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DERECHOS


10abr03


La resolución del tribunal de garantías constitucionales y los caminos que se abren.

Por Marco Arana Zegarra.


La Resolución del Tribunal de Garantías Constitucionales que ha declarado infundada la Acción de Amparo interpuesta por Minera Yanacocha contra la Ordenanza Municipal 012 del Consejo Provincial de Cajamarca, ha merecido las más diversas interpretaciones, desde aquellas de la empresa minera y su prensa áulica que celebran la supuesta "luz verde" dada a Yanacocha para explotar el Cerro Quilish, hasta aquellas otras extremas que ven en la resolución el sometimiento del Tribunal a los intereses de la empresa minera, en suma, el misterio del oroboro o la serpiente que une sus dientes a su cola: pro-mineros y anti-mineros juntándose por los extremos.

Lo cierto es que en la polémica planteada se olvidan cuestiones fundamentales:

La demandante no era la Municipalidad Provincial de Cajamarca sino Minera Yanacocha que había interpuesto acción de amparo contra la Ordenanza 012 de la Municipalidad. Es decir, y como veremos más adelante, la empresa minera se presentaba como la víctima a la que la Municipalidad supuestamente estaba afectando en sus derechos fundamentales (propiedad, trabajo e inversión). Lo que la resolución dice es que esa acción de amparo de Minera Yanacocha es infundada, en otras palabras: Minera Yanacocha no tiene razón, Minera Yanacocha no es una víctima de la acción municipal.

Si bien es cierto que en atención al estado de derecho del país, el pueblo de Cajamarca, representado y liderado por sus autoridades municipales de la anterior y actual gestión deben agotar todas las vías legales establecidas en el ordenamiento jurídico del país, la licencia social para explotar el Quilish no es lo mismo que una licencia legal. Es preciso recordar que lo legal no siempre es lo ético, no siempre es lo justo ni lo legítimo. Para que una norma legal sea legítima es preciso que satisfaga y cautele los justos intereses de las mayorías. Por lo que, la explotación del Quilish en realidad dependerá de la voluntad del pueblo y de sus autoridades legítimamente establecidas, las cuales, por todos los medios, han dicho que jamás concederán la licencia social para la explotación del Cerro Quilish.

La resolución del Tribunal declarando infundada la acción de amparo de Minera Yanacocha, si bien es cierto con argumentos intrincados que pueden prestarse a leguleyadas, es en realidad una oportunidad que tiene el pueblo de Cajamarca para buscar más vías de protección de sus acuíferos y para no cesar en su permanente movilización y labores de vigilancia ciudadana frente a la irresponsabilidad social de Minera Yanacocha. En este sentido, el pueblo de Cajamarca puede legítimamente ver en el fallo del Tribunal una sanción moral a la soberbia y avaricia de la empresa minera que no contenta con lo que ya tiene pretende además convertir en un sumidero de metales pesados el tajo abierto sobre la esponja hídrica que abastece de agua a miles de campesinos y pobladores de la ciudad de Cajamarca.

Por último, es preciso tener la mirada situada en el horizonte. Un notable filósofo francés solía decir que hay que ser pesimistas en el diagnóstico y optimistas en la realidad. A nivel del diagnóstico efectivamente podemos decir que la unión de nuestro pueblo es aún débil, que sus organizaciones de poder local son fácilmente sometibles al inmenso poder económico de Yanacocha, que la conciencia ambiental es aún incipiente, que la pobreza que se vive puede fácilmente presionar para canjear el futuro de nuestros hijos por las migajas del presente. Todo eso puede ser verdad. Pero a nivel de la acción, no nos cansemos en decir que lo que hace diez años era sólo un rumor es ahora una voz potente ("la mina no es ecológica, la mina contamina"), que nuestras autoridades locales que hace diez años agacharon la cerviz frente al poder minero un día se levantaron para promulgar una ordenanza proponiéndose la sagrada tarea de hacerla respetar, que hoy son muchos cientos y miles de cajamarquinos cuya necesidad y pobreza no se dejará corromper y someter. También esto es la pura verdad.

En lo que a mi opinión concierne, la resolución del Tribunal abre pistas de defensa ambiental más que las que cierra. Para ello es preciso mirar la realidad en toda su complejidad: en el corto plazo Minera Yanacocha tal vez puede celebrar que se haya reconocido su derecho a explorar el Cerro Quilish (labores que por lo demás sabemos están ya concluidas) y una indicación que señala que la Ordenanza podría efectivamente amenazar sus derechos. Pero en el mediano y largo plazo, el señalamiento de que las municipalidades no son ajenas a la protección ambiental de sus poblaciones, de que no basta que los estudios de impacto ambiental se restrinjan a los procedimientos ya establecidos sino que sean realmente independientes y que contemplen los derechos fundamentales de las personas a la vida y la salud, en realidad desenmascara la farsa de los EIAs y sus famosas audiencias públicas.

A partir de una correcta interpretación de la resolución será preciso que el pueblo y las autoridades asuman el desafío de ver que este instrumento jurídico, en realidad, abre una nueva etapa de lucha en el que las estrategias legales deberán seguir siendo fortalecidas y aparejadas por las estrategias de movilización ciudadana pacífica pero enérgica. Ello reclama autoridades transparentes, éticas. Ello reclama un pueblo digno, no mendigo de sus derechos, paciente, fuerte y lúcido para leer la realidad en toda su complejidad. Por ello, será preciso que nos alistemos para presentar, ahora sí nosotros, una denuncia contra Minera Yanacocha SRL por todos los daños cometidos contra nuestro ecosistema: contaminación de aguas de ríos y canales, mortandad de flora y fauna, afectación en la calidad de los suelos y de las pasturas de los campesinos que viven en zonas aledañas a las explotaciones mineras, restricciones en la calidad y cantidad de aguas a los agricultores y todas aquellas acciones documentadas de abuso e infracción de derechos que la empresa pudiera estar cometiendo contra nuestra población. Es preciso no dejar que el mundo, nuestro mundo, sea puesto por Yanacocha al revés.

Epílogo: Yanacocha y el mundo al revés.

Yanacocha compra tierras hacia 1992 y 1994 a precios miserables a cientos de familias campesinas en Huacataz, Combayo, Negritos (a 80 y 100 nuevos soles por hectárea) bajo la amenaza de que procederá a expropiaciones y promesas de trabajo y beneficios múltiples, los campesinos la denuncian, los campesinos pierden ("los contratos fueron legales"). Los campesinos apelan, la minera ofrece crear un fondo de crédito que "beneficie" a los campesinos que vendieron sus tierras. Los campesinos se quedaron sin tierras y encima ahora deben a Minera Yanacocha los préstamos que ella les da.

Yanacocha derrama 150 kgrs. de mercurio inorgánico en San Juan, Choropampa y Magdalena, afectando a más de un millar de campesinos, la mayoría de ellos niños, pero los que son sancionados por el poder judicial no son los funcionarios de Minera Yanacocha (Peter Orams y Marcos Valdez que indujeron a la población a recoger el mercurio con su manos) o el Dr. Terán que diagnosticó rubiola y avaló profesionalmente el confinamiento de la población en el horno de vapor de mercurio, sino que quien ha resultado sancionado por la autoridad judicial es el Alcalde de Choropampa, Lot Saavedra que ha sido sancionado a tres años de prisión suspendida por haber apoyado a su pueblo en los reclamos civiles frente a la contaminación a la que fueron sometidos.

En Choropampa, Minera Yanacocha produjo el mayor derrame de mercurio que se conozca en la historia mundial de los desastres ambientales por ese metal, pero la junta municipal de Choropampa y su comité pro-fiesta patronal auspiciados por Minera Yanacocha a los pocos días escriben: "Gracias a Dios Todopoderoso que Minera Yanacocha nos ha traido trabajo y ha cuidado nuestra salud".

Alguna prensa vinculada a Yanacocha, con motivo del desastre ambiental de Choropampa, ayuda a poner la realidad al revés. En un diario local se escribe "todo está bajo control".. líneas más abajo: "siguen llegando enfermos".

Hacia el año 2000, Yanacocha, por descarga de aguas, ocasiona la muerte de 12,000 truchas en los ríos Tinte y Rejo. La Dirección Regional del Ministerio de Pesquería establece que la causa de la mortandad masiva fue la presencia de arsénico. Minera Yanacocha publica en los periódicos locales que ha ocurrido un atentado contra la empresa, que están investigando quién contaminó los dos ríos. Los victimarios son las víctimas.

Yanacocha es la principal fuente de contaminación del valle de Cajamarca, pero ellos auspician la"policía ecológica" de dos conocidos colegios de la ciudad de Cajamarca, contrata los servicios de la ONG PRONATURALEZA para hacer educación ambiental (reciclar papel, biohuertos, juntar basura) y por si fuera poco conforma la Comisión Regional Ambiental - CAR de Cajamarca.

Minera Yanacocha presenta un Código de Conducta Minera en uno de cuyos puntos sostiene: "Se busca respetar las diversidades étnicas (culturas, costumbres, principios y valores de las sociedades con las que actuamos) fomentando el diálogo y la participación de los distintos grupos sociales en proyectos de desarrollo local", pero hay cartas de sus más altos funcionarios que sostienen que no existen campesinos en el Quilish o Huacataz, y más recientemente su abogado sostuvo en el Tribunal de Garantías Constitucionales que no existen comunidades en la zona del Quilish, y ciertamente, la empresa Minera Yanacocha jamás reconocerá que el Quilish es un Apu, lugar de culto sincrético cristiano andino.

Ante el Tribunal de Garantías Constitucionales, la empresa Minera Yanacocha SRL quiso presentarse como una víctima de la Ordenanza Municipal. Alguien de la más alta investidura jurídica en nuestro país tenía que decirle que su acción de amparo es infundada, que no tiene ha lugar.

Ahora a los cajamarquinos se nos reclama creatividad, dignidad, integridad, unidad, inteligencia, aspectos todos ellos que serán, sin duda, claves para colocar la realidad sobre sus pies.


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Este documento ha sido publicado el 06jun03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights