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DERECHOS


12feb02


Debate acerca de las Proposiciones no de Ley presentadas por IU y el Grupo Mixto, en relación con la renegociación de los acuerdos jurídicos entre el Estado español y la Iglesia católica, y con el despido de profesores de religión, respectivamente.


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA, SOBRE LA RENEGOCIACIÓN DE LOS ACUERDOS JURÍDICOS ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL Y LA IGLESIA CATÓLICA ESPAÑOLA, ASÍ COMO CON EL ESTADO VATICANO. (Número de expediente 162/000412.)

- DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO (SEÑOR RODRÍGUEZ), RELATIVA AL DESPIDO DE PROFESORES DE RELIGIÓN DE CENTROS PÚBLICOS Y NECESIDAD DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE 26 DE FEBRERO DE 1999 ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL Y LA CONFERENCIA EPISCOPAL. (Número de expediente 162/000370.)

La señora PRESIDENTA: Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida sobre la renegociación de los acuerdos jurídicos entre el Estado Español y la Iglesia Católica Española, así como con el Estado Vaticano, que se debatirá conjuntamente con la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Mixto, señor Rodríguez, relativa a despidos de profesores de religión de centros públicos y necesidad de modificación del Convenio de 26 de febrero de 1999 entre el Estado Español y la Conferencia Episcopal. Para la presentación de la defensa de la iniciativa del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Centella. (Rumores.) Señorías, ruego guarden silencio y ocupen sus escaños o abandonen el hemiciclo. (Pausa.)

El señor CENTELLA GÓMEZ: Gracias, señora presidenta.

Señorías, entramos a debatir en este momento una proposición no de ley que entendemos viene forzada por el hecho de que en los pasados meses hemos asistidos con cierta perplejidad a una serie de escándalos públicos... (Continúan los rumores.)

La señora PRESIDENTA: Un momento, señor Centella, por favor. (Pausa.) Adelante.

El señor CENTELLA GÓMEZ: Como decía, señora presidenta, en los pasados meses hemos asistido a una serie de escándalos en relación con los cuales, por decirlo de una forma suave, la postura de la jerarquía de la Iglesia católica ha sido poco edificante, de poca colaboración con la justicia e incluso ha sido de poco respeto hacia el ordenamiento constitucional. La jerarquía de la iglesia católica española -que no debe ser confundida con el conjunto de los católicos españoles, que me consta han sufrido en algunos casos cierta vergüenza por el comportamiento de la misma- entendemos que ha realizado unas interpretaciones demasiado sui géneris, demasiado extensivas y un tanto ajenas al propio sentido común y mucho más al rigor jurídico. En un Estado laico y democrático del siglo XXI no se puede mantener como se ha mantenido que existan islas o reductos en donde la Constitución no entre y que haya dos categorías de españoles y españolas, los que se rigen por la Constitución y aquellos a los que no se les puede aplicar la misma en virtud de una serie de convenios internacionales. Creemos que la tesis de la jerarquía de la Iglesia católica es completamente errónea, por no decir algo mucho más duro. Las relaciones existentes entre la Iglesia católica y el Estado español se rigen por acuerdos internacionales que no pueden estar al margen de la Constitución española de 1978, como tampoco pueden ser ajenas al ordenamiento jurídico que emana de esa Constitución democrática y no se pueden amparar en esa teoría jurídica de islas anticonstitucionales o aconstitucionales para ocultar o salvar intereses que no son generales, que son los que defiende la Constitución. Un caso bien conocido, el cual es bueno repetir desde esta tribuna, es el del despido de los profesores y profesoras de religión, personas pagadas con fondos públicos, que están integradas en colegios públicos o concertados y a las que, con motivo de una clara confrontación de los derechos y libertades consagradas en esta Constitución, se les ha impedido seguir dando clases, habiéndolas despedidos o no habiéndolas renovado sus contratos, sin que se les haya podido aplicar la legislación vigente para todos los españoles. Un caso concreto es el de la profesora de religión de Monda, que por cierto fue despedida por su vinculación con Izquierda Unida, y en el juicio tuvo que especificar la Fiscalía que estando de acuerdo en que no se le podía haber tratado de esa manera, sin embargo, no se le podía aplicar la legislación general que se aplica a todos los españoles y a todas las españolas en virtud del convenio entre la Iglesia y el Estado. Es imposible permanecer impasible cuando se oyen estas afirmaciones por parte de la Fiscalía sin removerse y sin comprender que algo falla y que hay que actuar. Algo falla porque repito que no se puede mantener que haya españoles o españolas a las que no se les pueda aplicar la legislación general, en virtud de convenios que a nuestro entender están en clara contradicción con la propia Constitución. Creemos que hay que tomar medidas al menos para evitar que aquellos que tanto presumen de patriotismo constitucional no tengan que sentir vergüenza de ver como se intenta burlar la Constitución por quienes deberían ser los primeros en cumplirla. De la misma manera, que por parte de las subvenciones que recibe la Iglesia católica, que hay que recordar que constituyen la mayor parte de los recursos de la misma, haya sido aplicada a operaciones de especulación financiera o a operaciones de dudosa legalidad pone de relieve que en este sentido hay algo que tampoco funciona.

Por si todo lo anterior fuese poco, hay notables dirigentes y jerarcas de la Iglesia católica que han faltado a la verdad en una Comisión de investigación del Parlamento o que se han negado a colaborar con la actuación investigadora de los tribunales españoles, concretamente en lo relacionado con el caso Gescartera. Han tratado de burlar esta colaboración amparándose en que no se les puede aplicar la transparencia financiera, a la que están obligados todos los españoles, en función de las citadas relaciones entre la Iglesia y el Estado que les permitían tener oculta parte de sus finanzas. Lo más grave de todos estos casos aquí expuestos, que, repito, han sido motivo de escándalo incluso para gran parte de los católicos, no es esto, porque estaríamos ante una asociación privada con fines religiosos, una asociación que no corresponde al estado y que podría tener la tentación de intentar ocultarse, de intentar buscar trampas o triquiñuelas para mantenerse al margen de la Constitución, sino que lo más grave para nosotros es que el gobierno de la nación, en particular el ministro de Justicia, no hayan actuado, que haya permanecido sin hacer nada. Señorías, una cosa es reconocer las características de la sociedad española, una cosa es ayudar al mantenimiento del patrimonio de la Iglesia -por cierto, algún día podríamos hablar del uso de ese patrimonio, aunque no es hoy el caso- y otra muy diferente es intentar burlar la actuación de la justicia buscando refugios financieros que pueden ser más opacos incluso que el más oculto de los paraísos fiscales. Lo que se trata de dilucidar es que debe quedar bien claro que no hay ningún reducto del territorio español, que no hay ningún reducto de la población española al que no se le pueda aplicar la Constitución que nos compete a todos los españoles y las españolas.

Es importante que se recuerde que España es un Estado de derecho. Yo no le voy a dar ahora aquí clases sobre la Constitución al Partido Popular, enfundado en su patriotismo constitucional recién estrenado, pero le quisiera decir que defender la Constitución y el Estado de derecho en estos momentos significa que no haya ninguna confesión que tenga carácter estatal, que los derechos y libertades que se reconocen en la Carta Magna son piedra angular de la misma y que por tanto ningún tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución puede ser ratificado sin previa reforma de ésta o bien sin previa modificación del tratado. Es obligatorio para todos sin excepción cooperar con las actuaciones de los tribunales. Este recordatorio de a lo que nos obliga nuestra norma fundamental es una de las garantías que precisamente hace de la Constitución española de 1978 una Constitución democrática y que es obligatoria para todos, incluso también la Iglesia católica. Pues bien, tanto el Gobierno de la nación como el fiscal general del Estado se han negado a cumplir en este caso con sus obligaciones, se han negado a cumplir con la obligación de defender la Constitución, que debe ser la primera obligación del Gobierno, de la Fiscalía y también de todos los que estamos en esta Cámara y que hemos prometido o jurado defenderla. Por tanto, porque consideramos que hay dejación de los deberes de defensa de la Constitución es por lo que hemos planteado este debate y por lo que pretendemos que hoy aquí se apruebe una iniciativa que sirva, en primer lugar, para dar respaldo a todos los españoles y a todas las españolas, a los cuales les venimos explicando que somos iguales ante la ley, que somos iguales ante la Constitución y que es precisamente la Constitución la que nos garantiza esta igualdad y la que nos garantiza estos derechos. Si hoy salimos de aquí con una votación en la cual el Partido popular sigue mirando hacia otro lado, sigue defendiendo en la práctica o por omisión que existen zonas del Estado español donde la Constitución no pueden entrar, le habremos hecho un flaco favor a esa Constitución, repito, de la que ustedes son tan patriotas.

Nuestra iniciativa, en la que ya adelanto que vamos a transacionar una enmienda planteada por el Grupo Socialista, con algunas matizaciones a las que ahora me referiré, porque coincide con nosotros en lo que queremos aquí plantear, que no es ni más ni menos que se aplique la ley, pero sobre todo que no haya ninguna ley ni ningún convenio contrario a la Constitución, nuestra iniciativa, repito, propone que se adopten las iniciativas pertinentes para asegurar que en las relaciones Iglesia-Estado sean plenamente respetados los principios y valores constitucionales que rigen nuestro ordenamiento jurídico, de garantías al carácter laico y aconfesional del Estado español, como no puede ser de otra manera. En este mismo sentido planteamos que el Congreso de los diputados inste al gobierno de la nación a interesar del ministerio fiscal, a través de la Fiscalía del estado, la defensa del interés público tutelado por la ley conforme a la Constitución en cuantas actuaciones procesales pueda encontrarse en cuestión y el deber de sujeción de la Iglesia católica, de las asociaciones vinculadas a la misma y de sus actividades al ordenamiento constitucional. En definitiva, este es el elemento básico de esta iniciativa. También habría que resarcir los errores y las injusticias cometidas y habría que devolver la posibilidad de que se acogiesen al derecho laboral normal de todos los españoles aquellos profesores y profesoras que injustamente han sido separados de su puesto de trabajo y a los que se les ha privado del derecho a defenderse, como lo han podido hacer otros miles de trabajadores en este país. No es normal que haya trabajadores españoles a los cuales no se les pueda aplicar la legislación porque hay un tratado o porque haya un convenio que así lo diga. Eso no es justo, pero además no es constitucional; por eso hoy aquí el Partido Popular tiene una doble responsabilidad, tiene que asumir esa defensa de la Constitución, tiene que asumir esa defensa del ordenamiento constitucional y, en segundo lugar, tiene que asumir y tiene que defender que todos los españoles y todas las españolas son iguales ante la ley. Si no lo hace, si el Partido Popular prefiere seguir dando la callada por respuesta y dejando pasar las circunstancias, si prefiere mantener la situación que no solamente es injusta, sino que además es inconstitucional, habrá quedado claramente retratado y habrá quedado claramente situado no solamente frente a la injusticia, sino también frente a la Constitución y habrá quedado situado en el mantenimiento de unas situaciones que en ningún caso son las que en el siglo XXI debería haber. Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Centella. Para la defensa de la iniciativa del Grupo Parlamentario Mixto, señor Rodríguez.

El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señora presidenta.

Con motivo de la no renovación de los contratos a lo s profesores y a las profesoras de religión en septiembre del año 2001 en las provincias de Almería y Málaga, algún destacado dirigente del Partido Popular dijo que la Iglesia católica se equivocaba al despedir - ahora sí empleo la palabra real- a los profesores de religión, porque no se podía concebir que por casarse por lo civil, no ir a ir a misa o tomar copas con los amigos se pudiesen producir consecuencias laborales de tal categoría. Una cosa -reconocía el propio dirigente del Partido Popular- son los títulos jurídicos y otra muy distinta es la prudencia y sensibilidad que deben estar acordes con la sociedad en la que vivimos a la hora de tomar decisiones. También por los mismos días el señor Chamizo decía que lo más terrible es que legalmente no se puede hacer nada.

Nuestra proposición no de ley tiene una primera parte que va orientada a promover e impulsar la prudencia y la sensibilidad social apropiadas a la hora de tomar decisiones por parte de las autoridades y fundamentalmente en lo que es decisión definitiva e inapelable -o así debía de serlo-- de la Administración pública. En este caso nos queremos mover en el terreno de la buena voluntad, que no fue precisamente notoria en el caso de la Iglesia católica ni tampoco -y es la más responsable- en el caso de la Administración pública y, en particular, del Gobierno.

Con la primera parte de la proposición no de ley queremos orientarnos a solucionar problemas concretos, ya surgidos y sancionados de determinada manera, pero que no tuvieron la solución apropiada. Por eso pedimos que se consideren los despidos sin justificación laboral de ningún tipo. Es más, la autoridad episcopal ni siquiera se preocupó de retirar la declaración eclesiástica de idoneidad, que en todo caso sería la gran piedra de toque para discutir de alguna manera la licitud o legitimidad de estos despidos laborales.

Por otra parte, pedimos que exista una junta de la comisión paritaria, conforme a la cláusula séptima del Convenio de 1999, para estudiar y buscar soluciones razonables a corto plazo. No va a analizar un asunto jurídico de índole competenciaˇ, que es con lo que quiere pretextar el Gobierno que no haya esa reunión, no; solamente queremos que se aplique lo que el propio convenio reconoce. La cláusula séptima dice: En aplicación y seguimiento del presente convenio, se constituirá una comisión paritaria integrada por representantes de los ministerios de Justicia, Educación y Cultura y de la Conferencia Episcopal, que se reunirá al menos una vez al año con carácter ordinario y siempre que solicite alguna de las partes. Es una interpretación totalmente sesgada por parte del Gobierno decir que estas reuniones solamente tienen que ocurrir en relación con temas de carácter económico y no en relación con temas de carácter competenciaˇ, de interpretación o de carácter laboral. Por tanto, esta no deja de ser una interpretación restrictiva e inadecuada de la problemática que estamos tratando.

Hay que cambiar la legalidad, y esta es la segunda parte de nuestra proposición no de ley, perfectamente pautada y controlada para intentar solucionar un caso, incluso dentro de lo que sería esperaba por parte del partido del Gobierno. Como ustedes recordarán, el Convenio sobre el régimen económico laboral de las personas que no pertenecen a los cuerpos de funcionarios docentes que imparten este tipo de enseñanzas, del 26 de febrero de 1999, establece en su cláusula cuarta que serán personas con la titulación académica requerida y con la declaración eclesiástica de idoneidad. No establece otro tipo de criterios. Para todo lo demás remite al artículo 3 del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre enseñanzas y asuntos culturales. Pero el Gobierno, señorías, reconoce en todas las respuestas por escrito, como no podía ser menos, que los profesores de religión son empleados por la Administración del Estado, que están sometidos al régimen disciplinario común al personal docente, que pertenecen a los claustros de profesores de los colegios e institutos públicos, que son contratados, que reciben el salario mensual por parte de la Administración y que en todo caso la Administración nunca despediría a estos profesores a no ser por infracción grave del régimen disciplinario común a todo el personal docente. Si uno va al artículo tercero de ese acuerdo que fundamenta en gran parte el convenio, no dice que los obispos designen o nombren a estos profesores, sino que el ordinario diocesano propone -pero no dispone- y se dice que es la Administración pública la que designa; por tanto no hay más que una competencia que queda en manos de los obispos, y es comunicar en todo caso cuántas personas tienen la competencia académica y la declaración de idoneidad. Sin embargo, la Iglesia católica tiene capacidad de despido, porque provoca los despidos, es el elemento causaˇ, aunque no sea la que designa ni la que realiza la ruptura real y formal de este tipo de contrato. No emite nunca juicios suficientemente fundamentados para sus decisiones ni tampoco se ha expresado nunca de forma oral o escrita en relación con esos casos, que sería lo menos que se ~a pedir.

Señorías, la singular relación jurídica -en palabras del Gobierno- de estos profesores con la jerarquía eclesiástica y una nada singular relación con las administraciones públicas no puede consistir en que no se den las garantías propias de un Estado de derecho conforme a la Constitución española. Por cierto, pensamos que es muy importante que el Estado como parte con tratante, aplique e imponga a todo el mundo condiciones de carácter homólogo. Pensamos que cualquier despido debía estar debidamente justificado y en todo caso debidamente admitido de forma expresa por la Administración pública.

Por otra parte, nosotros pensamos que la filosofía de la Constitución española no es la mejor para clarificar estos temas. Ciertamente, la Constitución española no es la propia de un Estado laico, es la propia de un Estado aconfesional, pero hay en ella suficientes valores y suficientes matices para que no se produzcan los casos que se han producido y que sin duda se van a seguir produciendo si no se toman cartas en el asunto. La Constitución española sí es taxativa en dejar claro que toda la ciudadanía y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, señorías, para que haya legalidad, seguridad y no arbitrariedad. Y la Iglesia católica con sus posiciones, con el amparo del Gobierno que es el principal responsable, está actuando como un poder unilateral, como un poder omnímodo, como un poder en definitiva confesional, y además con consecuencias prácticas para el erario público y para lo que son amparos, posiciones y posturas de la Administración del Estado. La Constitución deja claro también que no se puede inmiscuir uno en la intimidad de las personas y que ninguna confesión tiene carácter estatal, que hay distintas confesiones que tienen el derecho a impartir disciplinas religiosas en la enseñanza, y en todo caso que la cooperación con la Iglesia católica será igual que con las demás confesiones.

Señorías, nosotros pensamos que la Constitución española es la que garantiza el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones, pero esto no quiere decir que las convicciones, la imposición de la doctrina, y sobre todo la capacidad de quién tiene que impartir la docencia de la religión católica, quede exclusivamente en manos de la Iglesia católica. Hay que someterla a todo el resto de requisitos para que esté de acuerdo con una Constitución que vuelvo a repetir no es laica porque si fuera laica este problema ya no lo habría porque no habría clases de religión, sino una Constitución de carácter aconfesional. Todos tenemos que someternos al control de nuestras acciones por parte de lo que son las reglas del Estado de derecho.

Acabo diciendo, señorías, que nuestra proposición no de ley tiene un carácter más restrictivo, más puntual que la de Izquierda Unida, y por tanto a nosotros nos parece que en este momento, para que cada vez haya más sectores de la Cámara que tengan por lo menos este mínimo común denominador, debemos aceptar la enmienda que nos presentó el Grupo Catalán (Convergencia i Unió), porque de esta forma vamos a dejar claro que la totalidad de la Cámara, excepto el Partido Popular, ahoga porque se reconsideren estas cuestiones en función de que estos profesores son como el resto de los profesores y hay que someterlos a la misma disciplina. Las decisiones de un obispo no deben tener carácter preponderante. Es necesario que todo el mundo se tenga que explicar formalmente, por escrito, justificar sus posiciones y que la última palabra la tenga la Administración educativa.

Por otra parte, como estamos de acuerdo en que hay muchísimo que aclarar sobre las Fuerzas Armadas, los oficiales castrenses y la intromisión de la Iglesia católica o la connivencia, impropia desde mi punto de vista de una religión en el caso del mundo militar, como todo esto hay que aclararlo, por supuesto, por supuesto, el Bloque Nacionalista Galego va a votar favorablemente la proposición no de ley de Izquierda Unida, al tiempo que como dije antes quiere que cada vez más grupo de la Cámara nos unamos en este mínimo común denominador de poner orden constitucional en el desorden actual.

Nada más y muchas gracias.


Fuente: Cortes Generales, Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, Pleno y Diputación Permanente - Año 2002, VII Legislatura, Núm 137 - Sesión Plenaria núm. 131 celebrada el martes, 12 de febrero de 2002.

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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Este documento ha sido publicado el 22mar02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights