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12jun19


Estrasburgo rechaza la demanda de Forcadell contra su prisión preventiva por no agotar todas las instancias


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado la demanda de la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell contra su prisión preventiva, según han informado este miércoles a Efe fuentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Según las citadas fuentes, "la demanda ya no está pendiente", al "haber sido declarada inadmisible" por un juez único el pasado marzo.

Al haber sido una decisión adoptada por un juez único, solo se informó a las partes y no hubo comunicado de prensa ni aparece en la base de datos del TEDH, como sí ocurre con las decisiones que adopta un Comité de 3 jueces o una Sala de 7.

La inadmisión de una demanda por un juez único solo dos meses después de haber sido presentada -como sucedió en este caso- suele deberse a tres razones: estar manifiestamente infundada, presentada fuera de plazo o no haber agotado las instancias judiciales internas.

Todo indica que la demanda de Forcadell fue rechazada por el último de los motivos, ya que cuando presentó la demanda el 18 de enero de 2019 lo hizo sin que el Tribunal Constitucional hubiera resuelto todavía sobre el recurso contra su ingreso en la cárcel.

La demanda de Forcadell alegó cuatro artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativos a los derechos a libertad y a la seguridad, libertad de expresión y de reunión y asociación, así como el derecho a elecciones libres.

Estrasburgo rechazó hace dos semanas la demanda de Forcadell y otros 75 parlamentarios catalanes, como el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, por la anulación del pleno de octubre de 2017 que podía declarar la independencia.

Una Sala de siete jueces señaló que la suspensión dictada por el Tribunal Constitucional era "necesaria en una sociedad democrática" para "el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de otros".

De los 12 casos contra España que el TEDH ha comunicado a las partes (pidiendo más información sobre las alegaciones de los demandantes) desde octubre de 2017, ninguno hace referencia al proceso soberanista de Catalunya.

[Fuente: La Vanguardia, Efe, Barcelona, 12jun19]

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