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20sep13
Sala de lo Constitucional admite demanda que pide anular Ley de Amnistía
Los magistrados admitieron para estudio una demanda que alega que el perdón a los violadores de los derechos humanos durante la guerra civil en El Salvador viola media docena de artículos de la Constitución. Con esto, la Sala pone en su agenda un tema que en 2011 fue la razón para que el partido Arena impulsara un decreto con el que trató de maniatarla y que generó la más grande crisis institucional en el país en la postguerra.
La Sala de lo Constitucional admitió para estudio este viernes una solicitud de inconstitucionalidad de Ley de Amnistía de 1993, con lo que se coloca en la situación que en junio de 2011 motivó al partido Arena a promover el decreto 743 con que pretendió inmovilizar a los magistrados constitucionalistas, obligándolos a que las inconstitucionalidades solo puedan emitirse con el voto unánime de los cinco miembros de la Sala.
Los demandantes argumentan que dicha ley viola toda garantía de que las personas accedan a la justicia y lograr que se deduzcan responsabilidades por los crímenes políticos y comunes vinculados con políticos ocurridos durante la guerra civil. Sostienen que la experiencia de amnistía general ha sido un obstáculo para que los Estados cumplan con su obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.
La demanda, presentada el 20 de marzo, día en que la ley cumplió 20 años, ha sido promovida por Benjamín Cuéllar, director del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA); María Silvia Guillén, directora del Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad); Félix Ulloa, presidente del Instituto de Estudios Jurídicos de El Salvador (IEJES); Ima Rocío Guirola, vocera institucional de la oenegé feminista Cemujer y otros abogados como Pedro Antonio Martínez. Sin embargo, la Sala en su resolución de admisión aclara que debido a que solo Cuéllar, del Idhuca; el ciudadano Pedro Antonio Martínez, e Ima Guirola, de Cemujer, atendieron las prevenciones durante el trámite de admisión, son sus demandas las que han sido admitidas.
Los demandantes alegan que, a pesar de la sentencia de 2000 que determinó que los jueces pueden declarar la inaplicabilidad de la ley si alguien presenta una demanda ante los tribunales, hasta ahora, y a pesar de varias denuncias ante la Fiscalía General, esta no ha procedido en ningún caso y, por lo tanto, se evidencia el obstáculo que sigue suponiendo la amnistía para la consecución de justicia.
La admisión fue firmada por cinco magistrados, cuatro propietarios y un suplente. Los propietarios son los elegidos en 2009, Belarmino Jaime, Florentín Meléndez, Sidney Blanco y Rodolfo González, y el suplente Arnoldo Álvarez, en relevo de Salomón Padilla, el magistrado que tiene en su currículo militancia en el partido FMLN y que preside la Sala desde 2012. Padilla se encuentra fuera del país en este momento.
Los demandantes argumentan también que no puede haber una ley que perdone responsabilidad penal y civil para personas a quienes no se ha encontrado culpables de la comisión de delitos, y por lo tanto, la de 1993 es una ley que excede lo que permite la Constitución, pues permite amnistiar a personas no encontradas culpables de nada.
Agregan que la amnistía viola el artículo 144 de la Constitución, que establece que el Estado salvadoreño se atendrá a cumplir los tratados internacionales, que estarán por encima de las leyes secundarias, y en este punto, la Ley de Amnistía contraría la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, infringe el artículo 2 de la Constitución en relación con la garantía del derecho a la vida y a la protección de este derecho; los artículos 12 y 131 en relación con la presunción de inocencia y por lo tanto con la imposibilidad de convertir a una persona no encontrada culpable en sujeto amnistiable; y también los artículos 85 y 135, porque al emitir la Ley de Amnistía, no se respetó el proceso de formación de la ley.
Para los demandantes, la aprobación del decreto que dio vida a la Ley de Amnistía no cumplió con el proceso de estudio y análisis, ni respetó los requisitos de publicidad, contradicción, libre debate y discusión. Este vicio de forma, según la demanda admitida este viernes, afecta la validez de la ley. "Al no haberse cumplido con el proceso de formación constitucionalmente establecido en la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, no puede tener efectos jurídicos y no es posible que sea catalogada como una ley en todos los sentidos y por ello solicitamos a este digno tribunal que declare nulo absolutamente el decreto legislativo número 486, del 20 de marzo de 1993…"
La Ley de Amnistía fue dictada por la Asamblea Legislativa el 20 de marzo de 1993, una semana después de que la Comisión de la Verdad presentara su informe final sobre 30 casos de graves violaciones a derechos humanos cometidos por la guerrilla del FMLN y el ejército durante la guerra civil. Para entonces, el FMLN se había convertido por decreto en partido político, pero aún no tenía representación parlamentaria.
Con la admisión a estudio de la demanda por parte de la Sala, el círculo alrededor de la amnistía se va cerrando, pues el sistema interamericano de derechos humanos ya se pronunció con claridad al decir que la normativa es inválida. El año pasado, una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la masacre de El Mozote invalidó dicha ley y ordenó al Estado salvadoreño a cumplir 14 medidas de reparación a las víctimas en un plazo máximo de cinco años.
Antes, la instancia inmediatamente inferior, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), había recomendado reiteradas veces al Estado salvadoreño eliminar la ley para adecuar su marco legal a la Convenció Americana de Derechos Humanos. Sin embargo, los gobiernos de Francisco Flores y de Antonio Saca se rehusaron a atender dichas recomendaciones.
Con la sentencia de la Corte IDH, el Estado de El Salvador ha comenzado a hacer algunos movimientos para atender las disposiciones del organismo hemisférico: por primera vez la Fiscalía dice que los crímenes de lesa humanidad no prescriben y ya dispuso que se investigue la masacre de El Mozote con el fin de deducir responsabilidades y para estudiar la posibilidad de emprender acciones penales. Asimismo, la Corte Suprema de Justicia determinó proceder con las exhumaciones de las víctimas en esa zona del departamento de Morazán, también con el propósito de cumplir la sentencia.
La Ley de Amnistía que se aprobó en marzo de 1993 funcionó como una tapadera que evitó que se investigaran las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas a lo largo de los 12 años de la guerra civil, desde 1980 hasta 1992, concluyó la Corte IDH.
En 2000, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró que la Ley de Amnistía no violaba la Constitución, pero al mismo tiempo dio la potestad a los jueces para declarar su aplicabalidad o no, pues, según una interpretación judicial posible, las graves violaciones a derechos humanos no son amnistiables. Asimismo, la Sala determinó que un gobierno no puede autoamnistiarse y, dado que la ley fue avalada por el presidente Alfredo Cristiani, quien gobernó entre 1989 y 1994, los casos ocurridos en ese quinquenio quedaban fuera de la protección de la ley.
Arena prefiere no opinar
El 2 de junio de 2011, la derecha legislativa, encabezada por el partido Arena, coincidió con el presidente Mauricio Funes en una maniobra a dos manos para golpear a una Sala de lo Constitucional que, elegida en 2009, había comenzado a golpear con sus sentencias los intereses de los partidos políticos y de la presidencia de la República. Esa noche, con la oposición del partido de izquierdas FMLN, la Asamblea Legislativa emitió el decreto 743 y al siguiente día el presidente Funes lo había avalado y había mandado publicarlo en el Diario Oficial.
El decreto obligaría a la Sala a resolver inconstitucionalidades solamente mediante el voto unánime de sus cinco magistrados. Hasta entonces, las inconstitucionalidades más importantes habían contado solo con el apoyo de cuatro de los cinco magistrados, pues el magistrado usualmente desidente era el elegido en el año 2003. Los cuatro coincidentes habían sido los nombrados en 2009, y que durarán en sus cargos hasta 2018.
El 743 marcó el inicio de una lucha de la clase política contra los magistrados que aún no termina. Los diputados nunca han abandonado su retórica de la posibilidad de destituir a los magistrados, alegando que se exceden en sus atribuciones o que sus sentencias de inconstitucionalidad riñen con la Constitución misma.
En su momento, lo que los dirigentes y diputados de Arena argumentaron para emitir el 743 fue que se enteraron de que la Sala tenía en estudio la posible inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía. El entonces presidente arenero, Alfredo Cristiani, explicó que la decisión de apoyar las reformas a la Ley de Procedimientos Constitucionales la tomaron solamente él y otro miembro del Consejo Ejecutivo Nacional, Donato Vaquerano, quien es también jefe de la bancada legislativa. Según Cristiani, no consultaron la medida con otros miembros del Coena. Jorge Velado, vicepresidente de Ideología de Arena, dijo que sus votos estuvieron basados en rumores y en información falsa. "Es que la información que teníamos nos decía que los magistrados declararían inconstitucional la Ley de Amnistía, ahora ya tenemos claro que no es así", dijo Velado.
Y mientras Arena se alejó del ataque a la Sala, el FMLN, que no había votado por el decreto, se apropió de él y se convirtió en su máximo defensor.
El Faro contactó este viernes con dos dirigentes del partido Arena. El presidente arenero, Jorge Velado, no recibió las llamadas a su teléfono celular. Sin embargo, vía whatsapp dijo que se encontraba en una actividad partidaria en el interior del país, y por la misma vía indicó que no había leído ni la demanda ni la resolución de admisión, y que por lo tanto prefería abstenerse, por el momento, de emitir opinión.
Juan José Guerrero, director de asuntos jurídicos de Arena, dijo que él no podía fijar posición por el partido, pues el de la amnistía es un tema que debe consensuarse en la organización. Cuando El Faro le preguntó si seguía siendo válida la posición fijada por diputados y dirigentes areneros en 2011, cuando impulsaron el 743, respondió: "No puedo emitir opiniones sobre lo que diputados u otros dirigentes dijeron o hicieron en 2011".
Óscar Santamaría, director de asuntos internacionales del partido, coincidió con Guerrero en que no es posible extrapolar la posición de Arena de 2011 a la situación actual. Además, opinó que la Sala lo que podría determinar, a lo sumo, es lo que ya estableció la sentencia de 2000, cuando los magistrados de aquel momento dijeron que la ley sí es constitucional, pero que son los jueces los que deben determinar si es aplicable o no según cada caso que ventilen.
Hasta ahora la amnistía de 1993 ha sido defendida y utilizada por todos los partidos políticos. El partido Arena, que gobernó desde 1989 hasta 2009, ha dicho que la ley fue parte de los Acuerdos de Paz firmados en 1992 y que eliminarla sería provocar que el país se convulsione nuevamente. También el FMLN dijo, en el fragor de la campaña presidencial de 2009, que lo conveniente no era derogarla. En los últimos meses, sin embargo, ya montados en la campaña para 2014, el FMLN y su candidato presidencial Salvador Sánchez Cerén han dicho que al país le conviene la derogación de la Ley de Amnistía.
* Con reportes de Gabriel Labrador.
[Fuente: Sergio Arauz, El Faro, 20sep13]
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