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18dic11


Rechazada la reclamación patrimonial de los hijos de fusilado en Guerra Civil


El Ministerio de Justicia ha rechazado la reclamación patrimonial formalizada ante el Estado por los hijos de Virgilio Castilla, presidente socialista de la Diputación de Granada fusilado en 1936, por la multa de 250.000 pesetas que el Tribunal de Responsabilidades Políticas impuso a la familia tras la Guerra Civil

La resolución, a la que ha tenido acceso Efe, pone fin a la vía administrativa de la primera demanda patrimonial de este tipo que se formalizó en España tras la entrada en vigor de la Ley de Memoria Histórica y cierra el proceso, ya que no consta que la familia recurriera en plazo a la jurisdicción contencioso-administrativa.

El pronunciamiento del Ministerio desestima el último de los recursos presentados por los hijos de Castilla contra otra resolución de ese mismo departamento que ya en diciembre de 2010 no había admitido a trámite la reclamación patrimonial.

Entonces se consideró que esta reclamación estaba "prescrita" puesto que fue presentada el 21 de octubre de 2010, cuando "los hechos de los que traerían su causa los daños y perjuicios (la ejecución de su padre durante la Guerra Civil) ocurrieron el 2 de agosto de 1936".

Los herederos decidieron interponer recurso de reposición contra esa decisión alegando que no se habían basado para su reclamación en la Ley de Memoria Histórica, norma que expresamente indica que la reparación moral contemplada -que le fue reconocida en octubre de 2009 a Virgilio Castilla- no da derecho a reparación de índole económica o profesional.

La propia ley indica, no obstante, que el derecho a obtener esa declaración de reparación y reconocimiento personal es "compatible" con cualquier "otra fórmula de reparación" prevista en el ordenamiento jurídico.

La familia, que se sirvió por tanto de un "vacío jurisprudencial" para su petición, apostilló además que su reclamación se presentó antes de un año (dentro de plazo) desde que el Estado reconoció a los perjudicados que el funcionamiento "anormal" de la Administración les había causado un perjuicio.

Pese a todo, el Estado consideró que esa pretensión carecía "manifiestamente de fundamento" y precisaba que la misma estaba "inmersa en causa de inadmisión".

"Este Ministerio no puede entrar a conocer sobre el fondo de la reclamación del interesado porque los daños y perjuicios alegados traerían su causa de aquellas fechas de la Guerra Civil", recoge la resolución, que insiste en que las normas en que se basan los familiares "no autorizan la pretendida indemnización".

La familia optó por plantear la demanda patrimonial, finalmente rechazada por el Estado, una vez que obtuvo la declaración de reparación y reconocimiento moral.

La cuantía solicitada equivale a las 250.000 pesetas que tras la Guerra Civil le fue incautada indebidamente y que, según el dictamen pericial de un economista, se traducirían en la actualidad en 262.832 euros.

La condena a Virgilio Castilla se remonta a 1936, año en el que fue designado presidente de la Diputación de Granada y se produjo el alzamiento militar.

Tras proclamarse el estado de guerra, dos días después Castilla fue detenido en el Gobierno Civil y trasladado a la Comisaría de la Policía Local para ingresar, posteriormente, en la prisión provincial, donde permaneció doce días.

Un mes después fue juzgado por el Consejo de Guerra de Oficiales Generales y condenado a pena de muerte el 1 de agosto de 1936 por los delitos de rebelión militar, provocación, inducción e instigación a la rebelión, y por insultos a la fuerza armada.

En el fallo que condenó a Casilla, ejecutado el 2 de agosto de 1936 en el cementerio de San José de Granada, se le acusó de preparar "un amplio movimiento subversivo para implantar en la ciudad las doctrinas ruso-marxistas más avanzadas y por medio del terror".

[Fuente: ADN, EFE, Granada, 18dic11]

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