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31ene23


La Justicia Europea da la razón a Llarena y allana el camino para la entrega de Puigdemont


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena al sentenciar que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el 'procès' reclamados para ser juzgados en España, entre ellos el expresidente catalán Carles Puigdemont y sus exconsellers Lluís Puig y Toni Comín (en Bélgica desde octubre de 2017), basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.

La sentencia dictada por la Gran Sala del tribunal europeo, ante la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento, responde a las cuestiones prejudiciales remitidas por Llarena en marzo de 2021 después de que la Justicia belga rechazara entregar al exconseller Lluis Puig por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia, según informa Europa Press.

Llarena acudió a la Justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra varios encausados por su papel en el 'procès', entre ellos el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.

Un fallo clave para el futuro de Puigdemont

La sentencia de este martes 31 de enero de 2023 es esencial para determinar el futuro judicial del expresidente catalán Carles Puigdemont, pendiente también de que el Tribunal General de la UE decida si le levanta o no la inmunidad.

El fallo permite ya al magistrado del TS Pablo Llarena emitir una nueva euroórden contra el exconsejero catalán Lluis Puig, quien huyó con Puigdemont a Bélgica en 2017 pero que a diferencia del expresidente no es eurodiputado y no goza, por tanto, de inmunidad, como informa Efe.

El TJUE, constituido en Gran Sala, señaló que el principio de confianza y de reconocimiento mutuo entre los Estados miembros constituyen "la piedra angular" de las euroórdenes, por lo que un juez solo puede rechazar una extradición tras un "examen adecuado" del caso concreto y siempre con "carácter excepcional".

Además, el juez encargado de decidir sobre una extradición "no puede comprobar" si una euroorden ha sido emitida por una autoridad judicial competente y negarse a la entrega de una persona si considera que no es así, continuó el tribunal con sede en Luxemburgo.

Las preguntas de Llarena

El TJUE respondió así a las preguntas que le planteó LLarena sobre los motivos por los que se puede rechazar una euroorden, después de que Bélgica se negase a entregar a Puig por considerar que el TS no era el competente para dictar su búsqueda y que España violaría sus derechos fundamentales.

Según la sentencia, si la persona buscada alega que su entrega al país que le reclama le expondría a una vulneración del derecho fundamental a un proceso equitativo porque el tribunal encargado de enjuiciarle no fuera el competente para ello, el país encargado de decidir sobre la extradición (en este caso Bélgica) debe estudiar el caso en dos fases.

Primero debe analizar si existe "un riesgo real" de vulneración de ese derecho fundamental debido a "deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial" del país que emite una euroorden (en este caso España) o si hay "deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente indentificable de personas al que pertenezca el interesado".

En segundo lugar, "si habida cuenta de la situación individual de esa persona, de la naturaleza de la infracción y del contexto" de los hechos "existen razones serias y fundadas para creer que dicha persona correrá tal riesgo".

Los jueces belgas solo podrán denegar la entrega de los líderes independentistas si llegan a la conclusión e que "esas deficiencias existen" y por otra si la falta de competencia del supremo para enjuiciarles "es manifiesta".

No obstante, para determinar si esa falta de competencia "es manifiesta" Bélgica deberá solicitar a España "información complementaria".

El fallo de este martes es fundamental para determinar el futuro judicial de Puigdemont, a quien Llarena ha procesado por los delitos de malversación agravada y desobediencia, después de que el de sedición quedase derogado con la reforma del Código Penal.

Llarena, no obstante, emitirá la nueva euroorden contra Puigdemont y el otro eurodiputado de JxCAT, Toni Comin, cuando el TGUE decida sobre su inmunidad parlamentaria, en una decisión que aun no tiene fecha y que se podrá recurrir ante la instancia superior, el TJUE.

[Fuente: República de las ideas, Agencias, Madrid, 31ene23]

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