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12sep17


El Constitucional suspende la Ley de Transitoriedad que consuma la ruptura con España


El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente la Ley de Transitoriedad catalana tras el recurso del Gobierno. El Alto Tribunal ha ordenado la notificación personal de la suspensión a los miembros del Govern y de la Mesa del Parlament y a los siete juristas que han sido designados titulares y suplentes de la llamada Sindicatura Electoral de Cataluña, encargada del desarrollo del referéndum, además de advertir a todos ellos de su "deber de impedir cualquier iniciativa" que suponga burlar la suspensión de la ley.

La ley de Transitoriedad Jurídica, que haría las veces de Constitución en una hipotética república catalana al autoproclamarse como “ley suprema”, fue aprobada en la madrugada del viernes 8 de septiembre. Fue el colofón de un tumultuoso pleno en el que también se dio luz verde a la ley del referéndum, sin enmiendas de la oposición, sin prácticamente ningún debate y sin informes previos del órgano consultivo, el Consejo de Garantías Estatutarias.

La ley del referéndum también ha sido suspendida por el Tribunal Constitucional pero los planes del Govern, según ha reiterado este martes Carles Puigdemont, pasan por “continuar adelante” con la consulta convocada para “dentro de 19 días” en Cataluña, sin que afecte esa suspensión de la convocatoria. Para remachar que la Generalitat ignora las resoluciones de la justicia española, la suspensión aún no ha sido publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el boletín oficial de esa Comunidad. La cuestión es que el Constitucional, en su providencia de suspensión cautelar de la ley del referéndum, especifica que se publique “el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya”.

En línea con la declaración de insumisión que muchos dirigentes secesionistas hicieron el lunes con motivo de la Diada, el ‘president’ ha dicho que “evidentemente no” piensa apartarse de su cargo porque así lo decida el TC, en base a la reforma de la ley que regula el alto tribunal, aprobada en el Congreso “en lectura única y por la vía de urgencia” a instancias del PP. Puigdemont ha subrayado que la figura del presidente de la Generalitat “está regulada en el Estatut”, por lo que sólo en caso de muerte, incapacidad física o psíquica, dimisión o una moción de censura en el Parlament se vería apartado del cargo. Ha negado que la ley del TC reformada por el PP sea “superior a lo que dice el Estatut”, por lo que piensa hacer caso omiso a una eventual suspensión de sus funciones: “Al día siguiente iré a trabajar”, ha afirmado Puigdemont, que ha insistido en que sólo puede destituirlo el Parlament si pierde una moción de censura o una cuestión de confianza.

[Fuente: República de las ideas, Madrid, 12sep17]

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