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24nov95
Criterios de la Conferencia Episcopal Española para la selección y permanencia de profesores de religión.
CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA
COMISIÓN EPISCOPAL DE ENSEÑANZA Y CATEQUESISCRITERIOS PARA LA SELECION Y PERMANENCIA DE PROFESORES DE RELIGIÓN
Ante las dificultades que surgen para la selección y permanencia de los profesores de Religión y Moral Católica, tanto en Educación Primaria como en Secundaria, es necesario establecer unos criterios generales que eviten agravios comparativos y que faciliten la elección de los profesores más idóneos, no sólo como profesionales de la enseñanza sino como evangelizadores enviados por el obispo en nombre de la Iglesia.
A estos se unen los problemas de índole laboral y social que aparecen como consecuencia de las expectativas económicas creadas por el desarrollo del Convenio económico que equipara a los profesores de Primaria con los interinos. Lo que antes era una acción casi gratuita se ha convenido en un puesto de trabajo.
A propuesta de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis la Asamblea Plenaria refrenda y recomienda estos criterios:
Criterios para la selección y permanencia de profesores de Religión:
1. Requisitos previos indispensables
- Ser católico practicante.
- Estar en posesión de la Declaración Eclesiástica de Idoneidad, según los estudios correspondientes a las diversas etapas educativas en conformidad con los Requisitos básicos. (EGB, BUP/FP o Educación Infantil, Primaria y Secundaria) (Titulaciones eclesiásticas y civil).
2. Formación permanente v actualización
- Relación activa con la Delegación diocesana y colaboración en las orientaciones que dimanan del Episcopado.
- Asistencia a las reuniones de profesores de Religión convocadas por la Delegación Diocesana.
- Cursos de actualización teológica y pedagógica (por horas realizadas).
- Participación en grupos o seminarios del CEP.
3. Compromiso eclesial
- Participación activa en la pastoral eclesial, parroquial o diocesana.
- Inserción en movimientos de profesores cristianos.
4. Otros criterios circunstanciales (para casos de igualdad de condiciones)
- Antigüedad.
- Cercanía al Centro.
- Precariedad económica.
- Necesidades familiares.
Medios de verificación
- Curriculum vitae del interesado y documentación.
- Entrevista personal para conocer las motivaciones y actitudes pedagógicas del profesor.
- Establecimiento de un baremo, según las circunstancias de cada Diócesis, para objetivar los datos referentes a los apartados 1, 2 y 3 por separado, y fijando el porcentaje de cada apartado (por ejemplo 30%, 30%. 40%).
- Informes del párroco y otros superiores o entidades en orden a los apartados 2 y 3
- Cuando se trata de elegir para permanecer en el Centro: Añadir a los criterios anteriores una evaluación de su integración en el mismo (grado de aceptación por parte de los alumnos y de los demás profesores).ESTOS CRITERIOS FUERON REFRENDADOS Y RECOMENDADOS POR LA ASAMBLEA PLENARIA DEL EPISCOPADO DE NOVIEMBRE DE 1995.
Madrid, 24 de Noviembre de 1995
Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España
Este documento ha sido publicado el 27mar02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights