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20dic08


Fallo del Tribunal Constitucional impide juzgar la masacre del penal El Frontón


El fallo del Tribunal Constitucional de Perú, que impide juzgar una matanza de 118 presos cometida en 1986, será llevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por abogados de familias de los muertos.

La acción correrá a cargo del no gubernamental Instituto de Defensa Legal (IDL), que patrocina a familiares de víctimas de la masacre perpetrada el 19 de junio de 1986 por efectivos de la marina de guerra en el penal de la isla El Frontón, cuando gobernaba el actual presidente Alan García (1985-1990).

El 11 de este mes el Tribunal Constitucional declaró infundado un recurso de inconstitucionalidad presentado contra una sentencia del Poder Judicial que había declarado prescripto ese crimen, cometido contra 118 reclusos de El Frontón, una isla del océano Pacífico situada frente al puerto del Callao, en el norte de la capital.

En una decisión dividida, por cuatro votos contra tres, el Tribunal rechazó pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de un fallo que acogió la acción de uno de los marinos enjuiciados, Teodorico Bernabé, quien alegó que el crimen del que se lo acusaba era un delito común y por tanto se había extinguido la posibilidad de juzgarlo al cumplirse 20 años de los hechos, en junio de 2006.

Además, el Tribunal declaró improcedente el recurso presentado por el IDL y consideró que no debió siquiera acogerlo, pues esa organización no gubernamental no era parte del proceso. En realidad, el abogado de la familia de Nolberto Durand Ugarte y de Gabriel Pablo Ugarte, dos de los muertos de El Frontón, es miembro del IDL.

En agosto de 2000, una sentencia de la Corte Interamericana sostuvo que el crimen era imprescriptible, señaló la responsabilidad del Estado peruano y le recomendó que investigara, procesara y sancionara a los responsables y reparara material y moralmente a las familias de las víctimas.

Entre enero y febrero de 2007, y en cumplimiento de ese fallo, la fiscalía acusó a 34 efectivos de la marina por la ejecución extrajudicial de 118 presos, miembros del grupo insurgente maoísta Sendero Luminoso, que días antes del 19 de junio de 1986 se habían amotinado y apoderado de la prisión de El Frontón.

Cuando se inició el proceso, Bernabé consiguió que un tribunal limeño aceptase un recurso de habeas corpus basado en que el delito había prescrito.

Entonces, el IDL recurrió al Tribunal Constitucional para evitar que se archivaran las actuaciones, argumentando que no se trataba de delitos comunes, sino de crímenes de lesa humanidad y por tanto imprescriptibles.

Ahora, todos los enjuiciados podrán acogerse a la resolución judicial que favoreció a Bernabé.

"La sentencia del Poder Judicial inconstitucionalmente declaró prescrito el caso, contradiciendo la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que señala que es responsabilidad del Estado investigar las graves violaciones a los derechos humanos", ", dijo a IPS el jurista Juan Carlos Ruiz, del IDL.

"Lo que se buscaba era que el Tribunal declarase nulo el fallo del Poder Judicial y ratificara que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles", agregó.

El abogado no descarta que los cuatro magistrados que votaron contra el recurso hayan sido susceptibles a presiones políticas. Dos de ellos son de reconocida filiación del gobernante Partido Aprista, Javier Mesía y Fernando Calle, mientras Ernesto Álvarez, cuya postura favorable a la imprescriptibilidad era conocida de antemano, cambió repentinamente su voto.

"Hay suficientes hechos que indican que los magistrados fueron presionados. El caso era muy sencillo desde el punto de vista jurídico. El Tribunal solo debía sentenciar en función del fallo de la Corte Interamericana, que declara imprescriptible la matanza de El Frontón", dijo Ruiz.

"Al no pronunciarse, (el Tribunal) ha convalidado la impunidad decretada en el caso de un marino. Ahora los otros inculpados van invocar el mismo derecho para liquidar el juicio", agregó.

Por eso el IDL recurrirá a la Corte Interamericana.

Para el ex magistrado del Tribunal Constitucional, Magdiel González, el fallo es un retroceso y colisiona con otros del colegiado.

"El Tribunal se ha pronunciado al menos en siete oportunidades en casos similares al de El Frontón y ha fallado por la no prescripción", dijo González a IPS.

"Los cuatro magistrados han violado la Constitución. Han cometido una infracción constitucional porque en un caso similar, sobre el derecho a la verdad, los siete miembros del Tribunal se pronunciaron por la no prescripción de este tipo de delitos de lesa humanidad", agregó.

"Si el ex presidente Alberto Fujimori (1990-2000) se encuentra enjuiciado en este momento, es porque el Tribunal resolvió que las matanzas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992) son imprescriptibles", agregó.

Para el constitucionalista Enrique Bernales, el Tribunal "se valió de un tecnicismo para evitar pronunciarse sobre el fondo del recurso presentado por el IDL". Así, "lo que ha hecho es consagrar la impunidad", dijo a IPS.

En el proceso a los 34 marinos, radicado en el Primer y Cuarto Juzgado Supraprovincial, figuran en calidad de testigos el presidente García, quien como jefe supremo de las Fuerzas Armadas ordenó por decreto sofocar militarmente el motín de El Frontón, y el primer vicepresidente Luis Giampietri, entonces oficial de las Fuerzas de Operaciones Especiales de la Marina, encargadas del operativo del 19 de junio de 1986.

La Comisión de la Verdad y Reconciliación, que investigó la guerra contrainsurgente (1980-2000) y entregó su informe final en 2003, recomendó que el Poder Judicial concluyera las investigaciones contra los autores del asesinato de presos de Sendero Luminoso.

En octubre de 2007, tres meses después de que el Poder Judicial aceptara la tesis de la prescripción, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhortó al Estado peruano a que reabriera el proceso, en un informe dirigido a la Corte Interamericana.

La CIDH señaló también que se debía reabrir la investigación sobre los presuntos autores intelectuales del crimen, García, Giampietri y el entonces ministro del Interior, Agustín Mantilla. En mayo de 2007, la fiscalía había archivado las investigaciones contra los tres, afirmando que no había pruebas suficientes de su responsabilidad en los hechos.

[Fuente: Por Ángel Páez, IPS, Lima, 20dic08]


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