EQUIPO NIZKOR |
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13abr02
El golpe de estado en Venezuela confirma el retorno a la doctrina del estado de excepción en América Latina.
En Venezuela se ha cometido un crimen contra el Estado de Derecho y de este hecho son responsables todos aquellos que han participado desde las instituciones militares, desde las instituciones económicas y desde los servicios de inteligencia venezolanos y de terceros países.
Nada, ni nadie puede ocultar estos hechos, por lo tanto el denominado gobierno provisional de Venezuela debe saber que más temprano que tarde tendrá que responder por estos crímenes. Ya en la declaración de derechos humanos de 1793 se establecía la no prescripción de los delitos cometidos por funcionarios públicos. Este tipo de crímenes no prescriben, ni tienen posibilidad de amnistía.
Ahora pretenderan establecer un modelo de impunidad para resolver el dilema que representan la democracia, las libertades y la expresión del uso racional de ambas que son los derechos humanos, pretenden la "vanidad y la presunción de gobernar hasta más allá de la tumba..., en la más insolente de todas las tiranías", como tan bien respondiera Tom Paine a Mr Burke en su obra "Los derechos del hombre".
Y el primer documento (o sea el primer ladrillo del nuevo edificio de la impunidad) es el Acta de constitución del nuevo gobierno que establece que "deroga todo lo que se oponga al presente acta". Por supuesto que dicho documento no esta firmado por ninguna autoridad legítima del estado de derecho pre-existente. La historia de los crímenes contra la humanidad demuestran que cuando un documento establece una condición de esa naturaleza es porque su pretensión básica es construir una ficción jurídica que justique la violación sistemática de los derechos humanos planificada previamente.
Como bien dice una sentencia norteamericano en un conocido caso del Noveno Circuito Federal: "Que los estados se comprometen en la tortura oficial no puede dudarse, pero todos los estados creen que es "malum en se", todos los que se comprometen en la tortura lo niegan, y ninguno reclama el derecho soberano de torturar sus propios ciudadanos."
Es trágico ver como economistas aparentemente educados en universidades, como el nuevo dictador Carmona, son capaces de defender modelos económicos basados en la violación sistemática de los derechos civiles y políticos. Optan por la "solución del diablo" que preconizaba von Hayek y que explicitó en su apoyo a la dictadura del General Pinochet. Muchos de ellos además creen que están usando las ideas de Adam Smith y su mano invisible, sin saber que, en su época, este hombre defendió justamente lo contrario y significó precisamente un intento de racionalizar la modernidad.
Sin embargo lo que ocurre es que utilizan la economía como un instrumento ideológico frente a las libertades. Han dejado de pertenecer a la colectividad científica basada en el utilitarismo del bien común para convertirse en instrumentos de las corrientes más reaccionarias que se dieron después de la revolución francesa. Estos modelos que reemplazan las libertades por la eficiencia de la curva de oferta - demanda son complementarios al uso de las doctrinas irracionales derivadas del discurso conservador. Y una vez puestas en marcha no tienen más vías que la violación sistemática de los derechos civiles y políticos.
Este tipo de métodos no se (re)producían en América Latina desde hace décadas. Es evidente que el retorno a la "agenda oculta" por parte de la administración Bush no es una casualidad sino una condición necesaria para que este tipo de hechos ocurran. No en vano dos personas directamente implicadas en los sucesos de aquella época tienen altas responsabilidad en la actual administración. Nos referimos a Mr. Otto Reich y Mr. John Dimitre Negroponte a los que recomendamos encarecidamente la lectura de la obra de Tom Paine a la que hicimos mención más arriba. Posiblemente encuentren inspiración para una política que respete los derechos humanos y la autodeterminación de los pueblos y que sea concordante con el pensamiento de gentes tan lejanas a su escenario ideológico como Francisco de Miranda o Benjamín Franklin.
Dada la situación consideramos que no hacen falta muchos preambulos, simplemente hacemos una llamado para que se exiga a los gobiernos el cumplimiento de la legislación prevista en el Pacto de Costa Rica y se apliquen todos los resortes previstos en ella para el no reconocimiento de un régimen de esta naturaleza.
Pero además se debe exigir al denominado gobierno provisional:
- 1) La presentación pública y documentada de la dimisión escrita del Presidente Chávez, sin que haya lugar a duda jurídica alguna de sus conformidad voluntaria y libre, así como el otorgamiento de todas las garantías necesarias en el caso de una mandatario constitucional libremente elegido por sus ciudadanos y muy especialmente el respeto a su integridad física.
- 2) Debe hacer públicas las listas de detenidos desde el momento previo al golpe de Estado, con la fundamentación jurídica de las acusaciones realizadas ante juez ordinario y la certificación de la participación de un abogado, libremente elegido, en su defensa, así como las listas de órdenes de capturas emitidas sin autorización judicial.
- 3) Deben garantizar explicitamente el mantenimiento de los derechos civiles y políticos de todos los ciudadanos nacionales y extranjeros y la no aplicación de ejecuciones extrajudiciales de ningún tipo.
- 4) Permitir que los organismos de derechos humanos de cualquier país puedan visitar los centros de detención y verificar la no aplicación de tormentos y solicitar y facilitar a la Oficina del Alto Comisionado para Refugiados de la ONU y al Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU el cumplimiento de su cometido en momentos en que se aplica un estado de excepción.
- 5) Una declaración pública y explicita del respecto a las declaraciones de derechos humanos reconocidas internacionalmente y expecialmente un reconocimiento explícito de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,Inhumanos o Degradantes y a la Convencion Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura así como también a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y al Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
- 6) La derogación del estado de excepción preconizado en el Acta de constitución del denominado Gobierno provisional así como la publicación de dicho documento y el mantenimiento de las garantias procesales constitucionales y el restablecimiento de los jueces naturales.
- 6) A los gobiernos de los Estados Unidos y del Reino de España se les debe exigir una declaración expresa del carácter de golpe de estado y la rectificación de la inocua declaración conjunta hecha pública el 12 de abril y en la que sólo queda claro su conocimiento previo de la situación.
Por último nos dirigimos a los organismos de derechos humanos venezolanos y a los defensores, personas afectadas por violaciones o familiares de las mismas para que informen de la lo que allí ocurre para lo que rogamos se pongan en contacto con el Equipo Nizkor enviando sus correos electrónicos a: nizkor@derechos.org
Es recomendable que utilicen sistemas de comunicación que garanticen la privacidad de las comunicaciones, derecho recogido en el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que dice expresamente: "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques".
Para garantizar este derecho pueden utilizar el programa de encriptado PGP que es de uso gratuito. Pueden bajar las instrucciones de uso del sitio:
http://www.derechos.org/nizkor/pgpinstr.htmlGregorio Dionis
Director del Equipo Nizkor
UE 13abr02
DDHH en Venezuela
Este documento ha sido publicado el 13abr02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights