de adolescentes es doblemente vejatoria la estructura porque no poseen la menor privacidad para ubicar sus pertenencias y su propio cuerpo.

Tipo de camas: sin suficiente ropaje, la dirección comentó que las frazadas las consiguieron en la época de la donación para inundados..

La estructura es absolutamente inadecuada, mal conservada y con partes del edificio clausuradas por inhabitables .

Los sanitarios están en las mismas condiciones que la estructura de los dormitorios con el agravante de que existen falta de vidrios en las ventanas, goteras, filtraciones.

Entrevistas con las chicas:

Se manifestaron ávidas de visitas, con muchas ganas de compartir la palabra y comentar sus propias experiencias.

Se notaba el grado de excitación provocado por el encierro.

El concurrir prestamente al encuentro de un visitante como modo de romper la rutina .

La relación con las docentes y el personal directivo es notoriamente diferente a la establecida en los centros de detención ya visitados y relatados. Se evidenciaba una preocupación del personal por conocer las situaciones personales y el proceso desarrollado en el instituto por cada una de las chicas.

Con un fuerte reclamo hacia el poder judicial al que consideraban responsable del encierro innecesario de las chicas.

También hacia el poder administrativo por la mala distribución de los recursos destinados al mantenimiento del establecimiento y su funcionamiento (talleres de creatividad).

Servicio al juez:

Se efectúan informes solo a pedido del Juez.

La decisión es jurisdiccional en algunos casos existen fuertes discrepancias pero la ultima decisión permanece en la esfera judicial.

Condiciones sanitarias:

La mayoría recibe medicación psiquiátrica con motivo del mismo encierro al que son sometidas. Esta medicación es posterior al denominado "síndrome del encierro".

El mismo personal informa que si bien pueden traer conflictos desde el exterior el denominado "brote psicótico" lo produce como causa eficiente el encierro.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Visita al Instituto : Centro de Registro, Evaluación y Ubicación de Causas Penales -Ciudad de La Plata Provincia de Buenos Aires-

Fecha: 6.7.98 Hora:14,45

Recepción a cargo de: La Directora: María E. Blasco y de Elsa Sherguer, jefa del Departamento Administrativo.

I-Población:

a-Número total actual: 28 personas en crecimiento entre 13 y 20 años de sexo masculino fueron las visualizadas durante la visita. Según informaron las autoridades al comienzo de la misma, la capacidad institucional era para 26 chicos, teniendo en la fecha alojados 30 con permanencia y 11 en tránsito. De este total informado de 41 , 2 manifestaron que serían derivados, uno de ellos a una Comunidad Terapéutica y el otro de vuelta al hogar, en la fecha.

b-Edad promedio:: 15 a 16/17 años.

c-Distribución y clasificación de la "población":

Clasificación interna:

Cuatro secciones: Admisión 1, Admisión 2 (buen y muy buen comportamiento) en la primera 5 chicos y en la segunda 12 chicos.

Sección (pabellón) 3 y 4 (seis y seis chicos respectivamente)

Seguridad: sistema de celdas especialmente los alojados en las secciones 3 y 4. enrejadas de pared a pared con alrededor de dos guardias por sección.

Tanto en Admisión 1 y 2 como en el pabellón 3 y 4 se ingresa a un pasillo atravesando una puerta metálica de las típicamente carcelarias para llegar a las puertas de las secciones. En el caso de admisión 1 y 2 en lugar de enrejado de pared a pared poseen el tamaño de una puerta.

II-Causa del ingreso:

"Todos son derivados por causas penales",

"En el caso de los chicos por causas asistenciales, pasan a la Casa de admisión de Villa Elisa".

"Los chicos llegan aquí (al Centro) para ser evaluados y derivados a Institutos, todos los días bajan de 15 a 18 chicos a los Institutos".

"La función del Centro es la correcta derivación, pero no existe capacidad suficiente en los Institutos para derivar ".

La población que se atiende va desde los 13 a los 21 años, produciéndose según expresan una baja en la edad de los mismos y un aumento en la cantidad de chicos que ingresan.

La clasificación para el egreso es de máxima y mínima seguridad. "Esta clasificación depende del Juzgado" y solo existe intervención del centro cuando los informes no son coincidentes o cuando el "oficio" judicial no viene "cerrado" (sin posibilidades de modificar la calificación o el destino del chico). En algunos casos los juzgados solicitan una evaluación aunque luego no confíen ni acepten la valoración del Centro.

Tiempo de permanencia:

"Se debe estudiar la causa, el Equipo Técnico debe evaluar al niño y derivar inmediatamente". " La permanencia máxima es variable, en la fecha todavía se encuentran alojados niños que ingresaron hace cuatro meses".

III- Dependencia Jerárquica: Consejo Provincial del Menor y la Familia de la Provincia de Buenos Aires.

IV- Número de empleados: 109 personas distribuidas, entre: 1 psiquiatra (designado el 26-6-98, 2 asistentes sociales, 1 psicólogo, 1 médico clínico, 1 médico neurólogo. Personal de seguridad, administrativo, de limpieza, cocina.

V-Tipo de Institución: denominación estatal: "de Registro y Ubicación"

VI- Seguridad:Cada sección esta vigilada y controlada por personal de sexo masculino permanente y rotativo. Los entrevistados los denominan PRECEPTORES, los chicos los llaman MAESTROS. Conforme la escala jerárquica:
1 Supervisor Coordinador (permanente)
4 Jefes de Guardias (permanentes)
4 guardias de 8hs. con 14 preceptores (cada una): rotativo con horas extras cumplimentadas en el mismo centro.
Lo que suma un total de 61 personas abocadas a la seguridad.
Lo que Implica que el sistema invierte mas de dos personas en seguridad por un chico.

VII- Régimen disciplinario: . En caso de desobediencia, la sanción es en los casos que se encuentren en admisión 2, llevarlo al sector de Admisión 1, donde las condiciones de infraestructura varían notablemente.

VIII- Castigos físicos: Niños del sector de admisión 2, admitieron que el personal de seguridad, PRECEPTORES, en algunas ocasiones los han golpeado en el estómago .

Maltrato psíquico: los chicos del mismo sector también expresaron que les proferían algunos insultos culturalmente muy poco resistidos como "putear la madre".

La ausencia de ocupación del tiempo que permanecen detenidos.

El enjuiciamiento del comportamiento como malo y bueno conforme a pautas subjetivas como la "falta de respeto" que es invocada por los preceptores como una de las causas para el enjuiciamento de la buena o mala conducta.

IX- Personal encargado de la seguridad: depende del consejo, desempeñan el rol de guardianes ("preceptores") están la mayor parte del tiempo con los niños. Cumplen horarios de 8 horas, realizando horas extras.

En cuanto a la capacitación del personal de seguridad, manifiestan las entrevistadas que próximamente se realizará en virtud de un convenio con el Colegio de Abogados Provincial un curso de capacitación dirigido para ese personal. Admiten que no se realizan reuniones de contención del personal, donde estos podrían manifestar sus reacciones ante la problemática que se le presenta en el trato cotidiano con los chicos.

El salario es extremadamente magro, de alrededor de 400 pesos.

X- Motines: registran un alto nivel de fuga al que las interlocutoras asocian el alto porcentaje de reingresantes.

XI-Tipo de Servicio otorgado al régimen de patronato:"tránsito rápido, ubicación de la familia, diagnóstico".

Abarca tres funciones principales:

Registro: toma de huellas dactilares, apertura del legajo o su reapertura, asiento en el mismo de los motivos y las indicaciones judiciales respecto del chico, etc.

Evaluación: Determinación de perfiles de personalidad para determinar el ámbito institucional que se encontraría preparado para recibirlo.

Ubicación: Determinación de su internación, gestión de plaza y traslado.

Funcionamiento:

a-Al ingreso: Al llegar el niño, se realiza el estudio de la causa, se realiza además la evaluación a través de la intervención del Equipo Técnico y en el caso de que los chicos provengan de comisarias a través de los Consejos Departamentales. No efectúan informes socioambientales que se encontrarían a cargo del Juzgado interviniente.

Inmediatamente se debe realizar la derivación del Instituto de Máxima o mínima- mediana seguridad, de acuerdo a la evaluación que surja. En el caso que llegue el niño con un "oficio cerrado", dado por el juez interviniente se deberá cumplimentar la derivación al tipo ó Instituto determinado por éste . Si el Equipo Técnico evalúa en forma contradictoria con el juez, podrá enviar al mismo su sugerencia.

Para el informe el equipo del Centro tiene en cuenta los antecedentes de la causa penal y toda la documentación agregada.

La derivación depende en mucho de los horarios y los días, por ejemplo los días viernes después de las 18hs. el traslado ya no se produce.

El personal encargado de efectuar el traslado depende del Consejo Provincial del Menor.

La ausencia de espacios en los institutos también obstaculizan el traslado. Poseen un parte diario en el que se les informa si existe o no disposición en los "institutos": Almafuerte, Gavipor, COPA, Logares, Pellegrini y (....).

XII- Servicio médico:

Interlocutores llamados por la Dirección para que nos atiendan en la sala de servicio médico:

Un medico clínico pediatra (aun no nombrado como tal y que habría ingresado como enfermero) que admitió medicar psiquiatricamente ante cuadros compulsivos. Y una enfermera, esta última posee una antigüedad de más de 22 años en el mismo tipo de trabajo y el primero supera los 13 años.

Expresó que alrededor del 90 al 95% de los chicos registran adicciones.

No existe una guardia permanente en las horas o días de descanso conforme el relato del médico el mismo está disponible para acercarse al Centro si lo requieren.

Por cada chico se confecciona una ficha médica que consta de los siguientes datos:

Identidad/ Escolaridad/ "Antecedentes Familiares" (solo identidad de los mismos)/ "Antecedentes Personales" ("Enfermedades, Cirugías, Traumatismos, otras)/ "Hábitos exotoxicos tabaquismo, etilismo, drogas"/ "Estado Actual: Cabeza, Cuello, Piel y Cuello, Aparato cardiovascular, Aparato Respiratorio, Abdomen, Hijos, Aparato Genitourinario, Menarca, Embarazo, Puerperio, Sistema Musculoesquelético, Psiquis, Observaciones..."

XIII-Tipo de Servicio otorgado a los niños:

a-Escuela: de régimen especial, con maestros de nivel ("cíclica"), con una evaluación (como se puede) para determinar el ciclo y/o grado, los maestros dependen del Consejo del Menor y La Familia -Area de Educación y Capacitación-. Son tres los docentes una de ellas esta de licencia por lo tanto en funciones quedan solo dos que trabajan con doce chicos que están en permanencia.

Durante la visita nos recibió una de las docentes que anteriormente se habría desempeñado en el Instituto carcelario Almafuerte, trabaja con cuatro chicos por clase en un espacio en el que solo caben alrededor de 5 personas sentadas. En ese momento ingresaron los chicos de Admision 1 y 2 (mejor conducta).

Los materiales son escasos. Solo cuentan con un escritorio, en el se agrupan los chicos y la docente.

b-Actividades recreativas: a cargo de dos profesores de educación física. Una vez a la semana realizan un rato de actividad física en un patio de cemento que se encuentra en la institución solo con aquellos considerados de mejor conducta para evitar fugas.

Ambos profesores manifestaron no poseer materiales, que las pelotas con las que juegan los chicos las pusieron de su bolsillo, que el espacio físico por la distribución y características edilicias es prácticamente imposible.

Esta imposibilidad los lleva a hacer trabajos sedentarios manuales con los que puedan utilizar el tiempo.

Cada profesor tiene 20 hs cátedra para ejercer la función.

XIII- Condiciones edilicias: Se trata de un edificio antiguo, en buen estado, que presenta en su interior algunos partes de reciente pintura. El sector que pertenece a la Dirección y Administración se encuentra en muy buenas condiciones, amueblado, calefaccionado y alfombrado. Al mismo se accede por un pasillo, pasado el sector de Dirección, a través de una puerta de vidrio se encuentra un hall de distribución de diversas oficinas administrativas, y una escalera a la planta superior (....).

A los sectores 2 y 3, se accede luego de trasponer una puerta de metal con cerrojo, allí se encuentran dos celdas de aproximadamente 4x5 mts, con dos cuchetas de material de lado a lado, en cada una de ellas (sin colchones, ni frazadas y sin sábanas). Estos elementos le son provistos por la noche, (informan los niños). En la primera de las celdas hay seis chicos, (uno de ellos hace un mes que se encuentra en ese sector, por castigo, nos informa). La Directora que acompaña la visita aclara que uno de los chicos se va en el día o al día siguiente y que se ven obligados a poner colchones en el piso (no aclaró cuantos), el espacio no alcanza para más de dos colchones. En la segunda celda hay 5 chicos. La Directora informa que de esta celda uno de los chicos sería trasladado en el día o al día siguiente y que otro habría ingresado en el fin de semana inmediatamente anterior.

En la primera celda hay una pequeña mesa de material y un banco (con imposibilidad de que puedan comer allí) En la segunda la mesa y el banco no existen (informa el personal que fué destruido por los niños).

No cuentan con ventanas, salvo un ventiluz pequeño que se encuentra en el pasillo frente a las dos celdas contiguas. No cuentan con otra iluminación más que una bombita eléctrica que se halla en el mencionado pasillo.

Frente a la primera celda se encuentra el baño cuyas instalaciones consisten en una letrina y una pequeña pileta con una canilla de agua fría. (el personal de seguridad dice que se conecta a esa única canilla el agua caliente de un calefón proveniente del exterior...).

No poseen calefacción.

Sectores de Admisión 1 y 2:

De notables mejores condiciones que los Sectores 3 y 4

Se ingresa por una puerta metálica que nos abre el personal de seguridad sentado en la mesa ubicada en el pasillo por el que se accede a una segunda puerta (rejas con bisagras) que da a los sectores de admisión 2 (a la derecha) y uno (de frente).

A Admisión 2 se ingresa por una puerta (reja) y consta de un baño con pileta e inodoro que da a una habitación de aproximadamente 4 x3mts. La habitación está amueblada con una mesa y sillas con un televisor color (encendido), cinco chicos están sentados a la mesa mirando televisión.

Cuenta con luz eléctrica, hay una puerta con vidrios pintados de color oscuro enrejada, por fuera, que aparentemente darían a un patio. Esta habitación se comunica con un dormitorio con tres camas cuchetas, (cuentan con colchones, sabanas, frazadas y acolchados), el estado de aseo es bueno y falta calefacción.

Sector de Admisión 1:

Se ingresa por una reja con tamaño de puerta a un salón del doble de dimensiones al anterior, con una mesa pocas sillas y un televisor color. El baño cuenta con dos inodoros y dos sectores de duchas, el guardia informa que posee agua caliente y abre a tal efecto la canilla.

Los chicos informan que solo se bañan con agua caliente los dos primeros para el resto sale fría.

Consta de dos dormitorios con camas cuchetas suficientes para la cantidad de chicos en el sector, las mismas poseen colchón, y ropa de cama.

Algunos chicos estaban realizando manualidades sobre la mesa con palitos de helados.

XV-Relato:

Llegamos al instituto a las 14,45 hs e inmediatamente fuimos recibidos por María Elisa Blasco, Directora del Registro, Elsa Shelger, Jefa Administrativa y Juan Carlos Gago, las dos primeras manifestaron encontrarse a cargo de la institución desde el 1 del corriente mes.

Tuvieron muy buena disposición y se manifestaron interesadas en no perder tiempo antes de iniciar la visita.

En un primer momento nos pusieron al tanto de lo referente a la población que atienden y pusieron a nuestra disposición el listado de los niños y jóvenes que se encontraban alojados en el Centro.

A poco de iniciada la visita ingresó el personal del Consejo del Menor y la Familia de la Provincia de Buenos Aires: Martín Ruiz Moreno miembro de la Subsecretaria de asistencia y tutela del Menor; Edith Pérez asesora técnica de la Presidencia del Consejo; Omar Moya Director del Instituto Almafuerte desde el 31/7/97 y miembro de la Dirección de Institutos Penales, junto a dos ó tres asistentes.

Posteriormente nos facilitaron el recorrido de la institución. del que participaron también los miembros del Consejo.

La Directora del Centro manifestó especial preocupación por nuestra presencia en el sector 2 y 3, preguntó a los chicos en nuestra presencia para dar cuenta de que alguno de ellos se iba y que los colchones efectivamente se entregaban.

Le molestó que la fotografía que acompañó al Senador Sigal extrajera fotografías del sector con las manos de los chicos en las rejas y expresó a uno de ellos que no estaba "encarcelado" sino en "tránsito" ó "demorado".

De las entrevistas con los chicos surgió que solo los dejan efectuar llamadas una vez a la semana, por espacio de dos minutos y recibir visitas también una sola vez a la semana (sábados o domingos) por el corto espacio de 1 hora, el régimen de visitas no tolera excepciones ni siquiera para los que no viven en La Plata. De los chicos entrevistados el número de ellos que recibió visita hasta la fecha es ínfimo, todos eran de localidades alejadas: Mar del Plata, Morón, José C. Paz, San Isidro.

Cuando llegamos al sector edilicio destinado a la escolaridad y la asistencia sanitaria, solamente estaba la maestra sentada y no había personal en la salita, con posterioridad llamaron al médico y luego a la enfermera quienes atendieron a los visitantes.

Una vez terminado el mismo accedimos nuevamente al despacho de la Dirección, donde se encontraba personal del Consejo Provincial de la Familia de la Pcia de Buenos Aires y el personal del Centro.

Respondieron a los reclamos que efectuamos:

En cuanto a los chicos:

*Extensión de las horas de visitas: expresaron que éstas son parte del régimen y gestión anterior y que están revisando las pautas.

*Aumento del número de llamados telefónicos: expresaron que no hay límites para la recepción de llamados. Y que no pueden efectuar mas de una vez ala semana llamadas telefónicas porque no hay suficiente cantidad de líneas.

*Modificación de las celdas (sectores 3 y 4), expresaron que es parte del régimen que encontraron y que deben revisar.

* Modificación de las condiciones de hacinamiento, expresaron que habíamos podido escuchar y observar que en el día se iba uno (o dos) de los chicos y que tienen que poner colchones para que los chicos puedan dormir. Reiteraron que aunque la disposición es a la derivación rápida si no hay espacios en los institutos se les complica la situación.

* Necesidad de un espacio para la actividad física y el ocio creativo, opusieron la ausencia de espacio físico.

*La falta de defensa pública: expresaron que no pueden hacer nada porque el sistema penal es el que determina este hecho.

Los niños con los que hablamos desconocían el nombre de quienes los representaban en su defensa.

En cuanto al personal:

*Formación adecuada del personal de seguridad que está constantemente en contacto con los chicos y con quienes se producen situaciones agresivas: expresó el personal del Centro que están intentando efectuar convenios para tal cometido (Colegio de Abogados) pero esta formación estaría dirigida al personal técnico y profesional.

Por su parte la representante de la Presidencia del Consejo manifestó que tal vez haría falta un régimen especial para el personal de seguridad (como el de depender del Servicio Penitenciario) y que en los hechos labrar un sumario administrativo por transgresiones (malos tratos) también resulta dificultoso.

*Contención del personal de seguridad y técnico: manifestaron que no existen reuniones conjuntas, si entre los técnicos y de la Dirección con el personal de seguridad.

La representante de la presidencia del Consejo manifestó que desde la Dirección se intenta redireccionar el trabajo incorporando mayor cantidad de profesionales para efectuar un mejor acompañamiento de la labor con el chico.

La Dirección del Centro manifestó la plena disposición para tomar en cuenta las sugerencias que se le efectuaron y expresaron que están en un período en el que están viendo las reformas que puedan efectuar, insistieron en el corto espacio de tiempo que llevan en el cargo por lo que no han podido modificar el régimen carcelario.

Desde el centro y el Consejo manifestaron con mucha fuerza el conflicto con los jueces penales de Lomas de Zamora, Quilmes, San Martín , La Plata, quienes llevarían a cabo políticas de institucionalización de jóvenes como el método mas utilizado para resolver los conflictos que se les plantean al aplicar las leyes penales a "menores".

XVI- Consideraciones extraídas del cotejo de la información suministrada por las interlocutoras y de la observación efectuada:

De acuerdo a los comentarios de los niños, no cuentan con elementos para su recreación, debiendo los que se encuentran en el sector 3 y 4 estar sin ningún tipo de actividad (por la noche les acercan un televisor). En el Sector de Admisión 2 se observó que se dedicaban a realizar artesanías con palitos de helados, tenían un mazo de naipes y contaban con TV al igual que el sector de Admisión 1.

De lo observado surge, la escasez de ropa de abrigo de los niños, en el sector 2, vimos algunos de los chicos descalzos por tener las zapatillas húmedas y alguna ropa interior "secándose" en el ventiluz y en otro sector sobre la pared del baño. (cuentan aparentemente con lo puesto).

Si bien el Instituto es de "rápida derivación" en realidad parece no cumplirse con ese objetivo dada la falta de institutos (teniendo en cuenta la política de encarcelamiento vigente) y la falta de medidas alternativas a la privación de la libertad.

El instituto es de estructura carcelaria, el personal es de seguridad no son preceptores sino vigiladores.

Existe una población "flotante" que no pudimos observar, porque no vimos la totalidad de las instalaciones de la casa. Conforme los datos sobre el número de chicos ingresado y el que vimos hay una diferencia de no menos de 11 personas que serían alojadas seguramente en el sector 2 y 3 -carcelario en su estructura interna y externa -.

La Dirección insistió en afirmar a los niños encerrados en las celdas (sector 3 y 4) que no están detenidos sino demorados transitoriamente. El comentario es una muestra palpable de la negación sistemática de los funcionarios a aceptar el régimen carcelario que administran.

En cuanto a los comentarios del médico, la sola aceptación de la medicación psiquiátrica da una pauta del nivel de aceptación de lo que constituye una violación en razón de la inhabilidad del médico clínico para suministrar esa medicación.

XVII- Consideraciones extraídas del cotejo de la información (suministrada en el exterior por niños, adolescentes, familiares, funcionarios etc.) con la obtenida de la observación y entrevista:

El Centro de Registro y Derivación fue intervenido entre otras razones por los numerosos motines. Estos son producidos y/o favorecidos por el mismo personal de seguridad con la intención de demostrar la necesidad de continuar con el mismo régimen e inversión en vigilancia. Mantener la peligrosidad latente sería uno de los objetivos encubiertos del sistema de seguridad.

Si bien el personal del Consejo del Menor de la provincia negó la incidencia del Centro y del Consejo en la definición de la derivación del chico, esta información no es del todo correcta ya que es el mismo Consejo el que define las políticas hacia los Institutos. Si aparece acertada la afirmación de que es el Juez el que define el tipo de institución -y por lo tanto el régimen de encierro- al que se derivará al chico.


1. Conceptualmente el encierro es privación de la libertad por tal razón utilizaremos el vocablo: "carcel" para referirnos a los denominados Institutos de menores de regimen cerrado.

2. "Ministerio de Justicia- Dirección de Política Criminal "Hacia Un Plan Nacional de Política Criminal (II).

3. La realidad: el Estado no aporta solución alguna al chico en o de la calle, los institutos son carceles que "preservan" a la sociedad y el Estado de la "vision" de la niñez abandonada pero no se ocupa de ella. No estan dispuestos para la "reinsersión" sino paa vicitimización que culmina con la aplicación durante la adultez del sistema penal.

4. Hogares Don Bosco posee un "Centro de Día" en una de las zonas de mayor victimización de niños en la calle: "Plaza Constitución".


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