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DERECHOS


28may03


El Estado de Emergencia, debilita la democracia y es escenario propicio para violaciones a los Derechos Humanos.


Ante el anuncio del Presidente Alejandro Toledo de decretar el estado de emergencia a nivel nacional por 30 días, y el encargo dado a las Fuerzas Armadas sobre el control de la seguridad interna del país, para cuyo propósito contribuirá la Policía Nacional del Perú. La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, como organismo que agrupa a 61 organismos no gubernamentales para la defensa, promoción y educación de los derechos humanos en todo el país considera que:

1) La decisión tomada por el Gobierno no refuerza el principio de autoridad, el mismo que se funda en la legitimidad nacida de la coherencia que debe haber entre lo dicho y hecho.

2) La presente coyuntura se ha generado por el abandono de amplios sectores de la población y la ausencia de políticas que garanticen una mas justa y efectiva redistribución de los recursos. Por ello debe implementarse una profunda reforma tributaria, una política equitativa de remuneraciones en el sector estatal y una adecuada renegociación de la deuda externa.

3) Si bien existe amparo legal para esta medida, de facto significa privilegiar la salida autoritaria sobre el diálogo. Consideramos que esta medida es un serio retroceso al proceso de transición democrática, y dentro de este al proceso de reforma de las Fuerzas Armadas. La entrega del control del orden interno a las Fuerzas Armadas en 12 regiones debe estar subordinado a las autoridades civiles.

4) El decreto de estado de emergencia es un recurso legal que se debe tomar en observancia del principio de razonabilidad, creemos que esto no ha ocurrido puesto que hay caminos de diálogo que debieron ser implementados.

5) Esta decisión restringe mas no anula los derechos constitucionales, contemplados en los incisos 9, 11, 12, y 24 apartado f, del artículo 2· de la Constitución Política del Perú, referidos a libertades constitucionales como la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y las libertades de reunión y de tránsito se crea un escenario propicio para la violación a los derechos humanos. Sin embargo recordamos que esta medida no afecta en modo alguno el derecho a la vida, a la integridad física, al debido proceso, por lo que esperamos que la actual situación no reproduzca las graves vulneraciones a los derechos humanos que se cometieron los Comandos Políticos Militares en el pasado reciente.

6) A los trabajadores que han adoptado la decisión de acatar las huelgas les recordamos que el ejercicio de este derecho se debe realizar sin vulnerar la integridad de las personas y la propiedad publica y privada.

7) El Ejecutivo debe convocar a una reunión de emergencia a los dirigentes del magisterio y de otros gremios para abrir el dialogo.

Por todo lo antes expresado consideramos de vital importancia que el Gobierno disponga el levantamiento inmediato de esta medida excesiva, se reinstituya el diálogo y se tomen decisiones encaminadas a atender los justos reclamos de los huelguistas de los diversos sectores. Mientras ello ocurra el estado de emergencia debe ser administrado respetando los derechos de los ciudadanos para evitar violaciones a los derechos humanos.

Finalmente manifestamos nuestro compromiso de mantenernos vigilantes frente a la actuación de las Fuerzas Armadas y Policiales para denunciar los excesos que pudieran cometer.

Lima, 28 de mayo de 2003
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

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Este documento ha sido publicado el 29may03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights