Information
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

09jun20


La juez del 8-M mantiene la declaración de José Manuel Franco y subraya las "reticencias" del Gobierno para entregar documentación


La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha dictado este martes un auto donde rechaza suspender la tramitación de la causa del 8-M, tal y como había solicitado la Abogacía del Estado y la Fiscalía. Además, la instructora niega que durante la instrucción se haya causado indefensión al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, imputado por un delito de prevaricación. Franco, único cargo político investigado por la multitudinaria manifestación del Día de la Mujer, está citado este miércoles para comparecer en el juzgado.

A lo largo de la resolución, Rodríguez-Medel se defiende de los múltiples ataques de la Abogacía del Estado y recalca que hubo "reticencias" por parte del Gobierno, en concreto por parte del organismo capitaneado por Franco y del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), dirigido por Fernando Simón y dependiente del Ministerio de Sanidad, para entregar la documentación que les fue reclamada por orden judicial de forma reiterada.

En sus múltiples recursos, la abogada del Estado Rosa María Seoane criticó que la juez pusiera plazos de entrega a la documentación requerida a los organismos del Ejecutivo durante el estado de alarma decretado por la crisis del coronavirus; cuando los plazos procesales estaban suspendidos por la pandemia de la Covid-19

"Las dificultades" de la Guardia Civil

Sin embargo, Rodríguez-Medel explica que la razón de esta actuación no es otra que las "demoras" y "reticencias" de los órganos del Gobierno a la hora de colaborar con la investigación judicial.

"La razón a esto, que efectivamente se corresponde con la realidad de lo actuado tal y como se desprende de autos, se encuentra en las demoras que algunos órganos oficiados transmitían a la Policía Judicial sin causa justificada y que los agentes trasladaban a esta instructora", señala la magistrada.

"La comparecencia de los agentes de la Guardia Civil en sede judicial es ilustrativa de las dificultades que en ocasiones encontraron para que la documentación fuera entregada cuando por este órgano judicial no se fijaba plazo. Había reticencias, en definitiva; basta estudiar las actuaciones. Para evitar dilaciones injustificadas en la remisión de documentación y propiciar que la Guardia Civil actuante no tuviera que estar reiterando sucesivamente la necesidad de que los oficios se cumplimentaran para poder continuar con la investigación, en definitiva, para facilitar la labor de los agentes actuantes, se optó por la fijación del plazo desde este órgano judicial, sistema que, dicho sea de paso, ha resultado eficaz para poder recabar finalmente (en ocasiones, tras no pocos esfuerzos) la documentación necesaria para el análisis que nos ocupa en esta causa", indica la magistrada de Madrid. "De manera sistemática, desde el CCAES posponían la entrega" del material "sin llamar" a los agentes del Instituto Armado "para explicitar la causa".

"Podemos concluir, en definitiva, que lo que inicialmente no era especialmente urgente, devino en serlo por las dificultades halladas para obtener contestación a los oficios", añade la togada.

Rechaza la "causa general"

Por otro lado, en el auto la instructora rebate las acusaciones de la abogada del Estado por abrir una supuesta "causa general" contra el Ejecutivo. "Los hechos están delimitados con claridad", responde Rodríguez-Medel."El objeto de este procedimiento penal se circunscribe única y exclusivamente a las decisiones jurídicas adoptadas entre el 5 y el 14 de marzo de 2020 por el delegado de Gobierno de Madrid, José Manuel Franco Pardo, tanto de toma de conocimiento de concentraciones/manifestaciones como de no prohibición de aquellas sobre las que previamente ya había tomado conocimiento, en su condición de autoridad administrativa con unas competencias determinadas legalmente sobre las concentraciones y manifestaciones que habían sido comunicadas a esa Delegación por celebrarse en la Comunidad Autónoma de Madrid, todo ello en relación con la crisis sanitaria derivada del Covid-19", responde Carmen Rodríguez-Medel.

Además, la juez manda otro dardo envenenado a la Abogacía del Estado por sus intentos de paralizar la instrucción. "Se desconocen las razones por las que, a pesar del tenor literal de la ley, se pretende por la abogada del Estado y por el Ministerio Fiscal otorgar carácter suspensivo a los recursos interpuestos por la defensa. (...) Somos de la opinión de que aplicar una regla diferente a la prevista en la ley a los recursos de la Abogacía del Estado no tiene amparo ni legal, ni constitucional, pues supondría un trato favorable para el delegado del Gobierno en Madrid en relación con las demás partes del procedimiento y lo que se hace en todos los demás casos tramitados en los Juzgados de Instrucción", dice la instructora.

Además, la juez defiende al médico forense de las críticas de la defensa de Franco. "La utilidad del informe forense es clara pues permite analizar desde la perspectiva médica el grado de conocimiento en el periodo que nos ocupa (entre el 5 y el 14 de marzo) de que mantener la distancia social evita el riesgo de contagio del Covid-19 y también determinar desde cuando se tiene ese conocimiento, que es clave a efectos de valorar si, en su caso, se dictaron resoluciones a sabiendas de su injusticia", recalca la magistrada.

La instructora ha citado este miércoles como imputado a José Manuel Franco a las 15.30 horas para ser interrogado. Después también deberán comparecer en el juzgado, pero como testigos, el secretario general de la delegación del Gobierno, Fernando Talavera; el jefe del gabinete del delegado del Gobierno, Luis María Sanz; y al director de la Unidad de Seguridad Ciudadana, José Luis Correas Díaz.

[Fuente: Por Ángela Martialay, El Mundo, Madrid, 09jun20]

Tienda Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Espaņa
small logoThis document has been published on 14Jun20 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.