Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

31oct17


El Tribunal Supremo admite a trámite la querella contra Forcadell por rebelión


La Sala II del Tribunal Supremo ha dictado auto en el que declara su competencia para instruir, y en su caso, enjuiciar, por los delitos de rebelión, sedición y malversación a la expresidenta del Parlament catalán Carme Forcadell y otros cinco exmiembros de la Mesa de la Cámara, todos ellos objeto de querella por parte de la Fiscalía por su actuación en lo relativo al proceso secesionista en Catalunya. Conforme al turno establecido, el tribunal designa como instructor de la causa al magistrado de la propia Sala, Pablo Llarena Conde. La primera decisión que debe tomar Llarena será la citación con carácter de urgencia de Forcadell y el resto de los miembros de la Mesa.

En un auto dictado por unanimidad, la Sala de admisión señala además que hace extensiva su competencia, para el caso de que el magistrado instructor lo considere oportuno, respecto de aquellas otras causas penales actualmente en tramitación y que puedan referirse a hechos inescindibles respecto de los que han sido inicialmente atribuidos a los querellados.

El Supremo, en una resolución de la que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, acepta su competencia ante el aforamiento que Forcadell y otros cuatro de los querellados mantienen por ser miembros de la Diputación Permanente del Parlamento catalán, y ante el hecho de que, según sostiene la Fiscalía en su querella al referirse a los aspectos internacionales del proceso soberanista, parte de los hechos imputados se han producido fuera del territorio de la comunidad autónoma catalana.

"El carácter plurisubjetivo del delito de rebelión hace perfectamente explicable, a la hora de valorar la verdadera entidad de cada una de cada una de las aportaciones individuales, un reparto de cometidos en el que la coincidencia en la finalidad que anima la acción -la declaración de independencia de Catalunya–tolera contribuciones fácticas de muy distinto signo y, precisamente por ello, ejecutadas en diferentes puntos geográficos". Señala que el delito de rebelión adquiere una incuestionable vocación territorial proyectada sobre el conjunto del Estado.

Sobre los delitos denunciados en la querella, la Sala explica que el fiscal alude a la existencia de un delito de rebelión con una extensa argumentación encaminada a justificar la concurrencia de violencia. Para el alto tribunal, "será a lo largo de la instrucción cuando los hechos imputados, a la vista de las diligencias de investigación acordadas por el instructor confirmen o desmientan su realidad. Y será entonces cuando pueda precisarse (…) si esos actos son susceptibles de integrar las exigencias del tipo previsto en el artículo 472 del Código Penal o, por el contrario, han de ser subsumidos en los artículos 477 y 17.1 del Código Penal, que castigan la conspiración para la rebelión, delito en el que, por definición, los elementos del tipo proyectado no llegan a tener realidad al no superar los conspiradores la fase propiamente preparatoria".

Sobre la extensión de la investigación, la Sala dice que es el instructor, en el desarrollo de su investigación, el que debe poner de manifiesto la procedencia o improcedencia de reclamar para el Supremo, como sugiere el fiscal, el conocimiento de aquellos hechos inicialmente tramitados en otros órganos jurisdiccionales, "pero que presenten una naturaleza inescindible respecto de los que aquí van a ser investigados y, en su caso, enjuiciados".

Los querellados, aparte de Carme Forcadell, son los exmiembros de la Mesa del Parlament catalán Lluis Maria Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet, y Joan Josep Nuet. Este último no es miembro de la Diputación Permanente del Parlament disuelto el pasado viernes, pero la Fiscalía lo ha incluido en la querella por entender que su actuación está asociada a la del resto. El Supremo ha asumido también la competencia de investigarle.

La querella se presento en la mañana de este mismo lunes de manera simultánea a la entregada en la Audiencia Nacional contra todos los ex miembros del Govern, encabezado por Carles Puigdemont. Todos ellos han sido querellados por los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos. Además, de estos delitos, la querella recoge los delitos de prevaricación y desobediencia.

En la querella, se recoge el papel fundamental de la Mesa del Parlament para llevar a cabo las pretensiones de la Generalitat de obtener la independencia de Catalunya fuera de las vías legales. El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, firmante de la querella, recoge el papel nuclear de la Mesa, que ha admitido a trámite y sometido a votación leyes inconstitucionales, como la ley de transitoriedad, la ley del referéndum y la propia declaración unilateral de independencia, votada el pasado viernes día 27.

En la querella, se recoge como por ejemplo en la votación de la ley de transitoriedad aprobada el 8 de septiembre, desestimando las solicitudes de reconsideración a su admisión a trámite y sin admisión de enmiendas a la totalidad ni dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias. Se votó de madrugada con la ausencia de la Cámara de los diputados de los grupos parlamentarios Socialista, Ciudadanos y Popular.

"De nuevo, Carme Forcadell, en su calidad de presidenta del Parlament, haciendo tabla rasa de los derechos de los diputados disidentes, posibilitó, en una arbitraria interpretación del Reglamento, la aprobación de dicho texto en un solo día, sin posibilidad de debate, de discusión efectiva de enmiendas o de elevación al Consejo de Garantías Estatutarias, facilitando dar una falsa apariencia de legalidad a este proceso 'de facto' de demolición del ordenamiento constitucional", recoge la querella.

Todos los plenos convocados por el Parlament fueron anulados por el Tribunal Constitucional. "A pesar de ello, el Govern continuó impulsando las medidas necesarias para la creación de un Estado catalán independiente en forma de república valiéndose para ello del poder que les otorgaba tener la mayoría absoluta de diputados en la Cámara, integrados en los grupos parlamentarios Junts pel Sí y CUP, y reforzado por el apoyo de asociaciones independentistas a las que pertenecen un gran número de esos mismos diputados y miembros del Govern, a saber, la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural".

De esta manera, el Ministerio Público explica que mientras que los trabajos parlamentarios se orientaban a aprobar una normativa en la que fundamentar y dar una apariencia de legalidad a las distintas etapas del proceso de desconexión, "la actuación a través de los movimientos populares, por ellos auspiciada, iba encaminada a crear en la ciudadanía un sentimiento de rechazo hacia las instituciones españolas y los poderes del Estado".

El objetivo era justificar la desobediencia de la sociedad hacia las órdenes emanadas de ellos "y que permitieran, cuando fuera necesario, su movilización para respaldar la consecución de los fines independentistas".

Según la querella, desde el punto de vista de la actuación legislativa, desde enero de 2016 hasta septiembre de 2017, los grupos parlamentarios Junts pel Sí y CUP en los que se integran parte de los querellados, y en particular tanto los entonces president y vicepresident de la Generalitat, así como la ex presidenta del Parlament, "impulsaron y consiguieron la aprobación de leyes y resoluciones dirigidas a dotar de aparente cobertura normativa al proceso de separación del Estado español, propiciando, tras los correspondientes recursos, numerosos pronunciamientos del Tribunal Constitucional declarando la inconstitucionalidad y nulidad de todas ellas".

Paralelamente y como instrumentos "al servicio del plan secesionista del Govern", los querellados promovieron actos, manifestaciones y proclamas "abonando en la sociedad la idea de la existencia de un derecho de autodeterminación de Catalunya sobre el cual quedaba legitimada cualquier actuación del Govern y del Parlament al margen de las leyes y en contra de la Constitución". Hicieron creer a la sociedad -según Maza- que sus actuaciones eran legítimas "en contra del poder constituido para defender ese inexistente e inconstitucional derecho de autodeterminación".

Así desde la ANC, en el documento "Asamblea General Ordinaria 2015. Hoja de Ruta 2015-2016", elaborado el día 12 de abril de 2015, siendo presidenta de esta asociación la querellada diputada por Junts pel Sí y presidenta del Parlament de Catalunya hasta el día 28 de octubre de 2017, Carme Forcadell, se planteaba el escenario de celebrar elecciones plebiscitarias y constituyentes como etapa del proceso de independencia nacional.

En ese documento se recogía, ante la posibilidad de que la Generalitat fuera intervenida, que "en estos escenarios, la ciudadanía emerge como el agente político que impulsa el proceso de independencia".

[Fuente: Por Carlota Guindal, La Vanguardia, Barcelona, 31oct17]

Tienda Donaciones Radio Nizkor

DDHH en España
small logoThis document has been published on 31Oct17 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.