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DERECHOS


30nov05


La tortura es una práctica común en las corporaciones policíacas federales, estatales y municipales.


La tortura es una práctica común en las corporaciones policíacas federales, estatales y municipales, así lo aseguró hace pocos días la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) al emitir la recomendación general 10, sobre la práctica de la tortura la cual se ejecuta ''bajo las directrices o con la tolerancia de servidores públicos'' de acuerdo a las palabras del presidente de la CNDH.

Chiapas no es ajeno a esta recurrente violación de los derechos humanos, por el contrario, este Centro ha recibido en el transcurso de este año, un total de 14 denuncias por tortura en las que resultaron 67 presuntas víctimas. Un caso tipo de tortura es el sucedido el 8 de diciembre del 2002 a Ovidio Sánchez Gómez, entonces menor de edad, quien fue arbitrariamente detenido y torturado por Policías Municipales de Pantepec.

La privación arbitraria de la libertad fue ordenada por el Comandante de la Policía de Pantepec Orlando Camacho García y realizada por los elementos a su mando de nombres Genaro Vaquerizo Álvarez, Alfredo Chavarría Hernández, Samuel Álvarez, Orencio de La Cruz Hernández, Alfonso García Villareal, José Luis Vaquerizo Hernández y Genaro Hernández, quienes emplearon diversos métodos de tortura a Ovidio durante la detención arbitraria de que fue víctima, misma que se prolongó durante toda la noche.

Ovidio Sánchez quedó gravemente herido a consecuencia de la tortura infligida. Los Policías lo entregaron en la madrugada del 9 de diciembre en casa de sus familiares, quienes recibieron a Ovidio inconsciente, sangrado y visiblemente golpeado. Inmediatamente lo llevaron al Centro de Salud de Tapilula, sin embargo los médicos al ver la gravedad del caso lo trasladaron de urgencia al Hospital Regional de Pichucalco, y de igual manera ante su condición crítica lo remitieron al Hospital Regional A. Rovirosa en Villahermosa, Tabasco. Allí lo intervinieron quirúrgicamente pues su vida se encontraba en peligro al presentar una lesión hepática de segundo grado. Es decir que Ovidio estuvo a punto de morir por la tortura que recibió por parte de los Policías mencionados.

Ovidio presentó una denuncia penal y aunque aportó elementos suficientes para presumir tortura, no obstante, el Ministerio Público inició la averiguación previa por los delitos de lesiones y abuso de autoridad, desestimando el crimen de lesa humanidad que en realidad correspondía, es decir el de tortura. Esta es una práctica recurrente en los sistemas de procuración de justicia, por la cual se oculta la práctica de la tortura en México.

A la fecha están próximos a sentencia los dos, de siete, policías aprehendidos y procesados, de nombres Alfredo Chavarría Hernández y Orencio de La Cruz Hernández en las causas penal número 68/2003 y el progresivo 107/2003, el veredicto será dictado por la Jueza Carmen Beatriz Monzón Velasco, titular del Juzgado Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pichucalco, Chiapas.

Aunque en dicho proceso penal se estudió el caso de manera arbitraria por lesiones y no por tortura, este Centro considera que es de suma importancia que la titular del Juzgado Penal de Primera Instancia de Pichucalco, sancione de acuerdo a derecho y tal como lo exige la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. Dando ejemplo así, para que servidores públicos, -precisamente aquellos a quienes se confía la defensa y garantía del respeto a los Derechos Humanos y a la ley-, se abstengan de cometer violaciones que ponen en peligro la vida e integridad de ciudadanos y ciudadanas ya que al ofender su dignidad humana convierten también a la sociedad en una de sus víctimas.

Por lo anterior expuesto el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas solicita el envío de acciones urgentes pidiendo:

Al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y a la Juez del Juzgado Penal de Primera Instancia de Pichucalco, que tomen en consideración los tratados internacionales asumidos por el Estado Mexicano, para que en lo posible se subsanen las deficiencias del Ministerio Público al desestimar la tortura y evitar así, que se continué practicando este crimen de lesa humanidad, que en el caso de Ovidio, conllevó violaciones a los derechos a la libertad personal y a la integridad física y puso en riesgo el derecho a la vida, derechos protegidos, entre otros tratados, por la Convención Americana de Derechos Humanos, a la que el Estado mexicano se comprometió a respetar.

A la Fiscalía General del Estado, ejecutar las órdenes de aprehensión giradas a los Policías Municipales de Pantepec ya que esta omisión niega a Ovidio Sánchez y sus familiares el acceso a la justicia, dado que la mayoría de los presuntos responsables aún no han sido aprehendidos ni procesados continuando en la impunidad este caso de tortura.

Así mismo capacitar debidamente a los policías y Ministerios Públicos para la correcta aplicación de los diferentes tratados, convenios y protocolos internacionales para evitar que se siga practicando la tortura y que no se clasifique esta violación a los derechos humanos como un delito común, que se convierte en un delito de lesa humanidad cuando su práctica es sistemática.

[Fuente: Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, 30nov05.]

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