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29ene02


La Corte Suprema confirma el rechazo a los recursos interpuestos en contra de la construcción de Ralco.


La Sala Constitucional de la Corte Suprema confirmó el rechazo de los recursos de protección interpuestos contra la construcción de la Central Hidroeléctrica Ralco al estimar que los decretos que autorizaron la obra son legales.

Empero, las organizaciones recurrentes consideraron que el fallo deja en claro que Endesa no puede enajenar las tierras de los pehuenches sin acordar las permutas con todos los indígenas propietarios.

La resolución unánime del alto tribunal confirmó en todas sus partes el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que consideró que los decretos 31 y 32 del Ministerio de Economía del año 2000 no son ilegales ni arbitrarios.

Mediante esas resoluciones administrativas se otorgó a Endesa la concesión definitiva para construir la central hidroeléctrica en la Novena Región y la concesión para establecer líneas de transporte de energía en la comuna de Santa Bárbara, en la Octava Región.

Según las resoluciones de la justicia, los decretos no fueron obra de mero capricho de la autoridad "pues son el resultado de procedimientos de larga duración, durante los cuales ocurrieron impugnaciones y reclamos, se recibieron informes de diversa índole, apareciendo definido y racional el objetivo".

El abogado de las hermanas Nicolasa y Luisa Quintremán, Matías Coll, valoró un aspecto de la sentencia referente a la a lusión que los tribunales hacen respecto de la ley 19.253.

Sólo permuta.- Tanto la Corte de Santiago como la Corte Suprema señalaron que las tierras de las comunidades no pueden ser arrendadas ni prestadas ni cedidas a terceros y sólo acepta el mecanismo de permuta.

Para Matías Coll esto significa que si los propietarios indígenas no quieren permutar, Endesa no podrá ocupar los terrenos. En su opinión, por esa razón Endesa habría elevado el monto de lo que se ofrece a los opositores al proyecto.

El abogado Roberto Celedón, el otro representante de las hermanas Quintremán, explicó que en la legislación chilena no hay preeminencia de una ley sobre otra y por lo tanto la ley eléctrica no libera a Endesa de cumplir lo que dispone la ley indígena, y que es el fundamento de las familias opositoras para no abandonar sus tierras.

El profesional añadió que sólo con su libre consentimiento se pueden lograr las permutas de lastierras que Endesa requiere inundar y seis familias, entre ellas las hermanas Quintremán, quienes hasta ahora no ceden a las ofertas económicas de la empresa

[Fuente: Diairo El Mercurio, Santiago de Chile, 29ene02]

Conflicto Bio-Bio

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Este documento ha sido publicado el 14mar02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights