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14sep01


Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a despidos de profesoras de religión de centros públicos y necesidad de modificación del Convenio de 26 de febrero de 1999 entre el Estado español y la Conferencia Episcopal


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.

(161) Proposición no de Ley en Comisión.

AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.

Proposición no de Ley relativa a despidos de profesoras de religión de centros públicos y necesidad de modificación del Convenio de 26 de febrero de 1999 entre el Estado español y la Conferencia Episcopal.

Acuerdo:

Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2001.--P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Francisco Rodríguez Sánchez (BNG), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a despidos de profesoras de religión de centros públicos y necesidad de modificación del Convenio de 26 de febrero de 1999 entre el Estado español y la Conferencia Episcopal, para su debate en la Comisión de Educación y Cultura.

Exposición de motivos

Amparándose en el «Convenio sobre el régimen económico-laboral de las personas que están encargadas de la enseñanza de la religión católica en los centros públicos», de 26 de febrero de 1999, y en el artículo III del «Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre la enseñanza y asuntos culturales», del 3 de enero de 1979, varios Obispados despidieron unilateralmente a profesoras de religión sin dar ninguna explicación oral o escrita a las afectadas, a no ser después de producirse un cierto escándalo público. En todos los casos, los argumentos contradecían derechos constitucionales básicos y nunca se basaban en la capacidad para el desempeño de la función docente en esta materia ni en el incumplimiento de los deberes laborales. Esta situación se produce por el hecho de que mientras son las Administraciones educativas competentes as que emplean y pagan a estos docentes de religión católica, son los Obispados los que los proponen y pueden conseguir que no se renueve su contrato. Estos profesores forman parte, a todos los efectos, del claustro de profesores de los respectivos centros, por lo que están sometidos a su régimen disciplinario.

La Ministra de Educación dijo estar sensibilizada por lo ocurrido y expresó su intención de que los Obispos reconsideren su actuación, a la vez que hizo «una llamada a la reflexión». El Bloque Nacionalista Galego considera que esta reflexión debe conllevar una serie de actuaciones y gestiones por parte del Gobierno para que estos abusos no puedan contar con cobertura legal.

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a

1. Hacer urgentemente las gestiones oportunas ante la Conferencia Episcopal para que los Obispados respectivos reconsideren estos despidos, sin justificación laboral alguna, de las profesoras de religión católica de centros públicos.

2. Solicitar una reunión de la Comisión Paritaria establecida en la cláusula séptima del Convenio de 1999 para estudiar esta problemática y buscar una solución razonable a corto plazo.

3. Revisar el "Convenio sobre el régimen económico- laboral de las personas que, no perteneciendo a los Cuerpos de Funcionarios Docentes, están encargados de la enseñanza de la religión católica en los centros públicos de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Secundaria", de fecha 26 de febrero de 1999, de forma que se adapte al hecho de que el régimen disciplinario al que están sometidos estos profesores es el del resto de los docentes, y a la responsabilidad de la Administración Educativa competente como empleadora y pagadora de los mismos, para que no se puedan producir actuaciones unilaterales y contra derechos constitucionales por parte de la Conferencia Episcopal y/o los ordinarios diocesanos.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de septiembre de 2001.- Francisco Rodríguez Sánchez, Diputado. - Joan Puigcercós i Boixassa, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Fuente: BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 230, de 14 de septiembre de 2001. (Número de expediente 162/000370.)

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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Este documento ha sido publicado el 22mar02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights