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07abr17


El Tribunal aprueba procedimientos para que los partidos políticos remitan telemáticamente sus contabilidades anuales


El Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora, viene apostando por el empleo de medios electrónicos para la remisión de las cuentas y de la información que se le ha de suministrar y para la tramitación de sus procedimientos, lo que, por otra parte, constituye hoy un imperativo para las Entidades Públicas.

La Institución tiene ya implantando este modelo, desde hace años, respecto de diversos ámbitos de la gestión pública, extendiéndolo también al de la fiscalización de los partidos políticos. Para ello, ha desarrollado una plataforma informática específica para efectuar la remisión de las cuentas anuales de las formaciones políticas inscritas en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior y de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellas, a que están obligadas en cumplimiento de la Ley Orgánica 8/2007, sobre Financiación de los Partidos Políticos.

Dicha remisión ha de realizarse antes del 30 de junio del año siguiente al que aquellas se refieran y, en todo caso, en formato electrónico y por medios telemáticos.

Para regular los procedimientos encaminados a llevarlo a efecto, el Pleno del Tribunal aprobó, el pasado 30 de marzo de 2017, la "Instrucción por la que se regula la presentación telemática de las cuentas anuales consolidadas de los partidos políticos y de las cuentas anuales de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos, y el formato de dichas cuentas, así como el cumplimiento de las obligaciones de información al Tribunal de Cuentas establecidas por la normativa en relación con las referidas contabilidades" (BOE nš 80, de 4 de abril de 2017). La misma entró en vigor el 5 de abril y es aplicable a las contabilidades correspondientes al ejercicio 2016 y siguientes.

La Instrucción, además, tiene por finalidad establecer el procedimiento para atender las obligaciones de información al Tribunal de Cuentas que corresponden a los partidos políticos, a las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos, así como a las entidades de crédito y a la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior en cumplimiento de la normativa relativa a las referidas contabilidades.

El módulo de la Plataforma de Partidos Políticos estará operativo a partir del 8 de mayo de 2017, por lo que las cuentas anuales y la información a que se refiere dicha Instrucción relativa al ejercicio 2016 habrá de enviarse al Tribunal de Cuentas, en todo caso, telemáticamente y, necesariamente, a partir de la referida fecha.

La habilitación de la Plataforma de Partidos Políticos y la aprobación de la citada Instrucción ha constituido un importante avance en el proceso de incorporación de los medios informáticos y telemáticos también a la presentación de las cuentas y de la información necesaria para realizar la fiscalización de la actividad económico-financiera de los partidos políticos; lo que se puso en marcha en el año 2015 mediante el establecimiento de un procedimiento telemático para la presentación, en la Sede Electrónica del Tribunal y a través de su Registro Telemático, de las contabilidades referentes a las elecciones a las Cortes Generales celebradas el 20 de diciembre de 2015 y el 26 de junio de 2016, con un resultado altamente satisfactorio.

[Fuente: Tribunal de Cuentas, Madrid, 07abr17]

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