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07jun07


Tras un año y siete meses en Chile, Fujimori queda a un paso de ser extraditado a Perú


Luego de analizar los 12 tomos del caso desde marzo de 2006, la Fiscal de la Corte Suprema Mónica Maldonado recomendó extraditar al ex Presidente peruano.

El informe, que no es vinculante, es un antecedente fundamental para la resolución final que tome el juez Orlando Alvarez durante las próximas semanas.

La fiscal de la Corte Suprema Mónica Maldonado entregó el siete de junio de 2007 el informe por el cual recomienda extraditar a Perú al ex Presidente peruano Alberto Fujimori, quien en su país enfrenta 13 delitos por corrupción y violación a los derechos humanos, entre ellos el caso de las muertes ocurridas en las localidades de La Cantuta y en Barrios Altos, a manos de un grupo paramilitar denominado "Colina", dirigido por Vladimiro Montesinos.

Maldonado analizó los 12 tomos del expediente acusatorio y los argumentos de la defensa en estricta reserva desde marzo pasado, para decidir la legalidad de la extradición del ex Mandatario quien llegó sorpresivamente a Chile procedente de Japón el 6 de noviembre de 2005.

Aunque el informe no es vinculante, se estima que el juez del caso, Orlando Alvarez, seguirá los consejos de la fiscal del máximo tribunal. Sin embargo, la notificación oficial tardará aún un par de semanas debido a una prórroga de 10 días en la licencia médica que tiene el magistrado.

La fiscal entregó su informe al secretario de la Suprema, Carlos Meneses, quien le enviará una copia a Alvarez para que lo analice en su casa y así defina la sentencia.

La resolución final de Alvarez no sólo definirá si Fujimori responde por los crímenes que se le imputan, sino que además delimitará las causas que podrá investigar la justicia peruana, pues así lo establece el tratado de extradición binacional. De hecho, Fujimori viajó a Chile en un intento de acotar los cargos en su contra.

La defensa del ex Mandatario podría llegar a apelar el dictamen ante la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema, proclive a sancionar violaciones a los derechos humanos en casos internos, y que cuyo dictamen final es inapelable.

Si bien un proceso de extradición no es un procedimiento penal, la justicia peruana sólo podrá juzgar a Fujimori por los delitos que sean, según la justicia chilena, ajustados a derecho y la principio de doble incriminación.

Este hecho permitirá a la defensa del Fujimori de saber a que procedimientos deberá hacer frente en Perú y además eliminar la responsabilidad penal en otro procedimientos que a partir de la resolución de la justicia chilena quedarán exceptuados y ha sido, muy posiblemente, la especulación que llevó a Fujimori a usar Chile como lugar de aproximación a Perú.

Ante el temor de una inminente fuga del ex Mandatario y de la posibilidad de que solicite asilo a la embajada de Japón en Santiago, haciendo uso de su doble nacionalidad, el gobierno peruano solicitaró la detención del ex Presidente peruano, Alberto Fujimori, el juez Urbano Marín decretó su arresto domiciliario.

La resolución fue notificada al ex Jefe de Estado por el secretario de la Corte Suprema, Carlos Meneses.

En la resolución de Marín dice que si bien el informe de la fiscal Mónica Maldonado no es vinculante, constituye el antecedente significativo que hace conveniente la decisión del arresto domiciliario para que el tribunal resuelva sobre el proceso de extradición.

De acuerdo a fuentes judiciales, Carabineros se encargará de llevar a cabo la medida.

Por su parte, uno de los abogados de Fujimori, Francisco Velozo, sostuvo que evalúan apelar a la decisión de Marín, para lo cual tienen cinco días de plazo.

El ex Presidente llegó sorpresivamente a Chile la madrugada el 6 de noviembre de 2005 desde Japón, país en el que residió desde el año 2000 cuando fue destituido de la Presidencia y fue detenido al día siguiente.

Perú solicitó la extradición casi dos meses después, el 3 de enero del 2006, por diez casos de corrupción y dos delitos de violación a los derechos humanos.

Estos últimos se refieren a las matanzas de Barrios Altos, cometida en Lima en 1991, y de La Cantuta en 1992, ambas perpetradas por miembros de un comando paramilitar que, según los antecedentes aportados por la justicia peruana, obedecía directamente al entonces asesor de Fujimori, Vladimiro Montesinos y, mediante éste, al entonces Presidente.

Tras permanecer en detención preventiva por seis meses, la Corte Suprema concedió la libertad bajo fianza al ex mandatario el 18 de mayo de 2006, con una orden de arraigo que le impide abandonar el país.

[Fuente: La Tercera, Santiago de Chile, 07jun07]

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