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09feb10
El CGPJ pedirá un informe a la Fiscalía sobre si debe suspender a Garzón
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha iniciado hoy los trámites para decidir si suspende cautelarmente de funciones al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, que tiene dos causas abiertas en el Tribunal Supremo, preguntando al fiscal sobre la procedencia de esta medida.
La decisión del CGPJ, adoptada por unanimidad por su Comisión Permanente, se produce después de que el Alto Tribunal haya rechazado archivar la querella en la que investiga a Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo y admitiera otra en relación con los cobros recibidos del Banco Santander durante su estancia en la Universidad de Nueva York.
Según han informado a Efe fuentes del órgano de gobierno de los jueces, la Comisión Permanente ha remitido a la Fiscalía General del Estado los autos dictados por el Supremo en relación a ambas querellas a los efectos previstos en el artículo 384.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Este artículo establece que cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra un juez por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, el juez o tribunal que conociera de la causa lo comunicará al CGPJ, "quien hará efectiva la suspensión, previa audiencia del Ministerio Fiscal".
En su informe, que según las mismas fuentes no es vinculante, el fiscal previsiblemente se opondrá a la suspensión de Garzón, ya que la postura mantenida hasta ahora por el Ministerio Público -según han recordado hoy fuentes de esta institución- es que el juez no ha cometido delito de prevaricación en ninguno de los dos casos.
El criterio seguido hasta ahora por el Consejo era el de acordar la suspensión de un juez contra el que se siga una causa penal sólo si la Fiscalía ejerce la acusación contra él, y el Ministerio Público no lo hace contra Garzón. Por ello, si finalmente el CGPJ decide suspenderle cautelarmente, sería la primera vez que lo hace por una querella de parte que no es respaldada por el fiscal y sin haberse dictado contra el juez auto de procesamiento.
El juez de Murcia Fernando Ferrín Calamita fue suspendido en 2008 después de que fuera admitida la querella presentada contra él por retrasar el expediente iniciado por una mujer para adoptar a la hija de su compañera sentimental. Ésta era la primera vez que el Consejo suspendía a un juez a partir de una querella de parte y no del propio fiscal, que no obstante en el juicio sí acusó al magistrado.
En el caso del juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño, el órgano de gobierno de los jueces le suspendió en 1998, pero sólo tras el auto de procesamiento que se dictó contra él por prevaricación en el llamado "caso Sogecable", en el que la Fiscalía también acusó al magistrado.
En el caso de Garzón, el Ministerio Público considera que el juez no ha prevaricado en ninguno de los dos asuntos por los que le investiga el Supremo. Por ello, ha pedido reiteradamente a este tribunal que archive tanto la querella por prevaricación del sindicato ultraderechista Manos Limpias, la asociación Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo como la de dos abogados en relación con el dinero que percibió del Banco de Santander durante su estancia en Nueva York.
Los miembros de la Comisión Permanente del CGPJ que han acordado por unanimidad iniciar los trámites para suspender a Garzón son el presidente de este órgano y del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, las vocales progresistas Margarita Robles y Almudena Lastra y los vocales nombrados a propuesta del PP Manuel Almenar y Antonio Dorado.
Según el artículo 384 de la LOPJ, la suspensión durará "hasta que recaiga en la causa sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento" y, en caso de condena, "por todo el tiempo que se extienda la pena, sanción o medida cautelar".
[Fuente: El Confidencial, Madrid, 09feb10]
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