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05mar19


El Tribunal Constitucional paraliza tras un recurso de Sánchez la ley que proclama Aragón como "nacionalidad histórica"


El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado el pasado 8 de febrero por el Gobierno de Pedro Sánchez contra la Ley de Actualización de los Derechos Históricos de Aragón, que reconoce esta comunidad como "nacionalidad histórica de naturaleza foral".

Esto significa que dicha norma, que entró en vigor tras ser publicada en el Boletín Oficial de Aragón el 10 de julio de 2018, queda en suspenso hasta que el Supremo resuelva el recurso. El Gobierno de Aragón tiene 15 días para presentar alegaciones.

En su recurso, el Ejecutivo central impugnaba total o parcialmente hasta 23 artículos y varias disposiciones de la citada ley, por entender que incurren en "reproches de inconstitucionalidad" ya que vulneran la Carta Magna e invaden competencias del Estado en Patrimonio, Hacienda y Justicia.

La citada ley fue impulsada por CHA, en cumplimiento por el acuerdo de investidura del socialista Javier Lambán como presidente de Aragón. No atendió a las advertencias que en su día ya formuló el Estado y finalmente fue aprobada el 28 de junio de 2018 por las Cortes de Aragón, con los votos a favor de PSOE, CHA, PAR, Podemos e IU y en contra los de PP y Ciudadanos.

El auto del Constitucional recuerda que el pasado mes de octubre más de 50 diputados del PP recurrieron la citada ley aragonesa. Según explicó entonces el presidente del PP de Aragón, Luis María Beamonte, el recurso pretendía "defender" la Constitución, la soberanía nacional, la legalidad y el Estatuto de Autonomía.

Por su parte, el Gobierno central considera en su recurso que la citada norma aragonesa "incurre en diferentes reproches de inconstitucionalidad que, desde la perspectiva de su fundamentación, pueden estructurarse en torno a las siguientes vulneraciones: la vulneración de la disposición adicional primera de la Constitución; la vulneración de los principios de soberanía nacional y constitucionalidad y del derecho a la autonomía; la vulneración de la reserva estatutaria; la vulneración de la reserva de ley orgánica en relación con el derecho fundamental a participar en los asuntos públicos y en relación con el régimen electoral general. Y la infracción de las competencias estatales en tres ámbitos específicos: Patrimonio, Hacienda y Justicia".

Nacionalidad histórica

Igualmente impugna los artículos que hacen referencia a Aragón como "nacionalidad histórica de origen foral"; a los "derechos históricos", que residen en el "pueblo aragonés", y que considera son "anteriores a la Constitución, al Estatuto de Autonomía y a la legislación emanada de la Unión Europea".

El recurso del Gobierno central cuestiona también la vecindad civil aragonesa, el territorio de la comunidad autónoma y la ubicación de la bandera aragonesa, que antecede a la española y a la europea. Y rechaza el pretendido acuerdo bilateral económico-financiero con el Estado.

Tampoco comparte el derecho que se arroga Aragón a la hora de reclamar el patrimonio expoliado y emigrado. Ni siquiera el derecho histórico aragonés a participar de "forma preeminente" en la dirección y la gestión del Archivo de la Corona de Aragón, que es de titularidad estatal y de cuyo patronato forman parte, además del Estado, las autonomías que integraron en su día dicha Corona: Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares y Aragón.

Cuando se presentó el recurso el consejero de Presidencia del Ejecutivo aragonés, Vicente Guillén, señaló que "el Gobierno de Aragón va a estar siempre en la defensa del Estatuto de Autonomía", que reconoce la posibilidad de actualizar los derechos históricos aragoneses, y que se centrará en "el mantenimiento de aquellos aspectos que no contradicen el Estatuto de Autonomía de Aragón".

[Fuente: Por Javier Ortega, El Mundo, Madrid, 05mar19]

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