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DERECHOS


19mar02


La Secretaria General de la Provincia Eclesiástica de Madrid propone que los Acuerdos sobre Enseñanza entre la Santa Sede y España sean la base del sistema de educación pública español.


La secretaria general de la Provincia Eclesiástica de Madrid considera que el Documento de Bases para una Ley de Calidad no tiene en cuenta los principios básicos para hacer efectiva la libertad de enseñanza.

Madrid, Infomadrid, 19-03-2002.- La Secretaria General de la Provincia Eclesiástica de Madrid, y miembro del Consejo Escolar del Estado, doña María Rosa de la Cierva y de Hoces, ha hecho pública una nota en respuesta a la publicación del Documento de Bases para una Ley de Calidad de la Educación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. El texto íntegro de la nota es el siguiente:

El documento de bases para una ley de calidad de la educación y la educación religiosa y moral

En este documento de bases, que sin duda responde a un deseo de "mejorar la calidad de la educación", podemos ver algunos aspectos positivos como son:

- Reconocimiento de la educación como derecho básico, como "artículo de primera necesidad".
- Insistencia en la cultura del esfuerzo, de la evaluación como básicas para el logro de una educación de calidad.
- respuesta a los retos de nuestro tiempo: sociedad del conocimiento, de las nuevas tecnologías, de la comunicación.
- Dignificación de la función docente y de la función directiva.
- Itinerarios en la Secundaria Obligatoria flexibles entre 3º y 4º curso como apuesta estructurada sobre la diversidad. Itinerarios con visión integradora.
- Supresión de la promoción automática
- Prueba general de Bachillerato. Titulación única de carácter polivalente
- "pasarela" entre la F.P ciclo medio y ciclo superior
- Atención a la integración.
- Fortalecimiento de las enseñanzas de idiomas.

El dato más positivo: es un documento abierto susceptible de las mejoras necesarias y que, por tanto, el MECD espera y pide sugerencias y propuestas.

Preocupaciones

Éstas son necesarias. Porque junto a esos aspectos favorables hemos podido comprobar algunos silencios clamorosos, hablamos del más absoluto silencio de cuanto pueda referirse la formación religiosa y moral de los alumnos.

El Preámbulo de esta nueva Ley Orgánica necesita un marco jurídico sólido donde cimentarse: La Constitución Española, y los Acuerdos entre la Santa Sede y el Estado Español sobre Enseñanza y Asuntos Culturales son DOS PILARES imprescindibles. Se tiende hacia la sociedad del conocimiento, y por eso, se fija en un "hombre y una mujer de conocimiento". Importante, sin duda, pero nos falta la base. No hay un enfoque que considere al hombre en su totalidad y esto es muy grave. La antropología subyacente es del todo insuficiente.

Se afirma, sí, que la educación es un "derecho fundamental de todos los ciudadanos" pero parece olvidar que la "educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana ... " tal como aparece en la misma Constitución Española en su artículo 27,2.

Entre los "principios de calidad" se habla de la estructura del Sistema Educativo, de la función docente, de la evaluación, de los centros, de las competencias y responsabilidades de todos los miembros de la Comunidad Educativa, PERO NO PODEMOS LEER ENTRE LOS PRICIPIOS DE CALIDAD "el pleno desarrollo de la personalidad humana"... Cuando se recogen "los derechos de los alumnos" no se recoge este derecho prioritario a que se favorezca "el pleno desarrollo de su personalidad humana"... Tampoco se recoge, cuando se habla de los derechos de los padres el derecho que les asiste "a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", derecho que los poderes públicos deben garantizar. Otro silencio: no hay referencia alguna a los Acuerdos entre la Santa Sede y el Estado Español sobre Enseñanza y Asuntos Culturales en el Preámbulo propuesto. Este documento olvida que, según el art. 96 de la Constitución Española, los Acuerdos Internacionales "forman parte de nuestro ordenamiento jurídico interno"

Estos silencios conducen necesariamente a otro: cuando se enumeran las áreas de la educación Primaria y las asignaturas de la Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato no aparece la RELIGIÓN. En la Secundaria Obligatoria se une "Ética; Geografía e Historia", y en Bachillerato sí se considera la Ética como asignatura común. Pero de Religión, NADA. En todo el "documento de bases" no encontramos alusión alguna a la RELIGIÓN.

¿No bastan las estadísticas que año tras año se hacen sobre la opción por la

ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN Y MORAL CATÓLICA?

- En Centros Públicos:
Educación Primaria: 84,44 %
ESO 1er ciclo: 67,57%
ESO 2º ciclo: 53,08%
Bachillerato: 41,70%

- En Centros Privados de titularidad eclesial:
Educación Primaria: 99,06 %
ESO 1er ciclo: 98,88%
ESO 2º ciclo: 96,47%
Bachillerato: 96,11%

- En los Privados de titularidad civil:
Educación primaria: 90,01 %
ESO 1er ciclo: 83,55%
ESO 2º ciclo: 76,24%
Bachillerato: 75,48%

La RELIGIÓN como las otras áreas y asignaturas deberán desarrollarse en Decretos posteriores a la Ley de Calidad. Para ello, es imprescindible que la nueva Ley ofrezca algún punto de referencia consistente para ese posterior desarrollo. Tal como está el documento de bases no hay "percha" posible para un adecuado desarrollo posterior.

Es muy preocupante comprobar, que, según el documento que conocemos, no se considera que "el apoyo y la promoción de la enseñanza religiosa escolar, como derecho que asiste a los padres y a los alumnos, es factor decisivo para una verdadera renovación del sistema educativo que redunde efectivamente en el bien común de la sociedad", como podemos leer en el discurso del Cardenal Rouco Varela en la apertura de la reciente Asamblea Plenaria de los Obispos y que responde una clara convicción de todos nosotros.

Otro aspecto deficiente del documento es el tratamiento que se da a los CENTROS SOTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS. Es un tratamiento "residual". Seis líneas y nada más. Es imprescindible considerar:

- La dos redes de centros en el sistema educativo español
- La igualdad de oportunidades para todos los alumnos
- Bases más efectivas sobre la "libertad de opción" por parte de los padres.
- La gratuidad de la Educación Infantil, 2º ciclo, mediante conciertos o convenios
- Falta de recursos a los centros concertados para que sea, en verdad, enseñanza gratuita

En una palabra: no se tienen en cuenta los principios básicos para hacer efectiva LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA. Pero no podemos quedarnos sólo en comprobar estas lamentables lagunas. El mismo día 11 de Marzo, cuando la Sra. Ministra de Educación presentaba este "documento de bases para una Ley de Calidad de la Educación" en la Conferencia de Consejeros de Educación, se abría una nueva etapa: la del compromiso de toda la Comunidad Educativa haciendo llegar propuestas concretas de modificación a este primer documento. Es un documento ABIERTO. Es lo mejor del documento. Todos estamos obligados a hacer oír nuestras voces y propuestas para lograr una Ley de Calidad que redunde efectivamente en el bien común de la sociedad.


Fuente: Archidiócesis de Madrid, Infomadrid, 19-03-2002

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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Este documento ha sido publicado el 27mar02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights