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25ago03
La necesaria judicialización de las excavaciones de fosas comunes de la Guerra Civil.
La primera vez que un juez solicitó la identificación por ADN de unos restos humanos de la guerra civil fue en Villablino(León), a consecuencia de una excavación realizada por ARMH. Esto sentaba un precedente que ha sido reproducido por Foro por la Memoria en la excavación que realizó en Otero de Herreros (Segovia), en julio de este año y, posteriormente, en la realizada por ARMH-Toledo, en Pepino, durante el mes de agosto. En ambas excavaciones se ha conseguido la actuación directa del juzgado durante el propio desarrollo de los trabajos, la personación en el lugar de la policía judicial y el levantamiento de los cuerpos por orden del juez. Son numerosas las excavaciones realizadas durante estos tres últimos años, sin embargo siempre ha existido, entre todos los que actuamos en el movimiento por la Recuperación de la Memoria Histórica, cierta desorientación respecto a este tema. Existen varias opiniones al respecto: los que defienden la no intervención de la Administración de Justicia, los que sólo la defienden en el caso de que lo familiares lo soliciten y los que planteamos la judicialización de todos los casos. Estas diferencias parten de una disparidad de objetivos en los actores que intervienen en una excavación y que afectan directamente al método.
Normalmente los familiares sólo desean recuperar los restos y darles digna sepultura. Esta cuestión que, a priori, parece tan sencilla se complica cuando, en la práctica, surgen problemas a los que no se puede dar respuesta. Se plantean una serie de cuestiones.
¿Cómo identificar con exactitud los restos localizados? Las modernas técnicas de antropología mediante el uso del análisis de ADN nos pueden dar la respuesta -contestaría cualquiera-, el asunto es que la identificación de cada cuerpo, por este sistema, tiene un coste bastante elevado. Si no hay intervención de la administración, los familiares tendrían que costear de su propio bolsillo la identificación, lo que supondría una injusticia más a añadir a las cometidas contra ellos. Sin la identificación siempre quedaría la duda de si los restos hallados se corresponden realmente con la persona buscada.
¿Qué hacer con los cuerpos no reclamados por nadie? Ya ha sucedido en varias ocasiones y aún no se ha excavado un número elevado de fosas, por lo que es de prever que este problema se reproducirá, en un porcentaje bastante elevado, en próximas actuaciones. Cuando esto ocurre ¿Se dejan los restos en el lugar donde están? ¿Se llevan al osario? ¿Se destruyen? ¿Quién debe decidir que hacer con ellos?
Los familiares de los caídos del bando franquista obtuvieron toda clase de reparaciones que se tradujeron en pensiones y concesiones administrativas; algunas familias de los republicanos fallecidos obtuvieron pequeñas indemnizaciones, a través del Ministerio de Hacienda, durante la transición, pero tan solo ha sido una minoría. Si se consiguiese que el Estado indemnizase a todas las familias por las penalidades sufridas ¿Quién certificará la muerte o desaparición del familiar?
¿Qué sucede cuando una fosa está en una propiedad privada y el propietario niega el permiso para acceder a ella? Y si sucede como en Orgiva, donde una gran fosa puede quedar destruida por una obra civil ¿Quién puede dar orden de paralización de la obra hasta el rescate de los cuerpos?
Mientras duran los trabajos de excavación ¿Quién puede garantizar la vigilancia eficaz del lugar durante el tiempo que no se está trabajando en ella?
Aunque aún no ha ocurrido -o por lo menos no tenemos constancia de ello- ¿Quién puede evitar que personas con intereses oscuros puedan aprovecharse de la situación para obtener ventajas económicas?
Estamos hablando de derechos humanos y de la lucha contra la impunidad. ¿Quién puede certificar que los restos que aparecen en una fosa corresponden a personas asesinadas?
Todas estas cuestiones nos llevan a una necesidad: la judicialización de todas las actuaciones. Siempre hemos propuesto - y como asociación así lo hemos hecho- que las excavaciones las dirijan especialistas de cada disciplina que intervenga en las mismas; en este caso, planteamos lo mismo. Sólo la presencia e intervención de abogados profesionales en todo el proceso puede darnos la garantía de que la Administración de Justicia inicie los procedimientos necesarios para dar respuesta a las cuestiones planteadas.
Las instituciones que apoyan las actuaciones que se están desarrollando, tienen una responsabilidad: deben poner como condicionante la obligatoria intervención del juzgado. Las asociaciones debemos considerarlo, también, algo indispensable que debe formar parte fundamental de nuestros protocolos de actuación. Los jueces que eludan sus obligaciones, en este sentido, deben ser denunciados a sus superiores.
José Mª Pedreño
Presidente de Foro por la Memoria
25 de agosto de 2003
Este documento ha sido publicado el 17sep03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights