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29sep15


Providencia citando a declarar a Artur Más, Irene Rigau y Joana Ortega en calidad de querellados


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA
SALA CIVIL I PENAL

Diligencias Previas 1/2015
Querella 16/14 y acumuladas
(Sindicato Funcionarios Públicos "Manos Limpias y otros c/ Artur Más i Gavarró y otras)

PROVIDENCIA

Barcelona, 29 de septiembre de 2015.

Visto lo actuado y acordado con anterioridad, en seguimiento de la presente instrucción se acuerda la práctica de las declaraciones de los querellados, previa su citación y bajo las advertencias legales de rigor, con el siguiente orden de celebración:

  • Dia 13 de octubre de 2015, a las 10 horas de la mañana, declaración de la Honorable Senyora Irene Rigau i Oliver.
  • Dia 13 de octubre de 2015, a las 16 horas de la tarde, declaración de la Honorable Senyora Joana Ortega i Alemany.
  • Dia 15 de octubre de 2015, a las 10 horas de la mañana, declaración del Molt Honorable Senyor Artur Más i Gavarró.

Asimismo se acuerda la práctica de la declaración testifical en su día suspendida, junto con las testifícales solicitadas por el Ministerio Fiscal en su escrito de fecha 4 de septiembre de 2015, con el siguiente orden de celebración:

  • Dia 19 de octubre de 2015, a las 11,30 horas de la mañana, declaración de la Sra. Dolores A. R..
  • Dia 19 de octubre de 2015, a las 12,30 horas de la mañana, declaración del administrador de la mercantil Serveis de l'Espectacle Focus, SA.
  • Dia 19 de octubre de 2015, a las 16 horas de la tarde, declaración de Elisabeth A. G.-.
  • Dia 19 de octubre de 2015, a las 17 horas de la tarde, declaración de Joan C. C..
  • Dia 19 de octubre de 2015, a las 18 horas de la tarde, declaración del responsable técnico informático que materialmente asumiera la coordinación o dirección de los servicios prestados por el Centro de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació (CTTI).

En su efectividad líbrense las correspondientes comunicaciones de citación, bajo los debidos apercibimientos legales.

Sobre los otros dos testigos propuestos por la acusación popular en su anterior escrito presentado en fecha 22 de septiembre de 2015, así como del resto de diligencias de investigación solicitadas, previamente a resolver sobre su pertinencia, dese traslado al Ministerio Fiscal y a las partes querelladas para que, en el plazo común de tres días, aleguen lo que a su derecho conviniere.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días, a contar desde el siguiente a su notificación, ante el mismo que la ha dictado.

Así lo acuerda el Ilmo. Sr. Magistrado Instructor. Doy fe.


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