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07jun13


La tortura, una vez más


El Ararteko quiere llamar la atención sobre dos graves problemas que en el dictamente se vuelven a poner de manifiesto: que el régimen de incomunicación posibilita la práctica de la tortura y que debe por ello ser abolido; y que en España la lucha contra la tortura y el maltrato se enfrenta a importantes carencias estructurales

La semana pasada se hizo público un importante Dictamen del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en relación con una denuncia por torturas presentada por una ciudadana vasca, Dª Maria Atxabal. La víctima había sido detenida en junio de 1996, permaneciendo incomunicada en dependencias de la Guardia Civil bajo una acusación de colaboración con banda armada, de la que resultó absuelta. Durante los tres días que duró su detención, afirmó haber sido sometida a largas sesiones de interrogatorio sin asistencia letrada, desnuda y encapuchada, mientras sufría golpes y amenazas de violación a ella y a su hija, a la que le hicieron creer que también habían detenido junto a su marido. El informe forense de los juzgados de Bilbao establecía que, a resultas de lo vivido durante su detención, la denunciante «presenta un trastorno por Estrés Postraumático secundario a la vivencia de un trato inhumano y vejatorio». Las secuelas que le han quedado son permanentes.

Tras analizar las alegaciones del Estado, así como las evidencias presentadas, el Comité dictamina que el relato de la víctima resulta coherente y detallado, y que el daño sufrido está causalmente relacionado con el trato que recibió. Entiende por ello que, teniendo en cuenta la vulnerabilidad en que se encuentra la persona detenida en régimen de incomunicación, existía una «importante presunción de hecho» que no ha sido desvirtuada por el Estado. La conclusión a la que llega es demoledora: los hechos ponen de manifiesto una violación del derecho de esta ciudadana a no sufrir torturas.

Y lo hace en ejercicio de sus funciones de salvaguarda de los derechos recogidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, unas funciones que no ejercieron, según el propio dictamen, los mecanismos administrativos y jurisdiccionales a los que la ley impone esa misma misión. Y es que la denuncia fue archivada sin ser suficientemente investigada, una investigación que había pedido expresamente el pleno del Ayuntamiento de Bilbao, sindicatos como ELA, CCOO, LAB y UGT, o entidades como Pastoral Penitenciaria, Elkarri, Gesto por la Paz y un importante número de organizaciones de iniciativa social, ámbito en el que trabajaba la víctima atendiendo a personas drogodependientes. El Comité declara al respecto que el Estado no proporcionó a esta señora, y debe hacerlo cuanto antes, una investigación imparcial, efectiva y completa de los hechos, el procesamiento y castigo de sus responsables, y una reparación íntegra por el daño causado, inclu- yendo medidas de asistencia médica especializada.

El Ararteko, comprometido con las víctimas de todas las violaciones de Derechos Humanos, quiere hacer pública su solidaridad y su respeto hacia la señora Atxabal, y subrayar la importancia de que el Estado cumpla de forma íntegra y diligente este dictamen. También quiere llamar la atención sobre dos graves problemas que en él se vuelven a poner de manifiesto, y que esta institución ha venido denunciando repetidamente: que el régimen de incomunicación posibilita la práctica de la tortura y el maltrato, y debe por ello ser abolido; y que en España la lucha contra la tortura y el maltrato se enfrenta a importantes carencias estructurales, tanto en materia de prevención como de investigación y reparación.

Exigimos por ello que se apliquen al completo las recomendaciones que esta institución viene formulando al respecto, y en las cuales insistió, hace escasas semanas, el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa: abolición de la incomunicación y, mientras eso no suceda, mayor proactividad para garantizar de forma efectiva los derechos de la persona a la que se aplique, tanto por lo que se refiere al control judicial de la detención, como a los exámenes forenses, materia en que el Insti- tuto Vasco de Medicina Legal representa una referencia; investigación rigurosa e independiente de las denuncias de tortura y maltrato por parte de los propios cuerpos policiales; salvaguardas específicas como son la notificación a su familia del lugar donde se encuentra detenida una persona, posibilidad de que sea visitada por personal médico de su confianza, asistencia letrada desla detención, y en todo interrogatorio al que sea sometida; y grabación de imagen y sonido de toda su estancia en dependencias policiales, conservándola a disposición del tribunal y las partes hasta que caduque toda posible responsabilidad.

Por último, este mes conmemoraremos el Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura. Una buena ocasión para que los poderes públicos vascos se muestren activos ante una realidad como la que la propia ONU pone de manifiesto por medio de este dictamen: que lo que convierte a una persona en víctima de la tortura es el hecho de haberla sufrido, con independencia de que se haya producido en un contexto dictatorial o, como aquí sucedía, en el de la lucha antiterrorista desarrollada por un estado de derecho. Es preciso por tanto que estas violaciones de Derechos Humanos sean incluidas cuanto antes en la normativa que las reconozca como tales. Se trata con ello de contribuir a asentar la convivencia y la paz no sólo sobre las bases de la memoria y la reparación, sino también sobre la superación de la impunidad de la tortura, una necesidad ineludible, por otra parte, para que casos como el presente no vuelvan a producirse.

[Fuente: Por Iñigo Lamarca Iturbe, Ararteko, Gara, Bilbo, 07jun13]

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small logoThis document has been published on 17Jun13 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.