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01may04


Crimen en Ilave: ¿qué pudo y qué puede hacerse ahora?

Por Wilfredo Ardito Vega


Por 25 días los pobladores de El Collao protestaron de manera pacífica contra el alcalde, Cirilo Robles, acusándolo de diversas irregularidades. A pesar que todas las actividades, incluidos colegios y hospitales, se encontraban paralizadas, que la comunicación con Bolivia estaba interrumpida, y que en otras provincias de Puno se producían protestas similares, la respuesta de las autoridades nacionales fue nula. Sin

embargo, no se trata solamente de inacción: el propio sistema legal tiene una serie de debilidades que limitan su accionar.

En primer lugar, la legislación electoral, como el resto de las normas peruanas, es elaborada en castellano. Muchos habitantes de El Collao no tienen posibilidad de conocerla. No ha habido ningún intento hasta la fecha de traducir normas fundamentales como aquellas que regulan el funcionamiento de las municipalidades. Tampoco la legislación nacional es adecuadamente difundida por ningún organismo público.

El divorcio entre el Derecho y la sociedad se ahonda porque la legislación denominada nacional es en realidad elaborada en Lima, generalmente basándose en experiencias foráneas o la realidad urbana. Las normas electorales no toman en cuenta la problemática cotidiana del Perú, las relaciones que la población establece con sus autoridades, la cosmovisión andina o amazónica, las limitaciones geográficas. Se asume que la misma norma debe ser cumplida en Miraflores y en Huancané, aunque se trata de ámbitos culturales totalmente diferentes.

Por otro lado, una serie de entrampamientos legales hace muy difícil una salida para estos conflictos: el procedimiento de revocatoria regulado por los organismos electorales es sumamente lento y tortuoso. El Jurado Nacional de Elecciones ha establecido que para revocar a un alcalde es inútil el voto favorable de la mayoría de quienes participen en las elecciones revocatorias. Este número debe representar a la mayoría de los miembros del padrón electoral. De esta forma, basta el normal ausentismo para frustrar estos procesos.

Además, para solicitar una elección revocatoria los interesados deben venir a Lima a adquirir en la ONPE el llamado "kit electoral" (habría que preguntarse por qué se emplea un idioma de uso minoritario en el Perú), recoger las firmas y remitirlas al RENIEC para su verificación. Se trata de un procedimiento tan centralista que en Puno, donde existen cuestionamientos más fuertes hacia los alcaldes, casi no se ha podido

convocar a estas elecciones en ningún distrito o provincia. También se da el caso de que el propio alcalde cuestionado adquiere el "kit", a través de un testaferro, y logra bloquear la recolección de firmas en su contra.

En cuanto a la declaración de vacancia del alcalde, las causales establecidas por la legislación son tan difíciles de cumplir que, en la práctica, es imposible declararla contra su voluntad, salvo el caso de muerte o de condena en última instancia por un delito doloso. Los encargados de declarar la vacancia son los propios concejales, quienes en muchos casos se encuentran en connivencia con el alcalde. En otros, por

pertenecer a un grupo rival, pretenden manipular las causales para declarar la vacancia. El municipio de Chimbote lleva varios meses en un entrampamiento de esta naturaleza, que no se ha podido resolver.

La salida más rápida para una situación de fuerte tensión sería permitir la renuncia de la autoridad cuestionada. Sin embargo, los artículos 191 y 194 de la Constitución expresamente establecen que los cargos de alcalde y regidor son irrenunciables. Aunque, presionado por la turba o aconsejado por algún familiar, Robles hubiera presentado su renuncia, ésta hubiera sido inválida. De esta forma, la Constitución establece que uno debe seguir siendo Alcalde o regidor aún contra su voluntad y aún temiendo por su vida.

De esta forma, los cuatro regidores que estuvieron a punto de morir a manos de las turbas están obligados a sesionar con quien responsabilizan por el crimen, el Teniente Alcalde, Alberto Sandoval, quien va a ser proclamado como nuevo Alcalde. Resulta ingenuo sostener que está en manos del Ministerio Público y del Poder Judicial investigar y sancionar el homicidio: en Ilave, ninguna de estas instituciones tiene posibilidad de actuar sin que sus integrantes corran serio peligro.

La mejor solución para la crisis de Ilave no se encuentra en las normas estatales, que, en todo caso, según el Convenio 169 de la OIT, podrían adaptarse a la realidad de las poblaciones indígenas. En lugar de entregar la municipalidad al cuestionado Alberto Sandoval, sería mucho mejor establecer un gobierno transitorio y llamar a elecciones en un plazo prudente. La autoridad transitoria podría estar a cargo de un representante

del gobierno regional o inclusive de la Iglesia. Estas instancias podrían convocar a las autoridades comunales y a las instancias que no estuvieron involucradas en la masacre.

Desearíamos equivocarnos, pero todo da a entender que el empecinamiento en cumplir formalismos legales terminará generando mayor violencia.

[Fuente: Instituto de Defensa Legal, Ideele nº 46, Lima, Per, 01may04]

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