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29may07


El Supremo estudiará el 13 de junio la decisión de la Audiencia Nacional de no juzgar a Cavallo en España


El Tribunal Supremo estudiará el próximo 13 de junio la decisión de la Audiencia Nacional de declararse no competente para juzgar al ex represor argentino Ricardo Miguel Cavallo en España por los crímenes cometidos durante la dictadura militar argentina (1976-1983). Si fuese juzgado en España, la Fiscalía habría solicitado penas que oscilan entre los 13.332 y los 17.010 años de prisión por los delitos de genocidio y terrorismo.

El alto tribunal deliberará a puerta cerrada los recursos de casación interpuestos por la Fiscalía de la Audiencia Nacional y las acusaciones personadas en la caso por infracción de precepto constitucional y de los tratados internacionales contra la negativa de esta sede judicial de juzgar al ex militar argentino, quien se encuentra en prisión provisional en España desde junio de 2003, fecha en la que fue extraditado por México, lugar en el que residía.

La Sala que revisará el recurso estará compuesta por el presidente de la Sala Segunda, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Juan Ramón Berdugo, Francisco Monterde y José Manuel Maza, que será el ponente de la resolución que se adopte al respecto.

En su recurso, el Ministerio Público considera que el auto dictado por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia que estimaba la declinatoria de jurisdicción promovida por la defensa de Cavallo, ejercida por el abogado Fernando Pamos de la Hoz, "no es ajustado a derecho en términos de estricta observancia de la legalidad".

En el anuncio del recurso, la Fiscalía señaló que el auto incurre en "infracción de precepto constitucional" del artículo 24 de la Constitución sobre la tutela efectiva, puesto que el procedimiento en España se encuentra en fase "avanzada" al sólo faltar señalar la fecha de inicio del juicio, mientras que en Argentina las causas en las que sólo aparece citado se están empezando a investigar.

Lugar donde se cometió el delito.

Pese a reconocer la competencia de la justicia española para perseguir delitos de genocidio y terrorismo, la Sección Tercera de lo Penal sostenía que en el caso del ex militar argentino, en prisión provisional en España desde junio de 2003, tenía prioridad el principio del lugar donde se ha cometido el delito por encima de cualquier otro criterio.

Cavallo está imputado en Argentina en varias causas por los hechos ocurridos durante la dictadura militar en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA). En este periodo, la ESMA sometió a numerosas personas a privación ilegal de libertad, condiciones inhumanas de vida, torturas físicas y psíquicas y otras acciones realizadas en el marco de los delitos de lesa humanidad.

Las autoridades argentinas solicitaron su extradición por los delitos de detención ilegal, torturas, extorsión, robos con violencia e intimidación y falsificación documental del Código Penal español vigente de 1995. Como Cavallo fue extraditado de México a España en su día, el país norteamericano debe autorizar su entrega a Argentina.

[Fuente: Europa Press, Madrid, 29may07]

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